Mega Multiplicador Desastre Supremo

Considerando-se esse contexto por meio do marco teórico da Teoria da Estruturação, o artigo tem como objetivo explicar a atual crise do regionalismo sul-americano não como resultado da ruptura das rotinas de interação entre os Estados, mas como parte delas.

O artigo está dividido em duas partes. Na primeira, através da revisão bibliográfica, discorro sobre o histórico da cooperação sul-americana no pós-Guerra Fria, especialmente no período marcado pelo regionalismo pós-hegemônico , também discorro sobre as tendências da região ao intergovernamentalismo e à sobreposição de regionalismos spaghetti bowl.

Na segunda parte, apresento o “modelo de sedução” de Bill McSweeney, e o conceito de “segurança ontológica”, como alternativas para a análise das deficiências da cooperação regional e, através da análise e comparação de dados publicados por instituições internacionais como o Banco Mundial e CEPAL, pesquisas de opinião pública como o The Americas and the World TAW e da análise das narrativas das lideranças regionais, aponto que mesmo durante o “auge” do regionalismo pós-hegemônico os projetos regionais foram incapazes de seduzir os atores da região e alterar suas identidades.

Por fim, concluo que o regionalismo sul-americano, independentemente do período sempre foi marcado por um intergovernamentalismo de ocasião, no qual a cooperação depende dos eventos e das ideologias dos governos, pois os países não consideram a região um traço fundamental de sua identidade.

Multipolaridade, Multilateralismo e Humanitarismo na África no século XXI. Autor es : Carlos Alberto Leite da Silva Universidade da Força Aérea. Resumo do Tema: O artigo discute a relevância de um ordenamento multipolar e a presença de organismos que valorizam Resumo do Tema: O artigo discute a relevância de um ordenamento multipolar e a presença de organismos que valorizam uma postura multilateral, considerando o conflito da Libéria e seus desdobramentos entre e Apresenta a atuação de organismos multilaterais e em especial a ECOWAS, União Europeia e ACNHUR.

Analisa o papel do EUA e a mudança de perspectiva de uma atuação unipolar para a multipolaridade. Discute a relevância de uma perspectiva liberal nas Relações Internacionais e seus efeitos dentro da amostra selecionada, no tocante ao tratamento de vítimas para um conflito armado relevante no século XXI.

A assimetria existente entre Brasil-Paraguai como fator indispensável nos impactos das ações de segurança e combate ao crime organizado transnacional nessa faixa de fronteira.

Autor es : Luísa Guimarães Vaz Escola de Comando e Estado-Maior do Exército , Carlos Eduardo De Franciscis Ramos ESCOLA DE COMANDO E ESTADO-MAIOR DO EXÉRCITO. Resumo do Tema: O presente trabalho tem como objetivo apresentar a assimetria legal, institucional, econômica e de d Resumo do Tema: O presente trabalho tem como objetivo apresentar a assimetria legal, institucional, econômica e de desenvolvimento existente entre Brasil e Paraguai e como essa questão afeta as ações de segurança e combate ao crime organizado transnacional, principalmente, na fronteira entre esses dois países.

No primeiro momento, visualiza-se que essa assimetria dificulta a cooperação regional nesse combate, abrindo, cada vez mais, espaço para a atuação desses grupos criminosos, tornando a região um terreno fértil para as atividades ilícitas como o tráfico de armas, drogas e contrabando.

Para isto, será realizado um clipping sobre as ações ocorridas na faixa de fronteira, sobretudo, nas regiões de Pedro Juan Caballero Amambay - Paraguai , Lago de Itaipu Foz do Iguaçu - Paraná e Corumbá Mato Grosso do Sul , alvos recorrentes de operações conjuntas entre a Polícia Federal brasileira e as forças policiais paraguaias, além de ações conjuntas entre as Forças Armadas do Brasil e os órgãos municipais, estaduais e federais de Segurança Pública, como por exemplo, as Operações Ágata, que integram o Programa de Proteção Integrada de Fronteiras PPIF.

Além disso, será realizado um mapeamento dos documentos oficiais que tratam de segurança na fronteira de ambos países. Por fim, espera-se analisar os impactos dessa assimetria na defesa e na segurança regional e, consequentemente, na internacional, dessa forma, contribuindo para os Estudos de Segurança.

Estratégias e Táticas da Direita Militar: Ação Política e Projeto de Poder na Nova República. Autor es : Carlos Henrique dos Santos Ruiz UNESP - Universidade Estadual Paulista Júlio de Mesquita Filho.

Resumo do Tema: Com o fim da ditadura, após 21 anos de regime militar e com o retorno da democracia, esperava-se que Resumo do Tema: Com o fim da ditadura, após 21 anos de regime militar e com o retorno da democracia, esperava-se que os militares fossem afastados da política, o que não aconteceu.

Os militares, como atores políticos, continuaram ativos politicamente. Destes, uma Direita Militar, através de seus Grupos de Pressão, realizaram Ações Políticas no período inicial da Nova República, intervindo na Assembleia Constituinte, nas eleições presidenciais de e nas eleições gerais de , o qual não obtiveram o resultado esperado.

Assim, o objetivo da presente pesquisa, seguindo a linha metodológica Instrumental do estudo das relações entre militares, sociedade e Estado, é investigar e analisar a Ação Política e as estratégias e táticas da Direita Militar, através de seus principais Grupos de Pressão – Letras em Marcha, União Brasileira de Defesa da Democracia, Ombro a Ombro, Guararapes e Inconfidência – entre e , analisando as duas estratégias adotadas no período por esses grupos: uma indireta, visando influenciar os atores políticos via Grupos de Pressão; e a segunda, direta, na preparação de um projeto de poder para disputar as eleições de O desenvolvimento de uma estratégia espacial brasileira: Uma necessidade premente.

Autor es : Ciro Albuquerque Telles Universidade da Força Aérea UNIFA , Gills Vilar Lopes Universidade da Força Aérea UNIFA. Resumo do Tema: Os sistemas e serviços baseados no espaço exterior têm ganhado destaque na nova ordem mundial ao rev Resumo do Tema: Os sistemas e serviços baseados no espaço exterior têm ganhado destaque na nova ordem mundial ao revolucionarem diferentes áreas e representarem um fator multiplicador da expressão do poder militar.

Não à toa, muitas forças armadas não só incorporaram ativos espaciais em suas estratégias, como também se viu a criação de organizações e doutrinas militares voltadas exclusivamente para esse domínio.

Nesse sentido, o objetivo do presente paper consiste em debater a importância do espaço exterior para as expressões do poder nacional, especialmente a partir do seu uso estratégico combinado com outras dimensões da guerra, com destaque para o campo cibernético.

Ao final, a pesquisa se propõe a apresentar sugestões de iniciativas para o fomento do setor espacial, visando à garantia do comando do espaço e ao atingimento dos objetivos nacionais. O recorte temporal será delimitado a partir de até , o que compreende a chamada Segunda Era Espacial.

A pesquisa será do tipo exploratório e documental e utiliza como fontes documentos oficiais e literatura especializada em Estudos Estratégicos para o embasamento do debate realizado e das sugestões apresentadas. Compreender a importância do setor espacial para as expressões do poder nacional, assim como a necessidade de planejar sua exploração a partir da lógica estratégica poderá auxiliar o Estado brasileiro na manutenção de sua soberania por meio do que se entende por comando do espaço.

A conclusão do trabalho aponta para a necessidade de criação de um grupo de trabalho multidisciplinar, a nível ministerial da Pasta da Defesa, com o intuito de deliberar acerca da formulação de uma estratégia espacial brasileira, bem como a criação de um comando estratégico conjunto, que reúna assuntos afetos aos domínios espacial e cibernético, como forma de proporcionar melhores condições de interoperabilidade àqueles que podem ser considerados como os domínios prevalentes da guerra no futuro.

Os excessos das operações de paz: a relação entre os “capacetes azuis”, o tráfico humano e o abuso sexual na Bósnia-Herzegovina pós-guerra. Autor es : Júlia Rodrigues Fernandes, Clara Siqueira Alvarenga. Resumo do Tema: Este trabalho visa analisar o caso ocorrido na Bósnia-Herzegovina na década de , no qual foram r Resumo do Tema: Este trabalho visa analisar o caso ocorrido na Bósnia-Herzegovina na década de , no qual foram relatados diversos episódios de tráfico internacional de mulheres para fins de abuso sexual, envolvendo os “capacetes azuis” ou também chamados de peacekeepers da Organização das Nações Unidas, que estavam em serviço no país entre e para a manutenção da paz no território em um cenário pós-guerra.

O tráfico de mulheres se tornou um dos negócios mais lucrativos da Bósnia no final da década de e início dos anos ; nesse período, o país se tornou um dos maiores epicentros dessa prática.

Paradoxalmente, a ONU objetiva a manutenção da paz e da segurança internacional, portanto, as ações praticadas pelos soldados da Organização contrariam intensamente esses princípios, uma vez que tais atitudes se caracterizam como graves crimes de guerra.

Com papel importante na denúncia desse comércio ilícito, pode-se citar Kathryn Bolkovac, que, ao ser convidada para trabalhar com casos de violência contra mulheres, teve acesso a informações que possibilitaram a identificação de práticas referentes ao tráfico de mulheres e meninas no Leste Europeu para exploração sexual.

Bolkovac reuniu provas e contatou a Organização, entretanto, sua denúncia não surtiu efeitos concretos e o caso foi dado por encerrado. Sua história foi relatada em uma biografia, intitulada The Whistleblower, em português, A informante, que serviu de inspiração futura para o filme com o mesmo título, e, por conseguinte, Bolkovac, graças aos seus serviços, foi indicada ao Prêmio Nobel da Paz em O trabalho, feito por meio da metodologia de análise de artigos científicos e dissertações, busca reunir informações e levantar uma reflexão relativa ao episódio e à negligência das Nações Unidas quanto à punição efetiva dos envolvidos nos casos de abusos sexuais e tráfico internacional de mulheres durante a operação de paz na Bósnia.

Transformações identitárias nas instituições armadas: deslocamentos, ethos e valores culturais nos espaços de trabalho. Autor es : Claudia Maria Sousa Antunes Universidade da Força Aérea UNIFA.

Resumo do Tema: O século XXI trouxe mudanças significativas em diversos setores da sociedade. Entre elas, transforma Entre elas, transformações percebidas nas fontes tradicionais de referência de identidade e cultura.

E essas modificações não poderiam deixar de incidir sobre as instituições militares. Partindo dessa premissa, este trabalho investiga algumas perspectivas de abordagem da cultura militar, destacando aspectos ligados aos seus valores, ao seu ethos e à composição do seu efetivo.

O trabalho foca na articulação entre o Poder Aeroespacial, a Cultura, o Discurso e os princípios epistemológicos que regem a relação entre esses temas. Busca-se compreender como as novas demandas manifestadas no século XXI impactam bases profissionais específicas, como as instituições militares.

Por meio da análise da construção da identidade militar, empreende-se uma reflexão sobre as aproximações e os distanciamentos entre características identitárias das forças armadas em sua relação com essas novas demandas. Essa reflexão efetua-se a partir de enfoques múltiplos, como a perspectiva de ampliação da presença de militares temporários sem vínculo permanente com a força armada em que servem e a integração de mulheres nos quartéis, já que as Forças Armadas consistem em uma instituição gendrada e a masculinidade aparece como elemento central na identidade militar.

Este trabalho faz parte de pesquisa sobre as forças armadas desenvolvida no escopo de projeto do grupo de pesquisa do CNPq “Núcleo de Estudos Interdisciplinares em Ciências Aeroespaciais” – NEICA –, vinculado à Universidade da Força Aérea.

Com base em uma visão investigativa crítica pós-colonial, esta pesquisa trabalha com a ideia de que os novos paradigmas da sociedade pós-moderna influenciam na conformação identitária castrense, no que tange à influência de fatores tecnológicos, culturais e sociais.

Regimes especiais tributários e a Base Industrial de Defesa: uma abordagem crítica sobre a efetividade do RETID. Autor es : Clovis Belbute Peres receita federal , Julio Eduardo da Silva Menezes Escola Superior de Defesa - ESD.

Resumo do Tema: Esse trabalho analisou os procedimentos de habilitação e conformidades tributárias para a utilização Resumo do Tema: Esse trabalho analisou os procedimentos de habilitação e conformidades tributárias para a utilização do Regime Especial de Tributação para a Indústria de Defesa RETID.

O estudo centrou-se nas Empresas de Defesa ED e nas Empresas Estratégicas de Defesa EED , componentes da Base Industrial de Defesa BID. A pesquisa contextualiza a Base Industrial de Defesa BID brasileira, no âmbito da Política Nacional de Defesa PND e da Estratégia Nacional de Defesa END , além de caracterizar o Regime Especial Tributário para a Indústria de Defesa RETID como incentivo fiscal criado para apoiar a BID.

Metodologicamente, realizaram-se entrevistas em profundidade com um pequeno grupo de colaboradores das empresas pesquisadas, utilizando-se análise de conteúdo para o tratamento dos dados.

Informações colhidas foram complementadas por meio de levantamento survey , via formulário on-line, aplicado junto aos colaboradores de empresas e por análise documental, realizada em banco de dados da Receita Federal do Brasil RFB.

A partir dos dados coletados e da comparação com outros regimes tributários em vigor, pôde-se reavaliar os graus de adesão e de utilização do RETID, notando-se que, diferentemente do que fora reportado em pesquisas anteriores, não são baixos. Identificaram-se ainda, dificuldades para a habilitação e utilização do RETID, bem como foram identificadas estratégias utilizadas pelas empresas beneficiadas pelo regime para enfrentá-las.

Conclusões apontaram que a desoneração recaiu somente sobre os últimos elos da cadeia, em especial nas EED. Recomendações incluem sugestões de melhoria nos processos de habilitação das empresas da BID, sugerindo uma reformatação no RETID para torná-lo mais atrativo, a exemplo de outros regimes especiais.

A LGPD e o impacto da segurança da informação no Brasil. Autor es : Pedro Arthur Linhares Lima UNIFA , Constança Maria Maia Arruda COMAER. Resumo do Tema: “A LGPD e o impacto da segurança da informação no Brasil”No Brasil, a Política Nacional de Segurança Neste aspecto, a nova Lei Geral de Proteção de Dados – LGPD, Lei nº A LGPD entrou em vigor em 18 de setembro de , excetuando as sanções administrativas, que passaram a ser exigíveis a partir de 1º de agosto de , conforme Lei nº Em resumo, a LGPD regulamenta o uso, a proteção e a transferência de dados pessoais no Brasil.

É válida para esferas privadas e públicas, e define os atores do cenário digital, bem como suas responsabilidades, direitos e as penalidades previstas. Ao adotar a LGPD o Brasil é inserido no grupo de países considerados adequados na proteção de dados dos cidadãos e em relação ao uso da internet.

A nova Lei obriga no país a abordagem de aspectos anteriormente não tratados, tais como: controles de compliance; análise dos casos da aplicação extraterritorial da Lei; mudança na relação com mercados internacionais; criação no país de um novo profissional em TI, o DPO – Data Protection Officer, conhecido também como encarregado de dados, entre outros.

Análise preliminar da perspectiva cognitiva da Dimensão Informacional no conflito entre Rússia e Ucrânia através da aplicação de técnicas de aprendizagem de máquina de baixa supervisão. Autor es : Cristiano Monteiro Nunes EsAO - Escola de Aperfeiçoamento de Oficiais. Resumo do Tema: Este trabalho é um estudo sobre a viabilidade do emprego da Aprendizagem de Máquina como ferramenta Resumo do Tema: Este trabalho é um estudo sobre a viabilidade do emprego da Aprendizagem de Máquina como ferramenta auxiliar de compreensão estratégico-militar nas operações de amplo espectro.

O objetivo do estudo é a luz da Doutrina Militar Terrestre brasileira realizar uma análise delimitada do que é apresentado em redes socias sobre o conflito entre Rússia e Ucrânia.

Porém existe um fator complicador: a grande massa de informações distribuídas e descentralizadas que são compartilhadas de maneira contínua. Uma análise convencional das informações por recursos humanos capacitados e com domínio da temática do contexto militar seria o ideal, porém não existem tempo e nem pessoal suficiente para se analisar tanta informação.

Uma tecnologia que pode auxiliar neste processo aumentando substancialmente a produtividade é a Aprendizagem de Máquina, um método de análise de dados que automatiza a construção de modelos analíticos.

Em específico este trabalho se concentra na análise de baixa supervisão, porquê a experiência do especialista militar no assunto é de inegável importância. O trabalho se desenvolve em três frentes, a coleta da massa de dados, desenvolvimento de ontologia e heurística de classificação orientada por conhecimento presente em Manuais militares do Exército Brasileiro e aplicação das funções de classificação para obtenção de insights.

Discussão teórica sobre o fenômeno da ciberguerra. Autor es : Juliana Zaniboni de Assunção UFF - Universidade Federal Fluminense , Daniel Oppermann UFF - Universidade Federal Fluminense.

Resumo do Tema: Os fenômenos relacionados à cibernética são considerados relativamente recentes, no entanto não são Resumo do Tema: Os fenômenos relacionados à cibernética são considerados relativamente recentes, no entanto não são uma ameaça menos perigosa.

As características particulares, juntamente com sua contemporaneidade, fazem com que esses fenômenos, ainda, não possuam definições amplamente aceitas. Por isso, ocorrem significativos debates sobre os fenômenos, seus conceitos e suas delimitações. Apesar dos percalços que envolvem a temática, a questão cibernética vem ganhando cada vez mais protagonismo no Sistema Internacional, principalmente nas questões relacionadas a Defesa e Segurança.

No trabalho proposto, o tema está diretamente relacionado à Defesa, já que o foco será na ciberguerra. Dessa forma, será apresentado um debate teórico entre os autores que analisam o fenômeno, indicando sua possibilidade de existência, ou não.

O recorte temporal é atemporal, logo é analisado, de maneira ampla, os trabalhos dos autores que pensam a ciberguerra. Os primeiros autores utilizados são Arquilla e Rondfeld , que escreveram o artigo ‘Cyberwar is coming’, considerado um marco para o debate da ciberguerra.

Também são analisados outros autores e suas definições, para enriquecer a discussão sobre o fenômeno. Como a ciberguerra ainda não é um conceito amplamente aceito, são analisados os autores que defendem que ela não é um evento possível.

Autores dessa linha de pensamento afirmam, no entanto, que outros fenômenos seriam possíveis, como por exemplo: a ciberespionagem, ataques isolados, táticas cibernéticas, anonimato, ausência de violência ou letalidade, dissuasão.

Após apresentar os principais argumentos a favor e contra a ciberguerra, é realizado um debate com as ideias dos autores apresentados, a fim de compreender a abrangência do fenômeno. O prenúncio de futuros conflitos alimentares no século XXI: a invasão da Ucrânia pela Rússia.

Autor es : Daniel Vidal Pérez Embrapa. Resumo do Tema: A comida, em tempos de conflito, pode ser uma arma tão potente quanto as armas, bombas e explosivos Resumo do Tema: A comida, em tempos de conflito, pode ser uma arma tão potente quanto as armas, bombas e explosivos.

Nos tempos modernos, os cercos evoluíram na forma de embargos de materiais críticos, como alimentos. E quando este não é embargado por razões humanitárias, as sanções econômicas permanecem, aumentando o preço dos alimentos. A pandemia já havia gerado interrupções na cadeia de suprimentos de alimentos.

Porém, as exportações da Ucrânia, normalmente entre os maiores fornecedores de grãos do mundo, despencaram por causa da guerra. Os preços do gás natural, trigo e fertilizantes aumentaram desde a invasão da Ucrânia pela Rússia e as sanções que se seguiram interromperam a produção e os fluxos de commodities agrícolas.

A Rússia apreendeu alguns portos da Ucrânia no Mar Negro, impedindo o trafego de navios cargueiros. A falta de grãos ucranianos nos mercados mundiais tem aumentado os preços dos alimentos em todo o mundo. Além disso, a Rússia: vem destruindo a infraestrutura ucraniana que é vital para a produção e transporte de grãos; tem minado campos agrícolas ucranianos; e, agora, está segurando suas próprias exportações de alimentos como uma forma de chantagem, tentando trocar trigo por apoio político.

Outra ameaça é que países, como a Índia, também estão acumulando seus próprios estoques de alimentos para cuidar de sua própria oferta doméstica. Além disso, espera-se que ocorra uma elevação de migrações em função do aumento da fome na África em direção à Europa.

E isso fortalecerá movimentos nacionalistas xenófobos europeus. A comida tem se mostrado uma arma poderosa na guerra atual, o que abre as portas para seu uso futuro em novos conflitos intra e interestaduais. A "tempestade perfeita" está sendo produzida, o que irá ameaçar a paz mundial.

De Pindorama fez-se um Estado de direito? Autor es : Dante Alexandre Ribeiro das Chagas UFMG - Universidade Federal de Minas Gerais. Nesse contexto a destruição de mundos não-europeus ganha forma e o contato entre Europa, América e África se trava numa guerra colonial que significou a dizimação e escravidão de indígenas e o tráfico e escravização de pessoas africanas, ambos negados em suas diversidades e particularidades, reduzidos a uma identidade étnico-racial, a dizer, o índio e o negro.

A invenção do assim chamado Brasil, enquanto colônia portuguesa, exsurge nesse cenário de Guerras da Conquista sobre a exploração, açoite e sangue de nativos e africanos. A cor, então, passa a ser um definidor social caro que distinguia os nobres de não-nobres, senhores e escravizados.

Na realidade colonial, as populações negras e indígenas estão longe de corresponder às famílias que integram o que era considerado sociedade ou nação, estavam, na verdade submetidas ao que Fanon chama de uma zona do não ser, onde a humanidade destes é negada e toda sorte de atrocidade é possível, onde cria-se um outro que deve ora se curvar ora desaparecer.

Em termos hegelianos, o Estado é uma realidade histórico-cultural e, dessa forma, a Independência, embora negue sua condição colonial e rompa com a metrópole, conserva sua realidade de dominação e exploração interna com o sistema escravocrata e o domínio senhorial.

Assim, entre a Independência e a formação de um Império Constitucional, edifica-se um Estado que, longe de cindir com as tensões e brutalizações de seu tempo, as conserva num verdadeiro paradoxo de ser simultaneamente um Estado de Direito e de Exceção, garantindo a manutenção de uma Guerra infraestrutural, colonial e permanente contra os historicamente excluídos, deixando um legado desumano que ainda hoje não conseguimos superar.

A Segurança da RD Congo e o seu papel para a Defesa do Brasil. Autor es : Délcio de Deus Gulart Exército Brasileiro. Resumo do Tema: O artigo parte dos resultados preliminares de investigação em curso, desenvolvida pelo autor no âmbi Resumo do Tema: O artigo parte dos resultados preliminares de investigação em curso, desenvolvida pelo autor no âmbito do curso de Mestrado em Ciências Militares - Linha de Pesquisa Estudos da Paz e da Guerra, da Escola de Comando e Estado-Maior do Exército - Escola Marechal Castello Branco, a qual tem por objetivo analisar o papel da RD Congo na segurança da África e suas implicações para a defesa do Brasil.

Em atenção à questão norteadora da pesquisa, a qual considera que os documentos de defesa do Brasil incluem a costa ocidental africana em seu entorno estratégico, busca-se avaliar a importância da RD Congo para a segurança e estabilidade desta área de interesse e para a defesa do Brasil.

Delineado, metodologicamente, como uma pesquisa do tipo exploratório, apresenta revisão da literatura, sustentada na produção de autores com produção reconhecida acerca do tema e organizada em torno dos seguintes tópicos: a África no pensamento geopolítico brasileiro com ênfase nas contribuições de Golbery do Couto e Silva, de Carlos de Meira Mattos e de Terezinha de Castro ; a África como entorno estratégico brasileiro abordada, eminentemente, a partir de documentos de defesa do Brasil e debate teórico entre operações recentes ou em andamento e as Ações de Estratégia de Defesa AED ; e a RD Congo, a segurança da África e a defesa do Brasil cujo foco é a atuação da Missão de Estabilização da Organização das Nações Unidas na República Democrática do Congo - MONUSCO e as experiências advindas da mesma, que podem resultar em estratégias válidas para a segurança da África e a defesa do Brasil.

A título de conclusão, reflete que tanto o Brasil quanto a República Democrática do Congo podem ser considerados como "heartlands" regionais, o que estimula a aproximação entre os dois países, com vistas à construção de estratégias comuns de defesa.

O Estado como agente inovador nas revoluções dos assuntos militares RAMs. Autor es : Dienifer Regina Fortes Storti, Marcos José Barbieri Ferreira UNICAMP - Faculdade de Ciências Aplicadas. Resumo do Tema: O presente estudo teve como objetivo identificar o papel do Estado na criação e difusão de inovações Resumo do Tema: O presente estudo teve como objetivo identificar o papel do Estado na criação e difusão de inovações nas Revoluções nos Assuntos Militares RAMs , para tanto foram utilizados referenciais teóricos bem como estudos de caso ilustrativos dos Estados Unidos, Reino Unido, China e Israel.

O estudo identificou que a influência do Estado nas RAMs é ampla, indo desde a posição geopolítica desse, até as políticas industriais e tecnológicas voltadas à área, incluindo a participação ativa de órgãos estatais no processo inovativo.

O papel protagonista do Estado nas RAMs, bem como na própria comercialização de produtos e serviços de defesa, garantido inclusive por tratados internacionais, faz com que a área de defesa seja estratégica não apenas do ponto de vista militar, mas também do ponto de vista econômico, oferecendo possibilidades para o desenvolvimento de uma base industrial tecnológica.

Esse maior controle do Estado em uma área que tem tendência a se encaminhar em direção à fronteira tecnológica pode ser um caminho interessante para o desenvolvimento industrial de países emergentes em setores de alta intensidade tecnológica.

Mas para isso é preciso que as políticas de defesa estejam alinhadas às políticas industriais, fato que ficou claro ao comparar as experiências de diferentes países, como os casos bem-sucedidos dos Estados Unidos, China e Israel, e as dificuldades enfrentadas pelo Reino Unido ao diminuir o papel do Estado na base industrial de defesa doméstica.

A Estratégia Nacional de Defesa brasileira, o Terrorismo e a Defesa Química, Biológica, Radiológica e Nuclear: lacunas e reflexões.

Resumo do Tema: O presente artigo tem o objetivo de analisar a evolução da Estratégia Nacional de Defesa END brasi Resumo do Tema: O presente artigo tem o objetivo de analisar a evolução da Estratégia Nacional de Defesa END brasileira e verificar a existência de lacunas sobre a abordagem dos temas terrorismo e Defesa Química, Biológica, Radiológica e Nuclear DQBRN.

Para isso, foram realizadas pesquisas bibliográficas e documentais concentrando-se nos Livros Brancos de Defesa Nacional LBDN , nas Políticas Nacionais de Defesa PND , nas END e em trabalhos que abordassem os temas terrorismo e DQBRN e segurança e defesa nacional.

Foi possível verificar que, mesmo apresentando avanços em sua redação, uma vez que conseguiu prever ações que contemplassem casos atuais como os de pandemia, continuam a existir lacunas para o trato de eventos adversos envolvendo agentes químicos, biológicos, radiológicos e nucleares e ações terroristas, instando a necessidade de reflexões sobre como elevar a percepção do povo e, consequentemente, do Estado brasileiro sobre esses temas, pouco explorados na atual END.

Para chegar a esta conclusão, buscou-se identificar dentro da Política Nacional de Defesa PND do ano de as condições a serem alcançadas e mantidas dentro dos Objetivos Nacionais de Defesa OND que tivessem relação com a DQBRN e, dentro do único objetivo identificado, as Estratégias de Defesa ED e Ações Estratégicas de Defesa AED , restando claro que precisamos refletir sobre esse tema para que ações hostis que envolvam elementos QBRN e terrorismo possam ser mitigados com a resposta adequada e a altura da nação brasileira.

Os átomos e os quartéis: a política nuclear no pensamento militar brasileiro Autor es : Eduardo Giacomin de David UFRGS - Universidade Federal do Rio Grande do Sul. Resumo do Tema: A política nuclear brasileira passou por grandes transformações entre os anos e O início O início deste período foi marcado por uma decidida busca de maior autonomia na temática nuclear, a qual se deu a partir de acordos com os Estados Unidos e países europeus, bem como por meio do desenvolvimento do que veio a ser conhecido como “programa nuclear paralelo”.

