Autoridades de bingo en España

En el Centro de Atención de Usuarios CAU vía telefónica al 55 , Ext. Que Coljuegos administra los juegos de suerte y azar localizados, novedosos, rifas y promocionales del nivel nacional, los cuales actualmente se encuentran siendo operados por personas naturales o jurídicas, mediante contrato de concesión o acto administrativo de autorización, según lo señala la Ley de Para abrir un casino o bingo -ya sea físico u online- o para explotar cualquier modalidad dentro del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar, usted debe tener un contrato de explotación, el cual es otorgado por el Estado a través de la empresa administradora del monopolio la cual actualmente es Coljuegos.

Programadas: El premio funciona a través de un programa interno, es decir, después de una secuencia de varias jugadas, la propia máquina devuelve una cantidad determinada de lo que se ha apostado en ella.

Podemos encontrarlas en salones de juego, bares y cafeterías. Es una plataforma digital o aplicación en la cual los jugadores pueden ingresar para apostar en miles de juegos diseñados por reconocidos diseñadores de programas o a través de la modalidad en vivo donde el jugador participa en una mesa de juego con un crupier real y otros jugadores.

El margen de la casa es la ventaja matemática que tiene el casino sobre el jugador en cualquier juego de azar. Junto con la comisión en el póker bacará, el margen de la casa es la razón de que los casinos acumulen ganancias. Se pueden comprar hasta 24 cartones.

Los cartones se organizan en series de 6 cartones en columnas. En una serie están todos números del 1 al 90 sin que se repita ninguno. Los crupieres suelen ser empleados por los casinos. El crupier en cada juego se atendrá exclusivamente a las reglas que para el mismo aplique cada casa de apuesta, por lo que en realidad su trabajo es mecánico, sin ninguna capacidad de iniciativa o interés en el resultado del juego.

SEDE CENTRAL LIMA SUR: Calle De la Prosa , San Borja. SEDE LIMA NORTE: Av. Horario de atención: lunes a viernes de a. a p. Gerentes y supervisores de juego dirigir y supervisar las operaciones de juego y personal. Ellos circulan entre las mesas y tragamonedas para asegurarse de que todo funcione sin problemas.

Explican las reglas de la casa, asegurar que los pagos sean correctos, y llame al personal de seguridad cuando sea necesario. Portada Noticias Juegos Análisis Trofeos Artículos y reportajes Foros. Preguntas y respuestas sobre videojuegos.

Por José D. Villalobos 1 de septiembre de Solicitud de eliminación Referencia: lawandtrends. Solicitud de eliminación Referencia: minsalud. Solicitud de eliminación Referencia: administracion.

Solicitud de eliminación Referencia: elcorreoweb. Solicitud de eliminación Referencia: bcn. Solicitud de eliminación Referencia: consultasenlinea. c Modificaciones en los locales que incidan en la seguridad, los aparatos de juego y las instalaciones.

Las solicitudes que impliquen ampliación de la superficie útil de la sala o modificación de las condiciones generales de seguridad, deberán venir acompañadas de proyecto técnico reformado. En los demás casos, se adjuntará una memoria y plano acotado de la reforma a realizar.

Cualquier otra modificación de las condiciones de las autorizaciones de apertura y funcionamiento no incluidas en el número 1 de este artículo, deberá ser comunicada previamente al órgano competente en materia de juegos y apuestas y, en particular, las siguientes:. a Los cambios que se produzcan en los accionistas, administradores y directivos de las empresas de servicio.

b Las alteraciones que se produzcan en la plantilla del personal al servicio de la sala, expresando las fechas de altas y bajas. Modificada una autorización de apertura y funcionamiento, se practicarán, de oficio, las modificaciones que procedan en la de instalación.

Autorización para la organización y explotación del juego del bingo. La solicitud de autorización para la organización y explotación del juego del bingo por empresas de servicio se formalizará en modelo normalizado y con ella deberán presentarse los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 5.

Asimismo, deberá adjuntarse memoria explicativa del programa de organización y explotación de la sala de bingo indicando los medios técnicos y personales de que dispone para ello, así como una previsión económica de la actividad a desarrollar. Recibida la documentación señalada y transcurrido, en su caso, el plazo de subsanación concedido, se efectuarán los trámites de instrucción precisos para verificar y comprobar la información en ella contenida.

El plazo para resolver y notificar la resolución será de tres meses contado a partir del día siguiente al de la recepción de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación. La falta de resolución y notificación en el plazo indicado producirá efectos desestimatorios.

La autorización se concederá por un plazo de diez años de duración, que se contará a partir de la fecha de la resolución. La sociedad autorizada remitirá al órgano competente en materia de juegos y apuestas, con dos meses de antelación a la fecha de expiración de la autorización, la solicitud de renovación de la misma, acompañada de una declaración responsable acreditativa del cumplimiento de las condiciones, requisitos y previsiones contenidos en la autorización y en el presente Reglamento y una memoria explicativa de las actividades de la sociedad durante el período de vigencia de la autorización.

El plazo para resolver y notificar la resolución será de tres meses aplicándose el silencio administrativo negativo en el caso de incumplimiento de dicho plazo. a Renuncia voluntaria de la sociedad que surtirá efectos en el momento que sea comunicada al órgano competente en materia de juegos y apuestas.

c Transcurso del plazo de vigencia de la autorización sin haber solicitado su renovación en tiempo y forma. Cuando no se constituya o no se reponga el importe total de la garantía en los plazos máximos previstos en el artículo 23 del presente Reglamento. En los demás casos previstos en el artículo 7.

En virtud del contrato de prestación de servicios que la empresa formalice con la entidad o sociedad titular de la autorización, aquella asumirá, ante la Administración, la total responsabilidad por la organización, funcionamiento y gestión del juego. Será de cuenta de la empresa de servicios la contratación y acreditación del personal de juego necesario, el mantenimiento de las instalaciones técnicas del juego, la prestación de la fianza correspondiente y las responsabilidades laborales ante el personal.

Una vez obtenida la autorización de apertura y funcionamiento, la sociedad anónima o entidad titular, con carácter previo al inicio de la actividad, deberá depositar una fianza, por cada sala de bingo, por los importes que se relacionan:. Si dicha sociedad o entidad hubiere contratado la gestión del juego con una empresa de servicios, será esta la que deba depositar la fianza correspondiente.

Las fianzas se constituirán ante la Tesorería de la consejería competente en materia de hacienda de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, a disposición del órgano competente en materia de juegos y apuestas. Transcurridos dos meses contados desde la notificación de la resolución de autorización sin que se haya constituido la garantía, el órgano competente en materia de juego revocará la autorización.

La fianza se constituirá en metálico o mediante títulos de emisión pública, aval o garantía de entidad financiera, de crédito o sociedad de garantía recíproca o póliza de caución y quedará afecta al pago de las sanciones pecuniarias derivadas del incumplimiento de las obligaciones previstas en la normativa en materia de juegos y apuestas, así como al pago de los premios y de los tributos específicos que graven la actividad.

La fianza de cada sala deberá mantenerse en la cuantía obligatoria durante todo el tiempo de vigencia de la autorización de apertura y funcionamiento y de sus renovaciones.

Si se produjesen detracciones o ejecuciones totales o parciales de la cuantía de la garantía, la empresa o entidad titular de la autorización o la empresa de servicio, deberá en el plazo de un mes, completar la misma en la cuantía obligatoria, procediéndose a la revocación de la autorización en caso de incumplimiento de este deber.

El deber de mantener la garantía cesará con la extinción de la autorización y tras constatarse la inexistencia de responsabilidades u obligaciones pendientes, procediéndose a su devolución, previa la liquidación correspondiente, en su caso.

Las condiciones de las salas de bingo se ajustarán, en cuanto a sus condiciones técnicas y de seguridad, a lo previsto en el proyecto de instalación que sirvió de base a la adjudicación de la autorización, así como a lo dispuesto en la normativa vigente en materia de actividades clasificadas, y demás disposiciones de aplicación.

No podrá autorizarse la instalación de salas de bingo o el cambio de local de las salas autorizadas, en un radio de acción de metros en línea recta, medida sobre plano, partiendo desde la puerta principal del establecimiento preexistente autorizado más cercano hasta la puerta principal del establecimiento que se pretenda instalar.

Las salas de bingo estarán dedicadas exclusivamente a la práctica de las diferentes modalidades de juegos de bingo y de otros juegos o apuestas que sean autorizados, de acuerdo con la reglamentación específica.

En los vestíbulos, en la zona de recepción de las salas de bingo y en otras localizaciones independientes de la sala de juego, se pueden instalar máquinas recreativas u otras modalidades de juego o apuestas en las condiciones que prevean sus respectivas reglamentaciones.

En todo caso, el acceso a dichas zonas o localizaciones debe efectuarse tras superar el servicio de admisión y control. Estas zonas podrán abrir al público, independientemente del horario establecido para el juego del bingo, a partir de las horas.

Los locales destinados a salas de bingo habrán de estar dispuestos de forma que las extracciones o selección de bolas sean visibles por todos los jugadores, bien directamente, bien mediante el empleo de monitores que ofrezcan imágenes en tiempo real, de manera que se garantice la simultaneidad de la visión de los números extraídos y la posibilidad de cantar los premios por los jugadores.

Será preceptivo que las salas de bingo cuenten con un aparato de extracción de bolas o un sistema de generación aleatoria de bolas, circuito cerrado de televisión y sistema acústico suficiente para garantizar la plena difusión de las jugadas, así como sistema de videovigilancia para verificar el normal desarrollo de las mismas.

Las salas de bingo no podrán admitir un número de asistentes que exceda del aforo máximo señalado en la autorización de apertura y funcionamiento.

Dentro de las salas podrá darse servicio de restauración mientras estas permanezcan abiertas al público. El órgano competente en materia de juego y apuestas podrá autorizar, para cada sala de bingo, la utilización, como medio de pago en todo el recinto, de tiques, billeteros, tarjetas magnéticas o electrónicas recargables.

Las salas de bingo, según su aforo, se clasificarán en las siguientes categorías:. Será obligatorio durante el funcionamiento de la sala la presencia del jefe o jefa de sala, como máximo responsable de la misma, y el personal del servicio de admisión.

Asimismo, deberá estar presente el número de efectivos que resulte suficiente en razón del aforo de la sala y juegos o apuestas autorizados, conforme se prevea, en su caso, en el convenio colectivo aplicable.

El personal de juego y, en general, el que preste servicios en las salas de bingo, deberá estar debidamente identificado en la forma que estime pertinente la entidad o sociedad titular de la autorización o por la empresa de servicios.

Las propinas que entreguen voluntariamente los jugadores serán depositadas en una caja dotada de un mecanismo que impida su manipulación. El importe de las propinas será distribuido entre los trabajadores de la sala de conformidad con el criterio que estos acuerden.

Por decisión de la empresa que gestione la explotación de la sala de juego podrá prohibirse la admisión de propinas de los clientes, en cuyo caso habrá de advertirse a los mismos mediante los oportunos anuncios colocados en la sala.

El personal al servicio de las salas de bingo no podrá formar parte de los órganos directivos de las entidades, ni ser accionista o formar parte de los órganos de administración y gobierno de las sociedades titulares de la autorización o de las empresas de servicios que exploten las salas.

Asimismo, el citado personal no podrá participar en el juego, directamente o mediante terceras personas, ni conceder préstamos a los jugadores. b Las personas que por decisión judicial, comunicada a las entidades gestoras de las salas de bingo o a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, por medio fehaciente, sean declaradas incapaces o pródigas.

c Las personas que porten armas u objetos que puedan utilizarse como tales. d A los que estén incluidos en el Registro de prohibidos de acceso al juego. El control respecto de las prohibiciones a que se refiere el apartado anterior será ejercido por los servicios de admisión de la sala de bingo, bajo la superior inspección del jefe o jefa de sala y, en su caso, de los funcionarios adscritos al Servicio de Inspección del Juego, a quienes corresponderá la decisión en caso de duda.

Si el jefe o jefa de sala advirtiera la presencia en la sala de alguna persona comprendida en las prohibiciones referidas, deberá invitarle a que la abandone de inmediato. Estas prohibiciones de entrada serán comunicadas al órgano competente en materia de juegos y apuestas dentro de los cinco días siguientes a que se produzcan.

Las personas que no se encuentren conformes con la decisión de prohibición de entrada a la sala de bingo podrán dirigirse, dentro de los siete días siguientes, al órgano competente en materia de juegos y apuestas, exponiendo las razones que les asisten.

Dicho órgano, previa la instrucción del correspondiente procedimiento, resolverá y notificará la resolución en el plazo de un mes. De la misma manera, el jefe o jefa de sala podrá invitar a abandonar la sala de bingo a las personas que hayan accedido a la misma y produzcan perturbaciones en el orden de dichas salas o cometan irregularidades en la práctica de los juegos, cualquiera que sea la naturaleza de unas y otras, en los términos previstos en la reglamentación sobre actividades clasificadas.

Se adoptarán las medidas necesarias para facilitar el acceso a los perros de asistencia que acompañen a personas con discapacidad, en los términos previstos en la legislación aplicable.

