Garantía de confidencialidad bingo

La solicitud de renovación deberá presentarse de acuerdo con el modelo normalizado que estará disponible en la página web de la Dirección General de Comercio, que figura como anexo 3 de este Reglamento, junto con la siguiente documentación:. a Copia del DNI, si el solicitante fuera persona física, y fotocopia del NIF, en el supuesto de que se trate de entidades mercantiles, además de acompañar, en este caso, la fotocopia del DNI o del documento equivalente de sus administradores o gestores.

b Se admitirá la presentación de documento equivalente a los anteriores, nacional o emitido por un estado miembro de la Unión Europea. c Certificado negativo del Registro Central de Penados y Rebeldes, o bien autorización a la Dirección General de Comercio para obtener dicha información.

d En el supuesto de que se trate de entidades mercantiles, copia de la escritura de constitución y de las de modificaciones posteriores, con la identificación de los socios, su número de acciones o cuota de participación y poderes de representación.

e Justificante de estar al corriente del pago del IAE o alta censal correspondiente a su actividad. f Justificante de estar al corriente de las obligaciones tributarias de la CAIB. g Certificaciones de alta de la empresa y de cotización, en su caso, de los trabajadores en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

h Documento acreditativo del pago de la tasa administrativa correspondiente. i Documento acreditativo de haber formalizado la garantía en la cuantía y forma establecidas en este reglamento. La finalización del período de validez de esta autorización, sin haber solicitado la renovación, o no haberla solicitado en plazo, conllevará la caducidad de la autorización, previa tramitación del expediente correspondiente.

El plazo máximo para dictar y notificar resolución expresa será de tres meses a contar desde la fecha de entrada de la solicitud en cualquiera de los registros a los que se refiere el artículo Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa, se entenderá desestimada por silencio administrativo.

La vigencia de la inscripción lo será por el tiempo establecido en la resolución de autorización de explotación. La inscripción se cancelará, en todo caso, por alguna de las siguientes causas:. b Por la modificación de cualquiera de las circunstancias exigidas para la inscripción sin autorización administrativa expresa.

d Por la comprobación de inexactitudes en alguno de los datos expresados en la solicitud de autorización tendentes a eludir el control administrativo. e Por incumplimiento de las obligaciones sobre constitución y mantenimiento del importe de las garantías.

Las personas o entidades organizadoras y explotadoras de salas de bingo deberán constituir una garantía a favor de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears por el importe previsto en el artículo 12, que deberá depositarse ante la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.

La garantía se constituirá en dinero efectivo, aval o seguro de caución. En el supuesto de que se opte por aval o per un seguro de caución deberá hacerse en los términos expuestos en el siguiente artículo.

La garantía deberá mantenerse actualizada en la cuantía máxima del importe exigible. Si se produjese una disminución de su cuantía, el obligado a constituirla deberá completarla en la cuantía obligatoria en el plazo de dos meses. La no reposición de la garantía supondrá la cancelación de la inscripción y la revocación de la autorización otorgada.

Únicamente se autorizará la retirada de la garantía constituida cuando desaparezcan las causas que motivaron su constitución y no esté pendiente la resolución de expedientes administrativos de los que puedan derivarse responsabilidades económicas. Cuando se trate de avales o seguros de caución, para poder verificar la representación, la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears validará, previamente y por una sola vez, los poderes y, en el contenido del aval o del certificado del seguro de caución, se hará referencia al cumplimiento de este requisito.

En el supuesto en el que las personas titulares de autorizaciones a las que se refiere el artículo 8 hayan optado por constituir un aval, los avales a efectos de este decreto deberán cumplir los siguientes requisitos:. Para ser admitidos como garantía, los avales deberán ser otorgados por un banco, caja de ahorros, cooperativa de crédito, establecimiento financiero de crédito o sociedad de garantía recíproca que cumpla los siguientes requisitos:.

a Disponer de una autorización administrativa oficial para operar en España en vigor. b Estar inscrita en el Registro Oficial de Entidades de Crédito del Banco de España. c No estar en situación de mora ante la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears o de sus entes del sector público como consecuencia del impago de obligaciones derivadas de ejecuciones de avales anteriores.