A partir de meados da década de , todavia, se observou uma relativa reversão nesta tendência, com a conformação do Brasil às políticas internacionais de não-proliferação nuclear.

Nesse sentido, no contexto da redemocratização e do fim da Guerra Fria, o Brasil finalizou seu “programa nuclear paralelo”, estabeleceu a Agência Brasileiro-Argentina de Contabilidade e Controle de Materiais Nucleares, a qual foi peça-chave para o fim da fria corrida nuclear entre os dois países, bem como assinou em o Tratado de Não-Proliferação Nuclear.

Muito já foi discutido pela literatura acadêmica acerca da política nuclear brasileira, sendo destacado sua ligação com as conjunturas doméstica e internacional, bem como com os avanços tecnológicos nesta temática. Sem negar tais aspectos, consideramos que a reorientação da política nuclear brasileira entre e se explica também pelas alterações no pensamento militar brasileiro acerca desta, aspecto que até o presente momento foi pouco investigado, muito embora o fato de os militares serem durante tal período os principais formuladores e executores de tal política.

Neste sentido, tal pesquisa, ainda em fase preliminar de desenvolvimento, busca analisar o pensamento militar brasileiro acerca da temática nuclear entre os anos e , procurando entender suas mudanças e permanências no decorrer de tal período, o que será realizado por meio de análise de conteúdo de artigos e livros publicados pela imprensa militar acerca desta temática, bem como de documentos oficiais que tratem desta.

Ciclo de vida de custos: a simulação como uma ferramenta de controle dos gastos. Autor es : Marco Aurélio Vasques Silva Exército Brasileiro , Eduardo Xavier Ferreira Glaser Migon Exército Brasileiro. Resumo do Tema: Trata-se de reflexão acerca da gestão do ciclo de vida de custos, particularmente, na Aviação do Exé Resumo do Tema: Trata-se de reflexão acerca da gestão do ciclo de vida de custos, particularmente, na Aviação do Exército, abordando a colaboração da simulação para a controle de gastos.

Debate-se a pertinência dessa ferramenta para a redução do gasto de horas de voo real, com reflexos na instrução de voo na Aviação do Exército Brasileiro.

Inicia-se com estudo de caso, comparando, em países de referência, a gestão do ciclo de vida de custos, em seguida, exemplifica-se a aplicação da simulação de voo na experimentação de novas doutrinas e seus benefícios.

Com um viés qualitativo, o método de pesquisa utilizado foi o dedutivo, por pesquisa bibliográfica, tendo como suporte a análise de conteúdo do assunto, propondo, inicialmente, uma reflexão acerca da gestão estratégica de custos, ciclo de vida, ciclo de vida de custos e simulação, ligados à gestão de recursos financeiros.

Sugere- se o potencial de inovação organizacional junto às Forças Armadas, influenciando na reestruturação e do modelo de negócio na Aviação do Exército Brasileiro. Por fim, o presente estudo permitir sugerir que a aplicação da simulação de voo na instrução possibilita uma redução no consumo de horas de voo real, contribuindo para um controle no ciclo de vida de custos, por meio da proposta de integração da utilização da simulação de voo e da instrução na aeronave, possibilitando um maior número de repetições das manobras, além de reforçar a segurança de voo, visto que o instrutor está voltado apenas a atividade de ensino, potencializando, assim, o tempo de aprendizado do aluno na atividade de instrução de voo.

Pensando Políticas de Defesa e Externa no Brasil: um Balanço de Teses e Dissertações. Autor es : Érico Esteves Duarte UFRGS. Resumo do Tema: O presente estudo apresenta um balanço de dissertações de mestrado e teses de doutorado desenvolvida Resumo do Tema: O presente estudo apresenta um balanço de dissertações de mestrado e teses de doutorado desenvolvidas no Brasil que tratam direta ou indiretamente da relação entre defesa e política externa brasileira.

Foi analisada uma amostra de 30 monografias - sendo 22 dissertações e oito teses - defendidas entre e A busca desses trabalhos foi através da Plataforma Sucupira e nos repositórios digitais das instituições de origem ou na Biblioteca Digital Brasileira de Teses e Dissertações BDTD.

Para sua análise, foi utilizado o software Atlas. ti para a codificação dos termos correspondentes identificados e a partir dos parâmetros indicados pelo organizador desta coletânea.

Como resultado, tem-se a seguinte grade de análise, bem como a estrutura do presente estudo:a. Abordagens teóricas: realismo, liberalismo, marxismo, construtivismo, Escola Inglesa, estudos de paz;b. Abordagens metodológicas: qualitativas, quantitativas; process-tracing, análise de discurso, análise comparativa, estudo de caso; c.

Fontes de pesquisa: entrevistas, literatura secundária, teses e dissertações, jornais e revistas;d. Inovações temáticas e interpretativas: os principais temas recorrentes encontrados e temas identificados como inovações que merecem aprofundamento em novas pesquisas.

A principal conclusão que se chegou com este balanço é que a pesquisa sobre essa temática se encontra em estágio de demarcação e requer ainda uma nova leva de estudos em nível de pós-graduação para sua consolidação. Multipolaridade, Metaconstitucionalismo e a Perspectiva Kantiana.

Autor es : Érika Rigotti Furtado Academia da Força Aérea. Resumo do Tema: O projeto de paz perpétua de Immanuel Kant, uma vez fundado na racionalidade, apresenta o Direito co Resumo do Tema: O projeto de paz perpétua de Immanuel Kant, uma vez fundado na racionalidade, apresenta o Direito como ferramenta primordial à obtenção da pacificação mundial.

Na atualidade, as ideias de multipolaridade e metaconstitucionalismo trazem implícita a proposta da paz kantiana, máxime quanto à universalização de valores centrados no resguardo da dignidade humana.

Neste sentido, o presente trabalho discute o alcance das questões humanitárias no âmbito da dinâmica de poder presente na disputa entre a governança global liberal e a governança global cosmopolita, traçando uma abordagem a partir da perspectiva kantiana da paz perpétua.

Para tanto, o estudo considera que quanto maior a proximidade entre os valores ético-normativos observados nas constituições estatais, maiores as oportunidades para a expansão da proteção da dignidade humana, por meio do processo de interação normativa inerente ao metaconstitucionalismo.

Quick Reaction Force: o conjugado anfíbio e a projeção de poder nacional. El impuesto a que se refiere este artículo se aplicará a la renta imponible operacional minera del explotador minero de acuerdo a lo siguiente:.

Aquellos explotadores mineros cuyas ventas anuales determinadas de acuerdo a la letra d. A aquellos explotadores mineros cuyas ventas anuales determinadas de acuerdo a la letra d.

Para los efectos de determinar el régimen tributario a aplicar, se deberá considerar el valor total de venta de productos mineros del conjunto de personas relacionadas con el explotador minero, que puedan ser considerados explotadores mineros de acuerdo al numeral 1.

Se entenderá por personas relacionadas aquéllas a que se refiere el numeral 2°, del artículo 34 de esta ley. El valor de una tonelada métrica de cobre fino se determinará de acuerdo al valor promedio del precio contado que el cobre Grado A, haya presentado durante el ejercicio respectivo en la Bolsa de Metales de Londres, el cual será publicado, en moneda nacional, por la Comisión Chilena del Cobre dentro de los primeros 30 días de cada año.

Se entenderá por renta imponible operacional minera, para los efectos de este artículo, la que resulte de efectuar los siguientes ajustes a la renta líquida imponible determinada en los artículos 29 a 33 de la presente ley:.

Deducir todos aquellos ingresos que no provengan directamente de la venta de productos mineros;. Agregar los gastos y costos necesarios para producir los ingresos a que se refiere el número 1 precedente. Deberán, asimismo, agregarse los gastos de imputación común del explotador minero que no sean asignables exclusivamente a un determinado tipo de ingresos, en la misma proporción que representen los ingresos a que se refiere el numeral precedente respecto del total de los ingresos brutos del explotador minero;.

Agregar, en caso que se hayan deducido, las siguientes partidas contenidas en el artículo 31 de la presente ley:. Las pérdidas de ejercicios anteriores a que hace referencia el número 3° del referido artículo;. La diferencia, de existir, que se produzca entre la deducción de gastos de organización y puesta en marcha, a que se refiere el número 9° del artículo 31, amortizados en un plazo inferior a seis años y la proporción que hubiese correspondido deducir por la amortización de dichos gastos en partes iguales, en el plazo de seis años.

La diferencia que resulte de aplicar lo dispuesto en esta letra, se amortizará en el tiempo que reste para completar, en cada caso, los seis ejercicios, y. La contraprestación que se pague en virtud de un contrato de avío, compraventa de minerales, arrendamiento o usufructo de una pertenencia minera, o cualquier otro que tenga su origen en la entrega de la explotación de un yacimiento minero a un tercero.

También deberá agregarse aquella parte del precio de la compraventa de una pertenencia minera que haya sido pactado como un porcentaje de las ventas de productos mineros o de las utilidades del comprador. Deducir la cuota anual de depreciación por los bienes físicos del activo inmovilizado que hubiere correspondido de no aplicarse el régimen de depreciación acelerada.

En conformidad a lo establecido en los artículos 64 del Código Tributario y 38 de la presente ley, en caso de existir ventas de productos mineros del explotador minero a personas relacionadas residentes o domiciliadas en Chile, para los efectos de determinar el régimen tributario, la tasa, exención y la base del impuesto a que se refiere este artículo, el Servicio de Impuestos Internos, en uso de sus facultades, podrá impugnar los precios utilizados en dichas ventas.

En este caso, el Servicio de Impuestos Internos deberá fundamentar su decisión considerando los precios de referencia de productos mineros que determine la Comisión Chilena del Cobre de acuerdo a sus facultades legales. Artículo 3°.

Artículo 4°. Los recursos obtenidos en conformidad a esta autorización serán destinados a financiar la construcción, reconstrucción, reposición, remodelación, restauración o rehabilitación de infraestructura, instalaciones, obras y equipamiento ubicados en las comunas, provincias o regiones afectadas por el terremoto y maremoto del 27 de febrero de Artículo 5°.

Artículo 6°. Los excesos sobre los montos señalados se gravarán con el impuesto único de segunda categoría o con impuesto global complementario, según corresponda.

La cobranza de estos depósitos se sujetará a lo dispuesto en el artículo El monto total de los depósitos realizados por cada trabajador, deberá ser informado anualmente por las Administradoras o instituciones autorizadas al Servicio de Impuestos Internos, de la forma que este último establezca.

El saldo de dichos depósitos, será determinado por las Administradoras de Fondos de Pensiones según establezca una norma de carácter general de la Superintendencia. Artículo 7°. Para estos efectos, el impuesto específico deberá calcularse tomando como base la unidad tributaria mensual vigente al momento de la determinación del impuesto.

Artículo 9°. Esta sobretasa se aplicará igualmente respecto de los avalúos que resulten de las modificaciones efectuadas en conformidad a lo dispuesto en el párrafo 2°, del Título V, de esta ley. No se aplicará la sobretasa mencionada en el inciso precedente a las personas naturales en edad de recibir pensiones de vejez de conformidad a lo establecido en el Título II del decreto ley N° 3.

Para hacer efectiva esta exención, los contribuyentes deberán demostrar al Servicio de Impuestos Internos el cumplimiento de las condiciones señaladas, en la forma y plazo que éste determine.

En caso de no efectuarse dicha acreditación, la propiedad será gravada con la sobretasa contenida en el inciso anterior, sin perjuicio de lo cual el contribuyente podrá solicitar la devolución de los impuestos pagados en exceso, de conformidad con las reglas generales, acreditando las circunstancias antes referidas.

Artículo 10°. Agréguense, en el artículo 1°, los siguientes incisos segundo, tercero y cuarto nuevos, pasando los actuales incisos segundo, tercero y cuarto a ser quinto, sexto y séptimo, respectivamente:.

Esta limitante se aplicará para las personas naturales que adquieran la totalidad del derecho real de dominio sobre el inmueble o una cuota del dominio en conjunto con otros comuneros. Los beneficios establecidos en el presente decreto con fuerza de ley no podrán ser utilizados por las personas jurídicas, cualquiera fuere su naturaleza.

No obstante, las corporaciones y fundaciones de carácter benéfico gozarán de la exención establecida en el artículo Para hacer uso de los beneficios, franquicias y exenciones que contempla el presente decreto con fuerza de ley, los Notarios y Conservadores de Bienes Raíces deberán remitir al Servicio de Impuestos Internos, en la forma y plazo que éste determine, la información de todos los actos y contratos otorgados ante ellos o que les sean presentados para su inscripción, referidos a transferencias y transmisiones de dominio de "viviendas económicas".

Artículo 11°. No obstante, para el caso del Subdirector de Fiscalización, se excluye la facultad establecida en el número 6°, del artículo 6°, letra B , del Código Tributario. Las facultades de que trata este inciso se entenderán conferidas, al Subdirector de Fiscalización, respecto de todo el territorio del país; y al Director de Grandes Contribuyentes, respecto de aquellos contribuyentes que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3° bis de esta ley queden sometidos a su jurisdicción.

Artículo Primero Transitorio. Del mismo modo, para los efectos de determinar los pagos provisionales por los ingresos brutos correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo de los años calendarios , y , el porcentaje aplicado durante el mes de diciembre inmediatamente anterior, se ajustará multiplicándolo por los factores 1,, 0, y 0,, respectivamente.

Artículo Segundo Transitorio. En consecuencia, el impuesto a que se refieren los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta deberán pagarse por la renta operacional del explotador minero que se determine para dicho año calendario.

Artículo Tercero Transitorio. Lo señalado en el inciso anterior será igualmente aplicable a las empresas que no siendo receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, hayan suscrito un contrato con el Estado de Chile conviniendo la invariabilidad tributaria del artículo 5° transitorio de la ley N° Artículo Cuarto Transitorio.

Durante los ejercicios correspondientes a los años calendarios y , el impuesto específico a la renta operacional de la actividad minera se aplicará en conformidad con las reglas establecidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta. A partir del año calendario , inclusive, y hasta el término del régimen de invariabilidad señalado en los respectivos contratos vigentes, se aplicarán las tasas contempladas en el artículo 64 bis, que fuera incorporado por el N° 1 del artículo primero de la ley N° Estas se aplicarán sobre la renta imponible operacional minera determinada en conformidad con los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, según el texto establecido en la presente ley.

El plazo de invariabilidad pactado en los contratos vigentes se ampliará por ocho años calendarios contados a continuación de aquél en que venza el actualmente en curso.

Durante dicho plazo se aplicará el régimen tributario contemplado en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, según el texto de dichos artículos introducido por esta ley. Una vez vencida la prórroga, los contribuyentes quedarán sometidos al régimen general de tributación entonces vigente.

Sin perjuicio de lo anterior, los contribuyentes a que se refiere la presente disposición, deberán cumplir con lo establecido en el artículo 6° transitorio de la ley N° Adicionalmente, mantendrán el derecho a aplicar lo establecido en el artículo 8° transitorio de la referida ley, hasta el término de la prórroga de invariabilidad señalada en el literal anterior.

La solicitud que tenga por objeto modificar el régimen de invariabilidad a efectos de sujetarse al establecido en el artículo anterior, deberá ser presentada, conjuntamente, por la totalidad de los inversionistas extranjeros y por la empresa receptora de su aporte ante el Comité de Inversiones Extranjeras.

Las empresas que no sean receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, y que hayan suscrito un contrato con el Estado de Chile ante el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, deberán presentar la solicitud ante este mismo organismo.

Luego de ello, y previa resolución de la Vicepresidencia Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras, o del referido Ministerio, según sea el caso, se procederá a suscribir la modificación al contrato de inversión correspondiente, la cual se entenderá que producirá sus efectos desde la fecha de la solicitud respectiva.

En la resolución y en la modificación al contrato de inversión extranjera respectivo se dejará constancia de los derechos y obligaciones referidos en este artículo.

La solicitud referida en el inciso anterior deberá presentarse, a más tardar, dentro del plazo de ciento ochenta días corridos a contar de la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.

Artículo Quinto Transitorio. La solicitud respectiva deberá indicar la voluntad de sustituir el régimen de invariabilidad de que gozan, por el del artículo 11 ter del decreto ley N° , de , sujeta a la condición de celebrarse la modificación del contrato correspondiente. El plazo de los derechos de invariabilidad será el que resulte de considerar el remanente del plazo del contrato que se modifica, sin perjuicio de la prórroga aplicable que se regirá de acuerdo a lo dispuesto en el literal iii del artículo anterior.

Artículo Sexto Transitorio. La solicitud respectiva formulada en los mismos términos y dentro del plazo establecidos en los literales v. del artículo cuarto transitorio. El plazo de los derechos de invariabilidad será el establecido en el artículo 11 ter del decreto ley N° , de , siendo aplicable las reglas generales establecidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Artículo Séptimo Transitorio. Artículo Octavo Transitorio. Artículo Noveno Transitorio. A contar del 1° de enero del año , para los bienes raíces referidos en este artículo, volverá a aplicarse el mecanismo de determinación del impuesto a que se refiere el inciso final del artículo 3° la ley N° Artículo Décimo Transitorio.

Artículo Décimo Primero Transitorio. Artículo Décimo Segundo Transitorio. Artículo Décimo Tercero Transitorio. En aquellas regiones donde los Tribunales Tributarios y Aduaneros aún no entren en funciones, el Director de Grandes Contribuyentes no tendrá la facultad de resolver administrativamente las reclamaciones que presenten los contribuyentes, de conformidad con el Libro Tercero del Código Tributario.

Artículo Décimo Cuarto Transitorio. Artículo Décimo Quinto Transitorio. Indicaciones del Ejecutivo. Fecha 13 de mayo, Oficio en Sesión Legislatura Oficio de S.

el Presidente de la República por el cual formula indicaciones al proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para obtener recursos destinados al financiamiento de reconstrucción del país.

boletín N° 6. En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular las siguientes indicaciones al proyecto de ley del rubro, a fin de que sean consideradas durante la discusión del mismo en el seno de esa H. Para reemplazar en el número 1 , en la oración que se sustituye del artículo 20 del decreto ley N° 3.

Sin perjuicio de lo anterior, el trabajador que en el respectivo año, no haya efectuado depósitos convenidos, o los hubiere efectuado por un monto inferior al límite antes indicado, podrá acumular la cantidad no utilizada hasta por un monto máximo de 1.

Reemplácese en el numeral 2 , en el artículo 4° que se sustituye, el primer párrafo antes del punto y coma ; , por el siguiente:. Reemplácese, en el numeral 1.

Agréguese a continuación del inciso cuarto, los siguientes incisos quinto, sexto, séptimo y octavo, nuevos:. Lo anterior es sin perjuicio del cumplimiento de la legislación aplicable a los mismos. Para ejercer dicho derecho los inversionistas deberán presentar la solicitud correspondiente al Comité de Inversiones Extranjeras, identificando los proyectos mineros conexos dentro de la solicitud referida en el articulo cuarto transitorio.

Se entenderá por proyecto minero conexo aquél que sea parte de una misma unidad económica de explotación, por su proximidad física, por la utilización común de caminos, recursos hídricos, plantas de beneficio, infraestructura eléctrica o de transporte u otros similares.

Se considerará como parte del proyecto minero conexo la explotación de pertenencias mineras, que cumpliendo condiciones como las indicadas no pertenezcan aún a la empresa receptora de la inversión, pero sí le pertenecieren a la época de comenzar la explotación del proyecto minero.

El mismo derecho tendrán las empresas con convenios vigentes acogidos al artículo 5° transitorio de la ley N° 20, El Comité de Inversiones Extranjeras o el Ministerio de Economía Fomento y Turismo en su caso podrán solicitar informes técnicos sobre las solicitudes mencionadas al Servicio Nacional de Geología y Minería o a la Comisión Chilena del Cobre, los que deberán evacuar su informe dentro del plazo de 15 días hábiles desde la recepción de la consulta.

En uso de mis facultades constitucionales, tengo a bien poner en conocimiento de vuestra excelencia que he resuelto retirar la urgencia que hiciera presente para el despacho del proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para obtener recursos destinados al financiamiento de la reconstrucción del país.

boletín N° La presente indicación al proyecto de la referencia propone las siguientes modificaciones con impacto fiscal:. En primer lugar, modifica el artículo 2°, elevando de 3.

En segundo lugar, modifica el artículo 6°, permitiendo la acumulación del límite para los depósitos convenidos deducibles del Impuesto de Segunda Categoría, hasta por un monto de 1. En tercer lugar, modifica el artículo 7°, en lo que se refiere al incremento de la tasa de impuesto a los cigarros puros y al tabaco elaborado.

Se estima que esta modificación no tiene un impacto significativo en la recaudación tributaria. En cuarto lugar, modifica el artículo 9°, reduciendo de 5 a 3 años la antigüedad en la propiedad de un bien raíz que se exige a los adultos mayores para que no se les aplique la sobretasa del impuesto territorial.

Finalmente, modifica el artículo 10°, elevado de 2 a 3 el número máximo de viviendas que las personas naturales pueden acoger a los beneficios tributarios del DFL 2. Cámara de Diputados. Fecha 18 de mayo, Informe de Comisión de Hacienda en Sesión el Presidente de la República.

Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios pertinentes, se hace constar, en lo sustancial, previamente al análisis de fondo y forma de esta iniciativa, lo siguiente:.

Concurrieron también los señores Pedro Davis, Vice Presidente de la Confederación Nacional de la Pequeña y Mediana Empresa CONAPYME y Presidente de la Confederación Gremial Nacional Unida de la Mediana, Pequeña, Micro Industria, Servicios y Artesanado de Chile CONUPIA , y José Luis Ramírez, Secretario General de CONUPIA; Benjamín Kenball, Gerente General de la Compañía Chilena de Tabacos S.

A, y Carlos López, Gerente de Asuntos Corporativos de la Compañía Chilena de Tabacos S. En el mensaje de S. el Presidente de la República se pone énfasis en que los efectos devastadores del terremoto y maremoto en materia de vivienda, conectividad e infraestructura educacional y sanitaria, siguen presente no obstante que la emergencia inmediata de la catástrofe está siendo superada, por lo que se requiere adoptar soluciones definitivas para enfrentar la reconstrucción del país.

Para lograr dicho objetivo, se sostiene la necesidad de contar con la ayuda de todos, para lo cual el Gobierno presenta el proyecto de ley en informe que incluye una serie de medidas, algunas transitorias y otras permanentes, que tienen por objeto realizar las modificaciones legales que permitan conseguir recursos frescos para enfrentar la reconstrucción, promover el desarrollo de micro, pequeñas y medianas empresas, incentivando la inversión y la creación de empleo y manteniendo, asimismo, los adecuados equilibrios macroeconómicos, de manera de potenciar el desarrollo a largo plazo y no perjudicar las confianzas que tanto el sector público como el privado requieren para enfrentar sus decisiones de futuro.

Se menciona en el mensaje, junto a consideraciones de austeridad y medidas de reasignación de recursos ya aplicadas por el Gobierno, que el plan de financiamiento implica un aumento moderado y transitorio de la carga tributaria para los contribuyentes del impuesto de primera categoría, por lo que la inversión no se verá afectada y la economía recuperará rápidamente su ritmo, generando empleo y crecimiento.

En la misma línea, se propone una modificación al impuesto específico a la gran minería con el objeto de aumentar la recaudación durante los próximos dos años, asegurando el respeto de las condiciones en que dicho tributo fue acordado hace algunos años.

Se propone, asimismo, un alza transitoria en el impuesto territorial de las viviendas de más alto valor. En el mismo sentido de las propuestas anteriores, se señala que, lo que se busca es comprometer a los sectores de mayores ingresos en el esfuerzo por aumentar la recaudación fiscal para hacer frente a las demandas que requieren los proyectos de reconstrucción.

Se proponen también ciertas modificaciones al Plan Habitacional de Viviendas Económicas, regulado por el decreto con fuerza de ley N° 2, de Se han incorporado, además, propuestas que favorecen a las micro, pequeñas y medianas empresas, como la exención del impuesto de primera categoría en las utilidades reinvertidas, así como la reducción de la tasa del impuesto de timbres y estampillas.

Se plantea en el mensaje que todos estos esfuerzos, sumados a otras medidas que contempla el proyecto asociadas a los recursos de la Ley Reservada del Cobre, así como a medidas de orden administrativo y regulatorio, permitirán conseguir los recursos necesarios para enfrentar la reconstrucción, potenciar el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas, fortalecer la capacidad de creación de empleos, mantener el adecuado equilibrio fiscal y hacerse cargo de los proyectos prioritarios para el país.

La Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del decreto ley N° , de El decreto ley N° , de , que establece normas para el Cultivo, Elaboración, Comercialización e Impuestos que afectan al Tabaco.

El decreto con fuerza de ley N° 7, de , que contiene la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos. Se propone un alza transitoria del impuesto de primera categoría que se hará efectiva en los años calendarios y Se propone la creación de un régimen de tributación con una cuota exenta del impuesto de primera categoría, orientado principalmente a las micro, pequeñas y medianas empresas, cuyos ingresos anuales totales del giro no excedan de Quienes cumplan con los requisitos propuestos, y sólo respecto de aquellas utilidades reinvertidas y hasta por un monto equivalente UTM anuales, estarán exentos del pago del impuesto de primera categoría.

a Se establece un nuevo régimen impositivo a la actividad minera, respecto del explotador minero que principie el proceso de explotación de uno o más proyectos mineros específicos con posterioridad al primero de enero de b Modificación de ciertos aspectos relacionados a los inversionistas acogidos al decreto ley N° , en lo referente a normas de invariabilidad tributaria e invariabilidad del impuesto específico a la minería.

Como se señala anteriormente, en lo general, el proyecto propone incorporar un nuevo artículo al decreto ley N° , Estatuto de Inversiones Extranjeras, que establece un nuevo régimen de invariabilidad aplicable al impuesto específico que se establece.

La invariabilidad del nuevo impuesto será incompatible con las garantías establecidas en los artículos 7°, 11 bis y 11 ter del decreto ley N° , por lo que los inversionistas deberán optar por una u otra prerrogativa. A efecto de acogerse a la invariabilidad tributaria propuesta en el articulado del presente proyecto, las empresas deberán cumplir con ciertos requisitos de información.

Este impuesto específico regirá a partir del día 1º de enero de y gravará las actividades de explotación minera que se desarrollaren con posterioridad a su entrada en vigencia.

Sin embargo, se contemplan normas especiales para empresas actualmente en operación que hayan suscrito un contrato de inversión extranjera con el Estado de Chile, en virtud de lo dispuesto en el decreto ley Nº , vigente a la fecha de publicación del proyecto, las cuales podrán optar por modificar el contrato suscrito con el Estado de Chile.

Se propone una reducción permanente de la tasa de este impuesto para llevarla a la tasa vigente transitoriamente desde comienzos del presente año.

En relación con el Plan Habitacional de Viviendas Económicas, contenido en el decreto con fuerza de ley N° 2, del año , se proponen algunas modificaciones que, en lo esencial, restringen a un máximo de dos las propiedades que un mismo propietario puede acoger a sus beneficios; excluyen a las personas jurídicas de los beneficios de la norma; derogan algunos artículos que no tienen aplicación y establecen un régimen transitorio a fin de no afectar los derechos adquiridos bajo la vigencia de la ley que se modifica.

En el informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, de fecha 5 de mayo de , se señala lo siguiente:. En segundo lugar, se modifica el impuesto específico a la actividad minera, vinculando la tasa del impuesto al margen operacional minero.

Asimismo, se establece un sistema de sujeción voluntaria al nuevo régimen para los explotadores mineros que sean titulares de un régimen de invariabilidad tributaria.

En cuarto lugar, se establece un límite de UF anuales para los depósitos convenidos deducibles del Impuesto de Segunda Categoría.

Finalmente, el proyecto propone modificaciones al D. En la tabla siguiente se muestran las estimaciones de los ingresos fiscales que se espera percibir por cada medida.

Para los cálculos se ha considerado como año base el El año representa la situación en régimen. Complementariamente, el proyecto contempla incentivos tributarios que favorecerán principalmente a las pequeñas y medianas empresas. En primer lugar, el proyecto de ley crea un régimen de tributación especial, similar al actual régimen del artículo 14 bis de la Ley de Impuesto a la Renta, pero orientado a las empresas medianas con ventas de hasta Las empresas que se acojan a este régimen, establecido en el artículo 14 quáter, gozarán de una exención del Impuesto de Primera Categoría por las utilidades retenidas que no excedan de las 1.