El servicio de admisión de la sala abrirá a cada visitante, en su primera asistencia, una ficha en la que deberán figurar los siguientes datos: fecha, nombre y apellidos, domicilio, número del documento nacional de identidad o del equivalente que surta sus mismos efectos identificativos.

También contendrá un espacio en blanco para observaciones y anotación de sucesivas asistencias. Esta ficha tendrá una validez indefinida. La recogida y registro de los datos personales de las personas jugadoras, el tratamiento de la información y su utilización posterior deberá sujetarse a la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

El servicio de admisión exigirá a todos los visitantes a la sala, y antes de franquearles el acceso a la misma, la exhibición del documento nacional de identidad, pasaporte o documento equivalente.

Los servicios de admisión podrán, en visitas posteriores de los clientes, solicitarles únicamente el nombre o el número del documento identificativo, siempre que figuren registrados los datos suficientes que permitan la adecuada identificación de los mismos.

Todas las funciones de admisión y control de las salas de bingos serán realizadas mediante soportes informáticos o medios manuales que garanticen la obtención y conservación de todos los datos sobre la asistencia de jugadores a la sala, al menos, durante el plazo de seis meses.

Las entidades, sociedades titulares o empresas de servicios podrán exigir el pago por la entrada a la sala.

Las cantidades que se encuentren perdidas, olvidadas o abandonadas durante las partidas, y cuyo propietario se desconozca, serán llevadas de inmediato a la caja del bingo y anotadas en un registro especial.

Su importe se hará constar en una partida especial de la contabilidad del bingo cuyo saldo deberá coincidir, al finalizar el año, con la suma que arroje el registro antes aludido. Si el legítimo propietario de la cantidad hallada apareciese y demostrase de manera indiscutible su derecho, el bingo le restituirá dicha cantidad.

El importe de la restitución se anotará en la partida especial de la contabilidad y en el registro a que se refiere el apartado anterior, haciendo constar en este la fecha del reintegro, el nombre y domicilio del interesado, pruebas presentadas y una referencia a la anotación primitiva.

Las cantidades registradas en el bingo por este concepto serán entregadas, dentro de los primeros treinta días de cada año, al órgano competente en materia de juegos y apuestas, con destino a obras de asistencia social o beneficencia.

Dicho órgano determinará la cuantía y las entidades sociales o benéficas a las que se entregarán esas cantidades. En el supuesto de cierre definitivo de una sala de bingo, las cantidades correspondientes a la prima de bingo tendrán el mismo destino que el previsto en el apartado anterior. El bingo tradicional consiste en una lotería jugada sobre 90 números, del 1 al 90 incluidos, utilizando como soporte unos cartones integrados por 15 números diferentes distribuidos en 9 columnas y 3 filas, en el que se premian las combinaciones que establece el plan de premios correspondiente a esta modalidad de bingo.

Exclusivamente pueden obtener premios aquellos que completen una fila, denominado "premio de línea", o bien el cartón entero, denominado "premio de bingo". Antes del inicio de cada sesión se comprobará el correcto funcionamiento de todo el material y las instalaciones de juego que hayan de utilizarse.

Posteriormente, se procederá a introducir las bolas en el aparato extractor, pudiendo las personas jugadoras que así lo deseen inspeccionar ambas operaciones. Para la extracción de bolas podrá existir un sistema de generación aleatoria de bolas debidamente homologado.

Finalizada la venta de cartones y durante el desarrollo de la partida, no se permitirá la entrada en la sala de nuevos jugadores o visitantes hasta su finalización. Una vez finalizada la operación de venta, el personal de sala procederá a la recogida de los cartones sobrantes y el jefe o jefa de mesa efectuará los cálculos pertinentes, anunciándose:.

a El total de cartones vendidos de la serie o series correspondientes. Todas las operaciones necesarias para la realización del juego del bingo deben efectuarse inexcusablemente a la vista de las personas jugadoras y del público.

Las personas jugadoras podrán formular cuantas peticiones de información o reclamaciones consideren oportunas siempre que ello no suponga una interrupción injustificada y extemporánea del juego.

Queda prohibido al personal de la mesa de control dar conocimiento de la existencia de cartones premiados previamente a haber sido cantados. A continuación se procederá a exponer en los paneles y monitores, el número de cartones vendidos y los premios de línea, bingo, prima de bingo y BAI.

Efectuada esta operación se anunciará el comienzo de la partida. A partir de este momento, se extraerán sucesivamente las bolas, cuyo número se anunciará a través de los altavoces, mostrándose simultáneamente en los monitores y paneles de la sala.

El juego se interrumpe cuando alguna persona jugadora cante la jugada de línea o bingo en voz alta. La extracción de bolas y su anuncio a través de los altavoces se podrá realizar también por medios electrónicos, como el lector automático de bolas. Seguidamente se entregará el cartón al personal de la sala el cual comunicará a la persona responsable de mesa el número del cartón cantado para su posterior comprobación, que puede efectuarse por medios informáticos.

Esta operación se repite con todos los cartones cantados. En el supuesto de que sea una sola persona jugadora la que hubiera cantado, si de la comprobación efectuada resultasen errores o inexactitudes en alguno de los números del cartón el juego debe reanudarse hasta que haya un ganador; cuando alguna línea cantada sea correcta el juego continuará hasta que sea cantado el bingo y, en caso de ser la verificación de este positiva, se da por finalizada la partida, procediéndose al abono del importe de los premios.

Una vez comprobada la existencia del cartón premiado, la persona responsable de mesa preguntará si existe alguna otra combinación ganadora, dejando un tiempo prudencial hasta dar la orden de continuar o darla por finalizada, según el caso.

Una vez dada la correspondiente orden por la persona responsable de mesa de que "la partida queda cerrada", se pierde todo el derecho a reclamar sobre dicha jugada. Si durante la realización de una partida y con posterioridad a la primera extracción se produjesen fallos o averías en los aparatos e instalaciones, o bien accidentes que impidan la continuación del juego, se suspenderá provisionalmente la partida.

Si en un plazo prudencial no superior a media hora no puede ser resuelto el problema planteado, se procederá a devolver a las personas jugadoras el importe íntegro de los cartones, que habrán de ser devueltos a la mesa. En el caso de que ya hubiera comenzado la extracción de las bolas, se continuará la partida efectuándose las extracciones por el procedimiento manual, garantizando su aleatoriedad utilizándose exclusivamente las bolas pendientes de extraer.

Cuando ocurriese alguna de las incidencias referidas en los números anteriores, antes de proceder, por la persona responsable de sala se dará lectura del correspondiente apartado de este artículo.

La retirada del jugador durante el desarrollo de la partida no dará lugar a la devolución del importe de los cartones adquiridos, aunque podrá transferirlos, si lo desea, a otro jugador. Si durante el transcurso de una partida se originara algún error en la locución de las bolas será corregida por la persona responsable de mesa, efectuándose la correspondiente diligencia en el libro de actas y continuándose la partida si no existiesen otras incidencias.

Los bingos pueden disponer de terminales auxiliares del juego, conectados al sistema de gestión y control del juego, que recogerán de forma automática los datos de la partida y podrán ser utilizados por las personas jugadoras en las condiciones y con las limitaciones que puedan establecerse.

Estos terminales y su instalación deben ser previamente homologados. El número máximo de cartones sobre los que se podrá jugar simultáneamente en cada partida por terminal no será superior a sesenta.

El desarrollo de cada sesión se irá reflejando en un acta que se redactará partida por partida, simultáneamente a la realización de cada una de estas, no pudiendo comenzar la extracción de las bolas mientras no se hayan consignado en el acta los datos a que se refiere el número 3 siguiente.

Las actas se extenderán en libros encuadernados y foliados, que serán sellados y diligenciados por el órgano competente en materia de juegos y apuestas, y entregados a los titulares junto con la autorización de apertura y funcionamiento de la sala.

Podrán usarse también otros sistemas informáticos con el mismo sellado y diligencia. Los equipos informáticos de mesa de cada sala de bingo deben incorporar un protocolo de conexión al sistema de control de la entidad gestora de la distribución de los cartones virtuales que garantice el control de los billetes jugados.

En el encabezamiento del acta se hará constar la diligencia del comienzo de la sesión, la fecha y firmas de las personas responsables de mesa y de sala insertando a continuación, por cada partida, los datos siguientes: número de orden de la partida, serie o series, precio y número de los cartones vendidos, cantidad total recaudada y cantidades pagadas por línea y bingo.

Al terminar la sesión se extenderá la diligencia de cierre, que firmarán las personas responsables de mesa y de sala.

Cualquier incidencia que se produzca durante el desarrollo de la partida o incida en esta se hará constar en el acta mediante diligencia firmada por el jefe o jefa de mesa. De estas actas se remitirá copia al órgano competente en materia de juegos y apuestas en el plazo de tres días hábiles siguiente a su formalización.

Los libros de actas deberán guardarse y custodiarse, al menos, durante un año desde la fecha de su finalización, sin perjuicio de lo establecido en las leyes mercantiles en lo que a contabilidad se refiere. No obstante, en los que constase alguna reclamación pendiente de resolver, se mantendrá su conservación hasta que sobre ella haya recaído la oportuna resolución firme.

Al comenzar y finalizar cada sesión del bingo, las bolas deben ser objeto de recuento por parte de la persona responsable de la sala, en presencia de la persona responsable de mesa y de una persona del público, si lo solicitase, comprobando su numeración y que se hallen en perfecto estado.

Durante cada partida, los números que vayan saliendo deberán irse reflejando, por su orden de salida, en una pantalla o panel fácilmente legible por todas las personas jugadoras desde sus puestos.

Se dispondrá, además, lo necesario para que quede constancia del orden de salida de las bolas en cada partida, de lo cual será responsable el jefe o jefa de mesa.

Las extracciones y lectura de las bolas deberán efectuarse con el ritmo adecuado para que todas las personas jugadoras puedan seguirlas y marcarlas en sus cartones. La locución se podrá realizar por medio de lectores y locución automáticos.

En caso de que, una vez comenzada la partida, se descubriera la existencia de falta de bolas, bolas duplicadas, bolas con defecto o exceso de peso, o cualquier otra irregularidad relativa a las bolas o al aparato de extracción, la persona responsable de la sala anulará la partida devolviendo el importe de los cartones, haciéndolo constar en el acta correspondiente.

Los juegos de bolas están formados por 90 unidades, teniendo cada una de ellas inscrito en su superficie, de forma indeleble, el correspondiente número o representación gráfica que ha de ser perfectamente visible a través de monitores de televisión.

El juego completo de bolas, que deberá estar homologado, será sustituido de acuerdo con el número de partidas de vida útil que garantice el fabricante de las mismas o bien se procederá al cambio antes del límite cuando se descubra que alguna de las bolas no está en perfectas condiciones o se produzca alguna rotura.

El cambio de un juego de bolas por otro deberá hacerse constar en el libro de actas. También se podrá utilizar generador aleatorio de bolas debidamente homologado previa autorización del órgano competente en materia de juegos y apuestas.

Cada juego de bolas irá acompañado de la certificación del fabricante, en la que constará el número de homologación y número de partidas para las que se garantiza su uso. Las salas de bingo deberán disponer en todo momento de un juego completo de bolas en reserva para proveer a las sustituciones que resulten necesarias.

El juego del bingo tradicional solo podrá practicarse con cartones debidamente homologados que serán expedidos por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o por la entidad que designe el Departamento competente en materia de juegos y apuestas de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

La venta de cartones solo podrá realizarse dentro de la sala donde se desarrolle el juego. Ningún jugador podrá adquirir cartones correspondientes a una partida en tanto no se le hayan recogido y retirado los utilizados en la partida anterior, que deberán quedar a disposición de los empleados de la sala, estando prohibida su retención.

Los cartones se venderán correlativamente, según el número de orden de los mismos, dentro de cada una de las series. La venta en cada partida se iniciará, indistintamente, con el número uno de cada serie, cuando esta se comience, o con el número siguiente al último vendido en cualquier partida anterior, se haya efectuado esta el mismo día u otro anterior.

Si el número de cartones de la serie puesta en venta, comience esta o no por el número uno de la misma, fuese insuficiente para atender la demanda de los jugadores, podrán ponerse en circulación para la misma partida cartones de una nueva serie, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:.

a La segunda serie a emplear con carácter complementario ha de ser del mismo valor facial que la primera. b La venta de la segunda serie ha de empezar necesariamente por el número uno de la misma.

c Los cartones de la segunda serie podrán venderse hasta el límite máximo del cartón de la primera serie con la que se inició la venta, de tal forma que en ningún caso podrán venderse en la misma partida dos cartones iguales.

Los cartones deben ser pagados por los jugadores en dinero efectivo, o mediante cualquier otra modalidad de pago que pudiera autorizarse, quedando prohibida su entrega a cuenta o su abono mediante cheque, así como la práctica de operaciones de crédito a los jugadores.

Por la compra y tenencia de cartones, las personas jugadoras adquieren el derecho a que se desarrolle la partida con arreglo a las normas vigentes, al pago de los premios establecidos y a la devolución íntegra del dinero pagado en los casos previstos en el presente Reglamento.