A estos efectos, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera puede rechazar la admisión de avales provenientes de entidades que mantengan impagados los importes de avales ejecutados una vez finalizado el plazo de ingreso al que hace referencia la Ley General Tributaria para deudas en período voluntario.

d La declaración de esta situación de mora requerirá la tramitación de un expediente contradictorio previo, en el que se dará audiencia a la entidad avaladora. El cumplimiento de estos requisitos debe hacerse constar en el documento del aval. a Deben ser solidarios respecto a la obligación principal, lo que implica que el avalador debe renunciar a los beneficios de excusión y división.

b Debe constituirse al primer requerimiento, lo que implica que el avalador debe renunciar al beneficio de orden y que la Dirección General del Tesoro y Política Financiera puede requerirle que pague la deuda directamente, sin necesidad de requerirlo previamente a la obligación principal e, incluso, a pesar de la oposición del obligado principal.

c Deben estar en vigor desde la fecha de otorgamiento y hasta que la Dirección General del Tesoro y Política Financiera retorne el documento del aval.

d Los avales deben estar firmados por apoderados de la entidad con poder suficiente para obligarla. La representación ha de verificarse por la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

En el supuesto en que las personas titulares de autorizaciones a las que se refiere el artículo 8 hayan optado por contratar una póliza de seguro de caución, a los efectos de este decreto, deberán cumplir los siguientes requisitos:.

El seguro de caución habrá de ser otorgado por una entidad aseguradora autorizada para operar en España en el ramo de los seguros de caución. Las entidades aseguradoras, autorizadas para operar en España, habrán de cumplir, además, los siguientes requisitos:. No hallarse en situación de mora ante la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears o de sus entes del sector público como consecuencia del impago de obligaciones derivadas de ejecuciones de antiguos seguros de caución.

A tales efectos, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera puede rechazar la admisión de seguros de caución provenientes de entidades que mantengan impagados los importes correspondientes a contratos de seguros una vez finalizado el plazo de ingreso de la Ley General Tributaria para deudas en período voluntario.

No hallarse suspendida o extinguida la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad. El cumplimiento de estos requisitos se hará constar en el seguro de caución al que se refiere el apartado 2 de este artículo.

El contrato del seguro de caución tendrá las siguientes características:. La persona depositante de la garantía tendrá la condición de tomador del seguro, y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tendrá la condición de asegurado. a Que la entidad asegura solidariamente, lo que implica renuncia a los beneficios de excusión y división.

b Que se constituye el compromiso de pago al primer requerimiento de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, lo que supone la renuncia al beneficio de orden, a pesar de la oposición del tomador del seguro. c Que la aseguradora no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle ante el tomador del seguro.

d Que la falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho a la aseguradora a resolver el contracto, ni este quedará extinguido, ni la cobertura de la aseguradora suspendida ni la aseguradora quedará liberada de su obligación, en el supuesto en que la aseguradora tenga que hacer efectiva la garantía.

e Que el seguro de caución es de duración indefinida y que estará vigente hasta que la Dirección General del Tesoro y Política Financiera retorne el certificado al que se hace referencia en el apartado 2.

La garantía deberá constituirse en forma de certificado individual, con la misma extensión y garantías que las resultantes del contrato de seguro. Los certificados deberán estar firmados por apoderados de la entidad con poder suficiente para obligarla. Esta representación deberá ser verificada por la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears previamente al registro de la garantía.

Están obligadas a constituir una garantía en los términos expuestos en los artículos anteriores las empresas titulares de salas de bingo, cuya cuantía ha de mantenerse actualizada:.

En ningún caso se puede autorizar la instalación de salas de bingo en una zona inferior a quinientos metros, medidos radialmente desde el límite más cercano a la edificación de los centros que impartan enseñanza a las personas menores de edad, zonas de ocio infantil y centros permanentes de atención a las personas menores de edad.

Asimismo, no se puede autorizar ninguna sala de bingo en una distancia igual o inferior a metros respecto de la puerta de la entrada principal de otras salas de bingo ya autorizadas. a Centros que imparten enseñanza a las personas menores de edad los centros autorizados de enseñanza de personas menores de edad de acuerdo con la normativa sectorial educativa y el resto de centros de enseñanza a personas menores de edad de cero a cuatro años no autorizados de acuerdo con la normativa sectorial educativa.

b Zonas de ocio infantil, las zonas recreativas infantiles ubicadas en parques públicos y zonas deportivas destinadas a la infancia y juventud incluidas en el planeamiento municipal. Las limitaciones establecidas en este artículo deberán acreditarse mediante aportación de certificado subscrito por técnico competente que acredite el cumplimiento de todas estas limitaciones.

El aforo de las salas de bingo se calculará y vendrá determinado por el Código Técnico de la Edificación o norma que lo substituya, de acuerdo con el artículo Las salas de bingo, de conformidad con la solicitud y la autorización, y sin perjuicio de cumplir con lo establecido en el apartado anterior, se clasifican en las siguientes categorías:.