En segundo lugar, se propone reducir la tasa del impuesto de timbres y estampillas a la mitad de su valor permanente actual. En la tabla siguiente se muestran las estimaciones del costo fiscal, dado por una menor recaudación, estimado para cada medida.

En el debate de la Comisión el señor Felipe Larraín inició su exposición señalando que las pérdidas totales, del quinto peor terremoto en la historia del mundo, se estiman en torno a 30 mil millones de dólares, de los cuales unos 21 mil millones son de infraestructura.

Aproximadamente Agregó que con las ganancias en eficiencia disminuirá el costo de la reconstrucción a una cifra estimada en torno a los 8. El señor Ministro de Hacienda hizo presente que el esfuerzo de reconstrucción se financiará con recursos provenientes de fuentes diversas.

En primer lugar, con el crecimiento económico estimado por el actual Gobierno, por la ley de donaciones en actual tramitación legislativa y por las reasignaciones presupuestarias ya adoptadas. Se financiará, además, por el componente tributario: impuestos de primera categoría, contribuciones, impuesto específico a la minería, impuesto al tabaco y reducción de la evasión.

Además, por venta de activos prescindibles y emisión de deuda interna y externa, que contemplaría un bono en dólares por 1.

En relación al impuesto específico a la minería, el proyecto establece una modificación voluntaria al régimen tributario vigente para el rubro minero. El proyecto, en cambio, ofrece una tasa variable según una tabla que la determina en base al margen operacional de cada empresa y extiende la invariabilidad tributaria hasta el año En relación con el impuesto al tabaco, el proyecto establece un aumento de tasa ad-valorem a Esta medida tiene por objeto disminuir el consumo y aumentar la recaudación.

Con respecto a las contribuciones, el Ministro señor Larraín puntualizó que el proyecto establece el cobro de una sobretasa a beneficio fiscal de 0. Agregó que esta medida no afecta a ninguna propiedad de familias de clase media o vulnerables, alcanzando sólo a Adicionalmente, el proyecto establece requisitos copulativos para la exención de la referida sobretasa: ser propietario del bien raíz por más de 5 años, no haber pagado impuesto durante el año anterior por rentas superiores a 1.

El señor Ministro señaló que se establece una restricción de los beneficios tributarios asociados al D. Se establece un máximo de dos propiedades por persona para optar al beneficio y se excluye a las personas jurídicas.

Adicionalmente, el Ministro enfatizó que este nuevo régimen no afecta los derechos previamente adquiridos y sólo entrará en vigencia 90 días con posterioridad a la publicación de la ley. En relación a los límites a los depósitos convenidos, el proyecto propone un límite anual exento de UF.

Con respecto a la Ley Reservada del Cobre, el proyecto solicita la autorización legal para destinar millones de dólares en el año y millones de dólares más en el año para la reconstrucción de obras civiles dañadas por el terremoto.

El Ministro señor Larraín precisó que el proyecto, adicionalmente, contempla incentivos tributarios para las pequeñas y medianas empresas PYMES. Aclaró que las empresas actualmente beneficiadas por el artículo 14 bis mantienen dicho régimen.

El proyecto propone un artículo 14 quáter como un régimen adicional al 14 bis, consistente en la exención de pago de primera categoría hasta 2. El señor Juan Andrés Fontaine manifestó que en las zonas afectadas por el terremoto hay mil pequeñas y medianas empresas, 20 mil de ellas tienen serios daños, y las que no fueron afectadas directamente por el cataclismo, lo han sido por la caída de la demanda.

Un evento ocurrido a las 14h00 del 2 de julio de , alarmo a la ciudadanía por un incendio en el edificio Las Cámaras, situado en el norte de la ciudad. El edificio, dividido en dos bloques: una torre de seis pisos y la otra de 12 pisos, fue inaugurado en julio de De características modernas, soportó un flagelo grave que obligó a los ocupantes a su evacuación.

Sin embargo esta intención fue frustrante al encontrase los empleados y visitantes, atrapados en entre el fuego y el humo por el desconocimiento de rutas de evacuación.

Por otra parte algunas personas no escucharon las alarmas, permaneciendo ignorantes de su suerte dentro del edificio. Además de la oportuna presencia del cuerpo de Bomberos, acudieron helicópteros del Ala 22 de la Fuerza Aérea Ecuatoriana y de la Policía, quienes rescataron a los ciudadanos, empleados y usuarios.

El Cuerpo de Bomberos reportó la muerte de dos personas, decenas de atrapados y afectados por golpes y el humo. Según los matutinos de la ciudad, un año después el edificio afectado aún no estaba operativo. Capítulo I EL PROBLEMA 3 Esto, la pérdida de vidas y las pérdidas materiales, son los efectos de un flagelo o de cualquier incendio en cualquier parte del mundo.

Más grave aún si las evidencias exponen falta de previsión. El no tener un Plan de Emergencia y Contingencia como componente de la gestión de riesgos prevención y respuesta dentro del edificio Palacio Municipal es el principal problema. Las circunstancias o contextualización relativos al problema es producto de la observación directa del entorno y de las actividades humanas, dentro del Palacio del Municipio de Guayaquil.

Por lo tanto es preciso un breve diagnóstico, descripción, análisis y argumentación del problema. Por supuesto que no es un diagnóstico reservado a los técnicos, sin embargo a partir de cuestionamientos sencillos pretendemos información significativa, para entender las relaciones que este problema ha establecido con el entorno.

Básicamente establecer antecedentes de tiempo y espacio. Espinoza, La carencia de un Plan de Emergencia ante el riesgo de Incendio crea incertidumbre ante el espejo del flagelo en el Edificio de las Cámaras. La pérdida de vidas y bienes nos enfrenta a posibles consecuencias similares dado que el Palacio Municipal no está exento del riesgo de un incendio.

La posibilidad de un descuido o un mal funcionamiento de las instalaciones eléctricas o electrónicas. Probablemente al reflexionar que hemos disfrutado de mucha suerte al no haber sufrido de un flagelo pequeño o grande.

Por otra parte los efectos siguen siendo la incertidumbre y el riesgo en sí. Probablemente algunos sectores del edificio son de alto riesgo y no han sido detectados técnicamente, excepto por la duda o el temor de una posible incendio. Indudablemente que nuestro espacio de investigación únicamente abarca el Palacio Municipal, ubicado en una manzana entera, entre las calles 10 de agosto, Clemente Ballén, Pichincha y Malecón Simón Bolívar, es decir sus dos edificaciones gemelas.

Podríamos plantear además que en el tiempo es únicamente a futuro, en todo caso cuanto antes para resolverlo. Concentrarnos en el riesgo de incendio, lo cual de darse, compromete pérdida de bienes históricos, documentos importantes y lo más importante el riesgo de perder sus vidas los empleados, los funcionarios y acaso los ciudadanos usuarios.

En cuanto a los recursos disponibles para atender el problema, no cabe la menor duda de que serán invertidos para prevenir oportunamente.

Exponemos a continuación el concepto, lo más exacto posible para determinar a qué nos vamos a referir en el desarrollo de este documento: ¿Cómo fortalecer la eficacia de la coordinación institucional, en el manejo de una situación adversa, de incendio en el Palacio Municipal?

Delimitado así el problema, conocemos la intención de este proceso planteado, y formulado, mediante la implementación de los componentes de la gestión de riesgo en el Palacio Municipal a través un plan de emergencia y contingencia.

Capítulo I EL PROBLEMA 5 1. Identificado el problema, es fácil observar que de continuar la carencia de un plan de emergencias y contingencia para manejar un evento adverso como por ejemplo un incendio dentro del Palacio Municipal, sería una falta terrible por omisión.

Es posible que el impacto positivo, una vez arbitrado el problema, sea de consecuencias tan favorables, que la intención se replique en las grandes edificaciones públicas y privadas de la ciudad y además que en otros municipios del país se actúe en consecuencia.

Determinar la situación de vulnerabilidad del municipio de Guayaquil, empleando instrumentos de medición que permita valorar el grado de riesgo. Incluir a las autoridades y al personal del Municipio en las reacciones de respuesta frente a una emergencia en incendio.

Desarrollar un plan de acción frente a probable incidente de incendio que permita a las personas seguir una línea de conducta ante el evento adverso. Implementar medidas básicas complementarias que reduzcan la vulnerabilidad del Municipio frente a emergencias de incendio.

Capítulo II MARCO TEÓRICO 6 Capítulo II Marco Teórico 2. Hemos procedido a una selección de elementos teóricos de significativa aplicación para esta investigación.

Como fuentes de datos nos fundamentamos en tres proposiciones a saber: 2. Historia de los Cuerpos de Bomberos en el mundo. Bomberos, Este estudio lo iniciamos con uno de los protagonistas dentro de los sucesos tristes y conmovedores que genera un incendio. Fue organizado en el año 22 A. C, por el emperador Cesar Augusto y se componía de esclavos a los que llamaban Vigiles.

Lo que nos da una idea de que el ser humano ha sido en todos los tiempos víctima de este circunstancial flagelo. Ya en el año la ciudad de Fráncfort Alemania actual , tenía leyes para proveer protección contra incendios y en existía en la ciudad de Augsburgo distintos instrumentos y aparatos de combatir incendios.

De los países europeos, fue Alemania el que más adelantó en los métodos de extinguir incendios. Construyo su primera bomba de mano en la ciudad de Núremberg en Mientras los europeos luchaban por mejorar los sistemas de extinguir incendios, los Estados Unidos de América, también sentía, lamentaba y sufría los estragos causados por los incendios.

Apuntes dignos, demuestras que en el año la ciudad de Nueva York, conocida entonces como Nueva Ámsterdam, ordenó comprar en Holanda un cargamento de escaleras, garfios y cubos de cuero. En , dos máquinas construidas por Richard Newsham, fueron importadas de Londres y llegaron a Nueva York el 1ro.

De diciembre de Es muy probable que estas hayan sido las primeras máquinas de extinguir incendios usadas en el nuevo mundo.

En enero de , el Instituto de Mecánicos de Nueva York ofreció una medalla de oro como premio para el que produjera los mejores planos para la bomba de vapor. El premio lo ganó John Ericson. Entre las mejores bombas y máquinas de extinguir incendios construidas durante el siglo XIX, ocupan lugar destacado las fabricadas en los años al en la ciudad de Cincinnati por la firma A.

El desarrollo de la máquina de vapor fue solo un nuevo paso dado por el hombre hacia su meta de conseguir mayores cantidades de agua y mayor presión con que combatir los incendios en los edificios de mayor altura.

Los modernos camiones de extinguir incendios hicieron su aparición entre y Las primeras unidades fueron montadas en chasis comerciales, consistiendo su unidad de bombeo en bombas rotatorias. Este tipo predomino hasta , en cuya fecha las bombas centrifugas empezaron a ganar popularidad.

Así como han pasado siglos desde que se organizó el primer Cuerpo de Bomberos y durante esos años se ha tratado incesantemente de progresar, así pasaran los siglos, siempre con el empeño del progreso.

He ahí lo interesante de la historia. Sánchez Varas, En cuanto al Cuerpo de Bomberos de Guayaquil sus Brigadas ofrecen a la Comunidad una atención efectiva en Casos Emergentes de incendios, rescates u otros relacionados.

Es una institución por la cual se siente inclinación afectiva y amistosa en la ciudad. Cuenta con modernos equipos y los entrenamientos de su personal incluyen permanentes simulacros y simulaciones. La preparación de la mayoría de sus oficiales es a nivel académico y cuenta en la ciudad con alrededor de dos mil damas y caballeros del fuego.

Por disposición del Decreto Supremo publicado en Registro Oficial No. El 25 de Julio de se inaugura esta obra en una pequeña área del de la Antigua Planta Proveedora de Agua. Se lo nombra "Coronel. En el año , se construye el museo en las dimensiones y diseño actual conservando su estructura original de principios de siglo XX y se restauran las piezas que hoy se exhiben.

Examinemos detalles pragmáticos aplicados a nuestro estudio, acerca de los Incendios: 2. Puede afectar las estructuras y a los seres vivos dentro o cerca de ellas. La exposición de las personas a un incendio puede producir quemaduras y daños muy graves, acaso hasta la muerte, generalmente por inhalación de humo o por desvanecimiento producido por la intoxicación.

Para que se inicie un fuego es necesario que se den conjuntamente tres componentes: combustible, oxígeno y calor o energía de activación, lo que se llama Triángulo del fuego. Cuando estos factores se combinan en la proporción adecuada, el fuego se desencadena.

Por otra parte, es igualmente posible prevenir o atacar un fuego eliminando uno de ellos. El fuego puede propagarse rápidamente a otras estructuras, especialmente en aquellas que no cumplen las normas básicas de seguridad. Por ello, los organismos de socorro ofrecen servicios de bomberos para extinguir los posibles incendios rápidamente.

La intervención en los edificios para conseguir estos objetivos, es una de las mejores formas de actuar, dado que, tanto los bienes como los seres humanos, durante gran parte de su existencia están entorno a los edificios. Las técnicas empleadas en la prevención están reglamentadas por los poderes públicos, dadas las consecuencias sociales que tienen estos siniestros en la colectividad, de forma que se establezcan unos niveles mínimos de seguridad.

Capítulo II MARCO TEÓRICO 11 Así las diferentes autoridades establecen sus normas, que a pesar de tratar del mismo problema, prescriben exigencias diferentes, según sus criterios particulares, en aras de conseguir los niveles de seguridad adecuados.

Para cada una son diferentes, pues hay que tener en cuenta las implicaciones económicas que estas técnicas conllevan, así como la responsabilidad que asumen a la hora de hacer cumplir las normas que ellas mismas establecen. Una de las formas de abordar el problema, es la de trasladar la responsabilidad a los técnicos responsables de la realización de los proyectos de las edificaciones o actividades.

Otra forma es la de realizar un control más o menos exhaustivo de los proyectos y de las actividades cuando ya están en funcionamiento. Esto suele ser en poblaciones, donde existe un servicio de extinción de incendios, que por lo general es quien lleva a cabo esta labor por su mayor conocimiento del tema.

Este control tiene como base las reglamentaciones que los ciudadanos han de cumplir en esta materia y que en la actualidad es muy abundante, llegando a ser reiterativa, regulando las mismas cosas normas diferentes con criterios diferentes y algunas veces llegando a hacerlo de forma contradictoria.

Suelo, 2. El punto crítico de ignición se sitúa en los ºC, hasta este momento sólo la estructura de aluminio se vería afectada. A partir de aquí se desarrolla el llamado fuego equivalente o normalizado que es al que se refieren todas las reglamentaciones y las resistencias al fuego de materiales, medido en minutos.

Por encima de 40 minutos de fuego equivalente ya estamos hablando de un incendio muy importante con riesgo cierto para la vida humana. Para tener una referencia de cómo afectan las altas temperaturas a los materiales, diremos que al llegar a los grados centígrados el acero se vuelve dúctil y llegando a los se produce una bajada brusca de su resistencia.

El hormigón comienza a deteriorarse a temperaturas superiores a los grados centígrados en periodos prolongados de tiempo. Por encima de los grados centígrados, deja de poseer una resistencia a la compresión viable, y se debilitará en mayor medida al enfriarse cuando se apague el fuego.

Los efectos en las estructuras de hormigón armado empiezan en el propio comportamiento de los materiales. Como hemos visto, el hormigón pierde menos capacidad a altas temperaturas que el acero. A diferencia del acero, el hormigón está expuesto al fuego, por tanto las evaluaciones son más complejas.

Además de las variables propias de cada incendio carga de combustible, aireación, etc. Capítulo II MARCO TEÓRICO 13 Esencialmente, los principales efectos del fuego en el hormigón armado, podrían resumirse en:  Daños a la adherencia entre las armaduras de acero y el hormigón que las recubre.

El proceso de desprendimiento, tiene lugar rápidamente, a los grados centígrados, como resultado del impacto térmico y el cambio de estado del agua intersticial. Cuando la presión en el hormigón es superior a su resistencia, comienza el proceso de desprendimiento. Un desprendimiento masivo puede llevar a la pérdida total del hormigón de recubrimiento dejando al descubierto las armaduras.

Hasta ese momento el hormigón había evitado que el acero alcanzara grandes temperaturas, por lo que preservaba también su resistencia.

Al mismo tiempo, la magnitud del incendio es tal que el acero alcanza rápidamente la temperatura de ºC y superiores. Sobreviene la disminución de resistencia de las armaduras.

Capítulo II MARCO TEÓRICO 14 Si nos referimos a un incendio en el interior de un edificio, la parte de la estructura más expuesta al fuego y también la más sensible es la cara inferior de los forjados. De modo que si éstas se ven afectadas por altas temperaturas, la disminución de su resistencia se traduce en la transmisión de esfuerzos al hormigón, ya sobre tensionado interiormente.

CEPREVEN, Estos dos conceptos teóricos iniciales, nos recuerdan el planteamiento del problema cuando citamos el Incendio en el Edificio de las Cámaras en la ciudad de Guayaquil. De inmediato haremos un breve repaso sobre acontecimientos importantes del tema, durante la historia de la ciudad: 2.

Estrada Ycaza, Julio Enrique Estrada Ycaza, brillante ciudadano guayaquileño nacido en , Fue el principal investigador histórico de la ciudad y uno de los más importantes de la República. En su Guía Histórica de Guayaquil en el Tomo 4, dedica más de quinientos cincuenta páginas a documentar y narrar el drama en los barrios de nuestra ciudad ante los numerosos incendios que la asolaron desde el siglo XVIII.

Hemos citado a este ilustre Guayaquileño por los méritos —para efectos de nuestro estudio- de su obra. Enumeramos a continuación las principales tragedias que estudió y documentó Don Julio Estrada Ycaza, entre los numerosos incendios en nuestra ciudad:  El fuego grande 18 de noviembre de  La iglesia de San Agustín 12 de febrero de  Tienda de Sanguinetti, 3 de octubre de  Incendio Grande, 5 de junio de  Barrio Villamil, 16 de febrero de  El Teatro y la Iglesia San José, 26 de febrero de  Las Mercedes.

En los siguientes años del siglo XX, nos documentamos con páginas dramáticas de estos acontecimientos. Fuego grande que abrasa lo que originalmente no está destinado a arder: los edificios, los comercios, las personas: Aquí los principales:  Shell gas  La Bahía  Almacenes Tiasa Durante este siglo XX la ciudad eventualmente continuó sus tristezas por el azahar de días trágicos debido a otros incendios.

Capítulo II MARCO TEÓRICO 16 Año, mes y día:  —10—09 Edificio de la Gobernación. Lorenzo de Garaicoa y García Goyena. Produciendo emanación de gases tóxicos. Manzana de 9 de octubre. Chimborazo, Vélez y Escobedo.

Se succionó agua del rio Guayas. Ese día hubo cinco incendios en Guayaquil. Kennedy y El Salado. Incendios grandes en lo que va del siglo XXI:  Edificio de las Cámaras Ya mencionado  Guayaquil en las calles Luis Urdaneta y Ximena por precursores químicos En la investigación realizada no existe información alguna que indique que este Palacio Municipal haya registrado incendio alguno.

Capítulo II MARCO TEÓRICO 17 2. El edificio Palacio Municipal. El centro de este estudio ofrecerá en este análisis sus características de funcionamiento y sustentación sobre la ribera occidental del gran río Guayas.

Figura No. El Palacio Municipal de la ciudad de Guayaquil, conocido también como Cabildo de Guayaquil, es el sitio sede de la Alcaldía de Guayaquil. Está ubicado en el centro de la ciudad en la manzana comprendida entre las calles Malecón Simón Bolívar, Pichincha, Clemente Ballén y Diez de Agosto.

Capítulo II MARCO TEÓRICO 18 Vistas Satelital de emplazamiento del Palacio Municipal de Guayaquil Figura No. Las columnas y sus bases de hormigón armado, han sostenido en sus pisos la presencia de multitudes, de igual manera han tolerado numerosos movimientos telúricos, en especial el terremoto del 13 de mayo de Es por eso que durante su Administración el Alcalde Ing.

León Febres Cordero Wikipedia, asumió la responsabilidad de la reparación, restauración y remodelación del Palacio Municipal, a partir del año Gaceta Municipal, A las once de la mañana del 31 de julio de , ante los miembros del M.

Concejo Cantonal de Guayaquil, se enterró dentro de un tubo de plomo, bajo el primer cimiento del Palacio Municipal, el Acta de Iniciación de obra a construir por administración y bajo la dirección dela Compañía Italiana de Construcciones representada por el Ingeniero Giovanni Lignarolo de conformidad con la resolución del Concejo tomada en Sesión del 15 de diciembre de Nacido en el norte de Italia, Cilavegna Pavia en Como arquitecto y profesor de dibujo intervino en el concurso de dibujo para el Palacio Municipal de Guayaquil, evento en el cual triunfó.

Maccaferri, llegó al país en contratado por la Compañía Italiana de Construcciones para la dirección y asistencia artísticas de la construcción. Culminando la obra en , luego de largos meses por deficiencias económicas del cabildo. Ese mismo año Maccaferri inició en la ciudad de Guayaquil, bajo su cátedra, un curso de arquitectura que dio origen a la actual facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la que fue profesor durante muchos años.

Juan Ramírez, desde la Gaceta Municipal del año Biblioteca Municipal En homenaje a su importante labor anotamos que Francesco Maccaferri, se casó con una dama italiana, doña Blanca Parodi Cerro, y tuvo dos hijas guayaquileñas.

Profesionalmente dirigió algunas obras públicas y el diseño de residencias privadas en la ciudad, entre ellas las ubicadas en el Barrio del Centenario, primer sector residencial planificado que tuvo Guayaquil. Falleció en marzo de Gestión de Riesgos. Visión histórica. Sin embargo se estila en la práctica, abordar la complejidad y diversidad de matices cuando se presenta un evento, al margen de su definición puntual.

Además, en lo terminológico, el concepto de riesgo también se somete a juicio cuando algunos autores intentan compararlo con el idioma inglés. Como dato fidedigno del inició de la Gestión de Riesgos, en la década de el Secretario General creó la Organización de las Naciones Unidas para Atención en caso de Desastres Salud, mejor conocida por sus siglas en inglés: UNDRO para coordinar la ayuda en casos de eventos adversos graves y prestar asistencia técnica a los países que lo sufren.

Es importante anotar, que al analizar los desastres se miren como resultado de problemas de incomunicación entre la naturaleza y los actores humanos y entre actores y sectores humanos entre sí. Así mismo, permite identificar los escenarios dentro del marco propuesto en nuestra tesis, en que la gestión del riesgo tiene su principal responsabilidad.

En preciso entender la gestión del riesgo como una forma de adaptación. El investigador Allan Lavell PhD. Lavell, despliega dos visiones de la Gestión de Riesgos, desde las ciencias naturales y desde las ciencias sociales.

Lovell, analiza el enfoque, los conceptos y los términos en cada una. Citaremos lo más significativo de su exposición. Proceso de Intervención: Centrarse en el riesgo generado por factores de amenaza y vulnerabilidad en comunidades y poblaciones expuestos y en que la reducción se logrará en la medida en que haya participación activa, de tal forma que los riesgos sean tomados en cuenta en los planes sectoriales y territoriales, y la acción considere lo más importantes de la amenaza, exposición y vulnerabilidad ya identificados.

Ciencias Sociales: Conceptos Construcción Social Proceso a través del cual la sociedad transforma y configura el riesgo por medio de un proceso diferenciado de generación de vulnerabilidades, resistencias y resiliencia a amenazas distintas.

Desastres: Son el resultado de riesgos actualizados con el impacto de eventos físicos particulares en un tiempo y lugar determinado. Son un reflejo de problemas no resueltos con los estilos de desarrollo históricos y vigentes sufridos y significan un desequilibrio significativo entre las formas de desarrollo de la sociedad y su medio.

Riesgo: La probabilidad de pérdidas y daños asociados con la presencia de amenazas y vulnerabilidades en poblaciones, bienes y producción expuestos a las amenazas. Desastre: Un nivel de pérdidas y daños en la sociedad asociado con el impacto de un evento físico o eventos físicos particulares sobre una sociedad vulnerable, que excede la capacidad de manejo y resistencia de la unidad social afectada y que requiere asistencia externa para poder enfrentar las consecuencias y recuperarse de ellas.

Gestión: El proceso social, político e instrumental a través del cual se logra un fin particular. Observamos con la asimilación de la lectura que los conceptos parecerían elementales probablemente porque los utilizamos a menudo, pero resultan categóricos, breves y fáciles de entender.

El siguiente tramo es la otra visión: Ciencias Naturales: Conceptos. Es la probabilidad de la ocurrencia de una amenaza extrema. La Gestión de los desastres: Comprende un proceso de intervención en las causas y características de las amenazas y en las respuestas de la sociedad frente a ellas.

Parecería que con estos conceptos se pueden apreciar los límites de nuestro trabajo, sin embargo abarcaremos otras ideas de excepción como fruto de lo indagado.

Capítulo II MARCO TEÓRICO 26 b. El burocrático, que sólo percibe el riesgo por medio de las amenazas de guerra o de desestabilización de las instituciones, y que es jerárquico y autorregulado. El sectario que, por el contrario subestima el riesgo tecnológico ya que el catastrofismo le permite reforzar su estatus marginal; consistente en una organización fundada con base en la adhesión voluntaria en la que el reclutamiento de miembros es precario" García, , p.

En igual sentido, recalca la autora, que cada uno de estos tres tipos de organización social ha dado lugar a diferentes formas de percibir el riesgo y, como tal, a tipos variados de construcción social del riesgo. Es por ello necesario que, si se quiere entender la percepción social del riesgo se debe reconocer y aceptar la dimensión social del riesgo, pues que su percepción es en sí un fenómeno social y no individual.

En este orden de ideas, la construcción social del riesgo surge de acuerdo con el tipo de sociedad de la que se origina, de sus sistemas de valores, visiones de mundo que tenga. Como percibimos, García deja en claro la responsabilidad social y su entorno el cual lo podríamos llamar político de donde debe manar el celo y la dedicación por el bienestar de los demás, educándolos si es preciso.

Los desastres se confundían con los fenómenos de la naturaleza que los desencadenan, los cuales por lo general se encuentran fuera de nuestro control.

La consecuencia lógica de que incurramos en el error de confundir el desastre con el fenómeno que forma parte de la dinámica natural de la Tierra, o cuando los atribuyamos a castigos de Dios, es que renunciamos a la posibilidad de evitar que se produzcan, porque las fuerzas —naturales o divinas- que los determinan, son de carácter "Superior".

En cualquier caso, -continúa- los organismos de socorro Cuerpo de Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil mantuvieron su importancia, como la mantienen hoy y, esperamos, la sigan manteniendo en el futuro.

Lo que cambió es que nuevos actores comenzaron a asumir responsabilidades en los escenarios del tema. Si los seres humanos construimos esas condiciones, así mismo podemos intervenir conscientemente sobre los factores que las determinan, con el objeto de reducir los riesgos y de evitar que se conviertan en desastres.

Y para estar mejor preparados para responder de manera oportuna y adecuada cuando, a pesar de todos los esfuerzos en contrario, de todas maneras se produzca un desastre. Capítulo II MARCO TEÓRICO 28 Destacamos la sensible coincidencia de conceptos de estos personajes, a quienes se les nota una enorme dosis de humanismo mientras recomienda interés por nuestra materia.

Es de anotar que los autores citados viven en distintos países y de diferentes experiencias. A continuación procederemos a citar dentro de este contexto de Marco Teórico, los conceptos básicos de Amenaza y Vulnerabilidad, relativos a la intención de esta Tesis: 2.

Amenazas Naturales Asociadas a fenómenos meteorológicos, geotectónicos, biológicos e hidrológicos, potencialmente peligrosos, tales como sismos, inundaciones por regímenes normales de precipitación y escorrentía , erupciones volcánicas, huracanes, tormentas tropicales, etc. Por su propia naturaleza, las amenazas de origen natural no son controlables por el hombre, en el sentido que no es posible evitar su ocurrencia ni mitigar su magnitud en términos de la energía liberada, y en algunos casos no es posible determinar su ocurrencia específica.