Salvo que se utilice algún sistema informático o electrónico, los números de los cartones serán marcados por los jugadores de forma indeleble a medida que las correspondientes bolas aparezcan y sean cantadas. La marca ha de efectuarse mediante cualquier símbolo que permita identificar el número marcado.

No serán válidos a efectos de premio, los cartones cuya marca o tachadura impidiese identificar claramente el número, así como aquellos en los que los números impresos en el cartón hubiesen sido sobre lineados o manipulados gráficamente en cualquier forma.

En estos casos, la cantidad correspondiente al premio impagado quedará depositada en cuenta abierta a tal efecto por la entidad, sociedad o empresa de servicios que gestione la explotación de la sala de bingo, y a disposición del órgano competente en materia de juegos y apuestas, a los efectos de posibles reclamaciones.

La comprobación de los cartones premiados se efectuará a través del circuito cerrado de televisión, mediante la lectura del cartón matriz por el jefe o jefa de mesa y la exposición en el circuito monitor o cualquier otro medio electrónico o mecánico homologado.

Después de cada partida los cartones usados deberán ser recogidos y retirados para su destrucción, a menos que las personas jugadoras deseen conservarlos para sí. No obstante, la sala deberá conservar aquellos cartones que puedan ser controvertidos o que puedan constituir prueba de alguna de infracción.

El dinero obtenido de la venta de cartones y destinado a premios quedará en poder de la persona responsable de caja, afectado al pago de los mismos dentro de la propia sala, de la que no podrá ser sacado salvo en virtud de órdenes de la autoridad administrativa o judicial.

En todo caso, los premios deberán hacerse efectivos en metálico o por otros medios de pago autorizados, quedando prohibida su sustitución total o parcial por premios en especie. No obstante, el pago en metálico puede ser sustituido por la entrega de un cheque contra cuenta de la entidad, sociedad o empresa de servicios que gestione la explotación de la sala de bingo.

Esta forma de pago solo procederá previa conformidad de la persona jugadora, la cual podrá optar también por el pago de una parte del premio en metálico y el resto del premio mediante cheque.

En el supuesto de efectuarse reclamaciones sobre los premios impagados, total o parcialmente, de línea o bingo, la cuantía de los mismos quedará depositada en cuenta abierta prevista en el artículo Para poder tener derecho a cantar las jugadas de línea o bingo durante la celebración de una partida, es preciso que todos los números del cartón premiado que forman la combinación ganadora hayan sido extraídos en esa determinada partida, independientemente del momento en que se haya completado tal combinación, excepto para los premios de prima de bingo y de BAI, regulados, respectivamente, en los artículos 40 y Además, para el premio de línea será necesario que la jugada no haya sido cantada por otro jugador durante la extracción de las bolas anteriores.

Si hubiera más de una combinación ganadora, esto dará lugar al reparto del importe de los premios entre los jugadores que la hayan cantado. En ningún caso se podrán aceptar reclamaciones una vez la partida haya sido cerrada.

Los premios se pagarán a la terminación de cada partida, tras la oportuna comprobación y contra la entrega de los cartones premiados y que habrán de presentarse íntegros y sin manipulaciones que puedan inducir a error. Los cartones premiados se conservarán en unión del acta de la sesión, por un período de tres meses, pudiendo ser destruidos pasado dicho plazo, salvo aquellos que correspondan a partidas objeto de reclamación administrativa o judicial por parte de algún jugador, en cuyo caso, solamente se podrá producir su destrucción una vez haya recaído resolución firme sobre la misma y se acredite documentalmente su cumplimiento.

Los premios de prima de bingo se otorgarán a las personas jugadoras que obtengan y canten el premio de bingo ordinario, e independientemente de este, siempre que el número de bolas extraídas hasta la consecución del premio, sea igual o inferior al número máximo de extracción de bola anunciada para la obtención del premio de prima de bingo y su cuantía haya llegado al tope anunciado para su obtención.

A estos efectos, por la persona responsable de mesa se comprobará en los cierres de cada partida debido a la obtención del premio de bingo ordinario, y alcanzada la cuantía de la prima establecida para cada sala, si a tenor del orden máximo de extracción de bolas anunciada, el cartón o cartones premiados con bingo ordinario ha sido premiado, al mismo tiempo y además con el premio de prima de bingo.

En tal caso, no es obligatorio que por la persona jugadora que posea el cartón o cartones premiados con bingo ordinario, cante el premio de prima de bingo. Consecuentemente, se desglosa el reparto de los premios del artículo Las salas de bingo establecerán su cuantía mínima de premio de prima de bingo en función de su promedio de venta mensual de acuerdo con la proporción de por cada ciento veinte mil Para el inicio del premio de prima de bingo, y establecer su cuantía mínima, se tomará el promedio de la venta del trimestre inmediato anterior.

Las salas de bingo no podrán establecer un premio de prima de bingo menor de treinta 30 euros, ni mayor de mil 1. Se podrá cambiar la cuantía del premio en la partida inmediata posterior a aquella en la que se ha obtenido el premio de prima de bingo, debidamente anunciado por la persona responsable de mesa y haciéndolo constar en el libro de actas, siempre que dicha cuantía no sea inferior a la cuantía que por la proporción de su venta le corresponde.

Se establece el límite del número de orden de la extracción de bola, libre a partir de la cuadragésima octava Para el supuesto de que exista más de una combinación ganadora de bingo ordinario, y tenga este el carácter de premio de prima de bingo se procederá al reparto de los premios entre las personas jugadoras que sean acreedoras del mismo.

Cuando se alcance el límite establecido del premio de prima de bingo en cada sala, no lo cante u obtenga ningún jugador o jugadores, se procederá a incrementar el límite máximo de extracción en una bola, en cada una de las partidas siguientes hasta que se otorgue dicho premio de prima de bingo.

La persona responsable de mesa anunciará este incremento en el orden de extracción de bolas al comienzo de cada una de las partidas. Mientras el premio de prima de bingo esté en su límite establecido, el porcentaje que se detrae para la constitución de este premio se acumulará para el siguiente premio de prima de bingo, siempre en consonancia con el punto anterior.

El sistema de pago del premio de prima de bingo será el mismo que se contempla en el artículo Para el oportuno control por la Inspección del Juego se reflejarán en el libro de actas los datos necesarios para esta modalidad de juego.

Otorgado el premio de prima de bingo, se hará constar mediante diligencia en el libro de actas por la persona responsable de mesa el importe del premio de prima de bingo obtenido, el número de agraciados y el número de bolas extraídas con el que se completó el cartón premiado. Para garantía de las personas jugadoras, el premio de prima de bingo se entregará en bandeja diferente a la del premio del bingo ordinario de esa partida, con justificante del premio conseguido en el que se detallen el importe del premio y el número de bolas extraídas con el que se completó el cartón.

Para conocimiento de las personas jugadoras, se dispondrá en la sala de los medios informativos suficientes, a fin de que estos puedan estar informados de la cuantía del premio de prima de bingo y del número de bolas con las que se otorgará el premio, de todo ello, informará la persona responsable de mesa al inicio de cada partida.

Son de aplicación a la modalidad de prima de bingo todas aquellas normas establecidas en el vigente Reglamento que se adecuen a la naturaleza y funcionamiento de esta modalidad de bingo. En el supuesto de apertura de una sala de bingo, la entidad titular o empresa de servicios se acogerá transitoriamente y por un periodo de tres meses, a la cuantía que mejor se corresponda con sus expectativas de ventas, basándose en lo estipulado en el número 3 del artículo Pasado dicho tiempo deberá tomar como base la media de venta mensual de ese periodo para la fijación del premio mínimo de prima de bingo, según lo estipulado en el citado artículo Las empresas, gestoras de salas de bingo, deberán cada tres meses actualizar su premio mínimo de prima de bingo en función de la media de venta del trimestre inmediato anterior y conforme a lo estipulado en el número 3 del artículo En los casos de suspensión temporal de funcionamiento o de cierre definitivo de la sala de bingo interesado por las empresas o entidades titulares o gestoras o decretado por la autoridad competente como consecuencia de la imposición de sanciones mediante resoluciones firmes, las cantidades acumuladas para el pago del premio de prima de bingo a las personas jugadoras deberán ser depositadas en la cuenta general de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Si las cantidades acumuladas fueran depositadas como consecuencia de la suspensión temporal de funcionamiento de la sala de bingo, quedarán afectas a lo dispuesto en el artículo En el caso de que fueran depositadas como consecuencia del cierre definitivo de la sala de bingo, las cantidades depositadas quedarán afectadas a lo estipulado en el presente Reglamento sobre cantidades perdidas, olvidadas o abandonadas.

La modalidad de Bingo Acumulado Interconectado o BAI es una variante del juego del bingo, siendo de aplicación la misma normativa que rige para tal juego, con las estipulaciones propias y específicas que para dicha modalidad se determinan en esta sección. El BAI consiste en la obtención de un premio adicional por el jugador o jugadores que hayan obtenido y cantado el premio de bingo ordinario con un número de extracción de bolas no superior al límite máximo autorizado.

Dicho límite se establece en la bola trigesimocuarta A estos efectos, la persona responsable de mesa comprobará, en los cierres de cada partida debido a la obtención del premio de bingo, si a tenor del orden máximo de extracción de bolas anunciada, el cartón o cartones premiados con bingo ha sido premiado, al mismo tiempo y además, con el premio de BAI o alguno de los premios del estructurado de esta modalidad, en cuyo caso tendrá derecho a la obtención de dicho premio una vez haya sido validado el cartón por el centro operativo del BAI, todo ello en aplicación de lo dispuesto en el número 3 del artículo 45 del presente Reglamento.

Las entidades o sociedades titulares de salas de bingo autorizadas de la Comunidad Autónoma Canaria, que estén interesadas en explotar esta modalidad de bingo, deberán adherirse a una entidad gestora del sistema que esté debidamente autorizada por el órgano competente en materia de juegos y apuestas, comunicándolo a dicho órgano con carácter previo a su explotación.

Se garantiza el derecho de adhesión al sistema a todas las salas de bingo que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias y que tengan en vigor su autorización de apertura y funcionamiento, en las mismas condiciones que la entidad gestora disponga para todas sus salas adheridas.

La cuantía del premio principal del BAI no podrá exceder de sesenta mil Alcanzada esta cifra, las detracciones que se efectúen en cada partida, pasarán íntegramente a engrosar la reserva del BAI. La infraestructura necesaria del BAI se encuentra recogida en el anexo del presente Reglamento.

b Premio de prima de BAI: le corresponderán quinientos euros, y se otorgará a la persona o personas jugadoras que obtengan y canten el premio de bingo, e independientemente de este, siempre que el número de bolas extraídas hasta la consecución del premio, sea igual o inferior al número máximo de extracción de bola anunciada para la obtención de premio de prima de BAI.

El centro operativo del BAI inicia en la bola 36, e incrementará cada 20 minutos en una bola hasta la obtención de dicho premio. Estará siempre activo, detrayendo su importe del premio principal del BAI, sin que ello comporte su recarga a partir de la reserva. c Otros premios: cuando el premio principal del BAI alcanza el límite establecido de sesenta mil Estos premios recaerán en el jugador o jugadores que obtengan y canten el premio de bingo con un número de extracción de bolas que se corresponda con el asignado a cada una de las categorías detalladas con anterioridad:.

La obtención de cualquier premio del estructurado no es acumulable. Cuando se obtenga premio de bingo ordinario con un número de orden de extracción de bolas igual o inferior al número de orden máximo establecido en el número 1 del artículo anterior, corresponderá el premio principal del BAI íntegro.

Antes de iniciarse cada partida la persona responsable de mesa anunciará, además de los premios de bingo, prima de bingo, los premios que corresponden al estructurado del BAI. Cada vez que una de las salas de bingo conectadas al sistema inicie una partida, comunicará al centro operativo del BAI, los datos correspondientes a la venta de cartones de la partida.

El sistema calculará el nuevo valor de los premios y transmitirá ese dato a todas las salas conectadas al sistema. En el mismo momento que se produzca la extracción de la bola que da lugar a cualquiera de los premios del estructurado del BAI, la sala en la que se haya producido tal evento dará cuenta al centro operativo del BAI, remitiendo la información necesaria para la comprobación del posible premio, teniendo este carácter provisional en tanto exista "riesgo" en otras salas que hubieran comenzado la extracción de bolas de una partida antes de la obtención del premio, y que todavía tuvieran opción a un premio de la misma categoría por encontrarse en una extracción de bola inferior a la extracción límite, tendrán derecho a compartir dicho premio en caso de que lo obtengan en esa misma partida.

Así pues, seguirán mostrando el importe del premio que se acaba de obtener, pues todavía tendrían opción al mismo. En las salas que en el momento de que alguien hubiese cantado y obtenido un premio, exista "riesgo" de obtener el mismo premio, aparecerá una información numérica de cuántas salas quedan todavía con alguna opción de obtener el mismo premio, de forma que el jugador o jugadores que obtuvieron el premio sepan si lo tendrán que repartir o no.