La autorización para la instalación de salas de bingo se solicitará ante la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática, por la empresa autorizada para la gestión y explotación de salas de bingo inscrita en el Registro General de Juego de las Illes Balears.

Dicha solicitud se acompañará de la siguiente documentación:. a Documento que acredite la titularidad o disponibilidad del local, vigente en el momento de presentar la solicitud. b Certificación literal del acuerdo adoptado por el órgano rector de la empresa solicitante de la autorización de instalación.

c Proyecto básico de las obras e instalaciones del local, redactado y subscrito por técnico competente. d Certificado de distancias, subscrito por técnico competente, a las que se hace referencia en el artículo 13 del presente reglamento.

e Documento acreditativo del pago de la tasa administrativa correspondiente. Presentada la solicitud y la documentación completa, la Dirección General de Comercio podrá practicar las inspecciones y comprobaciones técnicas que estime oportunas y resolverá expidiendo o denegando la autorización solicitada.

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de tres meses, a contar desde la fecha de la presentación completa de la documentación que debe adjuntarse a la solicitud. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud.

La autorización de instalación contendrá, como mínimo, los siguientes datos:. La existencia o no de servicio de bar o cafetería, y superficie total de la zona destinada a bar.

Vigencia de la autorización con indicación de la fecha exacta de su extinción. En todo caso, las salas de bingo deberán cumplir las siguientes obligaciones:. a Tener colocado en la entrada y de forma visible un rótulo con la indicación de su carácter.

b Hacer constar de forma visible a la entrada del establecimiento la prohibición de acceso a las personas menores de edad. c Situar en un lugar visible un cartel con la indicación de que la práctica abusiva de los juegos y las apuestas puede producir ludopatía.

Una vez otorgada la autorización de instalación, y en el plazo no superior a un año desde la notificación de la correspondiente resolución, deberán ejecutarse las obras de adaptación de los locales conforme a los proyectos aportados.

Se podrá otorgar una prórroga de la mitad del plazo concedido inicialmente, siempre que se solicite antes del cumplimento del plazo otorgado inicialmente.

Antes de la finalización del plazo indicado en el apartado anterior, o en su caso de la prórroga otorgada, el titular de la autorización de instalación deberá comunicar a la Dirección General de Comercio la apertura de la sala de bingo, acompañándola de la siguiente documentación:.

b Certificado subscrito por técnico competente de que las obras de construcción, reforma o adaptación del local en cuestión se corresponden exactamente con el proyecto básico por el que se concedió la autorización de instalación. Si no coincide, deberá presentarse un nuevo proyecto con las modificaciones realizadas, antes de los tres meses de la finalización del plazo fijado y se tramitará de acuerdo con el artículo La autorización de instalación podrá tener una vigencia máxima de hasta diez años, no pudiendo ser nunca superior al plazo acreditado de disponibilidad del local en donde pretenda desarrollarse la actividad.

La autorización podrá ser renovada por períodos de idéntica duración, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la normativa que esté en vigor en materia de juego en el momento de la renovación, a excepción de lo previsto en el artículo La solicitud de renovación deberá presentarse en modelo normalizado disponible en la página web de la Dirección General de Comercio de la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática, que se adjunta como anexo 6, dentro de los tres meses anteriores a la expiración de la autorización vigente.

Si no se solicita la renovación de la autorización en plazo se producirá la caducidad de la autorización, previa tramitación del correspondiente expediente administrativo. Las limitaciones contenidas en el artículo 13 del presente reglamento no serán de aplicación para la renovación de autorizaciones de salas de bingo concedidas con anterioridad a la vigencia de este decreto y respecto a las cuales no se exigía el cumplimiento de dichas limitaciones.

La solicitud de renovación de la autorización deberá presentarse ante la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática en el plazo indicado en el apartado 2, acompañada de la siguiente documentación:.

b Certificado de cumplimiento de normativa vigente en materia de juego. Sin perjuicio de la obtención de las licencias sectoriales correspondientes, requerirán autorización administrativa previa de la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática las modificaciones de la autorización de instalación de sala de bingo que impliquen algunas de las siguientes circunstancias:.

a Ampliación o disminución de la superficie de la sala, y en su caso, cambio de categoría de la sala. b Ampliación o disminución de la superficie útil destinada a juego y a servicio de bar o cafetería.

e Zona instalación del bingo electrónico en el interior de la sala de juego. Las solicitudes de autorización de modificación deberán dirigirse a la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática, de acuerdo con el modelo normalizado que estará disponible en la página web de la Dirección General de Comercio, que se adjunta como anexo 7, y deberán acompañarse de la siguiente documentación:.

b Certificado de cumplimento de normativa vigente en materia de juego, y especialmente de las previsiones contenidas en el presente reglamento, redactado y subscrito por técnico competente. a Por voluntad del titular de la autorización, manifestada por escrito ante la Dirección General de Comercio.