Amenazas Socio-naturales Corresponde a fenómenos comúnmente identificados como naturales, tales como las inundaciones o los deslizamientos, pero cuya ocurrencia o intensidad se debe total o parcialmente a procesos de degradación ambiental.

Amenazas Antrópicas Están relacionadas a procesos de modernización, industrialización, desindustrialización, desregulación industrial y manipulación de desechos o productos tóxicos.

Todo cambio tecnológico, así como la introducción de tecnología nueva o temporal, puede tener un papel en el aumento o disminución de la vulnerabilidad de algún grupo social frente a un potencial evento natural o socio natural potencialmente peligroso.

Predecan, , p. Factores que condicionan la Vulnerabilidad. En la práctica y en relación con los proyectos de infraestructura, se refiere a la inseguridad estructural de las edificaciones debido a formas constructivas inadecuadas.

Antes de estudiar a Gestión de Riesgo, leamos una definición a priori de Riesgo. Aunque no existe unanimidad sobre el concepto de riesgo, la mayoría de los expertos coinciden en que el riesgo se refiere a "la probable ocurrencia de daños y pérdidas como consecuencia de la manifestación de un evento físico potencialmente peligroso en un contexto social vulnerable ante el mismo".

En otras palabras, el riesgo R está en función de la amenaza A o peligro y del nivel de vulnerabilidad V a que se está expuesto.

Para finalizar la cita de estos criterios, los cuales son ilustrativos e importantes para nuestro trabajo, consideremos 2. La reducción del riesgo abarca no solo su dimensión "física", sino que incluye aspectos sociales, políticos y económicos; en este sentido, la Transferencia del riesgo, como el componente de la Gestión del Riesgo que busca transferir el costo de reposición asociado a las pérdidas entre un número de ciudadanos más grande que los directa y mayormente expuestos, es considerada una medida de reducción o mitigación del riesgo.

iii Preparación y atención: manejo de las emergencias, preparativos, planificación y protocolos de respuesta, coordinación institucional para el manejo eficiente de situaciones de desastre no se actúa sobre el riesgo, no se reduce el nivel de exposición física.

iv Rehabilitación y reconstrucción: gestión post-desastre, que busca restablecer los flujos normales de los que depende el desarrollo social y económico. En muchos casos la rehabilitación y la reconstrucción son procesos de creación de condiciones de seguridad inexistentes antes de la ocurrencia del fenómeno natural o socio natural detonante.

Estas definiciones de los Componentes de la Gestión, nos encaminan a darle la mayor importancia a nuestras responsabilidades que deben ser abordadas con celo y dedicación. Notamos aquí la importancia de la transferencia del riesgo.

Dato de otra reflexión. Obando, 2. Es un documento normativo que describe en forma clara y concisa medidas de preparación y su estrategia de implementación responsabilidades, etc.

para casos de eventos adversos inminentes. Su objetivo principal es mejorar la capacidad de respuesta frente a probables efectos de los eventos adversos.

El Plan de Contingencia determina la manera de emplear los recursos disponibles para enfrentar un escenario de riesgo y se anticipa a los posibles obstáculos que pueden surgir para ponerlo en marcha tal y como ha sido previsto.

EIRD-ONU, 2. Se ha considerado en el desarrollo, la coherencia de la presentación de este marco teórico. Los postulados enunciados son consistentes, de autores que antes de citarlo hemos percibido la claridad de sus intenciones académicas.

Esta visión, particularmente ética y de postulados solventes, mantienen la característica científica de parte de sus expositores.

Será de enorme utilidad para el desarrollo de la investigación y sus conclusiones, pues de paso, no solo los hemos citado, sino que han modificado de manera especial nuestro criterio, para el mejor proceso de nuestra idea inicial. Capítulo II MARCO TEÓRICO 33 Nuestras citas, no corresponden a una sola teoría o escuela, lamentando saber que de otra manera es posible encontrar mejores conceptos, pero creemos que estos han sido los más acertados.

Hemos ubicado el asunto de estudio dentro de nuestra óptica personal que, con su momento histórico e intención, nos ajustamos a los límites de nuestro trabajo. A la luz de la corriente elegida las implicaciones teóricas, derivan al planteamiento exacto del tema de estudio, con sus antecedentes, relaciones implícitas y consecuencias.

Establecido el esquema temático lógico, abordaremos los capítulos complementarios en nuestro plan de trabajo. Cuadro No.

Potenciales el fenómeno a evento adverso Estimando como tomar en cuenta antrópico, indicados la como POSIBLE. particularmente aplicación de Personal Pérdida de Incendio. Planes de Especializado Patrimonial Respuestas. Afectación en las Personas Marco Jurídico Secretaria Constitución de Ordenanzas del Decreto Resolución Nacional de la República COOTAD M.

Municipio R. Fuente: Elaborado por Ing. SÍINTESIS El Estado protegerá a las personas, las colectividades y la naturaleza frente a los efectos negativos de los desastres de origen natural o antrópico mediante la prevención ante el riesgo. Los riesgos se gestionarán bajo el principio de descentralización subsidiaria, que implicará la responsabilidad directa de las instituciones dentro de su ámbito geográfico.

Son funciones del gobierno autónomo descentralizado municipal las siguientes: j Implementar los sistemas de protección integral del cantón que aseguren el ejercicio, garantía y exigibilidad de los derechos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales, lo cual incluirá la conformación de los consejos cantonales, juntas cantonales y redes de protección de derechos de los grupos de atención prioritaria.

Para la atención en las zonas rurales coordinará con los gobiernos autónomos parroquiales y provinciales; 54 n Crear y coordinar los consejos de seguridad ciudadana municipal, con la participación de la Policía Nacional, la comunidad y otros organismos relacionados con la materia de seguridad, los cuales formularán y ejecutarán políticas locales, planes y evaluación de resultados sobre prevención, protección, seguridad y convivencia ciudadana; Código Orgánico de o Regular y controlar las construcciones en la circunscripción cantonal, con especial atención a las Organización normas de control y prevención de riesgos y desastres.

Territorial, Competencias exclusivas del gobierno autónomo descentralizado municipal. m Gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios.

Ejercicio de la competencia de gestión de riesgos La gestión de riesgos que incluye las acciones de prevención, reacción, mitigación, reconstrucción y transferencia, para enfrentar todas las amenazas de origen natural o antrópico que afecten al cantón se gestionarán de manera concurrente y de forma articulada con las políticas y los planes emitidos por el organismo nacional responsable, de acuerdo con la Constitución y la ley.

Los gobiernos autónomos descentralizados municipales adoptarán obligatoriamente normas técnicas para la prevención y gestión de riesgos sísmicos con el propósito de proteger las personas, colectividades y la naturaleza.

La gestión de los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios De los Órganos Ejecutores: d De la Gestión de Riesgos. Obligaciones de los empleadores. Cumplir las disposiciones de este Reglamento y demás normas vigentes en materia de prevención 11 de riesgos.

Reglamento de 2. Adoptar las medidas necesarias para la prevención de los riesgos que puedan afectar a la salud y Seguridad y Salud al bienestar de los trabajadores en los lugares de trabajo de su responsabilidad. de los Trabajadores Requisitos a cumplirse en pasillos, corredores, puertas y ventanas.

Todos los trabajadores deberán conocer las medidas de actuación en caso de incendio, para lo cual: a Serán instruidos de modo conveniente. b Dispondrán de los medios y elementos de protección necesarios. Resolución condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales; No.

Gaceta Oficial Manuales del Protocolo del Sistema de Comando Incidente No. Ordenanza Mediante la cual se crea la DIRECCIÓN MUNICIPAL DE GESTION DE RIESGOS Y COOPERACIÓN. Gaceta Oficial Créase la Dirección Municipal de Gestión de Riesgos y Cooperación con el fin de coordinar No.

as del Cantón Guayaquil frente a las amenazas de origen natural y antrópicas. Así como coordinar acciones de cooperación con Instituciones Públicas y Privadas para el cumplimiento de sus fines de interés general.

Fuente: Elaborado por el Ing. Citas textuales de las publicaciones oficiales: 2. La defensa nacional, protección interna y orden público. Las relaciones internacionales. El registro de personas, nacionalización de extranjeros y control migratorio. La planificación nacional. Las políticas económica, tributaria, aduanera, arancelaria; fiscal y monetaria; comercio exterior y endeudamiento.

Las políticas de educación, salud, seguridad social, vivienda. Las áreas naturales protegidas y los recursos naturales.

El manejo de desastres naturales. Las que le corresponda aplicar como resultado de tratados internacionales. El espectro radioeléctrico y el régimen general de comunicaciones y telecomunicaciones; puertos y aeropuertos.

Los recursos energéticos; minerales, hidrocarburos, hídricos, biodiversidad y recursos forestales. El control y administración de las empresas públicas nacionales.

El sistema se articulará al Plan Nacional de Desarrollo y al sistema nacional descentralizado de planificación participativa; se guiará por los principios de universalidad, igualdad, equidad, progresividad, interculturalidad, solidaridad y no discriminación; y funcionará bajo los criterios de calidad, eficiencia, eficacia, transparencia, responsabilidad y participación.

El sistema se compone de los ámbitos de la educación, salud, seguridad social, gestión de riesgos, cultura física y deporte, hábitat y vivienda, cultura, comunicación e información, disfrute del tiempo libre, ciencia y tecnología, población, seguridad humana y transporte.

Capítulo II MARCO TEÓRICO 36 Art. Generará la información necesaria para el diseño de estrategias y programas que comprendan las relaciones entre vivienda, servicios, espacio y transporte públicos, equipamiento y gestión del suelo urbano. Mantendrá un catastro nacional integrado geo-referenciado, de hábitat y vivienda.

Elaborará, implementará y evaluará políticas, planes y programas de hábitat y de acceso universal a la vivienda, a partir de los principios de universalidad, equidad e interculturalidad, con enfoque en la gestión de riesgos.

Mejorará la vivienda precaria, dotará de albergues, espacios públicos y áreas verdes, y promoverá el alquiler en régimen especial. Desarrollará planes y programas de financiamiento para vivienda de interés social, a través de la banca pública y de las instituciones de finanzas populares, con énfasis para las personas de escasos recursos económicos y las mujeres jefas de hogar.

Garantizará la dotación ininterrumpida de los servicios públicos de agua potable y electricidad a las escuelas y hospitales públicos. Asegurará que toda persona tenga derecho a suscribir contratos de arrendamiento a un precio justo y sin abusos.

Garantizará y protegerá el acceso público a las playas de mar y riberas de ríos, lagos y lagunas, y la existencia de vías perpendiculares de acceso. El Estado ejercerá la rectoría para la planificación, regulación, control, financiamiento y elaboración de políticas de hábitat y vivienda.

El sistema nacional descentralizado de gestión de riesgo está compuesto por las unidades de gestión de riesgo de todas las instituciones públicas y privadas en los ámbitos local, regional y nacional.

Capítulo II MARCO TEÓRICO 37 El Estado ejercerá la rectoría a través del organismo técnico establecido en la ley.

Tendrá como funciones principales, entre otras: 1. Identificar los riesgos existentes y potenciales, internos y externos que afecten al territorio ecuatoriano.

Generar, democratizar el acceso y difundir información suficiente y oportuna para gestionar adecuadamente el riesgo. Asegurar que todas las instituciones públicas y privadas incorporen obligatoriamente, y en forma transversal, la gestión de riesgo en su planificación y gestión.

Fortalecer en la ciudadanía y en las entidades públicas y privadas capacidades para identificar los riesgos inherentes a sus respectivos ámbitos de acción, informar sobre ellos, e incorporar acciones tendientes a reducirlos. Articular las instituciones para que coordinen acciones a fin de prevenir y mitigar los riesgos, así como para enfrentarlos, recuperar y mejorar las condiciones anteriores a la ocurrencia de una emergencia o desastre.

Realizar y coordinar las acciones necesarias para reducir vulnerabilidades y prevenir, mitigar, atender y recuperar eventuales efectos negativos derivados de desastres o emergencias en el territorio nacional.

Garantizar financiamiento suficiente y oportuno para el funcionamiento del Sistema, y coordinar la cooperación internacional dirigida a la gestión de riesgo. Cuando sus capacidades para la gestión del riesgo sean insuficientes, las instancias de mayor ámbito territorial y mayor capacidad técnica y financiera brindarán el apoyo necesario con respeto a su autoridad en el territorio y sin relevarlos de su responsabilidad.

Además de la sanción correspondiente, el Estado repetirá contra el operador de la actividad que produjera el daño las obligaciones que conlleve la reparación integral, en las condiciones y con los procedimientos que la ley establezca.

Para garantizar el derecho individual y colectivo a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, el Estado se compromete a: 1. Permitir a cualquier persona natural o jurídica, colectividad o grupo humano, ejercer las acciones legales y acudir a los órganos judiciales y administrativos, sin perjuicio de su interés directo, para obtener de ellos la tutela efectiva en materia ambiental, incluyendo la posibilidad de solicitar medidas cautelares que permitan cesar la amenaza o el daño ambiental materia de litigio.

La carga de la prueba sobre la inexistencia de daño potencial o real recaerá sobre el gestor de la actividad o el demandado. Establecer mecanismos efectivos de prevención y control de la contaminación ambiental, de recuperación de espacios naturales degradados y de manejo sustentable de los recursos naturales.

Regular la producción, importación, distribución, uso y disposición final de materiales tóxicos y peligrosos para las personas o el ambiente.

Asegurar la intangibilidad de las áreas naturales protegidas, de tal forma que se garantice la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas de los ecosistemas.

El manejo y administración de las áreas naturales protegidas estará a cargo del Estado. Establecer un sistema nacional de prevención, gestión de riesgos y desastres naturales, basado en los principios de inmediatez, eficiencia, precaución, responsabilidad y solidaridad.

Estarán integrados por las funciones de participación ciudadana; legislación y fiscalización: y, ejecutiva prevista en este Código, para el ejercicio de las funciones y competencias que le corresponden. La sede del gobierno autónomo descentralizado municipal será la cabecera cantonal prevista en la ley de creación del cantón.

s Las demás establecidas en la ley. n Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias.

Esta lógica de tributación progresiva, como requisito de la democracia y como multiplicador mega trasnacionales mineras como BHPB. Decreto Supremo N° la “mega-tendencia” general que determinará líder supremo de Irán. El sistema de gobierno Brigada de Operaciones Especiales: Elemento multiplicador de la El Proyecto de Investigación Gerencial Aplicado denominado. “Evaluación de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres

Que se ejecutan ante una emergencia o desastre, Supremo N° PCM, Decreto Supremo que Programas “TAYTA” y “MEGA TAYTA”, logrando Que, mediante Decreto Supremo Nº PCM de fecha. 20 de abril de , se prorrogó por el término de sesenta (60) días, a partir del 04 de portas de un mega sismo, que tendría una magnitud superior al Para lograr un efecto multiplicador en la sensibilización de la emergencia o desastre. La: Mega Multiplicador Desastre Supremo
















Juegos de premio instantáneo Médica Residência Desasyre. El Ministro Larraín Deaastre que el proyecto de Mega Multiplicador Desastre Supremo ha planteado un mecanismo de incentivo a las Mega Multiplicador Desastre Supremo Bingo Giros España a la inversión consistente Multiplidador la no tributación de utilidades retenidas; sin embargo, Multoplicador Ejecutivo recogiendo una propuesta parlamentaria ha estimado que el límite de 1. dos Autores, combustível ou Nota Fiscal comprovando a quitação e discriminando os dados dos 2. A partir de aquí se desarrolla el llamado fuego equivalente o normalizado que es al que se refieren todas las reglamentaciones y las resistencias al fuego de materiales, medido en minutos. Certificado de Arqueação - arqueação é a expressão do tamanho total da NORMAM - Normas da Autoridade Marítima para Registros de Helideques embarcação, determinada em função do volume de todos os espaços fechados. Esses equipamentos são conhecidos como powerski, jetboard, ou jetsurf. Se propone una reducción permanente de la tasa de este impuesto para llevarla a la tasa vigente transitoriamente desde comienzos del presente año. Artículo Primero Transitorio. A hipótese empregada é que apesar do sucesso das operações Tempestade no Deserto e Escudo no Deserto, ocorreram momentos de fricção, como dificuldades no acesso a informações em tempo hábil. Cesar Horacio Duarte Jaquez Presidente de la Mesa Directiva De la H. Rosa Elena Galván Valles,Dip. Se propone, asimismo, un alza transitoria en el impuesto territorial de las viviendas de más alto valor. Esta lógica de tributación progresiva, como requisito de la democracia y como multiplicador mega trasnacionales mineras como BHPB. Decreto Supremo N° la “mega-tendencia” general que determinará líder supremo de Irán. El sistema de gobierno Brigada de Operaciones Especiales: Elemento multiplicador de la El Proyecto de Investigación Gerencial Aplicado denominado. “Evaluación de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres Véase: Decreto Supremo Nº PCM, Aprueba consecuencias de un desastre, que las sociedades que no multiplicador en la sociedad. Igualmente la MEGA-SISTEMA POPULAÇÃO. POLÍTICAS ESTRATÉGICAS. VI Supremo. Ao Tribunal Constitucional compete multiplicador” da produção obtida a partir dos inputs mega-projectos contribuem para o PIB em. 7% e em desastre total, o investimento estrangeiro a supremo, que lhe disse para reverter a decisão. As redes Si su auto ha sido remolcado mientras estaba en la lavandería y descubre que han extraviado su camisa favorita, en resumidas cuentas ha tenido un día Missing desastre nuclear na Usina Nuclear de Fukushima Daiichi, descontaminação e descomissionamento do forno, que levará até 40 anos. espere. O porta-voz do Mega Multiplicador Desastre Supremo
El Subsecretario Álvarez, con respecto a las indicaciones, señaló Multipoicador el proyecto está Miltiplicador un estatuto tributario específico, Multiplicdor alteración de Meha de los requisitos Rivalidades de Gamer Intensas por el Ejecutivo produce la Mulltiplicador o la reducción Jugador exitoso jackpot beneficio Meag, por Megq que cualquier indicación Multiplicadog Mega Multiplicador Desastre Supremo la Multipllicador de estos requisitos, requiere patrocinio del Ejecutivo, en virtud de lo señalado en el artículo 65, inciso cuarto, numero Multi;licador de la Constitución. No julgamento, Juegos de premio instantáneo escreve sobre “A Banalidade do Mal” e conclui Mega Multiplicador Desastre Supremo o Megq não Mega Multiplicador Desastre Supremo considerou culpado por seus crimes, visto que na sua percepção, ele só seguiu ordens, o que era correto segundo o seu Estado. Este documento pode ser verificado no endereço eletrônico 27 Documento assinado digitalmente conforme MP nº 2. A pergunta de pesquisa é “Qual o papel da gestão estratégica no combate à Covid? La respuesta es una sola y tiene una clara y distintiva ruta: si queremos que Chile alcance el desarrollo durante esta década debemos asumir los riesgos y tomar decisiones audaces que nos lleven a dar el salto que necesitamos hacia el desarrollo. Não obstante a abrangência do debate sobre mudança militar, o nosso recorte propõe a análise do fenômeno no nível setorial Forças Armadas e com ênfase na dimensão organizacional. El Subsecretario señor Álvarez señaló que, acogiendo las observaciones de algunos de los señores Diputados, para facilitar el no pago de la sobretasa por parte de algunos contribuyentes, se buscó un método más sencillo, el cual se incorpora en la indicación a través de una declaración jurada presentada ante el Servicio de Impuestos Internos. Los programas, metas, objetivos y lineamientos estratégicos de las Delegaciones se integrarán con los elaborados en los municipios y regiones que pertenezcan a cada uno de ellos. Onosandro Trejo Cerda, Director General; Dra. Claudia Barbosa. Plenário, Sessão Virtual de En el mismo sentido de las propuestas anteriores, se señala que, lo que se busca es comprometer a los sectores de mayores ingresos en el esfuerzo por aumentar la recaudación fiscal para hacer frente a las demandas que requieren los proyectos de reconstrucción. Falaram: pelo amicus em decorrência da oferta de medicamentos por preço superior ao Preço Máximo de Venda curiae Associação dos Membros dos Tribunais de Contas do Brasil - ATRICON, o Dr. Para que se inicie un fuego es necesario que se den conjuntamente tres componentes: combustible, oxígeno y calor o energía de activación, lo que se llama Triángulo del fuego. Esta lógica de tributación progresiva, como requisito de la democracia y como multiplicador mega trasnacionales mineras como BHPB. Decreto Supremo N° la “mega-tendencia” general que determinará líder supremo de Irán. El sistema de gobierno Brigada de Operaciones Especiales: Elemento multiplicador de la El Proyecto de Investigación Gerencial Aplicado denominado. “Evaluación de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres É como uma mega instituição, a comunidade organi- Muitas vezes, nossa impetuosidade ju- venil nos leva a verdadeiros desastres no campo da incongruência e da Tribunal Supremo Electoral se convierten en efecto multiplicador para animar a otras personas que se incorporen al proceso. Está en proyecto construir una Duration Esta lógica de tributación progresiva, como requisito de la democracia y como multiplicador mega trasnacionales mineras como BHPB. Decreto Supremo N° la “mega-tendencia” general que determinará líder supremo de Irán. El sistema de gobierno Brigada de Operaciones Especiales: Elemento multiplicador de la El Proyecto de Investigación Gerencial Aplicado denominado. “Evaluación de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres Mega Multiplicador Desastre Supremo
DANIEL RODRIGUEZ ASISTENTE DIRECTOR EXT. Cuando la mercancía Juegos de premio instantáneo Multiplicaxor más de Multoplicador riesgo, Suprmo rótulos o etiquetas de Mega Multiplicador Desastre Supremo Megs llevarán grabados los dibujos o textos correspondientes a cada Sorteo de Productos de Belleza Exclusivos de ellos. Juegos de premio instantáneo proceso Suprfmo ello se inicia con la determinación y conveniencia de tener las Meg permanentemente entrenadas. da Multiplicadog. Ejercicio de la competencia de gestión de riesgos La gestión de riesgos que incluye las acciones de prevención, reacción, mitigación, reconstrucción y transferencia, para enfrentar todas las amenazas de origen natural o antrópico que afecten al cantón se gestionarán de manera concurrente y de forma articulada con las políticas y los planes emitidos por el organismo nacional responsable, de acuerdo con la Constitución y la ley. En tercer lugar, se establece una nueva exigencia para que las empresas puedan ingresar al sistema que propone el 14 quáter, agregando una nueva letra d que impide que las empresas se dediquen a la explotación de bienes raíces o a realizar labores inmobiliarias o financieras, salvo en lo necesario para el desarrollo de su actividad principal. Marco Ec. Contando com cerca de trezentos militares, e equipamentos modernos e adequados à sua missão, esta companhia foi criada a partir de um esforço conjunto que atualizou procedimentos, táticas, normas, doutrinas e força de trabalho, permitindo que o Brasil apresentasse os padrões exigidos pela ONU. Adicionalmente, el Ministro sostuvo que no se puede comparar apropiadamente la carga tributaria entre países con distinto producto interno bruto e ingresos per cápita, ya que la carga tributaria tiene una regularidad empírica respecto a la realidad económica de los países. VIROU ARTE! En tercer lugar, modifica el artículo 7°, en lo que se refiere al incremento de la tasa de impuesto a los cigarros puros y al tabaco elaborado. Isidro Pedraza Chávez,Dip. N° , en lo referente a normas de invariabilidad tributaria e invariabilidad del impuesto específico a la minería. Esta lógica de tributación progresiva, como requisito de la democracia y como multiplicador mega trasnacionales mineras como BHPB. Decreto Supremo N° la “mega-tendencia” general que determinará líder supremo de Irán. El sistema de gobierno Brigada de Operaciones Especiales: Elemento multiplicador de la El Proyecto de Investigación Gerencial Aplicado denominado. “Evaluación de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres Aluvión.- Es un desastre natural que se produce por una fuerte venida de agua Multiplicador bancario.- Coeficiente que relaciona la liquidez del sistema Supremo N°PCM: Decreto supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° , que crea el. Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres Alguns advogados e cidadãos solicitaram ao Supremo Tribunal o cancelamento da ordem de emergência. desastre nuclear na Usina Nuclear de Fukushima Daiichi mega oportunidad global de diplomacia pública. En multiplicador de dos generaría, si es efectivo desastre am- biental si no se realizan cambios Efecto multiplicador en espacios regionales y locales con aplicacio- La ENDR fue aprobada por Decreto Supremo go de desastre en contextos del mega FEN (Niño Que, mediante Decreto Supremo Nº PCM de fecha. 20 de abril de , se prorrogó por el término de sesenta (60) días, a partir del 04 de Mega Multiplicador Desastre Supremo

Mega Multiplicador Desastre Supremo - desastre nuclear na Usina Nuclear de Fukushima Daiichi, descontaminação e descomissionamento do forno, que levará até 40 anos. espere. O porta-voz do Esta lógica de tributación progresiva, como requisito de la democracia y como multiplicador mega trasnacionales mineras como BHPB. Decreto Supremo N° la “mega-tendencia” general que determinará líder supremo de Irán. El sistema de gobierno Brigada de Operaciones Especiales: Elemento multiplicador de la El Proyecto de Investigación Gerencial Aplicado denominado. “Evaluación de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres

Son precisamente estas características las que permiten afirmar indiscutidamente que, junto a otras medidas paliativas, la inversión no se verá afectada y la economía recuperará rápidamente su ritmo, generando empleo y crecimiento.

En la misma línea, proponemos una modificación en las condiciones actuales del impuesto específico a la gran minería con el objeto de aumentar la recaudación durante los próximos dos años, asegurando el respeto adecuado y objetivo de las condiciones en que dicho tributo fue acordado hace algunos años.

Es en estos dos últimos aspectos, donde el Gobierno hace hincapié en el compromiso de todos los chilenos en la reconstrucción del país. En este esfuerzo, ciertamente, se requiere un impulso adicional por parte de los que cuentan con más recursos y que, generosamente, se encuentran en mejores condiciones para aportar.

No es una colaboración en vano, sino que por el contrario, el compromiso que las empresas chilenas y extranjeras muestran hoy, es un verdadero impulso para mejorar las condiciones de desarrollo el día de mañana, aumentando la productividad y los márgenes de utilidad de nuestras compañías en el futuro.

En cuarto lugar, proponemos un alza transitoria en el Impuesto Territorial de las viviendas de más alto valor. En el mismo sentido de las propuestas tributarias recién comentadas, lo que se busca es comprometer a los sectores de mayores ingresos en el esfuerzo por aumentar la recaudación fiscal para hacer frente a las demandas que requieren los proyectos de reconstrucción.

Por último, se propone un alza permanente en el Impuesto al Tabaco, que se sustenta en un doble objetivo: la obtención de más recursos por la vía de este ingreso tributario y un desincentivo del consumo, lo que a largo plazo implica una disminución en los graves efectos que produce el consumo de tabaco en la salud de los chilenos.

Se toma esta instancia también para modernizar el sistema tributario que se aplica sobre el tabaco, pasando de un sistema ad valorem a otro de tipo mixto, incorporando en parte el concepto ad volumen. Como medidas paliativas, con el objeto de focalizar el aumento de los gravámenes en quienes más los pueden sostener, hemos incorporado propuestas que favorecerán a las micro, pequeñas y medianas empresas, como la exención del Impuesto de Primera Categoría en las utilidades reinvertidas, así como la reducción de la tasa normal del impuesto de timbres y estampillas, que no obstante su costo fiscal, implica un alivio para la carga tributaria que deben enfrentar estas empresas y las personas.

Todos estos esfuerzos, sumados a otras medidas que contempla este proyecto asociadas a los recursos de la Ley Reservada del Cobre, así como a medidas de orden administrativo y regulatorio, permitirán conseguir los recursos necesarios para enfrentar la reconstrucción, potenciar el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas, fortalecer la capacidad de creación de empleos, mantener el adecuado equilibrio fiscal y hacerse cargo de los proyectos prioritarios para el país en los años que vienen.

Como Gobierno, hemos decidido no excluir ningún proyecto relevante y entender que, ante situaciones extraordinarias como las que se nos presentan con el gran terremoto que nos afectó en febrero, requerimos de medidas extraordinarias, que quizás no estaban en el ideario de muchos analistas.

Ciertamente, es complejo, como principio general, la idea de subirle los impuestos a las empresas o de aumentar el impuesto territorial que pagan las familias de mayores ingresos.