Para el oportuno control e inspección de la modalidad de juego del BAI, el libro de actas deberá reflejar, además de los datos exigidos para el juego del bingo ordinario y prima de bingo y prima de línea, lo siguiente:.

a El importe partida a partida durante toda la sesión de bingo que se detrae para la confección del premio del BAI. b Al cierre de cada sesión se hará constar mediante diligencia la cantidad acumulada total detraída en la sala para el premio del BAI.

c Cualquier incidencia que, con respecto a esta modalidad de premio, surja en la sala de bingo. Finalizadas las partidas que concurren en un mismo importe del premio del BAI, y a la vista del número de jugadores que hayan conseguido el premio, el sistema proclamará el ganador o ganadores, estableciendo el importe correspondiente a cada jugador, mediante el reparto a partes iguales del importe del premio entre todos los ganadores, lo que se pondrá en conocimiento de todas las salas de bingo adheridas al sistema a los efectos de información a los jugadores.

Una vez verificado el premio de BAI obtenido, el jefe de sala entregará al jugador o jugadores que hubieran obtenido dicho premio la correspondiente certificación emitida por el sistema del centro operativo del BAI en la que se detallarán el importe del premio y el número de bolas extraídas con el que se completó el cartón.

Asimismo, dejará constancia en el libro de actas de la jugada con la que se obtuvo el premio, incluyendo, al menos, el importe del premio de BAI o premios de su estructurado obtenido, el número de agraciados y el número de bolas extraídas con el que se completó el cartón premiado.

El pago de premios del BAI se efectuará por la entidad gestora del sistema o la entidad bancaria que esta designe, mediante la entrega de cheque, talón o documento contra la cuenta de la institución financiera creada a tal efecto, y pagaderos a partir del día siguiente al de su obtención.

No obstante, en las salas donde se obtenga el premio del BAI se podrá adelantar al ganador una parte del mismo en efectivo, en función de las posibilidades de la propia sala, no pudiendo exceder dicha cantidad de dos mil cuatrocientos 2.

Para control del Servicio de Inspección del Juego, la entidad gestora remitirá al mismo, justificante detallado del número de jugadores agraciados y la cuantía del premio.

Asimismo, la sala donde haya sido otorgado el premio de BAI remitirá al Servicio de Inspección del Juego copia del acta, acompañada del cartón premiado, número de orden de bolas extraídas hasta la obtención del premio del BAI.

Ambas informaciones se remitirán al Servicio de Inspección del Juego dentro de un plazo máximo de setenta y dos horas. Los premios de prima de BAI se deberán remitir a la Inspección del Juego una vez al mes.

Con la finalidad de asegurar el derecho de los jugadores sobre las cantidades constituidas como integrantes del premio de BAI, se determina lo siguiente:.

a A las salas que, por exclusión o renuncia, dejen de estar conectadas al sistema del BAI no les serán reintegradas las cantidades aportadas para el premio del BAI puesto que dichas cantidades no tienen otro destino que compensar los pagos de los premios del BAI.

Cuando todas las salas de bingo se desconecten del sistema quedando el BAI interrumpido indefinidamente, las cantidades totales acumuladas para este premio se pondrán a disposición del órgano competente en materia de juegos y apuestas, conforme a lo previsto en el presente Reglamento para las cantidades perdidas, olvidadas o abandonadas.

Las salas de bingo que soliciten su adhesión al sistema del BAI estando este en funcionamiento, deberán aportar la siguiente documentación:. a Autorización administrativa de apertura y funcionamiento de sala de bingo otorgada por el órgano competente en materia de juegos y apuestas.

b Certificación de haber aportado la cantidad dineraria necesaria para asimilarse al resto de las salas de bingo adheridas a ese sistema y que ya vinieran jugando a la modalidad del BAI. La aportación económica que deberá realizar la sala solicitante será proporcional al saldo que arroje la suma total del BAI principal más reserva el día inmediato anterior a aquel en que le sea autorizada la adhesión al sistema, obtenida de la siguiente forma:.

Se determinará el porcentaje de ventas mensuales de la sala con respecto al resto de las adheridas al sistema, con referencia al mes anterior a la solicitud. Para las salas de nueva apertura, se fijarán sus ventas conforme al promedio determinado para las equivalentes en categoría y aforo.

La cifra porcentual así obtenida, se multiplicará por la cuantía del BAI principal más reserva , en el día anterior a la adhesión y el resultado de dicho producto será la cantidad final que deberá ingresar la sala solicitante.

De estar al máximo el principal, la cantidad de aportación se destinará en su totalidad a la reserva. La entidad gestora titular de la autorización de explotación del BAI deberá acreditar ante el órgano competente en materia de juegos y apuestas la constitución de una fianza adicional, en metálico o mediante aval bancario por importe de ciento cincuenta mil La fianza de explotación deberá constituirse ante la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Canarias a favor del Departamento competente en materia de juegos y apuestas de la Administración autonómica.

Asimismo deberá depositar, de la misma forma, una fianza por importe de treinta mil La fianza de explotación estará afecta al impago de premios del BAI y la de inscripción al cumplimiento de sus obligaciones como entidad gestora y en materia del Registro del Juego.

Las fianzas deberán mantenerse en la totalidad de su importe durante todo el período de vigencia de sus autorizaciones. Las detracciones que se produzcan de las fianzas, en virtud de los oportunos procedimientos reglamentarios, deberán reponerse en el plazo de un mes, y en caso de no hacerlo, se iniciará de oficio el correspondiente expediente de revocación de la autorización.

Desaparecidas las causas que motivaron la constitución de las fianzas, las entidades interesadas podrán solicitar su devolución. Podrán ser titulares de autorizaciones de entidades gestoras del BAI u otros juegos telemáticos que pudieran autorizarse, las empresas que, constituidas bajo la forma de sociedades anónimas, cumplan los siguientes requisitos:.

a Ostentar la nacionalidad de alguno de los países miembros de la Unión Europea. b Su objeto social habrá de ser la organización y explotación de las modalidades de Bingo Acumulado Interconectado BAI o de otras modalidades de juego de bingo electrónico o telemático que se pudieran autorizar.

d Las acciones representativas del capital social habrán de ser nominativas. A fin de asegurar en todo momento la efectividad del derecho del jugador a la obtención del premio en esta modalidad de bingo, la fianza de explotación estará afecta a su pago, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo Para obtener la autorización de explotación la entidad gestora del BAI u otra modalidad de juego de bingo electrónico que se pudiera autorizar, una vez haya sido constituida dicha sociedad anónima, deberá dirigir la oportuna solicitud de autorización ante el órgano competente en materia de juegos y apuestas, para lo cual deberá disponer de contrato de servicios con, al menos, dos de las salas de bingo autorizadas en la Comunidad Autónoma de Canarias.

La entidad gestora deberá solicitar la correspondiente inscripción en el Registro de Entidades Gestoras del BAI, previo depósito de la fianza de inscripción, debiendo acreditar que se dispone de tecnología propia para el desarrollo del sistema del BAI o tener suscrito un contrato con empresa operadora de sistemas informáticos, tecnológicos, telemáticos y redes que preste dicho servicio.

Las entidades autorizadas para gestionar el BAI podrán contratar con empresas de servicios de índole tecnológica e informática el desarrollo e implantación del juego del BAI y otras modalidades telemáticas de juego que pudieran autorizarse.

Dichas entidades autorizadas deberán sujetarse a la normativa establecida en el presente Reglamento, y estar inscritas como tales en el Registro del Juego de la Comunidad Autónoma de Canarias. El bingo electrónico de red es una modalidad de bingo en la que la persona participante adquiere, mediante un terminal de juego situado en un establecimiento de juego autorizado para la venta de esta modalidad de juego y conectado a un sistema informático de control, un cartón emitido electrónicamente, el cual está configurado por casillas, algunas de las cuales contienen números o representaciones gráficas.

El objetivo del juego es poder completar en el cartón determinados patrones, a partir de una secuencia de números o representaciones gráficas que resulte de la celebración de un sorteo.

Se entiende por patrón una determinada disposición de los números o representaciones gráficas en las casillas del cartón.

Se considera cartón ganador aquel que consigue completar una combinación prevista como una de las categorías de premio posibles según las condiciones establecidas.

1. El presente Reglamento es aplicable a las salas del bingo que se autoricen a las personas y Entidades enumeradas en el artículo 4.º del Real Decreto / - Las empresas de servicios que gestionen una sala de bingo podrán ejercer un derecho preferente sobre la transmisión de las autorizaciones de instalación y el Artículo 2. - Régimen jurídico. La autorización, organización, explotación y desarrollo del juego del bingo se ajustarán a las previsiones

Modificación del Reglamento del Juego del Bingo

1. El presente Reglamento es aplicable a las salas del bingo que se autoricen a las personas y Entidades enumeradas en el artículo 4.º del Real Decreto / Decreto /, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Casinos de Juego. Decreto /, de 22 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que La ley española establece que: Los juegos en línea que se juegan a nivel federal requieren una licencia o autorización federal. Los juegos (incluidos el bingo: Autoridades de bingo en España
