La extinción de la autorización se producirá cuando concurra alguna de las. causas señaladas en el apartado anterior, y será declarada mediante resolución motivada del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática, previa tramitación del procedimiento administrativo correspondiente, en todos los supuestos, y en el supuesto de la caducidad tendrá efectos retroactivos a la fecha de finalización de la vigencia de la autorización.

La autorización de instalación de la sala de bingo solo podrá transmitirse a otra empresa autorizada para la explotación de salas de bingo, previa autorización otorgada por el consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática.

La solicitud de autorización de transmisión, que deberá estar suscrita por las personas que ostenten la representación legal de las empresas transmitente y adquirente, deberá presentarse dentro del mes siguiente a la fecha del negocio jurídico, de acuerdo con el modelo normalizado disponible en la página web de la Dirección General de Comercio de la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática, que se adjunta como anexo 8.

En caso de ser otorgada la eficacia de la autorización, se condicionará a la presentación en el plazo máximo de quince días de la siguiente documentación:.

b Documento acreditativo de la constitución de la garantía por la nueva empresa. El nuevo titular se subrogará en todos los derechos y obligaciones derivados de dicha transmisión. Las salas de bingo deberán disponer del personal suficiente para la prestación de los servicios necesarios para el desarrollo de los juegos que se lleven a cabo en el establecimiento.

El contenido, la clasificación y la denominación de cada puesto de trabajo es el que se determine en el Convenio colectivo correspondiente. Las propinas o gratificaciones que el cliente entregue serán inmediatamente depositadas en una caja hermética, situada en un lugar visible de la mesa y bajo la responsabilidad del responsable del establecimiento en el momento en el que se celebre la sesión de juego.

La empresa gestora actuará como mera depositaria temporal de las propinas hasta que se haga el reparto. Finalizado el horario de juego, se contará el contenido de caja por un representante del personal, que anotará en un libro que llevará al efecto.

Cada asiento del libro deberá expresar la fecha y la hora del recuento, la cantidad existente en la caja, el nombre, número de documento profesional y firma del empleado que haga el recuento, así como un espacio para observaciones.

El importe existente en la caja será distribuido por los representantes del personal entre los trabajadores de la sala, con arreglo a los criterios fijados por el propio personal y la entidad titular, o la empresa de servicios, en su caso, sin que pueda detraerse parte alguna destinada al personal directivo de estas.

En caso de no haber acuerdo sobre esta distribución, podrá acordar la entidad titular, o empresa de servicios, la no admisión de propinas o gratificaciones de los jugadores a los empleados, en cuyo caso deberá advertirse mediante anuncios colocados en la sala.

Las propinas son gratificaciones voluntarias entregadas por los clientes a los trabajadores de la sala, y en ningún caso constituyen, ni pueden constituir, una forma de retribución de la prestación laboral realizada.

a Entrar o permanecer en la sala de juego fuera de sus horas de servicio, salvo con autorización del empleado responsable de la sala.

c Participar como jugadores, directamente o mediante terceras personas, en aquellas salas de bingo cuyo titular sea la misma entidad para la que trabaje. d Consumir bebidas alcohólicas o sustancias psicotrópicas, durante las horas de servicio. Todo el personal de la sala de bingo estará obligado a proporcionar a los funcionarios adscritos a los servicios de inspección, vigilancia y control del juego y apuestas toda la información que se les solicite referida al ejercicio de las funciones propias de cada uno.

Las salas de bingo deberán contar con un servicio de control y admisión en la recepción, que exigirá la identificación de los jugadores e impedirá la entrada y el juego a los menores de edad, las personas incapacitadas legalmente o por resolución judicial firme y a aquellos quienes voluntariamente hubieran solicitado la prohibición de acceso.

En la recepción de las salas de bingo deberán instalarse las máquinas de tipo B autorizadas en el número máximo permitido en el artículo El derecho de admisión en los locales de bingo se sujetará a la normativa vigente en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas.

b Las personas que hayan solicitado y obtenido del órgano directivo central competente en materia de juego que les sea prohibida la entrada. En este caso la duración mínima de la prohibición de entrada será la que se acuerde motivadamente por el citado órgano, dadas las circunstancias y antecedentes que concurran en la solicitud.

c Las personas que se encuentren en situación de libertad condicional o sometidas al cumplimiento de medidas de seguridad o judiciales, en tanto tales situaciones se mantengan.

d Las personas que pretendan entrar portando armas u objetos que puedan utilizarse como tales. Las prohibiciones a las que se refiere el presente apartado tendrán carácter reservado y no podrán distribuirse ni darles publicidad de forma alguna.