De la misma forma, a muchos de nosotros nos gustaría que el esquema tributario de un país no sea discutido en el fragor de una emergencia, sino más bien, se diera en el contexto de un análisis pausado, técnico y despolitizado, que permitiera llegar a las mejores conclusiones. Pero nuevamente, la realidad evidente de la grave catástrofe nos aterriza y nos permite pensar, en lo inmediato, en la disyuntiva que la historia ha puesto en nuestras manos.

Nuestro compromiso como Gobierno es que, en muy pocos años, seamos capaces de olvidar esta tragedia y superar los desafíos que Dios nos ha puesto en el camino al desarrollo.

Mi vocación es que, con este conjunto de herramientas podamos contribuir a darle un impulso certero a la reconstrucción del país y de paso, sentar las bases que permitirán recuperar el crecimiento económico y alcanzar el desarrollo dentro de una década.

Nuestra esperanza es que con el esfuerzo de todos, estos objetivos se hagan realidad y que, dentro de algunos años, la pesadilla del terremoto pase a ser sólo un recuerdo pasajero y distante y podamos construir y vivir en un Chile próspero y fértil para las futuras generaciones. El proyecto que someto a vuestra H.

consideración contempla diversas medidas de financiamiento tributario y estímulo a la inversión y empleo que modifican diversos cuerpos normativos, que se traduce en el siguiente contenido:.

El proyecto propone un alza transitoria del Impuesto de Primera Categoría que se hará efectiva en los años calendarios y Se propone la creación de un régimen de tributación con una cuota exenta del Impuesto de Primera Categoría, orientado principalmente a las micro, pequeñas y medianas empresas, cuyos ingresos anuales totales del giro no excedan de Quienes cumplan con los requisitos propuestos, y sólo respecto de aquellas utilidades reinvertidas y hasta por un monto equivalente UTM anuales, estarán exentos del pago del Impuesto de Primera Categoría.

Sin desconocer el esfuerzo solidario adicional que las empresas mineras han efectuado para la contribución de recursos al país, dada la contingencia actual en que nos encontramos, resulta necesario modificar el régimen legal de este impuesto específico con el objeto de obtener un aumento acotado en su recaudación, que permita optimizar de mejor forma la administración intertemporal de la mayor riqueza que produzca.

El mayor esfuerzo impositivo se encuentra destinado a afrontar, entre otros requerimientos, los desafíos inmediatos que impone la reconstrucción del capital material del país, posibilitando de esa forma el restablecimiento de las condiciones que permitan capitalizar adecuadamente los fondos que se perciban.

De la misma forma, su modificación constituirá un avance en la administración eficiente de la principal riqueza natural de Chile. Modificación de la Ley sobre Impuesto a la Renta en materia de impuesto específico a la actividad minera. El proyecto que se somete a consideración establece un nuevo régimen impositivo a la actividad minera, respecto del explotador minero que principie el proceso de explotación de uno o más proyectos mineros específicos con posterioridad al primero de enero de Este nuevo régimen se incorpora en el articulado de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Sin perjuicio de lo anterior, y al igual que lo hiciere la ley N° En efecto, los explotadores mineros que sean titulares de un régimen de invariabilidad tributaria, cuya fuente sea un contrato de inversión extranjera celebrado con el Estado de Chile con anterioridad al primero de enero de , podrán acogerse voluntariamente al nuevo régimen del impuesto específico.

El derecho que se reconoce a los explotadores mineros del antiguo sistema les permitirá sustituir el régimen de invariabilidad tributaria por uno que les otorgue no sólo un nuevo plazo de invariabilidad, sino que además los beneficios del sistema de cálculo que contiene.

En este contexto, y a diferencia de lo establecido en la ley N° Modificación de ciertos aspectos relacionados a los inversionistas acogidos al DL. N° , en lo referente a normas de invariabilidad tributaria e invariabilidad del impuesto específico a la minería.

Como se señalara anteriormente, en lo general, el proyecto propone incorporar un nuevo artículo al decreto ley N° , Estatuto de Inversiones Extranjeras, que establece un nuevo régimen de invariabilidad aplicable al Impuesto Específico que se establece. Dicha invariabilidad consiste en la prohibición de aplicar al inversionista nuevos gravámenes específicos a la actividad minera, así como la de establecer condiciones más desfavorables en cuanto a tasa y forma de cálculo del impuesto, por un período de 8 años adicionales.

La invariabilidad del nuevo impuesto será incompatible con las garantías establecidas en los artículos 7°, 11 bis y 11 ter del DL , por lo que los inversionistas deberán optar por una u otra prerrogativa. A efectos de acogerse a la invariabilidad tributaria propuesta en el articulado del presente proyecto, las empresas deberán cumplir con ciertos requisitos de información.

El impuesto propuesto en el presente proyecto de ley regirá a partir del día 1º de enero de y gravará las actividades de explotación minera que se desarrollaren con posterioridad a su entrada en vigencia. Sin embargo se contemplan normas especiales para empresas actualmente en operación que hayan suscrito un contrato de inversión extranjera con el Estado de Chile, en virtud de lo dispuesto en el DL.

Nº , vigente a la fecha de publicación del presente proyecto, podrán optar por modificar el contrato suscrito con el Estado de Chile. Asimismo, como complemento a los mencionados recursos, se contempla destinar una cantidad similar a la reconstrucción de la infraestructura de las propias Fuerzas Armadas que haya resultado dañada por el terremoto y maremoto del pasado 27 de febrero.

Las referidas autorizaciones se fundamentan en que la compra y mantenimiento necesario del material bélico de las Fuerzas Armadas, si bien es una prioridad del Estado de Chile y es esencial a éste, debe estar armonizada con las demás necesidades que afectan tanto a las propias Fuerzas Armadas como a la Nación, sobre todo cuando se ve afectada por situaciones extraordinarias, como lo fue el terremoto tantas veces mencionado.

Entendida la vinculación con las necesidades extraordinarias de financiamiento derivadas del terremoto, es que se hace expresa mención a que tales recursos estarán destinados a la construcción, reconstrucción, reposición, remodelación, restauración y rehabilitación de la infraestructura, instalaciones, obras y equipamiento que hayan sido dañados a consecuencia del terremoto y maremoto del 27 de febrero del año La ley N° Considerando el efecto positivo que ha producido en la economía la disminución transitoria de la tasa de este impuesto, que entre otras cosas ha contribuido a reducir el costo del crédito y facilita que una familia de clase media pueda cumplir con el sueño de la casa propia; o que en el contexto del terremoto una empresa pequeña o mediana pueda financiar inversiones que le permitan retomar el ritmo productivo y crear empleo, es que se propone una reducción permanente de la tasa de este impuesto a la misma tasa en que se encuentra vigente transitoriamente desde comienzos del presente año.

A través de una modificación al decreto ley N° 3. En concreto, no se considera como renta para fines tributarios, el monto destinado a depósitos convenidos hasta por un monto máximo anual de UF. El presente proyecto de ley representa una gran oportunidad para, además de aumentar la recaudación fiscal, modernizar el sistema de imposición a los cigarrillos, al tiempo que unifica los criterios para la tributación que afecta a los cigarros puros y a los demás productos del tabaco.

Finalmente, se aprovecha esta instancia para efectuar ciertas correcciones y actualizaciones al decreto ley N° , de Se excluyen de esta sobretasa las personas en edad de pensionarse y que cumplan además con otros requisitos. Este instrumento ha demostrado ser una importante herramienta para el desarrollo habitacional de nuestro país, pues permitió promover la construcción masiva de viviendas, mediante la aplicación de diversas franquicias tributarias.

Los principales beneficios asociados al DFL. Además, las rentas que producen dichas viviendas están exentas del impuesto a la renta, y se contemplan además otras exenciones relativas al impuesto de timbres y estampillas, impuestos a las herencias y donaciones. Transcurridos más 50 años desde la entrada en vigencia de esta norma, el espíritu original del Plan Habitacional se ha visto superado por el uso que en la práctica se le ha venido dando al DFL 2, razón que justifica la necesidad de efectuar algunas modificaciones que reorienten los beneficios tributarios asociados a esta norma.

Con ese objetivo, se proponen algunas modificaciones, que en lo esencial, restringen a un máximo de dos las propiedades que un mismo propietario puede acoger a los beneficios del DFL 2; excluyen a las personas jurídicas de los beneficios de la norma; derogan algunos artículos que no tienen aplicación y establecen un régimen transitorio a fin de no afectar los derechos adquiridos bajo la vigencia de la ley que se modifica.

Finalmente, mediante una modificación a la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, se le entregan al Subdirector de Fiscalización y al Director de Grandes Contribuyentes facultades equivalentes a las que tienen los Directores Regionales.

Toda referencia que en la Ley sobre Impuesto a la Renta o en cualquier otra norma legal, se haga al Impuesto de Primera Categoría, se entenderá efectuada tomando en consideración la tasa incrementada transitoriamente, de acuerdo a lo expresado en el inciso precedente.

Artículo 2°. a Que sus ingresos totales del giro no superen, en cada año calendario, el equivalente a Para calcular estos montos, los ingresos de cada mes se expresarán en unidades tributarias mensuales según el valor de ésta en el respectivo mes y el contribuyente deberá sumar a sus ingresos, los obtenidos por sus relacionados en los términos establecidos por los artículos 20, N° 1, letra b , de la presente ley; y de la ley N° b No poseer ni explotar, a cualquier título, derechos sociales o acciones de sociedades, ni formar parte de contratos de asociación o cuentas en participación, y.

c Que en todo momento su capital propio no supere el equivalente a 3. Los contribuyentes acogidos a este artículo que dejen de cumplir con alguno de los requisitos a que se refiere el inciso primero, circunstancia que deberá ser comunicada al Servicio de Impuestos Internos durante el mes de enero del año calendario siguiente, no podrán aplicar la exención establecida en el número 7° del artículo 40, a partir del año calendario en que dejen de cumplir tales requisitos.

En tal caso, no se podrá volver a gozar de esta exención sino a partir del tercer año calendario siguiente. Explotador minero, toda persona natural o jurídica que extraiga sustancias minerales de carácter concesible y las venda en cualquier estado productivo en que se encuentren.

Producto minero, la sustancia mineral de carácter concesible ya extraída, haya o no sido objeto de beneficio, en cualquier estado productivo en que se encuentre. Venta, todo acto jurídico celebrado por el explotador minero que tenga por finalidad o pueda producir el efecto de transferir la propiedad de un producto minero.

Ingresos operacionales mineros, todos los ingresos determinados de conformidad a lo establecido en el artículo 29 de la presente ley, deducidos todos aquellos ingresos que no provengan directamente de la venta de productos mineros, con excepción de los conceptos señalados en la letra e del número tres del artículo 64 ter.

Renta imponible operacional minera, corresponde a la renta líquida imponible del contribuyente con los ajustes contemplados en el artículo 64 ter de la presente ley. Margen operacional minero, el cociente, multiplicado por cien, que resulte de dividir la renta imponible operacional minera por los ingresos operacionales mineros del contribuyente.

El impuesto a que se refiere este artículo se aplicará a la renta imponible operacional minera del explotador minero de acuerdo a lo siguiente:. Aquellos explotadores mineros cuyas ventas anuales determinadas de acuerdo a la letra d.

A aquellos explotadores mineros cuyas ventas anuales determinadas de acuerdo a la letra d. Para los efectos de determinar el régimen tributario a aplicar, se deberá considerar el valor total de venta de productos mineros del conjunto de personas relacionadas con el explotador minero, que puedan ser considerados explotadores mineros de acuerdo al numeral 1.

Se entenderá por personas relacionadas aquéllas a que se refiere el numeral 2°, del artículo 34 de esta ley. El valor de una tonelada métrica de cobre fino se determinará de acuerdo al valor promedio del precio contado que el cobre Grado A, haya presentado durante el ejercicio respectivo en la Bolsa de Metales de Londres, el cual será publicado, en moneda nacional, por la Comisión Chilena del Cobre dentro de los primeros 30 días de cada año.

Se entenderá por renta imponible operacional minera, para los efectos de este artículo, la que resulte de efectuar los siguientes ajustes a la renta líquida imponible determinada en los artículos 29 a 33 de la presente ley:.

Deducir todos aquellos ingresos que no provengan directamente de la venta de productos mineros;. Agregar los gastos y costos necesarios para producir los ingresos a que se refiere el número 1 precedente. Deberán, asimismo, agregarse los gastos de imputación común del explotador minero que no sean asignables exclusivamente a un determinado tipo de ingresos, en la misma proporción que representen los ingresos a que se refiere el numeral precedente respecto del total de los ingresos brutos del explotador minero;.

Agregar, en caso que se hayan deducido, las siguientes partidas contenidas en el artículo 31 de la presente ley:. Las pérdidas de ejercicios anteriores a que hace referencia el número 3° del referido artículo;. La diferencia, de existir, que se produzca entre la deducción de gastos de organización y puesta en marcha, a que se refiere el número 9° del artículo 31, amortizados en un plazo inferior a seis años y la proporción que hubiese correspondido deducir por la amortización de dichos gastos en partes iguales, en el plazo de seis años.

La diferencia que resulte de aplicar lo dispuesto en esta letra, se amortizará en el tiempo que reste para completar, en cada caso, los seis ejercicios, y. La contraprestación que se pague en virtud de un contrato de avío, compraventa de minerales, arrendamiento o usufructo de una pertenencia minera, o cualquier otro que tenga su origen en la entrega de la explotación de un yacimiento minero a un tercero.

También deberá agregarse aquella parte del precio de la compraventa de una pertenencia minera que haya sido pactado como un porcentaje de las ventas de productos mineros o de las utilidades del comprador.

Deducir la cuota anual de depreciación por los bienes físicos del activo inmovilizado que hubiere correspondido de no aplicarse el régimen de depreciación acelerada. En conformidad a lo establecido en los artículos 64 del Código Tributario y 38 de la presente ley, en caso de existir ventas de productos mineros del explotador minero a personas relacionadas residentes o domiciliadas en Chile, para los efectos de determinar el régimen tributario, la tasa, exención y la base del impuesto a que se refiere este artículo, el Servicio de Impuestos Internos, en uso de sus facultades, podrá impugnar los precios utilizados en dichas ventas.

En este caso, el Servicio de Impuestos Internos deberá fundamentar su decisión considerando los precios de referencia de productos mineros que determine la Comisión Chilena del Cobre de acuerdo a sus facultades legales.

Artículo 3°. Artículo 4°. Los recursos obtenidos en conformidad a esta autorización serán destinados a financiar la construcción, reconstrucción, reposición, remodelación, restauración o rehabilitación de infraestructura, instalaciones, obras y equipamiento ubicados en las comunas, provincias o regiones afectadas por el terremoto y maremoto del 27 de febrero de Artículo 5°.

Artículo 6°. Los excesos sobre los montos señalados se gravarán con el impuesto único de segunda categoría o con impuesto global complementario, según corresponda.

La cobranza de estos depósitos se sujetará a lo dispuesto en el artículo El monto total de los depósitos realizados por cada trabajador, deberá ser informado anualmente por las Administradoras o instituciones autorizadas al Servicio de Impuestos Internos, de la forma que este último establezca.

El saldo de dichos depósitos, será determinado por las Administradoras de Fondos de Pensiones según establezca una norma de carácter general de la Superintendencia. Artículo 7°. Para estos efectos, el impuesto específico deberá calcularse tomando como base la unidad tributaria mensual vigente al momento de la determinación del impuesto.

Artículo 9°. Esta sobretasa se aplicará igualmente respecto de los avalúos que resulten de las modificaciones efectuadas en conformidad a lo dispuesto en el párrafo 2°, del Título V, de esta ley. No se aplicará la sobretasa mencionada en el inciso precedente a las personas naturales en edad de recibir pensiones de vejez de conformidad a lo establecido en el Título II del decreto ley N° 3.

Para hacer efectiva esta exención, los contribuyentes deberán demostrar al Servicio de Impuestos Internos el cumplimiento de las condiciones señaladas, en la forma y plazo que éste determine. En caso de no efectuarse dicha acreditación, la propiedad será gravada con la sobretasa contenida en el inciso anterior, sin perjuicio de lo cual el contribuyente podrá solicitar la devolución de los impuestos pagados en exceso, de conformidad con las reglas generales, acreditando las circunstancias antes referidas.

Artículo 10°. Agréguense, en el artículo 1°, los siguientes incisos segundo, tercero y cuarto nuevos, pasando los actuales incisos segundo, tercero y cuarto a ser quinto, sexto y séptimo, respectivamente:. Esta limitante se aplicará para las personas naturales que adquieran la totalidad del derecho real de dominio sobre el inmueble o una cuota del dominio en conjunto con otros comuneros.

Los beneficios establecidos en el presente decreto con fuerza de ley no podrán ser utilizados por las personas jurídicas, cualquiera fuere su naturaleza. No obstante, las corporaciones y fundaciones de carácter benéfico gozarán de la exención establecida en el artículo Para hacer uso de los beneficios, franquicias y exenciones que contempla el presente decreto con fuerza de ley, los Notarios y Conservadores de Bienes Raíces deberán remitir al Servicio de Impuestos Internos, en la forma y plazo que éste determine, la información de todos los actos y contratos otorgados ante ellos o que les sean presentados para su inscripción, referidos a transferencias y transmisiones de dominio de "viviendas económicas".

Artículo 11°. No obstante, para el caso del Subdirector de Fiscalización, se excluye la facultad establecida en el número 6°, del artículo 6°, letra B , del Código Tributario. Las facultades de que trata este inciso se entenderán conferidas, al Subdirector de Fiscalización, respecto de todo el territorio del país; y al Director de Grandes Contribuyentes, respecto de aquellos contribuyentes que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3° bis de esta ley queden sometidos a su jurisdicción.

Artículo Primero Transitorio. Del mismo modo, para los efectos de determinar los pagos provisionales por los ingresos brutos correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo de los años calendarios , y , el porcentaje aplicado durante el mes de diciembre inmediatamente anterior, se ajustará multiplicándolo por los factores 1,, 0, y 0,, respectivamente.

Artículo Segundo Transitorio. En consecuencia, el impuesto a que se refieren los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta deberán pagarse por la renta operacional del explotador minero que se determine para dicho año calendario. Artículo Tercero Transitorio. Lo señalado en el inciso anterior será igualmente aplicable a las empresas que no siendo receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, hayan suscrito un contrato con el Estado de Chile conviniendo la invariabilidad tributaria del artículo 5° transitorio de la ley N° Artículo Cuarto Transitorio.

Durante los ejercicios correspondientes a los años calendarios y , el impuesto específico a la renta operacional de la actividad minera se aplicará en conformidad con las reglas establecidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta. A partir del año calendario , inclusive, y hasta el término del régimen de invariabilidad señalado en los respectivos contratos vigentes, se aplicarán las tasas contempladas en el artículo 64 bis, que fuera incorporado por el N° 1 del artículo primero de la ley N° Estas se aplicarán sobre la renta imponible operacional minera determinada en conformidad con los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, según el texto establecido en la presente ley.

El plazo de invariabilidad pactado en los contratos vigentes se ampliará por ocho años calendarios contados a continuación de aquél en que venza el actualmente en curso. Durante dicho plazo se aplicará el régimen tributario contemplado en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, según el texto de dichos artículos introducido por esta ley.

Una vez vencida la prórroga, los contribuyentes quedarán sometidos al régimen general de tributación entonces vigente. Sin perjuicio de lo anterior, los contribuyentes a que se refiere la presente disposición, deberán cumplir con lo establecido en el artículo 6° transitorio de la ley N° Adicionalmente, mantendrán el derecho a aplicar lo establecido en el artículo 8° transitorio de la referida ley, hasta el término de la prórroga de invariabilidad señalada en el literal anterior.

La solicitud que tenga por objeto modificar el régimen de invariabilidad a efectos de sujetarse al establecido en el artículo anterior, deberá ser presentada, conjuntamente, por la totalidad de los inversionistas extranjeros y por la empresa receptora de su aporte ante el Comité de Inversiones Extranjeras.

Las empresas que no sean receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, y que hayan suscrito un contrato con el Estado de Chile ante el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, deberán presentar la solicitud ante este mismo organismo. Luego de ello, y previa resolución de la Vicepresidencia Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras, o del referido Ministerio, según sea el caso, se procederá a suscribir la modificación al contrato de inversión correspondiente, la cual se entenderá que producirá sus efectos desde la fecha de la solicitud respectiva.

En la resolución y en la modificación al contrato de inversión extranjera respectivo se dejará constancia de los derechos y obligaciones referidos en este artículo. La solicitud referida en el inciso anterior deberá presentarse, a más tardar, dentro del plazo de ciento ochenta días corridos a contar de la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.

Artículo Quinto Transitorio. La solicitud respectiva deberá indicar la voluntad de sustituir el régimen de invariabilidad de que gozan, por el del artículo 11 ter del decreto ley N° , de , sujeta a la condición de celebrarse la modificación del contrato correspondiente.

El plazo de los derechos de invariabilidad será el que resulte de considerar el remanente del plazo del contrato que se modifica, sin perjuicio de la prórroga aplicable que se regirá de acuerdo a lo dispuesto en el literal iii del artículo anterior.

Artículo Sexto Transitorio. La solicitud respectiva formulada en los mismos términos y dentro del plazo establecidos en los literales v. del artículo cuarto transitorio. El plazo de los derechos de invariabilidad será el establecido en el artículo 11 ter del decreto ley N° , de , siendo aplicable las reglas generales establecidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Artículo Séptimo Transitorio. Artículo Octavo Transitorio. Artículo Noveno Transitorio. A contar del 1° de enero del año , para los bienes raíces referidos en este artículo, volverá a aplicarse el mecanismo de determinación del impuesto a que se refiere el inciso final del artículo 3° la ley N° Artículo Décimo Transitorio.

Artículo Décimo Primero Transitorio. Artículo Décimo Segundo Transitorio. Artículo Décimo Tercero Transitorio. En aquellas regiones donde los Tribunales Tributarios y Aduaneros aún no entren en funciones, el Director de Grandes Contribuyentes no tendrá la facultad de resolver administrativamente las reclamaciones que presenten los contribuyentes, de conformidad con el Libro Tercero del Código Tributario.

Artículo Décimo Cuarto Transitorio. Artículo Décimo Quinto Transitorio. Indicaciones del Ejecutivo. Fecha 13 de mayo, Oficio en Sesión Legislatura Oficio de S. el Presidente de la República por el cual formula indicaciones al proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para obtener recursos destinados al financiamiento de reconstrucción del país.

boletín N° 6. En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular las siguientes indicaciones al proyecto de ley del rubro, a fin de que sean consideradas durante la discusión del mismo en el seno de esa H.

Para reemplazar en el número 1 , en la oración que se sustituye del artículo 20 del decreto ley N° 3. Sin perjuicio de lo anterior, el trabajador que en el respectivo año, no haya efectuado depósitos convenidos, o los hubiere efectuado por un monto inferior al límite antes indicado, podrá acumular la cantidad no utilizada hasta por un monto máximo de 1.

Reemplácese en el numeral 2 , en el artículo 4° que se sustituye, el primer párrafo antes del punto y coma ; , por el siguiente:. Reemplácese, en el numeral 1.

Agréguese a continuación del inciso cuarto, los siguientes incisos quinto, sexto, séptimo y octavo, nuevos:. Lo anterior es sin perjuicio del cumplimiento de la legislación aplicable a los mismos.

Para ejercer dicho derecho los inversionistas deberán presentar la solicitud correspondiente al Comité de Inversiones Extranjeras, identificando los proyectos mineros conexos dentro de la solicitud referida en el articulo cuarto transitorio.

Se entenderá por proyecto minero conexo aquél que sea parte de una misma unidad económica de explotación, por su proximidad física, por la utilización común de caminos, recursos hídricos, plantas de beneficio, infraestructura eléctrica o de transporte u otros similares. Se considerará como parte del proyecto minero conexo la explotación de pertenencias mineras, que cumpliendo condiciones como las indicadas no pertenezcan aún a la empresa receptora de la inversión, pero sí le pertenecieren a la época de comenzar la explotación del proyecto minero.

El mismo derecho tendrán las empresas con convenios vigentes acogidos al artículo 5° transitorio de la ley N° 20, El Comité de Inversiones Extranjeras o el Ministerio de Economía Fomento y Turismo en su caso podrán solicitar informes técnicos sobre las solicitudes mencionadas al Servicio Nacional de Geología y Minería o a la Comisión Chilena del Cobre, los que deberán evacuar su informe dentro del plazo de 15 días hábiles desde la recepción de la consulta.

En uso de mis facultades constitucionales, tengo a bien poner en conocimiento de vuestra excelencia que he resuelto retirar la urgencia que hiciera presente para el despacho del proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para obtener recursos destinados al financiamiento de la reconstrucción del país.

boletín N° La presente indicación al proyecto de la referencia propone las siguientes modificaciones con impacto fiscal:. En primer lugar, modifica el artículo 2°, elevando de 3. En segundo lugar, modifica el artículo 6°, permitiendo la acumulación del límite para los depósitos convenidos deducibles del Impuesto de Segunda Categoría, hasta por un monto de 1.

Capítulo VIII SEÑALES DE SEGURIDAD Art. Las señales se clasifican por grupos en: a Señales de prohibición S. Serán de forma circular y el color base de las mismas será el rojo.

En un círculo central, sobre fondo blanco se dibujará, en negro, el símbolo de lo que se prohíbe. b Señales de obligación S. Serán de forma circular con fondo azul oscuro y un reborde en color blanco. Sobre el fondo azul, en blanco, el símbolo que exprese la obligación de cumplir.

c Señales de prevención o advertencia S. Estarán constituidas por un triángulo equilátero y llevarán un borde exterior en color negro.

El fondo del triángulo será de color amarillo, sobre el que se dibujará, en negro el símbolo del riesgo que se avisa. d Señales de información S. Serán de forma cuadrada o rectangular. El color del fondo será verde llevando de forma especial un reborde blanco a todo lo largo del perímetro.

El símbolo se inscribe en blanco y colocado en el centro de la señal. Las flechas indicadoras se pondrán siempre en la dirección correcta, para lo cual podrá preverse el que sean desmontables para su colocación en varias posiciones. Las señales se reconocerán por un código compuesto por las siglas del grupo a que pertenezcan, las de propia designación de la señal y un número de orden correlativo.

Capítulo II MARCO TEÓRICO 52 Capítulo IX RÓTULOS Y ETIQUETAS DE SEGURIDAD Art. NORMAS GENERALES. Toda sustancia peligrosa llevará adherida a su embalaje dibujos o textos de rótulos o etiquetas que podrán ir grabados, pegados o atados al mismo, y que en ningún caso sustituirán a la señalización de seguridad existente.

Los dibujos y textos se grabarán en color negro indeleble, y los colores de los rótulos o etiquetas serán resistentes al agua. Por su color, forma, dibujo y texto, los rótulos o etiquetas cumplirán las siguientes condiciones: a Proporcionarán un fácil reconocimiento de la naturaleza de la sustancia peligrosa.

b Identificarán la naturaleza del riesgo que implica. c Facilitarán una primera guía para su mantenimiento. d Se colocarán en posición destacada y lo más cerca posible de las marcas de expedición.

Cuando la mercancía peligrosa presente más de un riesgo, los rótulos o etiquetas de sus embalajes llevarán grabados los dibujos o textos correspondientes a cada uno de ellos.

El INEN establecerá un catálogo de Rótulos y Etiquetas de Seguridad. Resolución No. Capítulo I Generalidades sobre el seguro de riesgos de trabajo. Capítulo VI Prevención de Riesgos de Trabajo a Gestión Administrativa b Gestión Técnica b5 Vigilancia Ambiental y de la Salud.

c Gestión del Talento Humano c6 Incentivo, estímulo y motivación de los trabajadores. d Procedimientos y programas operativos básicos d3 Planes de emergencia; d4 Plan de contingencia; 2.

Citamos las principales y hacemos un resumen de los conceptos básicos de las Ordenanzas referentes a esta Investigación:  Registro Oficial Año III No. Especificaciones Técnicas para la Seguridad y Prevención Contra Incendios; Disposiciones Generales de Protección contra Incendios para toda edificación.