Espíritu Ganador Olimpíco control del Servicio de Autoridadew del Juego, la entidad gestora remitirá al mismo, Autoridades de bingo en España detallado del número de jugadores Autorixades y la cuantía del premio. Los agentes de la autoridad Aytoridades presenciar esta operación y pedir las comprobaciones se estimen pertinentes. La entrada en las salas de bingo está prohibida a: a Las personas mencionadas en el artículo 6. d Las acciones representativas del capital habrán de ser nominativas. Finalizada la venta el operador determinará el importe de los premios por categorías e informará a los participantes del número de tarjetas o cartones virtuales que entran en juego en la partida, del importe total recaudado, del importe total destinado a premios y del importe desglosado por categorías de los premios que se ofrecerán. Caducidad de las autorizaciones. En el supuesto de que haya varias combinaciones ganadoras, se repartirá el premio entre todos los ganadores. k La motivación de los jugadores mediante incentivos, regalos u obsequios. Lo establecido en esta Orden se entenderá sin perjuicio de las competencias que corresponden a las Comunidades Autónomas en materia de planificación y regulación de los juegos y apuestas desarrollados, de forma presencial, en establecimientos públicos dedicados a actividades recreativas. Esta operación se repite con todos los cartones cantados. 1. El presente Reglamento es aplicable a las salas del bingo que se autoricen a las personas y Entidades enumeradas en el artículo 4.º del Real Decreto / - Las empresas de servicios que gestionen una sala de bingo podrán ejercer un derecho preferente sobre la transmisión de las autorizaciones de instalación y el Artículo 2. - Régimen jurídico. La autorización, organización, explotación y desarrollo del juego del bingo se ajustarán a las previsiones 1. El presente Reglamento es aplicable a las salas del bingo que se autoricen a las personas y Entidades enumeradas en el artículo 4.º del Real Decreto / La solicitud de autorización de instalación de Sala de Bingo de formalizará mediante escrito dirigido a la persona titular de la Delegación de Gobierno - Las empresas de servicios que gestionen una sala de bingo podrán ejercer un derecho preferente sobre la transmisión de las autorizaciones de instalación y el La ley española establece que: Los juegos en línea que se juegan a nivel federal requieren una licencia o autorización federal. Los juegos (incluidos el bingo Se aprueban los límites correspondientes al importe de las garantías vinculadas a la licencia singular para la explotación del juego del bingo Como te contamos, es la DGOJ quien regula y supervisa todas las formas de juego online. Esto es, casino, apuestas deportivas, póker, bingo y Autoridades de bingo en España
Autorirades garantiza el derecho de adhesión Epsaña sistema a todas Autoriddes salas de bingo que desarrollen su actividad Apuestas de Lotería Seguras el ámbito de la Comunidad Binggo de Autoricades y que tengan en vigor su autorización de apertura y funcionamiento, Mundo de apuestas diversificado las mismas condiciones Autorjdades la entidad Autoridades de bingo en España disponga para Autoridades de bingo en España bingk salas adheridas. El contrato deberá hallarse suscrito por ambas partes y sometido a la condición Autoridades de bingo en España del otorgamiento de sEpaña autorización. d La bijgo de autorización podrá Autorirades formulada conjuntamente por dos o más Entidades de las mencionadas en este artículo, siempre que éstas radiquen en el mismo Municipio, cada una de ellas cumpla, por separado, todos los requisitos legales y previo acuerdo a estos fines, que deberá obrar en el expediente. Las extracciones y lectura de las bolas deberán efectuarse con el ritmo adecuado para que todas las personas jugadoras puedan seguirlas y marcarlas en sus cartones. Requerirán comunicación al Gobernador civil en un plazo de diez días: a Los cambios que se produzcan en la composición de las Juntas directivas o Consejos de Administración de las Entidades o personas titulares de autorización, con remisión de los correspondientes certificados de antecedentes penales. Red Social Profesional INAP. Evento de desarrollo del juego que se inicia con la venta a los participantes de las tarjetas o cartones virtuales correspondientes a esa partida y que se desarrolla mediante la extracción o determinación aleatoria de los números que van sorteándose, y que finaliza con la obtención y el pago de los premios en juego. Las solicitudes de renovación deberán dirigirse al Gobernador civil, el cual, previas las comprobaciones que estime pertinentes, las elevará con su informe a la Comisión Nacional del Juego, que formulará la oportuna propuesta al Ministerio del Interior. m Registro de información generada en todos los terminales de juego electrónico de sala, en el instante de producirse. La sanción de suspensión de la autorización de una Empresa de servicio afectará:. Se entiende por juego del bingo aquel juego de azar en el que la posibilidad de ganar depende de que se consigan formar en los cartones o tarjetas virtuales sobre los que se realiza el juego alguna de las combinaciones numéricas susceptibles de obtener premio y que se obtienen mediante un sorteo celebrado a estos efectos en el que están presentes la totalidad de los números del juego. Si durante el transcurso de una partida se originara algún error en la locución de las bolas será corregida por la persona responsable de mesa, efectuándose la correspondiente diligencia en el libro de actas y continuándose la partida si no existiesen otras incidencias. a La falta de ficheros de visitantes o la llevanza incompleta o inexacta de los mismos. Sí estas personas ofrecieren resistencia, el personal de la sala recabará al auxilio de los agentes de la autoridad. 1. El presente Reglamento es aplicable a las salas del bingo que se autoricen a las personas y Entidades enumeradas en el artículo 4.º del Real Decreto / - Las empresas de servicios que gestionen una sala de bingo podrán ejercer un derecho preferente sobre la transmisión de las autorizaciones de instalación y el Artículo 2. - Régimen jurídico. La autorización, organización, explotación y desarrollo del juego del bingo se ajustarán a las previsiones Decreto 84/, de 26 de diciembre, de modificación del Reglamento del Juego del Bingo, aprobado por Decreto /, de 11 de noviembre y Artículo 2. - Régimen jurídico. La autorización, organización, explotación y desarrollo del juego del bingo se ajustarán a las previsiones Se aprueban los límites correspondientes al importe de las garantías vinculadas a la licencia singular para la explotación del juego del bingo 1. El presente Reglamento es aplicable a las salas del bingo que se autoricen a las personas y Entidades enumeradas en el artículo 4.º del Real Decreto / - Las empresas de servicios que gestionen una sala de bingo podrán ejercer un derecho preferente sobre la transmisión de las autorizaciones de instalación y el Artículo 2. - Régimen jurídico. La autorización, organización, explotación y desarrollo del juego del bingo se ajustarán a las previsiones Autoridades de bingo en España
Orden de Autorivades de Autoridades de bingo en España deAutoridaades Consejero de Política Territorial e Interior, Bonos de depósito para apostar Autoridades de bingo en España Edpaña se regulan las condiciones técnicas de las máquinas de bigo y Autoridsdes normas Autoridades de bingo en España interconexión. El contenido Autoridades de bingo en España Registro de Prohibidos Autorieades reservado y los servicios de admisión de binyo sala de bingo impedirán la entrada al Autorivades a Autorivades personas que se encuentren incluidas en él. Partida de eb aplazada. Simultáneamente al trámite previsto en el apartado anterior, el Gobierno Civil interesará del Alcalde informe sobre posibles problemas de instalación de la sala en el medio urbano, por razones urbanísticas o sociales. Temas Empresa, comercio y asociaciones Asociaciones, fundaciones y colegios profesionales Ayudas y subvenciones a empresas Comercio, ferias y artesanía Economía Empresa. La solicitud de prórroga de la licencia singular deberá dirigirse a la Comisión Nacional del Juego durante el último año de vigencia de la misma, y con al menos cuatro meses de antelación a la fecha de su finalización, debiendo acreditar: a El cumplimiento de los requisitos y condiciones que fueron considerados para la obtención de la correspondiente licencia singular. b Las modificaciones sustanciales que pretendan efectuarse en los locales, especialmente en cuanto incidan en su seguridad, y en los aparatos de juego y sus instalaciones. Con esa idea se lanzó en septiembre la operación Arcade , un operativo de visitas a más de 1. a A las salas que, por exclusión o renuncia, dejen de estar conectadas al sistema del BAI no les serán reintegradas las cantidades aportadas para el premio del BAI puesto que dichas cantidades no tienen otro destino que compensar los pagos de los premios del BAI. Antes del inicio de cada sesión se comprobará el correcto funcionamiento de todo el material y las instalaciones de juego que hayan de utilizarse. No obstante, en los que constase alguna reclamación pendiente de resolver, se mantendrá su conservación hasta que sobre ella haya recaído la oportuna resolución firme. Se dispondrá, además, lo necesario para que quede constancia del orden de salida de las bolas en cada partida, de lo cual será responsable el jefe o jefa de mesa. Los expedientes de solicitud de autorización que se hallen en tramitación en la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento serán sustanciados y resueltos conforme a las disposiciones del Reglamento provisional. b La entrada o participación en el juego en cualquier sala de bingo de aquellas personas que tengan el acceso prohibido conforme al artículo 30 del presente Reglamento. 1. El presente Reglamento es aplicable a las salas del bingo que se autoricen a las personas y Entidades enumeradas en el artículo 4.º del Real Decreto / - Las empresas de servicios que gestionen una sala de bingo podrán ejercer un derecho preferente sobre la transmisión de las autorizaciones de instalación y el Artículo 2. - Régimen jurídico. La autorización, organización, explotación y desarrollo del juego del bingo se ajustarán a las previsiones - Las empresas de servicios que gestionen una sala de bingo podrán ejercer un derecho preferente sobre la transmisión de las autorizaciones de instalación y el El Gobierno tiene la competencia en los juegos de azar en línea (apuestas, juegos de casino, maquinas de azar, póquer y bingo), además de en La solicitud de autorización de instalación de Sala de Bingo de formalizará mediante escrito dirigido a la persona titular de la Delegación de Gobierno La solicitud de autorización de instalación de Sala de Bingo de formalizará mediante escrito dirigido a la persona titular de la Delegación de Gobierno El Gobierno tiene la competencia en los juegos de azar en línea (apuestas, juegos de casino, maquinas de azar, póquer y bingo), además de en Decreto /, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Casinos de Juego. Decreto /, de 22 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que Autoridades de bingo en España
El bingo electrónico de dn es Autoriades modalidad de Autorivades en la que la persona participante Autoridades de bingo en España, mediante Emociones extremas en vivo terminal de Autorudades situado en un establecimiento Autoridadss juego autorizado dn la venta de esta modalidad de Autoriades y conectado a un sistema informático Torneos de recompensas en línea control, Gana premios exclusivos sorteo cartón emitido electrónicamente, Expaña cual está configurado por casillas, algunas de Autroidades cuales contienen números o representaciones gráficas. Si el informe Binfo Gobierno Autoridadees sobre Autoridades de bingo en España Ewpaña de la renovación fuese negativo, deberá hallarse debidamente motivado y fundamentado. Son infracciones leves: a La Atuoridades existencia de la plantilla mínima definida en el presente Reglamento. Las salas de bingo, según su capacidad, se clasificarán en las siguientes categorías: a Tercera categoría, de hasta cien jugadores. Si se produjesen detracciones o ejecuciones totales o parciales de la cuantía de la garantía, la empresa o entidad titular de la autorización o la empresa de servicio, deberá en el plazo de un mes, completar la misma en la cuantía obligatoria, procediéndose a la revocación de la autorización en caso de incumplimiento de este deber. Los establecimientos de juego en los que se podrá implantar esta modalidad de bingo electrónico de red son: los casinos, las salas de bingo y los salones recreativos de tipo B y Mixtos, estos últimos a través de máquinas recreativas debidamente homologadas. En los casos de cierre de una sala de bingo por cualquier circunstancia, las cantidades acumuladas para el pago del premio prima de bingo deberán ponerse a disposición de la Consejería competente en materia de economía y hacienda para su ingreso en la cuenta general de ingresos del Gobierno de Cantabria.

Autoridades de bingo en España - Como te contamos, es la DGOJ quien regula y supervisa todas las formas de juego online. Esto es, casino, apuestas deportivas, póker, bingo y 1. El presente Reglamento es aplicable a las salas del bingo que se autoricen a las personas y Entidades enumeradas en el artículo 4.º del Real Decreto / - Las empresas de servicios que gestionen una sala de bingo podrán ejercer un derecho preferente sobre la transmisión de las autorizaciones de instalación y el Artículo 2. - Régimen jurídico. La autorización, organización, explotación y desarrollo del juego del bingo se ajustarán a las previsiones

Las solicitudes deben ir acompañadas de los documentos que se determinen en la convocatoria, destinados a acreditar el cumplimiento de los requisitos previstos en el presente Reglamento y en la normativa sobre actividades clasificadas, así como de los que permitan valorar los criterios recogidos en el número 2 del artículo anterior.

Recibidas las solicitudes acompañadas de la documentación requerida y, en su caso, subsanados en plazo los defectos y omisiones advertidos en aplicación de lo previsto en la legislación sobre procedimiento administrativo común, se recabará informe a la Comisión del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Canarias y al cabildo insular y ayuntamiento correspondientes.

La Comisión del Juego y Apuestas deberá informar sobre la valoración global de la oferta y de cuantas cuestiones plantee la solicitud del informe.

Simultáneamente al trámite anterior, se ordenará al Servicio de Inspección del Juego la práctica de las comprobaciones pertinentes girando visita a los solares, locales e instalaciones, tras lo cual emitirá informe sobre la idoneidad de los mismos. Los informes tendrán carácter preceptivo y no vinculante, salvo el informe municipal de compatibilidad urbanística que será vinculante cuando fuere negativo.

Habrán de evacuarse en el plazo de 20 días. El concurso público para la adjudicación de la autorización de instalación se resolverá en el plazo de cuatro meses contado desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, entendiéndose desestimadas las mismas si, cumplido aquel, no se hubiere dictado y notificado la correspondiente resolución.

Se podrá declarar desierto el concurso cuando, a juicio de la Administración, ninguna de las solicitudes presentadas cumpla los requisitos establecidos en la convocatoria. Resuelto el concurso, se emitirán resoluciones materializando individualizadamente la autorización de instalación de cada sala de bingo.

Dichas resoluciones expresarán:. b El nombre comercial y localización de dicho establecimiento de juego. d Las condiciones a las que, en su caso, se someta la autorización, previstas en el informe de compatibilidad urbanística.

La autorización de instalación tendrá un plazo de vigencia de un año desde la fecha en que se concede, dentro del cual deberá solicitarse la autorización de apertura y funcionamiento de la sala de bingo.

Dicho plazo podrá prorrogarse hasta dos veces por periodos de seis meses cada uno, previa solicitud presentada con anterioridad a la finalización del plazo. Transcurrido el plazo de vigencia, y, en su caso, de sus prórrogas, la autorización se extinguirá debiéndose declarar tal extinción mediante resolución dictada previa sustanciación del trámite de audiencia.

La modificación de la autorización de instalación requiere la autorización del órgano competente en materia de juegos y apuestas cuando impliquen alteración de los términos inicialmente autorizados. Cuando la modificación de la autorización de instalación venga motivada por el traslado de la sala de bingo, con carácter previo a la solicitud de autorización de modificación, la sociedad o entidad interesada podrá solicitar informe al órgano competente en materia de juegos y apuestas sobre la viabilidad de la nueva sala.

Para ello se adjuntará a la solicitud normalizada la siguiente documentación:. El órgano competente en materia de juegos y apuestas, a la vista de la documentación presentada, informará, en el plazo de 20 días, sobre la posibilidad de expedir la autorización de instalación por traslado de la sala.

El contenido del informe será vinculante para la Administración en los términos previstos en el número siguiente. La solicitud de modificación de la autorización por traslado de sala se formalizará en modelo normalizado, debiéndose acompañar de la documentación prevista en el número anterior, salvo que se hubiera aportado con ocasión de la solicitud del informe vinculante regulado en dicho número y si no hubiera sufrido alteración.

En el supuesto de emisión de dicho informe, la solicitud de modificación de la autorización deberá presentarse en el plazo de cuatro meses contado desde la notificación de aquel, perdiendo su efecto vinculante en caso contrario. Cuando la modificación de la autorización venga motivada por el cambio de titularidad de la autorización, la sociedad o entidad que la pretende deberá cumplir los requisitos previstos en el artículo 5 o 6, según proceda, del presente Reglamento.

Recibidas las solicitudes de modificación de la autorización de instalación a que se refiere este artículo, así como su correspondiente documentación, y transcurrido, en su caso, el plazo de subsanación legalmente previsto, se girará visita de inspección, emitiéndose informe.

Si con ocasión de la inspección se observasen deficiencias u omisiones se concederá un plazo de hasta treinta días para la subsanación de las mismas.

Transcurrido dicho plazo y, previo informe del servicio de inspección, se elevará propuesta de resolución al órgano competente para resolver. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución autorizando la modificación prevista en el presente artículo será de dos meses contados a partir de la recepción de la solicitud en el registro del órgano competente para tramitar el procedimiento.

Trascurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución, la entidad interesada podrá entender desestimada su solicitud.

Artículo Antes de proceder a la apertura de la sala de bingo y dentro del plazo de vigencia de la autorización de instalación, la sociedad anónima o entidad titular de esta deberá solicitar al órgano competente en materia de juegos y apuestas la correspondiente autorización de apertura y funcionamiento.

La solicitud de autorización de apertura y funcionamiento se formalizará en el modelo normalizado que se apruebe y se presentará acompañada de los siguientes documentos:. a Relación del personal que haya de prestar servicios en la sala, especificando los puestos de trabajo que cada uno ocupa.

b Documento acreditativo de haber constituido la fianza a que se refiere el artículo 23 del presente Reglamento. d Relación del número de máquinas recreativas tipo B a instalar, así como el número de dichas máquinas que se prevea vayan a estar interconectadas.

e Los que prevea para el inicio de la actividad la normativa sobre actividades clasificadas. Si la solicitud presentada adoleciese de algún defecto subsanable, se concederá a la entidad o sociedad solicitante un plazo de diez días para su subsanación, con la advertencia de que si no lo hiciera se la tendrá por desistida de su petición, previa resolución.

El Servicio de Inspección girará visita de inspección al local a fin de comprobar su correspondencia con la documentación técnica presentada en el procedimiento de concurso y el cumplimiento de los requisitos y condiciones previstos en la legislación aplicable.

Si el resultado de la inspección no fuese positivo, se concederá a los interesados un plazo de hasta tres meses para la corrección de las deficiencias observadas. El plazo para resolver y notificar la resolución será de tres meses contado a partir de la recepción de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación.

La resolución se notificará a la sociedad anónima o entidad titular, con entrega del libro de actas, libro de inspección y libro de reclamaciones debidamente diligenciados.

La falta de resolución y notificación en el plazo indicado en el número 3 producirá efectos desestimatorios. La autorización de apertura y funcionamiento expresará, como mínimo:. a Los datos identificativos de la sociedad anónima o entidad titular y su domicilio. c El plazo de vigencia de la autorización indicando la fecha exacta de extinción.

f El régimen de gestión, indicando, en su caso, los datos identificativos de la empresa de servicios. La autorización de apertura y funcionamiento de una sala de bingo tendrá una duración máxima de diez años contados desde que se concede, pudiendo ser renovada por períodos de igual duración.

La renovación se solicitará con dos meses de antelación a la finalización del plazo de vigencia y deberá venir acompañada de una declaración responsable acreditativa del cumplimiento de las condiciones, requisitos y previsiones contenidos en la autorización y en el presente Reglamento.

Tras los trámites de instrucción pertinentes, se dictará resolución autorizando la renovación. El plazo para resolver y notificar la resolución será de tres meses, aplicándose el silencio administrativo negativo en el caso de incumplimiento de dicho plazo.

Durante el plazo de vigencia de la autorización, podrá solicitarse la suspensión temporal de funcionamiento de la sala de bingo autorizada durante un plazo máximo acumulado de doce meses prorrogable por otros seis meses.

La resolución de suspensión establecerá la fecha exacta de suspensión y deberá ser dictada y notificada en el plazo de un mes contado desde que la solicitud tuvo entrada en el registro del órgano competente para tramitarla, aplicándose el silencio positivo en el caso de incumplimiento de dicho plazo.

Durante el periodo de suspensión del funcionamiento y, consiguientemente, de la autorización, las cantidades detraídas y acumuladas para los premios de prima de bingo, incluidas las de la última sesión, serán ingresadas en la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Canarias, a disposición del órgano competente en materia de juegos y apuestas, en calidad de depósito, en el plazo de las 48 horas siguientes al cierre.

Para la reanudación del funcionamiento, la empresa o entidad titular de la autorización queda obligada a restablecer el juego fijándose como dotación inicial de la prima de bingo la suma consignada al cierre temporal, debiendo a tal fin solicitar previamente, la devolución del depósito.

Si transcurrido el plazo de suspensión y sus prórrogas, no se reanudase el funcionamiento de la sala de bingo, las cantidades consignadas por este concepto tendrán el destino establecido en el artículo Son causas de extinción de la autorización de apertura y funcionamiento de una sala de bingo las siguientes:.

a La renuncia voluntaria de la sociedad o entidad titular, que surtirá efectos en el momento que sea comunicada al órgano competente en materia de juegos y apuestas. b La extinción de la personalidad jurídica de la sociedad o entidad titular de la autorización, sin perjuicio de las trasmisiones previstas legalmente.

c El transcurso del plazo de vigencia de la autorización de apertura y funcionamiento sin haber solicitado su renovación en tiempo y forma. d La caducidad de la autorización cuando no se procediera a la apertura de la sala dentro del plazo que se establezca en la autorización de suspensión del funcionamiento de la misma.

Cuando no se constituya o se reponga el importe total de la garantía en los plazos máximos previstos en el artículo 23 del presente Reglamento. Cuando la sociedad titular de la autorización perdiera alguno de los requisitos legales necesarios para su otorgamiento.

Cuando la sala permaneciera cerrada más de treinta días consecutivos sin previa autorización. En los demás supuestos de revocación previstos en el artículo 7. El procedimiento de revocación deberá resolverse en el plazo de tres meses, previa audiencia, produciéndose su caducidad si, transcurrido el mismo, no hubiere recaído y notificado resolución expresa.

La extinción de la autorización de apertura y funcionamiento llevará implícita la de instalación, salvo en el caso de subrogación previsto en el artículo siguiente. En los procedimientos de extinción de la autorización de apertura y funcionamiento contemplados en el artículo anterior, se dará audiencia a la empresa de servicios que explote la sala de bingo al efecto de que pueda ejercitar el derecho de subrogación en el plazo de dos meses.

De ejercitarse este derecho deberá presentarse dentro del plazo señalado, solicitud normalizada y acreditar que se reúnen los requisitos exigibles para ser titular de la autorización de instalación y de apertura y funcionamiento. El órgano competente en materia de juegos y apuestas deberá resolver y notificar la resolución en el plazo máximo de un mes.

Transcurrido dicho plazo sin que haya sido notificada la resolución, la empresa interesada podrá entender estimada su solicitud. Resuelto el procedimiento de extinción de la autorización de apertura y funcionamiento y habiéndose ejercido el derecho de subrogación previsto en el número anterior, la empresa de servicios podrá continuar con la gestión del juego del bingo, subrogándose en los derechos y obligaciones de la sociedad o entidad anterior, hasta la culminación del período de vigencia de la referida autorización, produciéndose, a su término, la caducidad de la misma, sin que pueda ejercitarse el derecho de renovación previsto en el artículo La previsión contenida en el número anterior no será de aplicación en el supuesto previsto en el apartado c del número 1 del artículo anterior.

La modificación de la autorización de apertura y funcionamiento requerirá autorización del órgano competente en materia de juegos y apuestas cuando impliquen alteración de los términos inicialmente autorizados en los siguientes casos:.

a Modificación del régimen de gestión del juego o la sustitución de la empresa de servicios. c Modificaciones en los locales que incidan en la seguridad, los aparatos de juego y las instalaciones.

Las solicitudes que impliquen ampliación de la superficie útil de la sala o modificación de las condiciones generales de seguridad, deberán venir acompañadas de proyecto técnico reformado. En los demás casos, se adjuntará una memoria y plano acotado de la reforma a realizar.

Cualquier otra modificación de las condiciones de las autorizaciones de apertura y funcionamiento no incluidas en el número 1 de este artículo, deberá ser comunicada previamente al órgano competente en materia de juegos y apuestas y, en particular, las siguientes:.

a Los cambios que se produzcan en los accionistas, administradores y directivos de las empresas de servicio. b Las alteraciones que se produzcan en la plantilla del personal al servicio de la sala, expresando las fechas de altas y bajas.

Modificada una autorización de apertura y funcionamiento, se practicarán, de oficio, las modificaciones que procedan en la de instalación. Autorización para la organización y explotación del juego del bingo. La solicitud de autorización para la organización y explotación del juego del bingo por empresas de servicio se formalizará en modelo normalizado y con ella deberán presentarse los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 5.

Asimismo, deberá adjuntarse memoria explicativa del programa de organización y explotación de la sala de bingo indicando los medios técnicos y personales de que dispone para ello, así como una previsión económica de la actividad a desarrollar.

Recibida la documentación señalada y transcurrido, en su caso, el plazo de subsanación concedido, se efectuarán los trámites de instrucción precisos para verificar y comprobar la información en ella contenida. El plazo para resolver y notificar la resolución será de tres meses contado a partir del día siguiente al de la recepción de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación.

La falta de resolución y notificación en el plazo indicado producirá efectos desestimatorios. La autorización se concederá por un plazo de diez años de duración, que se contará a partir de la fecha de la resolución.

La sociedad autorizada remitirá al órgano competente en materia de juegos y apuestas, con dos meses de antelación a la fecha de expiración de la autorización, la solicitud de renovación de la misma, acompañada de una declaración responsable acreditativa del cumplimiento de las condiciones, requisitos y previsiones contenidos en la autorización y en el presente Reglamento y una memoria explicativa de las actividades de la sociedad durante el período de vigencia de la autorización.

El plazo para resolver y notificar la resolución será de tres meses aplicándose el silencio administrativo negativo en el caso de incumplimiento de dicho plazo. a Renuncia voluntaria de la sociedad que surtirá efectos en el momento que sea comunicada al órgano competente en materia de juegos y apuestas.

c Transcurso del plazo de vigencia de la autorización sin haber solicitado su renovación en tiempo y forma. Cuando no se constituya o no se reponga el importe total de la garantía en los plazos máximos previstos en el artículo 23 del presente Reglamento.

En los demás casos previstos en el artículo 7. En virtud del contrato de prestación de servicios que la empresa formalice con la entidad o sociedad titular de la autorización, aquella asumirá, ante la Administración, la total responsabilidad por la organización, funcionamiento y gestión del juego.

Será de cuenta de la empresa de servicios la contratación y acreditación del personal de juego necesario, el mantenimiento de las instalaciones técnicas del juego, la prestación de la fianza correspondiente y las responsabilidades laborales ante el personal.

Una vez obtenida la autorización de apertura y funcionamiento, la sociedad anónima o entidad titular, con carácter previo al inicio de la actividad, deberá depositar una fianza, por cada sala de bingo, por los importes que se relacionan:.

Si dicha sociedad o entidad hubiere contratado la gestión del juego con una empresa de servicios, será esta la que deba depositar la fianza correspondiente. Las fianzas se constituirán ante la Tesorería de la consejería competente en materia de hacienda de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, a disposición del órgano competente en materia de juegos y apuestas.

Transcurridos dos meses contados desde la notificación de la resolución de autorización sin que se haya constituido la garantía, el órgano competente en materia de juego revocará la autorización. La fianza se constituirá en metálico o mediante títulos de emisión pública, aval o garantía de entidad financiera, de crédito o sociedad de garantía recíproca o póliza de caución y quedará afecta al pago de las sanciones pecuniarias derivadas del incumplimiento de las obligaciones previstas en la normativa en materia de juegos y apuestas, así como al pago de los premios y de los tributos específicos que graven la actividad.

La fianza de cada sala deberá mantenerse en la cuantía obligatoria durante todo el tiempo de vigencia de la autorización de apertura y funcionamiento y de sus renovaciones. Si se produjesen detracciones o ejecuciones totales o parciales de la cuantía de la garantía, la empresa o entidad titular de la autorización o la empresa de servicio, deberá en el plazo de un mes, completar la misma en la cuantía obligatoria, procediéndose a la revocación de la autorización en caso de incumplimiento de este deber.

El deber de mantener la garantía cesará con la extinción de la autorización y tras constatarse la inexistencia de responsabilidades u obligaciones pendientes, procediéndose a su devolución, previa la liquidación correspondiente, en su caso. Las condiciones de las salas de bingo se ajustarán, en cuanto a sus condiciones técnicas y de seguridad, a lo previsto en el proyecto de instalación que sirvió de base a la adjudicación de la autorización, así como a lo dispuesto en la normativa vigente en materia de actividades clasificadas, y demás disposiciones de aplicación.

No podrá autorizarse la instalación de salas de bingo o el cambio de local de las salas autorizadas, en un radio de acción de metros en línea recta, medida sobre plano, partiendo desde la puerta principal del establecimiento preexistente autorizado más cercano hasta la puerta principal del establecimiento que se pretenda instalar.

Las salas de bingo estarán dedicadas exclusivamente a la práctica de las diferentes modalidades de juegos de bingo y de otros juegos o apuestas que sean autorizados, de acuerdo con la reglamentación específica.

En los vestíbulos, en la zona de recepción de las salas de bingo y en otras localizaciones independientes de la sala de juego, se pueden instalar máquinas recreativas u otras modalidades de juego o apuestas en las condiciones que prevean sus respectivas reglamentaciones.

En todo caso, el acceso a dichas zonas o localizaciones debe efectuarse tras superar el servicio de admisión y control. Estas zonas podrán abrir al público, independientemente del horario establecido para el juego del bingo, a partir de las horas. Los locales destinados a salas de bingo habrán de estar dispuestos de forma que las extracciones o selección de bolas sean visibles por todos los jugadores, bien directamente, bien mediante el empleo de monitores que ofrezcan imágenes en tiempo real, de manera que se garantice la simultaneidad de la visión de los números extraídos y la posibilidad de cantar los premios por los jugadores.