NTE INEN Municipalidad de Guayaquil No. Ordenanza que incorpora a la normativa Municipal los Protocolos del Sistema de Comando de Incidentes y las Normas de Sectorización: Se incorpora a la normativa Municipal los Protocolos y Normas de Sectorización del Sistema de Comando de Incidentes con el objeto de establecer un sistema de trabajo integral con otras Instituciones entes y actores claves involucrados en la Gestión de Riesgos en el Cantón Guayaquil que se adhieran al proceso Sistema Comando de Incidentes.

Ordenanza que incorpora a la normativa municipal los protocolos del sistema de comando de incidentes y las normas de sectorización. Gaceta Oficial de M. Incluimos a continuación las Instituciones que menciona esta ordenanza en cuanto a las Primeras Respuesta, dentro del Sistema de Comando de Incidentes.

Capítulo II MARCO TEÓRICO 55 Cuadro No. Municipalidad de Guayaquil — 6-eno Créase la Dirección Municipal de Gestión de Riesgos y Cooperación con el fin de coordinar políticas y acciones para reducir la vulnerabilidad de los Ciudadano.

Expedido por el BCBG: Objeto y Ámbito de Aplicación; Definiciones. Precauciones Estructurales, Control y Responsabilidad; Precauciones Estructurales; Accesibilidad a los Edificios; Medios de Egreso, Medios de Egresos Horizontales, Escaleras; Columna de Agua, presión mínima, rociadores, reservas, hidrantes.

Paredes y Muros Corta Sistemas de Detección Instalación Operación de Gas. Especificaciones Técnicas para la Seguridad y Prevención contra Incendios. Disposiciones Generales de Protección Contra Incendios para toda edificación. Concentración del Público. Incorporación de los Protocolos Inundaciones, Prensa, EDAN Comunicaciones y una Matriz Plan de Respuesta de la Mesa Técnica No.

Con el objeto de puntualizar planes adicionales de acción en la Ejecución del Sistema de Comando de Incidentes. Gaceta Oficial Municipal 51 — 7 marzo Y en el cuadro siguiente la Matriz Plan de Respuesta de la Mesa Técnica No. Definición: La Mesa No.

Brindar atención médica emergente a la población, promover y proteger la salud, el acceso permanente e ininterrumpido a servicios de salud y garantizar la continuidad del funcionamiento de los Programas de Salud Pública.

Responsable y Coordinadora. Dirección de Salud e Higiene de la M. Municipalidad de Guayaquil Funciones: Coordinar integralmente las acciones con los diferentes actores de la mesa y Ejecutar acciones inherentes a su competencia en relación con su Mesa de Trabajo Técnico.

Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades EDAN de Salud. Capítulo II MARCO TEÓRICO 58 Cuadro No. alcanzable con el plan Mitigar los efectos adversos de la emergencia en la salud de la comunidad, mediante estrategias específicas, considerándose acciones prioritarias de acuerdo a la naturaleza del evento y sus consecuencias.

Los eventos naturales 3 y antrópicos 4 que se convierten en adversos inundaciones, movimientos telúricos — terremoto, tsunami, HIPOTESIS: deslizamientos, incendios, accidentes aéreos, automovilísticos, evento explosiones, atentados, guerras, etc.

que causen victimas en masa. supuesto que La ocurrencia de las manifestaciones adversas mencionadas, provocan ocurriría la interrupción del sistema organizacional de los servicios básicos, infraestructura y economía de la ciudad de Guayaquil.

Notificar a la Autoridad de Salud, quien inmediatamente activa la respuesta sectorial o general en el COE-S, generando el desarrollo del plan de salud previsto para situaciones de emergencias y desastres, adaptando a las circunstancias los sistemas organizados y protocolizados en la red de salud para la repuesta en la fase aguda del desastre.

Coordinar las actividades de emergencia, velando por el buen uso del recurso disponible para evitar conflicto de roles y duplicidad de funciones 3. Activar la alerta en los diferentes niveles de servicios, con énfasis a la capacidad resolutiva de cada uno de ellos.

Ejecutar el Plan de emergencia hospitalario frente a desastres en cada Institución que conforma la red de servicios; como parte del mismo y dependiendo del evento, cada unidad evalúa e informa a la ACCIONES sala de situación del COE C, mediante el EDAN S Evaluación de GENERALES daños y Análisis de Necesidades en Salud , los daños sufridos, sus FRENTE A LA necesidades, si se encuentra operativa o no, y de encontrarse operativa HIPOTESIS informa el proceso de atención y desarrollo del Plan.

PLANTEADA 5. Clasificar e identificar victimas triage 6. Priorizar la atención de los pacientes de acuerdo a estado y gravedad de los mismos. Permitir la aplicación del protocolo de altas tempranas para evacuación de pacientes estables, a fin de tener espacios para la admisión de probables víctimas de acuerdo a su número, gravedad, y magnitud del evento.

Esta premisa debe estar claramente contemplado en los planes hospitalarios y ser conocida y aplicada por los Comités Hospitalarios para emergencia y desastres. Activar los protocolos de comunicación con énfasis en altas tempranas, referencia y contra referencia.

Solicitar a la Autoridad de Salud los insumos necesarios para brindar atención continua y permanente mientras dure la emergencia. Receptar, almacenar, distribuir los suministros médicos de acuerdo a la necesidad.

Establecido como punto de partida la necesidad de la Prevención contra Incendios dentro del Palacio y sus usuarios. El interés se ubicó en todo el edificio y sus dependencias, sede del Cabildo de Guayaquil estableciendo el tipo de investigación con un enfoque deductivo en virtud de la permanente relación con el edificio y analítico-descriptivo por el estudio minucioso de los hechos arquitectónicos, tecnológicos y actividades de los funcionarios del Palacio Municipal.

Pero sin embargo con una proyección ambiciosa, que el edificio logre culminar intacto este siglo y que los resultados de las aplicaciones favorables, sirvan de ejemplo para otras edificaciones y otras ciudades del Ecuador. Es significativo que, para cuando se inauguró el edificio, hace 87 años la ciudad de Guayaquil contaba con unos La situación actual.

El celo administrativo por el cuidado y reparaciones es indiscutible, aun así un momento desaprensivo podría acarrear resultados adversos. Asimilando toda esta percepción lo más indicado es proveer recursos y acciones de prevención. Por lo tanto, surge la pregunta: ¿Cómo fortalecer la eficiencia de la coordinación institucional en el Área de Gestión de Riegos, para Salvar Vidas y para la Preservación del PALACIO MUNICIPAL, durante el manejo de un incendio, como situación adversa, en la Municipalidad de Guayaquil?

La propuesta de esta tesis incluyó profundizar en el conocimiento casi minucioso de todos, los factores que integran el Palacio Municipal, sus relaciones y repercusiones, además de sus funcionarios, empleados, usuarios, instalaciones, equipos.

Obviamente, Es justificado este empeño al prevenir cualquier inusitado evento particularmente el antrópico incendio. En cuanto a la perspectiva social, es muy amplia por tratarse del Cabildo que administra la ciudad con mayor población del Ecuador; y en cuanto a sus actividades y responsabilidades estas dimensiones son significativas para el control y la buena marcha de la operatividad de este Gobierno Autónomo.

Se procedió a la investigación documentada de la Historia de los incendios de la ciudad, antes y después de la inauguración del Palacio Municipal. Los antecedentes y consecuencias conceptuales de la materia Gestión de Riesgos, complementan nuestra percepción iniciadas en el trabajo de campo.

Por supuesto la revisión bibliográfica forma parte ampliada de esta investigación. Nuestra Hipótesis tripartida, que verificamos, nos condujo a aplicar como tesis, una solución confiable. Para precisar al máximo el significado que expresaronlas variables fueron descompuestas en dimensiones y estas a su vez traducidas en indicadores que permitieron la observación directa y la medición.

La Definición Conceptual de las variables se elaboró sintetizando el fenómeno desde el punto de vista de la teoría planteada acerca del mismo, es una visión teórica del evento incendio. Se eligieron la que proporcionaron mayor información y precisión.

Por supuesto que aparecieron nuevas ideas con la literatura referida. Se trató de vincularlas a la metodología empleadas para la recolección de datos. Logrando hacerlas compatibles con los propósitos de la investigación coincidiendo con el enfoque empleado, cualitativas y cuantitativas.

Capítulo III METODOLOGÍA 62 Cuadro No. De sarrollo e Imple me ntación Identificación, Parámetros de la Análisis, Protocolos de de l Plan de Seguridad del Gestión de Riesgos Evaluación y Continge ncia Palacio intervención para y Cooperación Tratamiento del Revisión Municipal enfrentar eventos ante e l rie sgo de Riesgo documental Y adversos en el un Ince ndio e n Entrevistas Municipio de Ordenanzas e l Palacio de l M.

municipales Guayaquil I. Municipio de Guayaquil Revisión Resoluciones documental Y Grado de voluntad ministeriales Entrevistas política Cantonal para implementar Sistemas de Evacuación en el Municipio de Guayaquil.

Personal de Empleados Personas Capacitadas en Revisión Asctividades de Documental y Riesgo. Juan Ramírez Ponce Además en el presente trabajo se utilizó las siguientes fuentes y técnicas de recolección de la información: Fuentes Primarias:  Encuesta al personal  Entrevista a Funcionarios Fuentes Secundarias:  Publicaciones científicas.

El estudio se efectuó en un corte en el tiempo desde el22 de octubre de al 24 de abril del año Capítulo III METODOLOGÍA 66 3. Desviación estándar de la población que, generalmente cuando no se tiene su valor, suele utilizarse un valor constante de 0,5.

Al momento de utilizar la herramienta de colección de la información, la encuesta se dirigió a las personas con cargos de Directores, Jefes Departamentales, Funcionarios encargados de Salud Ocupacional, Secretarias y Oficinistas.

La información fue tabulada desde el resultado de las 11 preguntas. Existe una mayoría relativa de funcionarios que perciben algún tipo de riesgo en el Palacio Municipal. Capítulo III METODOLOGÍA 68 Pregunta No.

Sin embargo el Por lo que se evidencia desconocimiento de actuación en emergencia en la mayoría de los funcionarios Municipales. Capítulo III METODOLOGÍA 69 Pregunta No.

Por lo que se evidencia desconocimiento de su rol de acción en caso de incendio. Capítulo III METODOLOGÍA 70 Pregunta No. En contraste a que el El alto porcentaje de desconocimiento de un lugar seguro en caso de Evacuación dificultaría la cooperación. Capítulo III METODOLOGÍA 71 Pregunta No.

El desconocimiento de la existencia de este Protocolo perjudicaría la coordinación funcionario-organismo de respuesta. Capítulo III METODOLOGÍA 72 Pregunta No. Esto es un punto a favor muy importante para la sustentación de un plan de evacuación. Capítulo III METODOLOGÍA 73 Pregunta No. La no existencia de un plan de contingencia ocasionaría pérdidas de vidas y de bienes.

Capítulo III METODOLOGÍA 74 Pregunta No. Es importante implantar procedimientos escritos y validados en respuesta contra un incendio. Capítulo III METODOLOGÍA 75 Pregunta No. Capítulo III METODOLOGÍA 76 Pregunta No. La falta de práctica de simulacros de evacuación ante un evento de incendio no permitirá realizar una salida ordenada, rápida, y segura de los funcionarios y usuarios que ocupan el Palacio Municipal.

Capítulo III METODOLOGÍA 77 Pregunta No. Evento Adverso Resultado No. Elaboradas por: Ing. Juan Ramírez P. Sin embargo tienen poco conocimiento de actuación y de su rol de acción frete a un evento adverso de un incendio y la identificación de lugares seguros.

Finamente un alto porcentaje de estos funcionarios desconocen los procedimientos basados en un plan de emergencia y prácticas de evacuación y simulacro.

Como resultado se establece que la aplicación de un Plan de Emergencia y Contingencia es imprescindible una vez identificada esta vulnerabilidad. Fuente: Las 11 gráficas previas, son el resultado de la encuesta.

Elaborado por: Ing. Capítulo III METODOLOGÍA 79 3. Evaluación de riesgos de Incendios. Varias son las opiniones y argumentos que pasamos a enumerar: 3.

Es una metodología muy sencilla y de fácil aplicación. Clasifica los riesgos en tres niveles: Alto, medio y bajo, todo ello en función de la carga de fuego que soporta el local o actividad, medido en mega-calorías por metro cuadrado.

Entre y 3. Asimismo, este método de evaluación de riesgos permite clasificarlos, en función del uso que se dé al local, clasificando su riesgo también en alto, medio y bajo, tomando como factores, tanto el uso como la superficie y altura del local, según la clasificación de los mismos descrita en la Orden Ministerial por el que se aprueba el Manual de Autoprotección para el desarrollo del Plan de Emergencias contra incendios de evacuación de edificios.

Lafuente, 3. Este método intenta establecer un grado de peligrosidad para compartimentos tipo, y un modelo cinético del desarrollo de un posible incendio en su interior. Este método propone que las medidas de prevención y protección deben ser acordes al riesgo, y éste queda definido por:  Las cargas térmicas calculadas de una forma significativa método del riesgo intrínseco.

Se incluye la peligrosidad desde las variables de: velocidad de propagación del fuego, inflamabilidad, liberación de energía calorífica, formación de brasas y humos. De esta forma se obtiene una imagen gráfica del riesgo intrínseco a los materiales y en base a los elementos de separación de los locales vecinos existentes, la necesidad de reforzarlos o prever un plan de emergencias, con elementos de lucha contra el incendio.

No se puede considerar un método completo, dado que deja de lado factores agravantes del incendio tales como el acceso de los bomberos, la existencia de exutorios de humos, etc.

En el caso del método del profesor Herpol, éste presenta dificultades en su aplicación debido a la inexistencia de tablas concretas para el caso estudiado y porque además el método está sin concluir debido a la muerte del profesor. Es un método de cálculo de evaluación de incendios con una finalidad parcial, y que es determinar para un sector, en base al riesgo del mismo, la existencia y estabilidad al fuego, de forma que en caso de que se desarrolle un incendio, sus consecuencias queden confinadas.

Capítulo III METODOLOGÍA 81 Los factores que tiene en cuenta son los siguientes:  Carga térmica del contenido y tipo de material. Es un método de gran aplicación cuando se desea confinar la peligrosidad de incendios, siendo de aplicación para el cálculo de estructuras y sustentación y separación.

Es una metodología muy utilizada para la evaluación del riesgo de incendios en grandes superficies, locales y edificios. Este método, presentado en el año 1. En Suiza se utilizó para deducir de él las medidas oficiales de "Policía de Fuego". Aun con las limitaciones que todavía presenta su aplicación, este método significa un intento válido de acercamiento a la cuantificación idónea de los factores de riesgo de incendio que influyen en la gravedad de los mismos.

El método permite evaluar cuantitativamente el riesgo de incendios, así como la seguridad contra incendios utilizando datos uniformes. Hoy en día, es el método de referencia de los evaluadores del riesgo de incendios.

El método fija un máximo valor para el riesgo potencial, a partir del cual, el riesgo no es asumible, debiendo realizar medidas correctoras. El riesgo potencial, se desdobla en factores multiplicadores, siendo éstos los siguientes:  Carga térmica obtenida de la carga térmica inmobiliaria y la carga térmica mobiliaria.

El método aporta una serie de tablas que permiten el cálculo de los coeficientes para un gran número de supuestos. Este método solo es aplicable cuando se han tomados las medidas de prevención mínimas y que en ningún caso hace incidir factores como: vías de evacuación, peligrosidad para el contorno evaluado riesgos que deben ser solucionados prioritariamente de forma inexcusable.

El método se basa en el análisis de la acción destructora del fuego que se desarrolla en dos ámbitos diferenciados: edificio y su contenido. El riesgo del edificio estriba en la posibilidad de que se produzca un daño importante en el inmueble: destrucción total del edificio.

Para ello utiliza dos factores esenciales:  La intensidad y duración del incendio. El cálculo del riesgo del edificio se basa en factores que aumentan el peligro, tales como:  Carga térmica del contenido. Y en factores que disminuyen el riesgo del incendio, tales como:  Resistencia al fuego de los elementos estructurales.

Asimismo, correlaciona otros factores como:  El daño a las personas. La aplicación de este método, ofrece resultados parecidos a la aplicación del método Grétener pero algo sobredimensionados. Su campo de aplicación es para obtener datos para la implantación de soluciones de protecciones rápidas y orientativas.

Capítulo III METODOLOGÍA 84 3. Una vez valorados estos elementos mediante la asignación de una determinada puntuación, se trasladan a una fórmula. Este método evalúa los riesgos de incendios considerando los factores; a que hacen posible su inicio por ejemplo, la inflamabilidad de los materiales dispuestos en el proceso productivo de una industria o la presencia de fuentes de ignición.

b que favorecen o entorpecen su extensión o intensidad por ejemplo la resistencia al fuego de los elementos constructivos o la carga térmica de lo locales. c que incrementan o disminuyen el valor económico de las pérdidas ocasionadas por ejemplo la destructividad por calor de medios de producción, materias primas y productos elaborados d que están expuestos específicamente para su detección, control y extinción, por ejemplo los extintores portátiles o las brigadas de incendio.

La consideración de este grupo de factores permite ofrecer una estimación global del riego de incendio. Su simplicidad radica en que se valoran los factores más representativos de la situación real de la actividad inspeccionada de entre los múltiplos que intervienen en el comienzo, desarrollo y extinción de los incendios.

Capítulo III METODOLOGÍA 85 3. Para nuestra aplicación, elegimos el Método MESERI de la Fundación MAFPRE por ser un método práctico y no requiere de estudios técnicos y complejos. Procedimos a someter a nuestro edificio Municipal a esta prueba, MESERI pues coincide con la percepción que nos motivó a realizar el tema de estudio y se apega a los resultados del método científico.

Entre 15 y 20 Km. Más de 6 m. Capítulo III METODOLOGÍA 88 Cuadro No. ALTO, MEDIO y BAJO,. Conclusión de la Evaluación de Riesgo del Palacio Municipal de Guayaquil. En cuanto al edificio Municipal el resultado de la Evaluación MESERI, fue de 5, es decir una exposición de riesgo baja, o en este caso buena.

Sin embargo es justificada y necesaria la Elaboración de un Plan de Emergencia ante el riesgo de incendio en el Palacio Municipal. Dentro de éste Plan, se estipuló como política de emergencias: Propósitos:  Propiciar las condiciones de seguridad necesarias para todas las personas que permanecen en las instalaciones del Palacio Municipal Para responder, ante una potencial situación de emergencia.

La Estructura del Gobierno Autónomo 2. El Comité de Emergencia 3. El Plan de Contingencia 4. El Plan de Evacuación Cuadro No. Elaborado por Ing. Jaime Faggioni S. Especiales Sr. Jorge Arosemena G. Gustavo Zúñiga Geber Dirección de Justicia Dirección Financiera Dirección de Informática Justicia y Vigilancia Ec.

Omar Glen Stracuzzi Ing. Xavier Salvador Plaza Ab. Xavier Narváez V. Alcalde de Guayaquil Dirección de Asesoría Dirección de Salud e Higiene Dirección Auditoría Interna Jurídica Dr.

Ernesto Romero Toro Ec. Johny Márquez Dr. Miguel Hernandez Terán Dirección de Medio Dirección de Urbanismo Dirección de Ordenamiento Ambiente Avaluo y Registro e Infraestructura Territorial Ing.

Bolívar Coloma V. José Nuñez Arq. Guillermo Arguello S. Dirección de Áreas Vedes, Dirección de Recursos Dirección Comunicación Parques y Movilización Humanos Social, Prensa y Publicidad Cívica Ing.

Patricio Medina Z. Jorge Gallardo M. Abel Pesantes R. Dirección de la Policía Dirección Control de Dirección de Cultura y Metropolitana de la M.

Gestión de Fundaciones y Promoción Cívica Municipalidad de Guayaquil Corporaciones Municipales Arq. Melvin Hoyos G. Marco Ec. Jorge Iñiguez Caicedo Cuvero Dirección de Obras Públicas Dirección de Desarrollo Dirección de Terrenos y Municipales Institucional Servicios Parroquiales Ing.

Jorge Berrezueta P. Liliam Rivadeneira Dr. Carlos Salmon A. Dirección deTurismo Dirección de Acción Social y Dirección de Uso del relaciones internacionales y Educación Espacio y Vía Pública competitividad Psic.

Roberto Vernimmen B. Efrén Baquerizo A. Gloria Gallardo Z. Dirección de Gestión de Riesgos y cooperación Ing. Fuente: Gobierno Autónomo Descentralizado de Guayaquil Elaborado por: Ing.

Por lo tanto, se convierten en las responsabilidades de cada funcionario asignado puntualmente para un desempeño. Su esplendor lo convierte en el único del Ecuador y su belleza arquitectónica es sometida al constante interés de los estudiosos.

El Palacio es custodiado permanentemente por sistemas técnicos y personal especializado Figura No. com A continuación el Relevamiento Arquitectónico que contiene los Planos del Palacio Municipal, que incluye la distribución actualizada.

Personas 2 De este total general son personas discapacitadas, con su respectivo carnet CONADIS 14 3 De este total general, entre mujeres y varnes laboran adultos mayores de 65 años.

Sistema de Detectores de Humo Detección de Humo 41 Estaciones Manuales y Alarma 60 Luces Estroboscópicas con sirena, 1 Bomba centrífuga de 10 HP Sistema de agua 1 Bomba Centrífuga de gal x min presurizada 15 Gabinetes de Incendios - Mangueras de 30 m.

Camillas para 3 Plegables accidentados 2 Rígidas Mantas Ignífugas 7 Dispuestas en todo el Edificio Tanques de Aire 4 Unidades en Seguridad Comprimido Fuente: Dirección de Gestión de Riesgos y Cooperación.

La consola de mando principal se encuentra en el Primer Piso del Bloque Norte. Localizada en el pasaje Arosemena, orientada hacia el Malecón Simón Bolívar. Esta cisterna posee dos absorbentes: Uno para el sistema domestico del edificio, de 1,5 pulgadas; y Otro para el Sistema Contra Incendios de 3 pulgadas.

Los absorbentes son conjuntos de la misma cisterna. La reserva de succión debe garantizar exclusivamente 40 m3. Para el sistema contra incendios.

b Equipo Elevador de Presión. Una y otra bomba posee manómetros de presión incorporados, reguladas a 74 psi. c Bocas de Impulsión o Conexión Siamesa.

Apta para el funcionamiento de una motobomba de Bomberos. d Tuberías de Impulsión. La tubería de salida es de 2 pulgadas, con variaciones en el tramo de 1,5 pulgadas. e Llaves de incendio o Bocatomas. Incluido un carrete de manguera de flujo constante ubicada en la planta baja del Bloque Sur.

Calle Malecón, sector Dirección de Promoción Cívica. f Tramos de mangueras. g Prueba Hidráulica. Ubicadas en corredores principales y áreas internas de cada departamento.

Se considera necesario incrementar este tipo de advertencias, en las escaleras, corredores y ciertas oficinas. Son de diferentes marcas y características: Polvo Químico Seco y CO. DE 5, 10, 15, 20 y 50 libras de capacidad.

Juan Ramírez Camillas. Mantas Ignífugas. Siete mantas en todo el edificio. Tanques de aire comprimido. Juan Ramírez Áreas de Riesgo del Palacio Municipal de acuerdo a estudios técnicos de la Jefatura de Seguridad y Riesgo Operacional, mediante método FINE.

Cada tres meses, esencialmente el Comité se reúne para  Revisar, Comentar y Aprobar: - Los entrenamientos y prácticas de las Brigadas.

Dar aviso al Líder de Área o Jefe de Seguridad 2. Tener presente la ubicación de los extintores 3. Intentar sofocar el fuego, si es pequeño, con la ayuda de otras personas 5.

En caso de no extinguirse el fuego, aplicar el Plan de Contingencia. Llamar al cuerpo de bomberos. Teléfonos — 7. Comunicar al Responsable de piso. Accionar el pulsador de alarma. Utilizar el teléfono de emergencia.

Cumplir los reglamentos. El Plan de Contingencia determina la manera de emplear todas las acciones de respuesta del personal responsable y la disponibilidad de los recursos para enfrentar un escenario de riesgo identificado.

Colombia, Sus funciones básicas son: Programar, dirigir, ejecutar y evaluar el desarrollo del plan, organizando asimismo las brigadas. El Comité de Emergencias estará constituido por:  Director de la Emergencia:  Jefe de Mantenimiento. Notificado de una alarma en el edificio, este Jefe de Mantenimiento, se constituirá en las afueras del edificio del lado de la calle Pichincha, y verificará todas las medidas preventivas:  Detener los ascensores en la planta baja.

La Brigada es una respuesta específica a las condiciones, características y riesgos presentes en el EDIFICIO MUNICIPAL. Por lo tanto, la estructuración se hace en función de la Corporación. El proceso para ello se inicia con la determinación y conveniencia de tener las Brigadas permanentemente entrenadas.

Verificar si los integrantes de las brigadas están suficientemente capacitados y entrenados para afrontar las emergencias. Comunicar de manera inmediata al Comité de Emergencias la ocurrencia de una emergencia. Para cumplir con las directivas encomendadas por el Comité de Emergencias.

Estar al mando activamente, de las operaciones durante el enfrentamiento de una emergencia. Reemplazar al Líder de su área en caso de ausencia y asumir las mismas funciones ya establecidas. Coordinar con los brigadistas, la evacuación del personal.

Comunicar de manera inmediata al Líder de área de la ocurrencia de un posible incendio. Actuar de inmediato haciendo uso de los extintores portátiles. Activar e instruir la activación de las alarmas contra incendio colocadas en lugares estratégicos del edificio.

Recibida la alarma, el personal de la citada brigada se constituirá con urgencia en el nivel siniestrado. Arribando al nivel del fuego se evaluará la situación, la cual si es crítica informará al Comité para que se tomen las precauciones de evacuación desde los pisos altos.

Adoptará las medidas de extinción que considere conveniente para combatir el fuego. Se tomarán las precauciones sobre la utilización de los equipos de protección personal para los integrantes que realicen las tareas de extinción.

Al arribo del Cuerpo de Bomberos, el JEFE DE BRIGADA MUNICIPAL, informará acerca del origen y el foco del fuego, las medidas adoptadas y las tareas que se están realizando.

Entregará el mando mediante disposición del SCI Sistema de Comando de Incidentes y la aplicación del protocolo de Incendios, cuya responsabilidad -según ordenanza municipal- es del Benemérito Cuerpo de Bomberos. Tres Médicos, una enfermera y cuatro camilleros.

Conocer y dar a conocer la ubicación de los botiquines en el edificio y estar pendiente del inventario actualizado, de las fechas de vencimiento y del buen abastecimiento con medicamento.

Brindar los primeros auxilios a los heridos leves en las zonas seguras. Nesse sentido, propõe-sea reformulação dos conceitos de propriedade eliberdade para conceber novos direitos coletivosnão suscetíveis de valorização econômica, nem deapropriação por parte de um patrimônio individuale, assim, defende-se a obrigação Michel Reiss.

Artigo publicado como capítulo no livro "Desafios contemporâneos para os direitos humanos e socioambientais: análises multidisciplinares". Arquivo contendo a íntegra do livro.

Eid Badr. Revista Acadêmica da Escola Superior do Ministério Público do Estado do Ceará. Marcus Amorim. A Constituição prevê a possibilidade de atribuição penal às pessoas jurídicas, havendo, assim, uma colisão com o princípio da individualização da pena, pilar do Direito Penal.

Diante desta problemática, nasceu a teoria da dupla imputação, em que pessoas físicas e jurídicas figuram concomitantemente no polo passivo da ação penal, no que fez surgirem posicionamentos divergentes entre o STJ REsp Para isso, realizou-se uma análise documental, bibliográfica e legislativa.

O presente estudo concluiu que a orientação do STF é mais adequada, embora não vinculante, sendo imprescindível a unificação dos entendimentos das cortes superiores, para a melhor aplicação da lei e a consequente responsabilização dos infratores.

Carlos André Maciel Pinheiro Pereira , Ricardo Tinoco de Góes. Esta pesquisa pretende realizar uma revisão bibliográfica da teoria de Jürgen Habermas, fazendo um encadeamento a partir da pragmática linguística até a formação da opinião pública procedimental.

A metodologia que utiliza é de revisão bibliográfica sistematizada, com suporte nas obras do autor e de comentadores especializados. Compreende o papel do direito como médium dos dissensos da sociedade pluralista e elemento de integração social. Percebe a formação da opinião pública procedimental como fator legitimador do poder estatal.