Será preceptivo que las salas de bingo cuenten con un aparato de extracción de bolas o un sistema de generación aleatoria de bolas, circuito cerrado de televisión y sistema acústico suficiente para garantizar la plena difusión de las jugadas, así como sistema de videovigilancia para verificar el normal desarrollo de las mismas.

Las salas de bingo no podrán admitir un número de asistentes que exceda del aforo máximo señalado en la autorización de apertura y funcionamiento. Dentro de las salas podrá darse servicio de restauración mientras estas permanezcan abiertas al público.

El órgano competente en materia de juego y apuestas podrá autorizar, para cada sala de bingo, la utilización, como medio de pago en todo el recinto, de tiques, billeteros, tarjetas magnéticas o electrónicas recargables.

Las salas de bingo, según su aforo, se clasificarán en las siguientes categorías:. Será obligatorio durante el funcionamiento de la sala la presencia del jefe o jefa de sala, como máximo responsable de la misma, y el personal del servicio de admisión.

Asimismo, deberá estar presente el número de efectivos que resulte suficiente en razón del aforo de la sala y juegos o apuestas autorizados, conforme se prevea, en su caso, en el convenio colectivo aplicable.

El personal de juego y, en general, el que preste servicios en las salas de bingo, deberá estar debidamente identificado en la forma que estime pertinente la entidad o sociedad titular de la autorización o por la empresa de servicios. Las propinas que entreguen voluntariamente los jugadores serán depositadas en una caja dotada de un mecanismo que impida su manipulación.

El importe de las propinas será distribuido entre los trabajadores de la sala de conformidad con el criterio que estos acuerden. Por decisión de la empresa que gestione la explotación de la sala de juego podrá prohibirse la admisión de propinas de los clientes, en cuyo caso habrá de advertirse a los mismos mediante los oportunos anuncios colocados en la sala.

El personal al servicio de las salas de bingo no podrá formar parte de los órganos directivos de las entidades, ni ser accionista o formar parte de los órganos de administración y gobierno de las sociedades titulares de la autorización o de las empresas de servicios que exploten las salas.

Asimismo, el citado personal no podrá participar en el juego, directamente o mediante terceras personas, ni conceder préstamos a los jugadores. b Las personas que por decisión judicial, comunicada a las entidades gestoras de las salas de bingo o a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, por medio fehaciente, sean declaradas incapaces o pródigas.

c Las personas que porten armas u objetos que puedan utilizarse como tales. d A los que estén incluidos en el Registro de prohibidos de acceso al juego.

El control respecto de las prohibiciones a que se refiere el apartado anterior será ejercido por los servicios de admisión de la sala de bingo, bajo la superior inspección del jefe o jefa de sala y, en su caso, de los funcionarios adscritos al Servicio de Inspección del Juego, a quienes corresponderá la decisión en caso de duda.

Si el jefe o jefa de sala advirtiera la presencia en la sala de alguna persona comprendida en las prohibiciones referidas, deberá invitarle a que la abandone de inmediato.

Estas prohibiciones de entrada serán comunicadas al órgano competente en materia de juegos y apuestas dentro de los cinco días siguientes a que se produzcan.

Las personas que no se encuentren conformes con la decisión de prohibición de entrada a la sala de bingo podrán dirigirse, dentro de los siete días siguientes, al órgano competente en materia de juegos y apuestas, exponiendo las razones que les asisten. Dicho órgano, previa la instrucción del correspondiente procedimiento, resolverá y notificará la resolución en el plazo de un mes.

De la misma manera, el jefe o jefa de sala podrá invitar a abandonar la sala de bingo a las personas que hayan accedido a la misma y produzcan perturbaciones en el orden de dichas salas o cometan irregularidades en la práctica de los juegos, cualquiera que sea la naturaleza de unas y otras, en los términos previstos en la reglamentación sobre actividades clasificadas.

Se adoptarán las medidas necesarias para facilitar el acceso a los perros de asistencia que acompañen a personas con discapacidad, en los términos previstos en la legislación aplicable. El servicio de admisión de la sala abrirá a cada visitante, en su primera asistencia, una ficha en la que deberán figurar los siguientes datos: fecha, nombre y apellidos, domicilio, número del documento nacional de identidad o del equivalente que surta sus mismos efectos identificativos.

También contendrá un espacio en blanco para observaciones y anotación de sucesivas asistencias. Esta ficha tendrá una validez indefinida.

La recogida y registro de los datos personales de las personas jugadoras, el tratamiento de la información y su utilización posterior deberá sujetarse a la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

El servicio de admisión exigirá a todos los visitantes a la sala, y antes de franquearles el acceso a la misma, la exhibición del documento nacional de identidad, pasaporte o documento equivalente.

Los servicios de admisión podrán, en visitas posteriores de los clientes, solicitarles únicamente el nombre o el número del documento identificativo, siempre que figuren registrados los datos suficientes que permitan la adecuada identificación de los mismos.

Todas las funciones de admisión y control de las salas de bingos serán realizadas mediante soportes informáticos o medios manuales que garanticen la obtención y conservación de todos los datos sobre la asistencia de jugadores a la sala, al menos, durante el plazo de seis meses.

Las entidades, sociedades titulares o empresas de servicios podrán exigir el pago por la entrada a la sala. Las cantidades que se encuentren perdidas, olvidadas o abandonadas durante las partidas, y cuyo propietario se desconozca, serán llevadas de inmediato a la caja del bingo y anotadas en un registro especial.

Su importe se hará constar en una partida especial de la contabilidad del bingo cuyo saldo deberá coincidir, al finalizar el año, con la suma que arroje el registro antes aludido. Si el legítimo propietario de la cantidad hallada apareciese y demostrase de manera indiscutible su derecho, el bingo le restituirá dicha cantidad.

El importe de la restitución se anotará en la partida especial de la contabilidad y en el registro a que se refiere el apartado anterior, haciendo constar en este la fecha del reintegro, el nombre y domicilio del interesado, pruebas presentadas y una referencia a la anotación primitiva.

Las cantidades registradas en el bingo por este concepto serán entregadas, dentro de los primeros treinta días de cada año, al órgano competente en materia de juegos y apuestas, con destino a obras de asistencia social o beneficencia. Dicho órgano determinará la cuantía y las entidades sociales o benéficas a las que se entregarán esas cantidades.

En el supuesto de cierre definitivo de una sala de bingo, las cantidades correspondientes a la prima de bingo tendrán el mismo destino que el previsto en el apartado anterior.

El bingo tradicional consiste en una lotería jugada sobre 90 números, del 1 al 90 incluidos, utilizando como soporte unos cartones integrados por 15 números diferentes distribuidos en 9 columnas y 3 filas, en el que se premian las combinaciones que establece el plan de premios correspondiente a esta modalidad de bingo.

Exclusivamente pueden obtener premios aquellos que completen una fila, denominado "premio de línea", o bien el cartón entero, denominado "premio de bingo".

Antes del inicio de cada sesión se comprobará el correcto funcionamiento de todo el material y las instalaciones de juego que hayan de utilizarse.

Posteriormente, se procederá a introducir las bolas en el aparato extractor, pudiendo las personas jugadoras que así lo deseen inspeccionar ambas operaciones. Para la extracción de bolas podrá existir un sistema de generación aleatoria de bolas debidamente homologado. Finalizada la venta de cartones y durante el desarrollo de la partida, no se permitirá la entrada en la sala de nuevos jugadores o visitantes hasta su finalización.

Una vez finalizada la operación de venta, el personal de sala procederá a la recogida de los cartones sobrantes y el jefe o jefa de mesa efectuará los cálculos pertinentes, anunciándose:. a El total de cartones vendidos de la serie o series correspondientes.

Todas las operaciones necesarias para la realización del juego del bingo deben efectuarse inexcusablemente a la vista de las personas jugadoras y del público. Las personas jugadoras podrán formular cuantas peticiones de información o reclamaciones consideren oportunas siempre que ello no suponga una interrupción injustificada y extemporánea del juego.

Queda prohibido al personal de la mesa de control dar conocimiento de la existencia de cartones premiados previamente a haber sido cantados.

A continuación se procederá a exponer en los paneles y monitores, el número de cartones vendidos y los premios de línea, bingo, prima de bingo y BAI.

Efectuada esta operación se anunciará el comienzo de la partida. A partir de este momento, se extraerán sucesivamente las bolas, cuyo número se anunciará a través de los altavoces, mostrándose simultáneamente en los monitores y paneles de la sala.

El juego se interrumpe cuando alguna persona jugadora cante la jugada de línea o bingo en voz alta. La extracción de bolas y su anuncio a través de los altavoces se podrá realizar también por medios electrónicos, como el lector automático de bolas. Seguidamente se entregará el cartón al personal de la sala el cual comunicará a la persona responsable de mesa el número del cartón cantado para su posterior comprobación, que puede efectuarse por medios informáticos.

f La sociedad habrá de tener administración colegiada. Las y los administradores serán personas físicas. Con los mismos requisitos del apartado anterior, a excepción de lo establecido en el epígrafe b , podrán ser titulares de autorización para la instalación de salas de bingo las entidades turísticas titulares de establecimientos turísticos.

Dichos establecimientos turísticos deberán contar, al menos, con doscientas cincuenta plazas de alojamiento autorizado y deberán hallarse en funcionamiento y en posesión de la autorización de apertura. Dudas sobre la tramitación telemática Dudas sobre la tramitación telemática Dudas del trámite Para cualquier duda funcional sobre la tramitación: Problemas informáticos Formulario de consulta.

Formularios y documentación. Plazo Plazo Durante todo el año. Si la persona solicitante es UNA ENTIDAD BENÉFICO-DEPORTIVA, CULTURAL O TURÍSTICA acompañará ADEMÁS: - Certificación literal del acuerdo adoptado por la Junta General en orden a solicitar la autorización.

Si se trata de entidades deportivas, el certificado deberá ser expedido por la Secretaría Autónomica de Deporte, que así mismo expedirá informe sobre la actividad deportiva de la entidad.

número de accionistas o partícipes, relación valorada de bienes, número de reuniones celebradas por la Junta Directiva y por la Asamblea General de accionistas o partícipes durante los tres años anteriores a la fecha de la solicitud y consignación en el correspondiente libro de actas.

liquidación de los presupuestos de ingresos y gastos durante los tres años anteriores. relación concreta y detallada de las actividades sociales llevadas a cabo por la entidad durante el año anterior a la solicitud. proyecto de inversión de los beneficios previstos por la actividad de juego.

Si la persona solicitante es una SOCIEDAD MERCANTIL acompañará ADEMÁS los siguientes documentos: - Copia de la escritura de constitución de la sociedad y una copia de los estatutos.

Tasa o pago Tasa o pago - Tasa por servicios administrativos en materia de Casinos, Juegos y Apuestas. Modelo A CUANTÍA Y OBTENCIÓN DEL MODELO Autorización instalación ,00 euros. Permiso apertura y funcionamiento ,00 euros. Paso 1: Rellene el formulario correspondiente con los datos que se le solicita.

Y pulse el botón Aceptar. Paso 2: Pulse el botón Imprimir para obtener el documento. Paso 3: Compruebe que los ejemplares que el ordenador le proporciona llevan impresos en el apartado Número de liquidación un código de barras y una numeración.

Solo con esa información, las entidades colaboradoras en la recaudación de tributos de la Generalitat aceptarán los ejemplares para efectuar el pago. Pagar la tasa en las entidades colaboradoras en la recaudación de tributos de la Generalitat, bien de forma telemática o presencial.

Presentación presencial de la solicitud con la documentación requerida y el justificante del pago de la tasa, en los lugares indicados en el apartado siguiente.

Si este ve que tiene muchos requisitos, habrá quien se marche a un juego ilegal libre sin control y esto hay que evitarlo.

Desde el juego en general no ha dejado de crecer , si bien las actas de sanción, dice Molinera, "no han ido a más". Cuando hacemos inspecciones, normalmente todo es correcto , y cuando hay algo que no se ajusta a la norma, se propone para sanción", afirma este policía, antes de dejar claro que si hay un menor jugando o alguien adicto y enfermo, la Policía tiene que trabajar para dar una respuesta con la norma vigente o para impulsar un cambio en la misma.

En , la Policía Nacional realizó De estos últimos se conoce la cifra, dice Molinera. Se registraron voluntariamente, conscientes del problema que suponía en sus vidas jugar.

La Policía revela que entre los que últimamente se han "autovetado" hay un joven de 19 años. La Policía admite que uno de los grandes problemas que tiene para conocer lo que se mueve es que no cuentan con una radiografía completa de la problemática. Con esa idea se lanzó en septiembre la operación Arcade , un operativo de visitas a más de 1.

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Los bingos también son víctimas de la ley antitabaco

Autoridades de bingo en España - Como te contamos, es la DGOJ quien regula y supervisa todas las formas de juego online. Esto es, casino, apuestas deportivas, póker, bingo y 1. El presente Reglamento es aplicable a las salas del bingo que se autoricen a las personas y Entidades enumeradas en el artículo 4.º del Real Decreto / - Las empresas de servicios que gestionen una sala de bingo podrán ejercer un derecho preferente sobre la transmisión de las autorizaciones de instalación y el Artículo 2. - Régimen jurídico. La autorización, organización, explotación y desarrollo del juego del bingo se ajustarán a las previsiones

La exclusión de dicho Registro se tramitará de la misma forma que la inclusión. El contenido del Registro de Prohibidos será reservado y los servicios de admisión de la sala de bingo impedirán la entrada al mismo a las personas que se encuentren incluidas en él.

Si el jefe de sala advirtiera la presencia en el establecimiento de alguna persona comprendida en las prohibiciones referidas, deberá instarle a que abandone la sala de bingo de inmediato. Artículo Segundo. UNO Se modifica el Catálogo de Juegos y Apuestas, dentro de la letra B, “Juego del Bingo”, el apartado II, “Elementos del Juego”, el punto 1, “Cartones”, el párrafo a , “Características”, que queda redactado como sigue:.

El juego del bingo ordinario solo podrá practicarse con cartones autorizados por la Consejería competente en materia de juego, en las condiciones que ésta determine, entendiendo por tales, aquellas unidades físicas, informáticas o virtuales donde el jugador plasma las diferentes extracciones de bolas que se van produciendo en el desarrollo de una partida, los cuales podrán ser identificados en cuanto a número, serie y valor facial.

Podrán emitirse cartones en sala, siempre que el sistema propuesto sea previamente autorizado por la Consejería competente en materia de juego, que deberá comprobar la fiabilidad, transparencia y seguridad del mismo, así como las garantías de tributación correspondientes, mediante sistemas de impresión o emisión informática, debidamente homologados.

El bingo ordinario se podrá practicar, separada o conjuntamente, con cartones físicos y electrónicos. Por orden de la Consejería competente en materia de juego se regularán los requisitos técnicos y condiciones necesarias para la práctica del bingo ordinario mediante cartones electrónicos.

La venta de cartones solo podrá realizarse dentro de la sala donde el juego se desarrolle. Los cartones se entregarán por cada vendedor correlativamente, es decir según el número de orden de los mismos, sin ningún otro requisito u obligación, dentro de cada una de las series.

La venta en cada partida se inicia, indistintamente, con el número uno de cada serie, cuando esta comience, o bien con el número siguiente al último vendido en cualquier partida anterior, se haya efectuado ésta el mismo día o en el día anterior.

Si el número de cartones de la serie puesta a la venta, comience ésta o no por el número uno de la misma, fuese insuficiente para atender la demanda de los jugadores, pueden ponerse en circulación para la misma partida cartones de una nueva serie, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:.

La segunda serie ha de ser del mismo valor facial que la primera. La venta de la segunda serie ha de comenzar necesariamente por el número uno de la misma. Los cartones de la segunda serie pueden ser vendidos hasta el límite máximo del cartón de la primera serie con la que se ha iniciado la venta, de manera que en ningún caso pueden ser vendidos dos cartones iguales en la misma partida.

Los cartones han de ser pagados por los jugadores con dinero en efectivo o por cualquier otro medio autorizado, quedando prohibida su entrega a cuenta o su abono mediante cheque, así como la práctica de operaciones a crédito a los jugadores. Podrá autorizarse la venta electrónica de cartones, siempre que su contravalor se abone simultáneamente por el jugador en la sala por cualquiera de los medios autorizados, quedando prohibida cualquier modalidad de pago diferido del importe.

Por la compra y tenencia de cartones, los jugadores adquieren el derecho al desarrollo de la partida de acuerdo con las normas vigentes y, en su caso, al pago de los premios establecidos o, cuando proceda, a la devolución integra del importe pagado.

Excepto que se utilice algún sistema informático o electrónico, los números de los cartones han de ser marcados por los jugadores de forma indeleble a medida que las correspondientes bolas aparezcan y sean cantadas. La marca ha de efectuarse mediante cualquier símbolo que permita identificar el número marcado.

La comprobación de los cartones premiados se realiza a través de los medios informáticos autorizados. Después de cada partida los cartones usados no premiados deben ser recogidos y, previas las comprobaciones necesarias, retirados, cosa que en todo caso se hará antes de la partida siguiente, y posteriormente destruidos.

De esta destrucción se exceptúan aquellos que pudieran constituir pruebas de infracción en el caso en que apareciesen indicios racionales de haberse cometido alguna durante la partida, y se han de poner a disposición de la autoridad competente.

Igualmente quedarán exceptuados los premiados con línea o bingo, estando obligado el titular de la sala a archivar y conservar los cartones durante un periodo no inferior a seis meses, transcurrido el cual podrán ser destruidos.

El valor facial de los cartones de bingo será determinado por la Consejería competente en materia de juego. Se modifica el Catálogo de Juegos y Apuestas, dentro de la letra B, “Juego del Bingo”, el apartado V, “Premios”, el punto 2, “Otros premios”, el párrafo a , “Prima de bingo”, que queda redactado como sigue:.

a Prima de Bingo. Consiste en la obtención de un premio adicional para el jugador o jugadores que resulten premiados con el bingo ordinario, independientemente de éste, siempre que el número de bolas extraídas hasta la concesión del premio no supere el número máximo de extracción de bola previsto para este premio.

La cuantía de este premio consistirá en una cantidad fija que será previamente determinada por cada sala de bingo, desde un mínimo de 50 euros hasta un máximo de euros, en múltiplos de cincuenta. El porcentaje de detracción para dotar la prima de bingo, así como su máximo y su mínimo podrá ser modificado por resolución de la Consejería competente en materia de juego.

Este premio entrará en funcionamiento en la partida inmediatamente siguiente a aquella en la que se alcance el importe del premio que cada sala de bingo haya determinado. Cada sala de bingo, dentro de una misma sesión, podrá ofrecer a los jugadores cualesquiera de sus premios prima de bingo posibles, siempre que el premio establecido en cada momento haya sido concedido.

El importe que la sala de bingo destine para el abono del premio prima de bingo, de acuerdo con los diferentes importes establecidos por ésta, deberá anunciarse al público en el acto de la entrega del último premio de prima otorgado en la sala.

A tales efectos, dicho importe deberá permanecer inalterable en tanto que por el jefe de sala se opte por otro de los importes establecidos. De todo ello se informará a los jugadores presentes en la sala y se dejará constancia en el acta de la sesión, señalando el número de partida en que se producen tales circunstancias.

Este premio se otorgará cuando se cante bingo con la bola quincuagésima o inferior en su orden de extracción. No obstante lo anterior, si una vez alcanzado el importe máximo del premio prima de bingo, ningún jugador hubiera obtenido el premio con el límite máximo establecido, se procederá a incrementar el límite de extracción en una bola por cada una de las partidas sucesivas hasta conceder el premio prima de bingo.

El jefe de mesa - cajero, al comienzo de cada partida, anunciará la cantidad destinada al premio prima de bingo y los incrementos de bola sucesivos, de acuerdo con lo establecido en el párrafo anterior.

En el supuesto de que haya varias combinaciones ganadoras, se repartirá el premio entre todos los ganadores. El jefe de mesa - cajero anunciará a los jugadores cuándo el premio prima de bingo se halle disponible y el número máximo de extracción de bolas en virtud del cual podrá concederse dicho premio, lo que se anunciará en los paneles luminosos informativos.

Para el oportuno control y vigilancia por la Inspección de Juego se incluirán en el acta de la sesión los apartados que sean necesarios para reflejar los datos de este premio.

A tal fin, quedarán reflejados los importes detraídos en cada partida, los importes acumulados hasta que se otorga la prima de bingo, el número de bolas extraídas con el que se completó el cartón premiado y le número de partidas acumuladas en que se concedió.

En los casos de cierre de una sala de bingo por cualquier circunstancia, las cantidades acumuladas para el pago del premio prima de bingo deberán ponerse a disposición de la Consejería competente en materia de economía y hacienda para su ingreso en la cuenta general de ingresos del Gobierno de Cantabria.

En el Catálogo de Juegos y Apuestas, dentro de la letra B, “Juego del Bingo” y del apartado VI, “Otras modalidades de bingo”, se modifica el punto 2 “Bingo electrónico”, que queda redactado como sigue.

Es una modalidad de bingo que tiene como base el juego del bingo ordinario. Se practicará en las salas de bingo a través de sistemas, soportes y equipos informáticos y en la que los jugadores participan conjunta y simultáneamente en una partida desarrollada a través de un soporte o terminal electrónico de juego.

Tendrá como base cartones virtuales, los cuales deben ser adquiridos mediante los medios de pago autorizados. La compra de un cartón virtual supondrá la adquisición del derecho a participar en el desarrollo de la correspondiente partida, a recibir el pago de los premios cuando proceda, así como a obtener la devolución del importe pagado por éste en los supuestos establecidos.

El porcentaje que debe ir destinado a premios en esta modalidad, así como la operativa de este juego y requisitos del mismo será el establecido por la Consejería competente en materia de juego. En el Catálogo de Juegos y Apuestas, dentro de la letra B, “Juego del Bingo” y del apartado VI, “Otras modalidades de bingo”, se incluye un nuevo punto numerado como 4 y denominado “Bingo plus”, cuya redacción es la siguiente:.

Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en este Decreto. Se faculta a la Consejería competente en materia de juego para dictar cuantas disposiciones se estimen necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Decreto.

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria. Para poder opinar es necesario el registro. relación concreta y detallada de las actividades sociales llevadas a cabo por la entidad durante el año anterior a la solicitud.

proyecto de inversión de los beneficios previstos por la actividad de juego. Si la persona solicitante es una SOCIEDAD MERCANTIL acompañará ADEMÁS los siguientes documentos: - Copia de la escritura de constitución de la sociedad y una copia de los estatutos.

Tasa o pago Tasa o pago - Tasa por servicios administrativos en materia de Casinos, Juegos y Apuestas. Modelo A CUANTÍA Y OBTENCIÓN DEL MODELO Autorización instalación ,00 euros.

Permiso apertura y funcionamiento ,00 euros. Paso 1: Rellene el formulario correspondiente con los datos que se le solicita. Y pulse el botón Aceptar. Paso 2: Pulse el botón Imprimir para obtener el documento. Paso 3: Compruebe que los ejemplares que el ordenador le proporciona llevan impresos en el apartado Número de liquidación un código de barras y una numeración.

Solo con esa información, las entidades colaboradoras en la recaudación de tributos de la Generalitat aceptarán los ejemplares para efectuar el pago.

Pagar la tasa en las entidades colaboradoras en la recaudación de tributos de la Generalitat, bien de forma telemática o presencial.

Presentación presencial de la solicitud con la documentación requerida y el justificante del pago de la tasa, en los lugares indicados en el apartado siguiente. PAGO DE LA TASA 1. DE FORMA TELEMÁTICA A A TRAVÉS DEL PAGO TELEMÁTICO GENÉRICO MÉTODOS DE PAGO aceptados: - Cargo en cuenta Acceso con certificado.

Si posee certificado digital, podrá pagar a través de su cuenta bancaria si es de las entidades colaboradoras que allí se indican. Para más información sobre el uso de certificado digitales ver en el apartado ENLACES "información sobre firma electrónica avanzada".

Podrá pagar mediante tarjeta de crédito o débito, Visa, MasterCard o de cualquier entidad. A través del proceso de confección en línea, una vez cumplimentado y generado el número de liquidación, le permitirá realizar el pago telemático pulsando el botón Pagar. Este proceso enlaza con el Pago Telemático Genérico con la ventaja de disponer ya de todas las casillas cumplimentadas.

A través del pago telemático genérico. Podrán realizar el pago telemático con posterioridad, a través del Pago Telemático Genérico. Ver en el apartado ENLACES "Pago Telemático Genérico".

B A TRAVÉS DE BANCA ELECTRÓNICA, banca telefónica, adeudo on-line, de las entidades financieras colaboradoras: Los medios a través de los que se pueden efectuar los ingresos a favor de la Generalitat son varios, pero no todas las entidades financieras colaboradoras en la recaudación de tributos tienen habilitados cada uno de ellos.

Ver en el apartado ENLACES "Entidades colaboradoras y formas de pago". Instrucciones para la correcta obtención de los modelos:.

Presentación Presentación Presencial a En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. c En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. d En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

e En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Y preferentemente en:. Telemática Solicitud Presentación autenticada. Enlaces Enlaces Pago Telemático Genérico Entidades Colaboradoras y formas de pago. Proceso de tramitación Proceso de tramitación - La resolución de la autorización de instalación se efectuará por la Subdirección General de Juego, previa evaluación de la solicitud, de los documentos aportados y demás información requerida.

En caso contrario quedará sin efecto la autorización de instalación concedida, salvo causa de fuerza mayor que obligara a la ampliación del plazo anteriormente indicado y previa autorización de la Conselleria competente en materia de juego. Plazo máximo Plazo máximo - El plazo máximo para tramitar y resolver los expedientes será de seis meses a contar desde la fecha de presentación de las solicitudes.

Órganos resolución Órganos resolución Dirección General de Tributos y Juego Pl.

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