Ao fim, oferta um mural com a interligação dos elementos essenciais para a compreensão da filosofia do direito habermasiana. Palavras-chave: Jürgen Habermas.

Teoria do agir comunicativo. Democracia deliberativa. It comprehends the law as medium of the pluralistic society dissensions and as a mean of social integration. It perceives the formation of the procedimental public opinion as a legitimating factor of the state power.

At last, it offers an overview that connects all the essential elements for understanding the habermasian law philosophy. Key-words: Jürgen Habermas.

Mega Multiplicador Desastre Supremo - desastre nuclear na Usina Nuclear de Fukushima Daiichi, descontaminação e descomissionamento do forno, que levará até 40 anos. espere. O porta-voz do Esta lógica de tributación progresiva, como requisito de la democracia y como multiplicador mega trasnacionales mineras como BHPB. Decreto Supremo N° la “mega-tendencia” general que determinará líder supremo de Irán. El sistema de gobierno Brigada de Operaciones Especiales: Elemento multiplicador de la El Proyecto de Investigación Gerencial Aplicado denominado. “Evaluación de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres

Se entenderá por renta imponible operacional minera, para los efectos de este artículo, la que resulte de efectuar los siguientes ajustes a la renta líquida imponible determinada en los artículos 29 a 33 de la presente ley:. Deducir todos aquellos ingresos que no provengan directamente de la venta de productos mineros;.

Agregar los gastos y costos necesarios para producir los ingresos a que se refiere el número 1 precedente. Deberán, asimismo, agregarse los gastos de imputación común del explotador minero que no sean asignables exclusivamente a un determinado tipo de ingresos, en la misma proporción que representen los ingresos a que se refiere el numeral precedente respecto del total de los ingresos brutos del explotador minero;.

Agregar, en caso que se hayan deducido, las siguientes partidas contenidas en el artículo 31 de la presente ley:. Las pérdidas de ejercicios anteriores a que hace referencia el número 3° del referido artículo;. La diferencia, de existir, que se produzca entre la deducción de gastos de organización y puesta en marcha, a que se refiere el número 9° del artículo 31, amortizados en un plazo inferior a seis años y la proporción que hubiese correspondido deducir por la amortización de dichos gastos en partes iguales, en el plazo de seis años.

La diferencia que resulte de aplicar lo dispuesto en esta letra, se amortizará en el tiempo que reste para completar, en cada caso, los seis ejercicios, y.

La contraprestación que se pague en virtud de un contrato de avío, compraventa de minerales, arrendamiento o usufructo de una pertenencia minera, o cualquier otro que tenga su origen en la entrega de la explotación de un yacimiento minero a un tercero.

También deberá agregarse aquella parte del precio de la compraventa de una pertenencia minera que haya sido pactado como un porcentaje de las ventas de productos mineros o de las utilidades del comprador.

Deducir la cuota anual de depreciación por los bienes físicos del activo inmovilizado que hubiere correspondido de no aplicarse el régimen de depreciación acelerada.

En conformidad a lo establecido en los artículos 64 del Código Tributario y 38 de la presente ley, en caso de existir ventas de productos mineros del explotador minero a personas relacionadas residentes o domiciliadas en Chile, para los efectos de determinar el régimen tributario, la tasa, exención y la base del impuesto a que se refiere este artículo, el Servicio de Impuestos Internos, en uso de sus facultades, podrá impugnar los precios utilizados en dichas ventas.

En este caso, el Servicio de Impuestos Internos deberá fundamentar su decisión considerando los precios de referencia de productos mineros que determine la Comisión Chilena del Cobre de acuerdo a sus facultades legales.

Artículo 3°. Artículo 4°. Los recursos obtenidos en conformidad a esta autorización serán destinados a financiar la construcción, reconstrucción, reposición, remodelación, restauración o rehabilitación de infraestructura, instalaciones, obras y equipamiento ubicados en las comunas, provincias o regiones afectadas por el terremoto y maremoto del 27 de febrero de Artículo 5°.

Artículo 6°. Los excesos sobre los montos señalados se gravarán con el impuesto único de segunda categoría o con impuesto global complementario, según corresponda.

La cobranza de estos depósitos se sujetará a lo dispuesto en el artículo El monto total de los depósitos realizados por cada trabajador, deberá ser informado anualmente por las Administradoras o instituciones autorizadas al Servicio de Impuestos Internos, de la forma que este último establezca.

El saldo de dichos depósitos, será determinado por las Administradoras de Fondos de Pensiones según establezca una norma de carácter general de la Superintendencia. Artículo 7°. Para estos efectos, el impuesto específico deberá calcularse tomando como base la unidad tributaria mensual vigente al momento de la determinación del impuesto.

Artículo 9°. Esta sobretasa se aplicará igualmente respecto de los avalúos que resulten de las modificaciones efectuadas en conformidad a lo dispuesto en el párrafo 2°, del Título V, de esta ley. No se aplicará la sobretasa mencionada en el inciso precedente a las personas naturales en edad de recibir pensiones de vejez de conformidad a lo establecido en el Título II del decreto ley N° 3.

Para hacer efectiva esta exención, los contribuyentes deberán demostrar al Servicio de Impuestos Internos el cumplimiento de las condiciones señaladas, en la forma y plazo que éste determine. En caso de no efectuarse dicha acreditación, la propiedad será gravada con la sobretasa contenida en el inciso anterior, sin perjuicio de lo cual el contribuyente podrá solicitar la devolución de los impuestos pagados en exceso, de conformidad con las reglas generales, acreditando las circunstancias antes referidas.

Artículo 10°. Agréguense, en el artículo 1°, los siguientes incisos segundo, tercero y cuarto nuevos, pasando los actuales incisos segundo, tercero y cuarto a ser quinto, sexto y séptimo, respectivamente:.

Esta limitante se aplicará para las personas naturales que adquieran la totalidad del derecho real de dominio sobre el inmueble o una cuota del dominio en conjunto con otros comuneros. Los beneficios establecidos en el presente decreto con fuerza de ley no podrán ser utilizados por las personas jurídicas, cualquiera fuere su naturaleza.

No obstante, las corporaciones y fundaciones de carácter benéfico gozarán de la exención establecida en el artículo Para hacer uso de los beneficios, franquicias y exenciones que contempla el presente decreto con fuerza de ley, los Notarios y Conservadores de Bienes Raíces deberán remitir al Servicio de Impuestos Internos, en la forma y plazo que éste determine, la información de todos los actos y contratos otorgados ante ellos o que les sean presentados para su inscripción, referidos a transferencias y transmisiones de dominio de "viviendas económicas".

Artículo 11°. No obstante, para el caso del Subdirector de Fiscalización, se excluye la facultad establecida en el número 6°, del artículo 6°, letra B , del Código Tributario. Las facultades de que trata este inciso se entenderán conferidas, al Subdirector de Fiscalización, respecto de todo el territorio del país; y al Director de Grandes Contribuyentes, respecto de aquellos contribuyentes que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3° bis de esta ley queden sometidos a su jurisdicción.

Artículo Primero Transitorio. Del mismo modo, para los efectos de determinar los pagos provisionales por los ingresos brutos correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo de los años calendarios , y , el porcentaje aplicado durante el mes de diciembre inmediatamente anterior, se ajustará multiplicándolo por los factores 1,, 0, y 0,, respectivamente.

Artículo Segundo Transitorio. En consecuencia, el impuesto a que se refieren los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta deberán pagarse por la renta operacional del explotador minero que se determine para dicho año calendario.

Artículo Tercero Transitorio. Lo señalado en el inciso anterior será igualmente aplicable a las empresas que no siendo receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, hayan suscrito un contrato con el Estado de Chile conviniendo la invariabilidad tributaria del artículo 5° transitorio de la ley N° Artículo Cuarto Transitorio.

Durante los ejercicios correspondientes a los años calendarios y , el impuesto específico a la renta operacional de la actividad minera se aplicará en conformidad con las reglas establecidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

A partir del año calendario , inclusive, y hasta el término del régimen de invariabilidad señalado en los respectivos contratos vigentes, se aplicarán las tasas contempladas en el artículo 64 bis, que fuera incorporado por el N° 1 del artículo primero de la ley N° Estas se aplicarán sobre la renta imponible operacional minera determinada en conformidad con los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, según el texto establecido en la presente ley.

El plazo de invariabilidad pactado en los contratos vigentes se ampliará por ocho años calendarios contados a continuación de aquél en que venza el actualmente en curso. Durante dicho plazo se aplicará el régimen tributario contemplado en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, según el texto de dichos artículos introducido por esta ley.

Una vez vencida la prórroga, los contribuyentes quedarán sometidos al régimen general de tributación entonces vigente. Sin perjuicio de lo anterior, los contribuyentes a que se refiere la presente disposición, deberán cumplir con lo establecido en el artículo 6° transitorio de la ley N° Adicionalmente, mantendrán el derecho a aplicar lo establecido en el artículo 8° transitorio de la referida ley, hasta el término de la prórroga de invariabilidad señalada en el literal anterior.

La solicitud que tenga por objeto modificar el régimen de invariabilidad a efectos de sujetarse al establecido en el artículo anterior, deberá ser presentada, conjuntamente, por la totalidad de los inversionistas extranjeros y por la empresa receptora de su aporte ante el Comité de Inversiones Extranjeras.

Las empresas que no sean receptoras del aporte de inversionistas extranjeros, y que hayan suscrito un contrato con el Estado de Chile ante el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, deberán presentar la solicitud ante este mismo organismo.

Luego de ello, y previa resolución de la Vicepresidencia Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras, o del referido Ministerio, según sea el caso, se procederá a suscribir la modificación al contrato de inversión correspondiente, la cual se entenderá que producirá sus efectos desde la fecha de la solicitud respectiva.

En la resolución y en la modificación al contrato de inversión extranjera respectivo se dejará constancia de los derechos y obligaciones referidos en este artículo.

La solicitud referida en el inciso anterior deberá presentarse, a más tardar, dentro del plazo de ciento ochenta días corridos a contar de la fecha de entrada en vigencia de la presente ley. Artículo Quinto Transitorio. La solicitud respectiva deberá indicar la voluntad de sustituir el régimen de invariabilidad de que gozan, por el del artículo 11 ter del decreto ley N° , de , sujeta a la condición de celebrarse la modificación del contrato correspondiente.

El plazo de los derechos de invariabilidad será el que resulte de considerar el remanente del plazo del contrato que se modifica, sin perjuicio de la prórroga aplicable que se regirá de acuerdo a lo dispuesto en el literal iii del artículo anterior. Artículo Sexto Transitorio. La solicitud respectiva formulada en los mismos términos y dentro del plazo establecidos en los literales v.

del artículo cuarto transitorio. El plazo de los derechos de invariabilidad será el establecido en el artículo 11 ter del decreto ley N° , de , siendo aplicable las reglas generales establecidas en los artículos 64 bis y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Artículo Séptimo Transitorio. Artículo Octavo Transitorio. Artículo Noveno Transitorio. A contar del 1° de enero del año , para los bienes raíces referidos en este artículo, volverá a aplicarse el mecanismo de determinación del impuesto a que se refiere el inciso final del artículo 3° la ley N° Artículo Décimo Transitorio.

Artículo Décimo Primero Transitorio. Artículo Décimo Segundo Transitorio. Artículo Décimo Tercero Transitorio. En aquellas regiones donde los Tribunales Tributarios y Aduaneros aún no entren en funciones, el Director de Grandes Contribuyentes no tendrá la facultad de resolver administrativamente las reclamaciones que presenten los contribuyentes, de conformidad con el Libro Tercero del Código Tributario.

Artículo Décimo Cuarto Transitorio. Artículo Décimo Quinto Transitorio. Indicaciones del Ejecutivo. Fecha 13 de mayo, Oficio en Sesión Legislatura Oficio de S.

el Presidente de la República por el cual formula indicaciones al proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para obtener recursos destinados al financiamiento de reconstrucción del país.

boletín N° 6. En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular las siguientes indicaciones al proyecto de ley del rubro, a fin de que sean consideradas durante la discusión del mismo en el seno de esa H.

Para reemplazar en el número 1 , en la oración que se sustituye del artículo 20 del decreto ley N° 3. Sin perjuicio de lo anterior, el trabajador que en el respectivo año, no haya efectuado depósitos convenidos, o los hubiere efectuado por un monto inferior al límite antes indicado, podrá acumular la cantidad no utilizada hasta por un monto máximo de 1.

Reemplácese en el numeral 2 , en el artículo 4° que se sustituye, el primer párrafo antes del punto y coma ; , por el siguiente:. Reemplácese, en el numeral 1. Agréguese a continuación del inciso cuarto, los siguientes incisos quinto, sexto, séptimo y octavo, nuevos:.

Lo anterior es sin perjuicio del cumplimiento de la legislación aplicable a los mismos. Para ejercer dicho derecho los inversionistas deberán presentar la solicitud correspondiente al Comité de Inversiones Extranjeras, identificando los proyectos mineros conexos dentro de la solicitud referida en el articulo cuarto transitorio.

Se entenderá por proyecto minero conexo aquél que sea parte de una misma unidad económica de explotación, por su proximidad física, por la utilización común de caminos, recursos hídricos, plantas de beneficio, infraestructura eléctrica o de transporte u otros similares.

Se considerará como parte del proyecto minero conexo la explotación de pertenencias mineras, que cumpliendo condiciones como las indicadas no pertenezcan aún a la empresa receptora de la inversión, pero sí le pertenecieren a la época de comenzar la explotación del proyecto minero.

El mismo derecho tendrán las empresas con convenios vigentes acogidos al artículo 5° transitorio de la ley N° 20, El Comité de Inversiones Extranjeras o el Ministerio de Economía Fomento y Turismo en su caso podrán solicitar informes técnicos sobre las solicitudes mencionadas al Servicio Nacional de Geología y Minería o a la Comisión Chilena del Cobre, los que deberán evacuar su informe dentro del plazo de 15 días hábiles desde la recepción de la consulta.

En uso de mis facultades constitucionales, tengo a bien poner en conocimiento de vuestra excelencia que he resuelto retirar la urgencia que hiciera presente para el despacho del proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para obtener recursos destinados al financiamiento de la reconstrucción del país.

boletín N° La presente indicación al proyecto de la referencia propone las siguientes modificaciones con impacto fiscal:. En primer lugar, modifica el artículo 2°, elevando de 3.

En segundo lugar, modifica el artículo 6°, permitiendo la acumulación del límite para los depósitos convenidos deducibles del Impuesto de Segunda Categoría, hasta por un monto de 1. En tercer lugar, modifica el artículo 7°, en lo que se refiere al incremento de la tasa de impuesto a los cigarros puros y al tabaco elaborado.

Se estima que esta modificación no tiene un impacto significativo en la recaudación tributaria. En cuarto lugar, modifica el artículo 9°, reduciendo de 5 a 3 años la antigüedad en la propiedad de un bien raíz que se exige a los adultos mayores para que no se les aplique la sobretasa del impuesto territorial.

Finalmente, modifica el artículo 10°, elevado de 2 a 3 el número máximo de viviendas que las personas naturales pueden acoger a los beneficios tributarios del DFL 2. Cámara de Diputados. Fecha 18 de mayo, Informe de Comisión de Hacienda en Sesión el Presidente de la República.

Para los efectos constitucionales, legales y reglamentarios pertinentes, se hace constar, en lo sustancial, previamente al análisis de fondo y forma de esta iniciativa, lo siguiente:.

Concurrieron también los señores Pedro Davis, Vice Presidente de la Confederación Nacional de la Pequeña y Mediana Empresa CONAPYME y Presidente de la Confederación Gremial Nacional Unida de la Mediana, Pequeña, Micro Industria, Servicios y Artesanado de Chile CONUPIA , y José Luis Ramírez, Secretario General de CONUPIA; Benjamín Kenball, Gerente General de la Compañía Chilena de Tabacos S.

A, y Carlos López, Gerente de Asuntos Corporativos de la Compañía Chilena de Tabacos S. En el mensaje de S. el Presidente de la República se pone énfasis en que los efectos devastadores del terremoto y maremoto en materia de vivienda, conectividad e infraestructura educacional y sanitaria, siguen presente no obstante que la emergencia inmediata de la catástrofe está siendo superada, por lo que se requiere adoptar soluciones definitivas para enfrentar la reconstrucción del país.

Para lograr dicho objetivo, se sostiene la necesidad de contar con la ayuda de todos, para lo cual el Gobierno presenta el proyecto de ley en informe que incluye una serie de medidas, algunas transitorias y otras permanentes, que tienen por objeto realizar las modificaciones legales que permitan conseguir recursos frescos para enfrentar la reconstrucción, promover el desarrollo de micro, pequeñas y medianas empresas, incentivando la inversión y la creación de empleo y manteniendo, asimismo, los adecuados equilibrios macroeconómicos, de manera de potenciar el desarrollo a largo plazo y no perjudicar las confianzas que tanto el sector público como el privado requieren para enfrentar sus decisiones de futuro.

Se menciona en el mensaje, junto a consideraciones de austeridad y medidas de reasignación de recursos ya aplicadas por el Gobierno, que el plan de financiamiento implica un aumento moderado y transitorio de la carga tributaria para los contribuyentes del impuesto de primera categoría, por lo que la inversión no se verá afectada y la economía recuperará rápidamente su ritmo, generando empleo y crecimiento.

En la misma línea, se propone una modificación al impuesto específico a la gran minería con el objeto de aumentar la recaudación durante los próximos dos años, asegurando el respeto de las condiciones en que dicho tributo fue acordado hace algunos años. Se propone, asimismo, un alza transitoria en el impuesto territorial de las viviendas de más alto valor.

En el mismo sentido de las propuestas anteriores, se señala que, lo que se busca es comprometer a los sectores de mayores ingresos en el esfuerzo por aumentar la recaudación fiscal para hacer frente a las demandas que requieren los proyectos de reconstrucción. Se proponen también ciertas modificaciones al Plan Habitacional de Viviendas Económicas, regulado por el decreto con fuerza de ley N° 2, de Se han incorporado, además, propuestas que favorecen a las micro, pequeñas y medianas empresas, como la exención del impuesto de primera categoría en las utilidades reinvertidas, así como la reducción de la tasa del impuesto de timbres y estampillas.

Se plantea en el mensaje que todos estos esfuerzos, sumados a otras medidas que contempla el proyecto asociadas a los recursos de la Ley Reservada del Cobre, así como a medidas de orden administrativo y regulatorio, permitirán conseguir los recursos necesarios para enfrentar la reconstrucción, potenciar el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas, fortalecer la capacidad de creación de empleos, mantener el adecuado equilibrio fiscal y hacerse cargo de los proyectos prioritarios para el país.

La Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del decreto ley N° , de El decreto ley N° , de , que establece normas para el Cultivo, Elaboración, Comercialización e Impuestos que afectan al Tabaco. El decreto con fuerza de ley N° 7, de , que contiene la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos.

Se propone un alza transitoria del impuesto de primera categoría que se hará efectiva en los años calendarios y Se propone la creación de un régimen de tributación con una cuota exenta del impuesto de primera categoría, orientado principalmente a las micro, pequeñas y medianas empresas, cuyos ingresos anuales totales del giro no excedan de Quienes cumplan con los requisitos propuestos, y sólo respecto de aquellas utilidades reinvertidas y hasta por un monto equivalente UTM anuales, estarán exentos del pago del impuesto de primera categoría.

a Se establece un nuevo régimen impositivo a la actividad minera, respecto del explotador minero que principie el proceso de explotación de uno o más proyectos mineros específicos con posterioridad al primero de enero de b Modificación de ciertos aspectos relacionados a los inversionistas acogidos al decreto ley N° , en lo referente a normas de invariabilidad tributaria e invariabilidad del impuesto específico a la minería.

Como se señala anteriormente, en lo general, el proyecto propone incorporar un nuevo artículo al decreto ley N° , Estatuto de Inversiones Extranjeras, que establece un nuevo régimen de invariabilidad aplicable al impuesto específico que se establece. La invariabilidad del nuevo impuesto será incompatible con las garantías establecidas en los artículos 7°, 11 bis y 11 ter del decreto ley N° , por lo que los inversionistas deberán optar por una u otra prerrogativa.

A efecto de acogerse a la invariabilidad tributaria propuesta en el articulado del presente proyecto, las empresas deberán cumplir con ciertos requisitos de información.

Este impuesto específico regirá a partir del día 1º de enero de y gravará las actividades de explotación minera que se desarrollaren con posterioridad a su entrada en vigencia. Sin embargo, se contemplan normas especiales para empresas actualmente en operación que hayan suscrito un contrato de inversión extranjera con el Estado de Chile, en virtud de lo dispuesto en el decreto ley Nº , vigente a la fecha de publicación del proyecto, las cuales podrán optar por modificar el contrato suscrito con el Estado de Chile.

Se propone una reducción permanente de la tasa de este impuesto para llevarla a la tasa vigente transitoriamente desde comienzos del presente año.

En relación con el Plan Habitacional de Viviendas Económicas, contenido en el decreto con fuerza de ley N° 2, del año , se proponen algunas modificaciones que, en lo esencial, restringen a un máximo de dos las propiedades que un mismo propietario puede acoger a sus beneficios; excluyen a las personas jurídicas de los beneficios de la norma; derogan algunos artículos que no tienen aplicación y establecen un régimen transitorio a fin de no afectar los derechos adquiridos bajo la vigencia de la ley que se modifica.

En el informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, de fecha 5 de mayo de , se señala lo siguiente:. En segundo lugar, se modifica el impuesto específico a la actividad minera, vinculando la tasa del impuesto al margen operacional minero.

Asimismo, se establece un sistema de sujeción voluntaria al nuevo régimen para los explotadores mineros que sean titulares de un régimen de invariabilidad tributaria. En cuarto lugar, se establece un límite de UF anuales para los depósitos convenidos deducibles del Impuesto de Segunda Categoría.

Finalmente, el proyecto propone modificaciones al D. En la tabla siguiente se muestran las estimaciones de los ingresos fiscales que se espera percibir por cada medida.

Para los cálculos se ha considerado como año base el El año representa la situación en régimen. Complementariamente, el proyecto contempla incentivos tributarios que favorecerán principalmente a las pequeñas y medianas empresas. En primer lugar, el proyecto de ley crea un régimen de tributación especial, similar al actual régimen del artículo 14 bis de la Ley de Impuesto a la Renta, pero orientado a las empresas medianas con ventas de hasta Las empresas que se acojan a este régimen, establecido en el artículo 14 quáter, gozarán de una exención del Impuesto de Primera Categoría por las utilidades retenidas que no excedan de las 1.

En segundo lugar, se propone reducir la tasa del impuesto de timbres y estampillas a la mitad de su valor permanente actual. En la tabla siguiente se muestran las estimaciones del costo fiscal, dado por una menor recaudación, estimado para cada medida.

En el debate de la Comisión el señor Felipe Larraín inició su exposición señalando que las pérdidas totales, del quinto peor terremoto en la historia del mundo, se estiman en torno a 30 mil millones de dólares, de los cuales unos 21 mil millones son de infraestructura.

Aproximadamente Agregó que con las ganancias en eficiencia disminuirá el costo de la reconstrucción a una cifra estimada en torno a los 8. El señor Ministro de Hacienda hizo presente que el esfuerzo de reconstrucción se financiará con recursos provenientes de fuentes diversas.

En primer lugar, con el crecimiento económico estimado por el actual Gobierno, por la ley de donaciones en actual tramitación legislativa y por las reasignaciones presupuestarias ya adoptadas.

Se financiará, además, por el componente tributario: impuestos de primera categoría, contribuciones, impuesto específico a la minería, impuesto al tabaco y reducción de la evasión. Además, por venta de activos prescindibles y emisión de deuda interna y externa, que contemplaría un bono en dólares por 1.

En relación al impuesto específico a la minería, el proyecto establece una modificación voluntaria al régimen tributario vigente para el rubro minero.

El proyecto, en cambio, ofrece una tasa variable según una tabla que la determina en base al margen operacional de cada empresa y extiende la invariabilidad tributaria hasta el año En relación con el impuesto al tabaco, el proyecto establece un aumento de tasa ad-valorem a Esta medida tiene por objeto disminuir el consumo y aumentar la recaudación.

Con respecto a las contribuciones, el Ministro señor Larraín puntualizó que el proyecto establece el cobro de una sobretasa a beneficio fiscal de 0. Agregó que esta medida no afecta a ninguna propiedad de familias de clase media o vulnerables, alcanzando sólo a Adicionalmente, el proyecto establece requisitos copulativos para la exención de la referida sobretasa: ser propietario del bien raíz por más de 5 años, no haber pagado impuesto durante el año anterior por rentas superiores a 1.

El señor Ministro señaló que se establece una restricción de los beneficios tributarios asociados al D. Se establece un máximo de dos propiedades por persona para optar al beneficio y se excluye a las personas jurídicas. Adicionalmente, el Ministro enfatizó que este nuevo régimen no afecta los derechos previamente adquiridos y sólo entrará en vigencia 90 días con posterioridad a la publicación de la ley.

En relación a los límites a los depósitos convenidos, el proyecto propone un límite anual exento de UF. Con respecto a la Ley Reservada del Cobre, el proyecto solicita la autorización legal para destinar millones de dólares en el año y millones de dólares más en el año para la reconstrucción de obras civiles dañadas por el terremoto.

El Ministro señor Larraín precisó que el proyecto, adicionalmente, contempla incentivos tributarios para las pequeñas y medianas empresas PYMES. Aclaró que las empresas actualmente beneficiadas por el artículo 14 bis mantienen dicho régimen. El proyecto propone un artículo 14 quáter como un régimen adicional al 14 bis, consistente en la exención de pago de primera categoría hasta 2.

El señor Juan Andrés Fontaine manifestó que en las zonas afectadas por el terremoto hay mil pequeñas y medianas empresas, 20 mil de ellas tienen serios daños, y las que no fueron afectadas directamente por el cataclismo, lo han sido por la caída de la demanda.

En este sentido, el proyecto de ley, y en especial el nuevo artículo 14 quáter, al eximir de impuesto una fracción de la utilidad retenida de este tipo de empresas, permite facilitar el financiamiento de capital fijo, inversiones en tecnología o en desarrollo, lo que resulta fundamental para aumentar la productividad.

El señor Ministro de Economía precisó que el número de empresas que podrían verse beneficiadas por la aplicación del 14 quáter alcanza a Sin perjuicio de lo anterior, el señor Ministro estimó que el proyecto tendrá una buena aceptación entre las empresas del rubro, por cuanto las mencionadas empresas están considerando importantes inversiones en los próximos 7 años en el país, por lo que el valor de una estabilidad tributaria y la extensión del plazo de invariabilidad, como lo contempla el proyecto, constituiría un seguro contra eventuales arbitrariedades o discrecionalidades en la aplicación de impuestos.

Por otra parte, el proyecto presenta un régimen variable en relación con los ciclos económicos, lo que también resulta un incentivo importante para las empresas, quienes lograrían protegerse de períodos económicos desfavorables.

Manifestó que por cierto no es posible tener una respuesta o un pronunciamiento formal de las empresas por cuanto aún no existe ley; sin embargo, el Ministro destacó que se han sostenido extensas conversaciones con distintos gremios mineros y con los principales ejecutivos de las empresas mineras del país, quienes se han mostrado dispuestos a conversar respecto de la materia, entendiendo también que el país vive una situación excepcional y que estas modificaciones también obedecen a esfuerzos solidarios.

El Ministro Golborne aclaró respecto al impuesto específico, que se aplica a todos los minerales concesibles, lo que incluye metálicos y no metálicos, por lo que hoy en día pagan impuesto los nitratos, el oro, la plata.

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Este documento pode ser verificado no endereço eletrônico 12 Documento assinado digitalmente conforme MP nº 2. º , de Cidade: Ribeirão Preto - SP; 25 de outubro de SEVERO PRODUCOES - ME I Cidade: Sertãozinho - SP; suas atribuições legais, que lhe confere a Portaria nº 7, de 24 de janeiro de e j supervisionar e controlar, junto aos agentes financeiros e entes conveniados, a Portaria MinC nº 1, de 13 de fevereiro de , resolve: os processos de liberação de recursos e administração do retorno financeiro referentes aos Art.

º - Homologar a s alteração ões do s nome s do s projeto s abaixo XL PRONAC: - Uma Pausa em Pleno Voo, publicado na portaria nº brasileiros e brasileiros independentes.

pela Música IV. PRONAC: - Oravrohom 20 anos - Ações que transformam fazendo Art. Onde se lê: O projeto consiste na realização de nova temporada, do O Presidente substituto da Fundação Nacional de Artes, designado através da premiado musical Forever Young, em São Paulo e Rio de Janeiro, além da sua Portaria de Pessoal MinC nº , de 16 de março de , publicada no DOU de 17 de circulação pelo centro oeste e nordeste brasileiro, com o intuito de viabilizar o acesso de deficientes visuais, fisicos e idosos, a musicais premiados como esse, além de março de , no uso das atribuições que lhe confere o inciso VIII, do artigo 19, do apresentá-lo em outras praças fora do eixo Rio - São paulo.

As ações para viabilizar Estatuto da Fundação Nacional de Artes - FUNARTE, aprovado pelo Decreto nº Paralelamente, como contrapartida social, 18 de outubro de , publicado no D. de 19 de outubro de ; , resolve: pretendemos realizar três palestras sobre teatro musical, fomentando a formação de público para esse gênero teatral.

As ações para viabilizar o acesso serão descritas adiante no culturais, conforme demanda, tendo amparo na cláusula Paralelamente, como contrapartida social, pretendemos realizar três palestras Art.

sobre teatro musical, fomentando a formação de público para esse gênero teatral. LEONARDO LESSA HENILTON PARENTE DE MENEZES Diretor-Executivo. Este documento pode ser verificado no endereço eletrônico 13 Documento assinado digitalmente conforme MP nº 2. Aprova a Instrução que dispõe sobre o Programa de Vigilância da Segurança Operacional do Serviço de Navegação Aérea.

Ten Brig Ar MARCELO KANITZ DAMASCENO. ANEXO PREFÁCIO À Assessoria de Segurança Operacional do Controle do Espaço Aéreo ASOCEA compete exercer a vigilância na prestação dos serviços de navegação aérea SNA por intermédio de inspeções de segurança operacional nos Provedores de Serviços de Navegação Aérea PSNA e outras atividades de vigilância, com o objetivo de verificar se permanecem cumprindo com os regulamentos emitidos pelo DECEA, após sua homologação, incluindo a avaliação de seus Sistemas de Gerenciamento da Segurança Operacional SMS.

Atendendo ao que estabelece o Programa Brasileiro para a Segurança Operacional da Aviação Civil PSO-BR , o Comando da Aeronáutica editou o Programa de Segurança Operacional Específico do Comando da Aeronáutica PSOE-COMAER com a finalidade de estabelecer as diretrizes a serem adotadas no âmbito do COMAER, visando a melhoria contínua da segurança operacional na prestação dos serviços de navegação aérea.

O PSOE-COMAER atribuiu à ASOCEA a responsabilidade de estabelecer o Programa de Vigilância da Segurança Operacional do Serviço de Navegação Aérea, definindo os objetivos e as ações estratégicas em prol da segurança operacional da aviação civil.

O Anexo 19 à Convenção sobre Aviação Civil Internacional determina que a Vigilância é um conjunto de atividades do Estado por meio das quais se verifica, de forma proativa, realizando inspeções e auditorias, que os portadores de licenças, certificados, autorizações e aprovações continuam a cumprir os requisitos estabelecidos e que funcionam dentro do nível de competência e segurança operacional exigidos pelo Estado.

De acordo com o Manual de Supervisão da Segurança Operacional DOC da Organização de Aviação Civil Internacional OACI , que rege a implementação e gerenciamento de um sistema do Estado para a supervisão da segurança operacional, o Sistema de Supervisão de Segurança Operacional deve ser composto pelos seguintes elementos críticos EC : EC - 1 - Legislação primária; EC - 2 - Regulamentações específicas; EC - 3 - Organização; EC - 4 - Qualificação de pessoal técnico; EC - 5 - Guias e material de apoio; EC - 6 - Licenças e certificados; EC - 7 - Obrigações de vigilância; e EC - 8 - Resolução de problemas.

Como pode ser observado, dentro do Sistema de Supervisão de Segurança Operacional do Estado brasileiro, a responsabilidade da ASOCEA é referente ao EC - 7 - Obrigações de vigilância, razão pela qual este documento restringe-se às atividades preconizadas pela OACI, a serem aplicadas neste elemento crítico e que se encontram explicitadas no DOC daquela organização.

Este Comitê também tem como atribuição estabelecer e monitorar os objetivos, metas e indicadores da aviação civil brasileira.

No caso dos Serviços de Navegação Aérea, o órgão regulador brasileiro é o DECEA. Por convenção, no Brasil, tal conjunto de serviços é denominado "Controle do Espaço Aéreo", embora abrangendo outros serviços como o de tráfego aéreo; de informação aeronáutica; de comunicações, navegação e vigilância; de meteorologia aeronáutica; de cartografia; e de busca e salvamento.

Este documento pode ser verificado no endereço eletrônico 14 Documento assinado digitalmente conforme MP nº 2. c estabelecer o Programa de Vigilância da Segurança Operacional do Serviço de Navegação Aérea, definindo os objetivos e as ações estratégicas em prol da segurança operacional da aviação civil; d estabelecer e implementar processos e procedimentos de vigilância continuada, incluindo inspeções, auditorias e monitoramentos, com o objetivo de verificar a manutenção do cumprimento dos requisitos e dos níveis adequados de segurança operacional pelos detentores de licenças, certificados, homologações, autorizações, outorgas ou aprovações; e e priorizar a vigilância continuada nos provedores de serviços de navegação aérea a partir de análises de riscos à segurança operacional.

Objetivos do Estado Brasileiro Objetivos da ASOCEA. Aprimorar a segurança operacional do transporte aéreo regular da aviação civil brasileira. Aprimorar a segurança operacional dos PSNA. Aperfeiçoar a capacidade de supervisão da segurança operacional do Estado brasileiro. Aperfeiçoar a capacidade de vigilância da segurança operacional do Serviço de Navegação Aérea.

Melhorar a implementação do Programa de Segurança Operacional do Estado. Melhorar a implementação do Programa de Vigilância de Segurança Operacional do Serviço de Navegação Aérea.

Aprimorar o Sistema de Gerenciamento da Segurança Operacional SMS nos Provedores de 4. Aprimorar os processos das inspeções no Sistema de Gerenciamento da Segurança Operacional SMS Serviço. dos Provedores de Serviço. Reduzir o número de ocorrências categorizadas como "alto risco operacional" na operação Táxi Este será atendido pelos demais objetivos da ASOCEA.

Aéreo e na aviação privada. Porcentagem média de conformidades dos PSNA com as normas do DECEA. Porcentagem média de conformidades dos PSNA responsáveis por ACC, APP e TWR com as normas do DECEA. Porcentagem média de conformidades dos PSNA responsáveis por Serviço de Informação de Voo de Aeródromo AFIS com as normas do DECEA.

Objetivo 2: Aperfeiçoar a capacidade de vigilância da segurança operacional do serviço de navegação aérea. devidamente evidenciadas no Self Assessment do USOAP CMA da OACI. Objetivo 3: Melhorar a implementação do Programa de Vigilância de Segurança Operacional do Serviço de Navegação Aérea.

ASOCEA, devidamente evidenciadas no Self Assessment do USOAP CMA da OACI, classificadas como, pelo menos, Nível 3 de Maturidade Presente e Efetivo pelo Estado brasileiro.

Objetivo 4: Apoiar a implementação do SGSO nos provedores de serviços de navegação aérea, visando seu uso como ferramenta de melhoria do desempenho da segurança operacional.

Porcentagem média de conformidade dos PSNA, com SGSO SMS maduro, com as normas do DECEA na área SGSO SMS. OBJETIVOS AÇÕES ESTRATÉGICAS. Aprimorar a segurança operacional dos provedores de serviços de navegação aérea. Introduzir o conceito de gerenciamento do risco de segurança SRM no planejamento anual das atividades de vigilância da ASOCEA, conforme orientações contidas no Doc da OACI.

Aperfeiçoar o sistema informatizado de gerenciamento das inspeções de segurança operacional nos PSNA. Aperfeiçoar a formação, treinamento e vigilância dos INSPCEA.

Desenvolver a capacidade de gerenciar os PAC dos PSNA. Aperfeiçoar a capacidade de vigilância da segurança operacional do serviço de navegação aérea. Aperfeiçoar os processos de notificação de infração.

Desenvolver a capacidade de autoavaliação da ASOCEA em relação aos protocolos da OACI de EC Melhorar a implementação do Programa de Vigilância de Segurança Operacional do Serviço de 7. Aprimorar o conhecimento em SSP da ASOCEA. Navegação Aérea. Enfatizar a análise das não conformidades das SSP Foundation PQ do protocolo ANS USOAP CMA OACI, classificadas com EC 7, e adotar soluções para eliminá-las.

Adotar as providências constantes no Capítulo 8 do Doc da OACI - Safety Management Manual SMM. Aprimorar o Sistema de Gerenciamento da Segurança Operacional SMS nos Provedores de Aperfeiçoar a capacidade de vigilância na área SMS. Priorizar as inspeções e outras atividades de vigilância nos PSNA que estejam com SMS maduro.

Indicador Valor em Meta para Este documento pode ser verificado no endereço eletrônico 15 Documento assinado digitalmente conforme MP nº 2. d percentual médio da quantidade de requisitos regulamentares aplicáveis em cada um dos serviços de AIS, ATS, CNS e MET, observados como conformes nas inspeções realizadas nos PSNA, computando-se a mais recente inspeção realizada em cada provedor.

Meta Indicador. aeronaves do transporte aéreo regular brasileiro, com peso máximo de decolagem acima de 5. envolvendo aeronaves do transporte aéreo regular brasileiro, com peso máximo de decolagem acima de kgf.

Objetivo 2 - Aperfeiçoar a capacidade de supervisão da segurança operacional do Estado brasileiro. Estado brasileiro no Self Assessment por número de questões de protocolo aplicáveis. Continuação do Anexo A - Plano de Objetivos e Metas do Estado Brasileiro Objetivo 3 - Melhorar a Implementação do Programa de Segurança Operacional do Estado.

Objetivo 4 - Aprimorar o Sistema de Gerenciamento da Segurança Operacional SMS nos Provedores de Serviço. positiva para os indicadores 4. Objetivo 5 - Reduzir o número de ocorrências categorizadas como "alto risco operacional" na operação Táxi Aéreo e na aviação privada.

aviação privada, manter o indicador 5. A inciso XIV do art. Proposição do Comando Militar do Norte CMN , para aquisição, mediante Art. com a finalidade de utilização como serviço público, vocacionados para atividades militares Art. as mesmas caracterizaram prejuízo operacional aceitável.

que as disposições do Termo de Compromisso de Posse firmado entre o art. um milhão seiscentos e oitenta e dois mil cento e noventa e nove metros quadrados Art.

que a área de , ha cento e sessenta e oito hectares vinte e um ares competência. e noventa e nove centiares ou 1. Este documento pode ser verificado no endereço eletrônico 16 Documento assinado digitalmente conforme MP nº 2.

suas individualidades e suas aberturas de matrículas cartoriais correspondentes, sendo estabelecido para a área BEC I, a Gleba 1-Parcela A com 21, ha vinte e um hectares dezessete ares e setenta e dois centiares ou o efetivo interesse do Comando do Exército na aquisição dos referidos bens imóveis para o fim almejado e a disposição para utilizá-los em suas necessidades precípuas; e e.

os pareceres favoráveis do Estado-Maior do Exército EME , do Departamento de Engenharia e Construção DEC , do Comando Militar do Norte CMN , da 8ª Região Militar 8ª RM , e o contido no art. e contidos no Anexo, deste Despacho Decisório, da forma prevista para cumprimento da finalidade estabelecida.

Excetuam-se na presente norma as regras voltadas para embarcações do tipo moto aquática e motonauta, e apropriação dos bens imóveis no SPIUNet. Exército no ato da lavratura do termo de afetação dos bens ora adquiridos naquela 2.

DESCRIÇÃO superintendência, bem como promova os atos administrativos subsequentes. de embarcações; o Capítulo 3 aborda os procedimentos para construção e certificação das 7 Tornar sem efeito o Despacho Decisório nº , de 2 de dezembro de embarcações; o Capítulo 4 estabelece as normas e materiais de segurança e navegação para embarcações; o Capítulo 5 estabelece os procedimentos para a habilitação de amadores Em seu art.

App NAVSEG. Este documento pode ser verificado no endereço eletrônico 17 Documento assinado digitalmente conforme MP nº 2. b No art. Além disso, no Interior apresenta condições ambientais com ondas e ventos significativos.

item "3", ressalta-se que até o dia 31 de maio de as CHA que não contenham a data de c No art. Para satelitais do tipo SPOT X, IRIDIUM GO e outros, que permitam o envio de mensagens de essa situação está dispensada a apresentação de atestado de treinamento náutico.

E, por fim, socorro e salvamento. no item "4 , a partir de 1o de junho de não serão mais aceitas CHA sem validade. Nesse d Na Seção V, que antes era intitulado "Resumo", passa a ter o título de "Quadros sentido, os amadores que portarem CHA que não contenham a data de validade estarão Resumo de Equipamentos de Segurança e de Navegação".

passíveis de serem notificados por ocasião das Inspeções Navais e responderem e Referentes aos arts. PARA NAVEGAÇÃO INTERIOR"; "EMBARCAÇÕES QUANDO EM NAVEGAÇÃO COSTEIRA" para k No inciso 5. Nesse sentido, os amadores que NAVEGAÇÃO OCEÂNICA", respectivamente.

Além disso, ao final desses, foi incluída Nota tiverem as suas CHA em cédulas extraviadas, roubadas, furtadas ou danificadas só poderão reiterando que os itens relacionados nas tabelas dos arts. Portanto, independente da navegação em que a previstos no art.

Ressalta-se que a renovação de CHA que decorra de extravio, roubo ou dano está todos os itens citados.

Ressalta-se que a habilitação do condutor deverá ser compatível com condicionada à confirmação de seus dados cadastrados no Sistema Informatizado de Cadastro a classificação da embarcação.

Como regra de transição, essa obrigatoriedade passará a do Pessoal Amador SISAMA. Dessa forma, os dados informados pelo cidadão que a requeira vigorar a partir de 1o de junho de deverão constar no banco de dados do SISAMA, sistema corporativo da DPC.

Caso não f Releva reiterar que as alterações supracitadas visam, principalmente, contribuir encontrados, seu pleito não será atendido e deverá ser requerido novo processo de inscrição para a salvaguarda da vida humana e para o aumento da segurança da navegação, no mar e de amador.

Além disso, essa inclusão prevê que o requerente deverá estar ciente de que em hidrovias interiores, e, colateralmente, resguardar o proprietário de possível negação de eventuais informações inverídicas ou falsidade declarada pode implicar na sanção penal indenizações, cobertas por apólice de seguro da embarcação, em decorrência de prevista no art.

inconformidades apontadas por Acórdãos do Tribunal Marítimo, decorrentes de acidentes e l Foi excluído o art. Não se vislumbra normatizar orientações afetas ao 3. Desse modo, com o objetivo de retificar a orientação, o inciso foi excluído. não inclui a categoria de Motonauta, sendo esse regramento abarcado pelas Normas da m O art.

exclusivamente, por Autoridades Marítimas estrangeiras, desde que os seus campos estejam b Reiterado no inciso 5. E, ademais, que não é permitida a concessão de CHA, por recreio.

Ressalta-se que as CHA no formato de cédula ainda estão em vigor até a data da sua equivalência, a nenhuma habilitação estrangeira, cabendo ao condutor que deseje se habilitar validade e que a CHA digital é emitida desde 26 de setembro de como amador em qualquer uma das categorias, iniciar o processo de habilitação de amador a Além disso, ainda nesse inciso, na observação 2 da alínea d do Motonauta, reitera- partir da categoria ARA, cumprindo todo o rito previsto no art.

se que os Capitães-Amadores, Mestre-Amadores e Arrais-Amadores habilitados antes de 2 de 3. motonauta, conforme art. Dessa forma, todos os Militares da MB, ambiental por parte de embarcações, plataformas ou suas instalações de apoio. Além disso, foram incluídas algumas profissões e especialidades, bem como curso ratificadas pelo Brasil, sendo o infrator sujeito às penalidades indicadas no RLESTA.

c Foi incluído o artigo sobre "Autores Materiais" art. d Os arts. A partir dessa modificação, os artigos supracitados passam a ser os incisos 7. E que, caso Medidas Administrativas. Nesse sentido, conforme previsto no art. Assim, a fim de dar conhecimento ao amador e usuários da art.

apresentará no ato da inscrição, além dos documentos previstos no inciso 5. Nesse contexto, foram incluídos os arts. g No inciso 5. Alternativamente, a CHA digital pode ser apresentada de forma impressa caso a alccólico , 7. Nesse sentido, o impressão esteja legível, permitindo que o QR Code possa ser lido.

A CHA digital estará tráfego, e as consequências da sua recusa. disponível na base de dados do aplicativo "Gov.

Br", assim que o cidadão for comunicado por h Foi incluído o tópico "Inscrição na Dívida Ativa da União", art. informadas ao infrator as consequências do não pagamento de multa imposta dentro dos h No inciso 5.

grande porte, a habilitação deverá obedecer os critérios previstos para a área de navegação 3. Nesse sentido, especifica-se que, para os serviços de residência obtidas pela internet e impressas podem ser aceitas, na impossibilidade de "renovação de CHA de ARA, MSA ou CPA com agregação da categoria de MTA, será cobrado apresentação do original físico entregue pelas prestadoras de serviços.

apenas uma taxa de GRU. i No inciso 5. concessão da CHA para a categoria pretendida. Além disso, que a possibilidade de condução 4. A fim de permitir uma regra de transição, essa obrigatoriedade passará a controlada, ostensiva, normativa e norma.

vigorar a partir de 1o de fevereiro de CAPÍTULO 1 j No inciso 5. Para que o de , que dispõe sobre a segurança do tráfego aquaviário - LESTA, e do Decreto no 2. acima, até a data limite data de validade da CHA mais cinco anos , como acima exposto, 1.

segurança da navegação, à salvaguarda da vida humana e à prevenção da poluição ambiental. Este documento pode ser verificado no endereço eletrônico 18 Documento assinado digitalmente conforme MP nº 2.

por parte dessas embarcações no meio aquaviário. Excetuam-se na presente norma as regras 1. equipamentos que constem no Memorial Descritivo ou representados nos Planos exigidos AJB - Águas Jurisdicionais Brasileiras. para a concessão da Licença de Construção; ART - Anotação de Responsabilidade Técnica, fornecido pelo CREA Conselho - de localização, substituição, retirada ou instalação a bordo de quaisquer itens ou Regional de Engenharia e Arquitetura.

Comprimento entre Perpendiculares para a posição longitudinal do centro de gravidade da BSADE - Boletim Simplificado de Atualização de Embarcações. embarcação; e CHA - Carteira de Habilitação de Amador. CSN - Certificado de Segurança da Navegação.

Amador - todo aquele com habilitação certificada pela Autoridade Marítima para CTS - Cartão de Tripulação de Segurança. Áreas adjacentes às praias - compreende a área em todo o entorno de uma faixa DL - Delegacia da Capitania dos Portos. de praia, seja marítima, fluvial ou lacustre, até o limite de metros medidos a partir da DPP - Documento Provisório de Propriedade.

linha da arrebentação das ondas ou, no caso de rios, lagos e lagoas onde se inicia o espelho DPC - Diretoria de Portos e Costas. DPEM - Seguro Obrigatório de Danos Pessoais Causados por Embarcações ou por Áreas de Navegação - são as áreas onde uma embarcação empreende uma suas Cargas Lei no 8, de 30 de dezembro de singradura ou navegação, e são dividas em: EFOMM - Escola de Formação de Oficiais da Marinha Mercante.

Navegação em Mar Aberto - a realizada em águas marítimas consideradas ETN - Estabelecimento de Treinamento Náutico. serão subdivididas nos seguintes tipos: GEVI - Gerência Especial de Vistoria e Inspeção. Navegação costeira - aquela realizada dentro dos limites de visibilidade da costa GVI - Gerência de Vistoria e Inspeção.

até a distância máxima de 20 milhas náuticas; e GNSS - Global Navigation Satellite System. Navegação oceânica - aquela considerada sem restrições e realizada além das 20 GRU - Guia de Recolhimento da União. milhas náuticas da costa.

LESTA - Lei no 9. As áreas de navegação interior serão subdivididas nos seguintes tipos: MB - Marinha do Brasil. Área 1 - áreas abrigadas, tais como lagos, lagoas, baías, rios e canais, onde NORMAM - Normas da Autoridade Marítima para Navegação em Mar normalmente não sejam verificadas ondas com alturas significativas que não apresentem Aberto.

dificuldades ao tráfego das embarcações. NORMAM - Normas da Autoridade Marítima para Navegação Interior. Área 2 - áreas parcialmente abrigadas, onde eventualmente sejam observadas NORMAM - Normas da Autoridade Marítima para Homologação de Material.

Afundados, Submersos, Encalhados e Perdidos. Associações Náuticas - são entidades de natureza civil, sem fins lucrativos, e que NORMAM - Normas da Autoridade Marítima para Obras, Dragagem, Pesquisa e tenham como objetivo agregar amadores em torno de objetivos náuticos e ou esportivos.

Lavra de Minerais Sob, Sobre e às Margens das Águas sob Jurisdição Brasileira. Certificado de Arqueação - arqueação é a expressão do tamanho total da NORMAM - Normas da Autoridade Marítima para Registros de Helideques embarcação, determinada em função do volume de todos os espaços fechados. Apenas as instalados em Embarcações e em Plataformas Marítimas.

embarcações com comprimento maior ou igual a 24 metros deverão possuir Certificado de NORMAM - Normas da Autoridade Marítima para Embarcações do Tipo Moto Arqueação. Carteira de Habilitação de Amador CHA - documento que habilita e expressa a Aquática e para Motonautas.

que apresenta a composição mínima da tripulação de uma embarcação para poder operá-la OM - Organização Militar. com segurança. PRPM - Provisão de Registro de Propriedade Marítima. Certificado de Classe - corresponde ao certificado emitido por uma Sociedade RIPEAM - Regulamento Internacional para Evitar Abalroamento no Mar.

Classificadora para atestar que a embarcação atende às suas regras, no que for cabível à RLESTA - Decreto no 2. Certificado Estatutário - certificado atestando a conformidade da embarcação SISAMA - Sistema Informatizado de Cadastro do Pessoal Amador.

com as regras específicas constantes das Convenções Internacionais e Normas da Autoridade SISGEMB - Sistema de Gerenciamento de Embarcações. Marítima Brasileira. SR - Sem Restrições empregado para definir limites de navegação. Certificado de Segurança da Navegação - é o certificado emitido para uma SOLAS - Convenção Internacional para a Salvaguarda da Vida Humana no Mar.

embarcação, para atestar que as vistorias previstas nestas normas foram realizadas nos TIE - Título de Inscrição de Embarcação.

prazos previstos. TIEM - Título de Inscrição de Embarcações Miúdas. Comprimento da Embarcação - para efeito de aplicação desta norma, o termo TM - Tribunal Marítimo. Plataformas de mergulho, gurupés ou apêndices similares não são É de competência da Diretoria de Portos e Costas estabelecer as normas de considerados para o cômputo dessa medida, conforme a Figura 1.

Portos CP , suas Delegacias DL e Agências AG a fiscalização do tráfego aquaviário, nos aspectos relativos à segurança da navegação, à salvaguarda da vida humana e à prevenção da poluição ambiental por parte das embarcações na área sob sua jurisdição.

Os Estados e Municípios poderão estabelecer o ordenamento do uso das praias, especificando as áreas destinadas a banhistas, prática de esportes e entretenimento aquático o qual poderá ser incorporado futuramente aos Planos Estaduais ou Municipais de Gerenciamento Costeiro, observadas as diretrizes dos Planos Nacional e Estadual de Gerenciamento Costeiro.

A fiscalização do tráfego de embarcações nas áreas adjacentes às praias, quer sejam marítimas, fluviais ou lacustres, poderá ser delegada às administrações municipais, visando dar proteção à integridade física de qualquer pessoa. É desejável que o Município tenha aprovado, pelo menos, um Plano de Uso e Ocupação das Áreas Adjacentes às Praias Marítimas, Fluviais e Lacustres.

Tais planos poderão estar incorporados, também, a documentos de maior abrangência, como Leis Orgânicas Municipais, Planos Diretores, Planos de Zoneamento, dentre outros. Este documento pode ser verificado no endereço eletrônico 19 Documento assinado digitalmente conforme MP nº 2. Convés de Borda Livre - é o convés completo mais elevado que a embarcação Protótipo - é a primeira embarcação de uma "Série de Embarcações" para a possui, de tal forma que todas as aberturas situadas nas partes expostas do mesmo qual já tenha sido emitida uma Licença de Construção ou um Documento de disponham de meios permanentes de fechamento que assegurem sua estanqueidade.

Poderá ser adotado como convés de borda livre um convés inferior, sempre Recursos Instrucionais - todo e qualquer recurso indispensável para o que seja um convés completo e permanente, contínuo de proa a popa, pelo menos entre exercício das atividades voltadas para a formação de amadores.

o espaço das máquinas propulsoras e as anteparas dos pique tanques, e contínuo de Registro - é o cadastramento da embarcação, no Tribunal Marítimo, com a bordo a bordo. Se for adotado esse convés inferior, a parte do casco que se estende atribuição do número de registro e a competente expedição da Provisão de Registro da sobre o convés de borda livre será considerada como uma superestrutura para efeito do Propriedade Marítima PRPM.

cálculo de borda livre. Série de Embarcações Embarcações Irmãs - caracterizada por um conjunto Nas embarcações que apresentem o convés de borda livre descontínuo, a de unidades com características iguais, construídas em um mesmo local, baseadas num linha mais baixa do convés exposto e o prolongamento de tal linha paralela à parte mesmo projeto.

embarcação, pelo qual o proprietário assume o compromisso legal de cumprir todos os Dispositivos Aéreos - meios de uso individual ou coletivo, desprovido de requisitos de segurança previstos nestas normas.

propulsão, rebocados pelo ar por embarcação para a prática de atividades esportivas ou Tripulante - todo Amador ou profissional que exerce funções, embarcado, na de recreio. operação da embarcação. Dispositivos Flutuantes - meios de uso individual ou coletivo, desprovido de Vistoria - ação técnica-administrativa, eventual ou periódica, pela qual é propulsão, rebocados na água por embarcação para a prática de atividades esportivas ou verificado o cumprimento de requisitos estabelecidos em normas nacionais e de recreio, tais como: banana-boat, disc-boat, pranchas para prática de ski aquático e internacionais, referente à prevenção da poluição ambiental e às condições de segurança wakeboarding, entre outros.

e habitabilidade de embarcações. Embarcação - qualquer construção, inclusive as plataformas flutuantes e as 1. A fim de resguardar a integridade física das pessoas que estiverem na popa, da embarcação a que pertence. Adicionalmente, uma embarcação que esteja em processo de classificação para as que utilizam propulsão a remo ou a vela ou a partir de duzentos metros da perante uma Sociedade Classificadora, também será considerada como embarcação linha de base para as que utilizam propulsão a motor.

porte ou iate, as com comprimento igual ou superior a 24 metros. se possuírem arqueação bruta maior que recreio de médio porte.

As embarcações empregadas no Serviço de Salvamento de vidas humanas na Embarcação de Médio Porte - é considerada embarcação de médio porte água, pelos Órgãos competentes, como o Corpo de Bombeiros, estão isentas dessas aquelas com comprimento inferior a 24 metros, exceto as miúdas.

Embarcação de Propulsão Mecânica - o termo embarcação de propulsão 1. segurança da navegação e à salvaguarda da vida humana. Embarcação de Sobrevivência - é o meio coletivo de abandono de 1. flutuantes, dispositivos aéreos e equipamentos de entretenimento aquático, quando Embarcação Miúda - para aplicação dessa norma são consideradas localizadas nas proximidades de praias do litoral, canais, lagos, lagoas e rios, deverão ser embarcações miúdas aquelas que tenham comprimento inferior ou igual a seis 6 adequadamente delimitadas por boias de demarcação, sob responsabilidade dos metros, conforme as orientações contidas na Figura 1 para a determinação do proprietários daqueles dispositivos e equipamentos.

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