Con independencia de las condiciones y prohibiciones a que se refiere el presente artículo, el empleado responsable de la sala podrá expulsar de la sala de bingo a las personas que, aun no constando antecedentes de estas, produzcan perturbaciones en el orden de la sala o cometan irregularidades en la práctica de los juegos, cualquiera que sea la naturaleza de estas.

Las decisiones de prohibición de entrada, o la expulsión, a que se refiere este artículo serán comunicadas, dentro de los tres días siguientes de producirse, a la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática, que previas las comprobaciones que estime oportunas, podrá ordenar su inclusión en el Registro de Prohibidos que a tal efecto se llevará en esas dependencias.

Las personas que consideren que su expulsión o prohibición de entrada fue adoptada de forma injustificada podrán dirigirse, dentro de los tres días siguientes a la expulsión o prohibición, a la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática, exponiendo las razones que les asistan, quien, previas las consultas y actuaciones oportunas, decidirá sobre la reclamación en el plazo de un mes.

En el supuesto de estimar la reclamación, ordenará la iniciación del oportuno expediente sancionador al objeto de que se depuren las posibles responsabilidades, en su caso, por la comisión de infracciones por parte de la empresa titular, o de servicio, de la sala.

La Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática pondrá a disposición de las salas de bingo de la comunidad autónoma de las Illes Balears el contenido del Registro de Prohibidos mediante el oportuno soporte informático, con una periodicidad no superior a una semana.

En estas hojas de reclamación o denuncia se recogerán las quejas y las denuncias que las personas usuarias deseen formular sobre el funcionamiento de las máquinas instaladas, así como de la sala de juego en general.

El juego del bingo ordinario es una modalidad de juego, del tipo loterías, jugada sobre noventa números, del uno al noventa ambos inclusive, teniendo los jugadores como unidad de juego cartones integrados por quince números distintos entre sí y distribuidos en tres líneas horizontales de cinco números cada una y nueve columnas verticales, en cualquiera de las cuales puede haber tres, dos o un número, pero sin que pueda existir una columna sin ningún número.

Se entenderá formada la línea cuando hayan sido extraídos y cantados todos los números que la integran, siempre y cuando no haya resultado premiada ninguna otra con los números extraídos anteriormente. La línea podrá ser cualquiera de las tres horizontales que forman un cartón: la superior, central o inferior.

Se entenderá formado el bingo cuando hayan sido extraídos y cantados todos los números que integran el cartón. La aparición de varias combinaciones ganadoras, tanto en línea como en bingo, determinará la distribución proporcional de los premios en partes iguales.

El juego del bingo solo podrá practicarse con los cartones autorizados por el consejero competente en materia de hacienda. Los cartones en soporte papel deberán ser expedidos por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, o bien por cualquier otro organismo o entidad que determinen los consejeros competentes en materia de hacienda y en materia de juego.

Los cartones también podrán ser impresos en las propias salas de bingo mediante soporte informático, previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que se establezcan mediante orden del consejero competente en materia de hacienda, así como en la homologación que de tales sistemas se realice por la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática.

Cada cartón contendrá quince números distintos, entre el número uno y el noventa, ambos inclusive, y figurarán cinco de ellos en cada una de las tres filas que componen el cartón.

Principio de minimización de datos: los datos personales recogidos serán únicamente los estrictamente necesarios en relación con los fines para los que son tratados.

Principio de exactitud: los datos personales deben ser exactos y estar siempre actualizados. Principio de limitación del plazo de conservación: los datos personales solo serán mantenidos de forma que se permita la identificación del Usuario durante el tiempo necesario para los fines de su tratamiento.

Principio de integridad y confidencialidad: los datos personales serán tratados de manera que se garantice su seguridad y confidencialidad. Principio de responsabilidad proactiva: el Responsable del tratamiento será responsable de asegurar que los principios anteriores se cumplen.

Categorías de datos personales Las categorías de datos que se tratan en cejbingo son únicamente datos identificativos.

Base legal para el tratamiento de los datos personales La base legal para el tratamiento de los datos personales es el consentimiento. Fines del tratamiento a que se destinan los datos personales Los datos personales son recabados y gestionados por cejbingo con la finalidad de poder facilitar, agilizar y cumplir los compromisos establecidos entre el Sitio Web y el Usuario o el mantenimiento de la relación que se establezca en los formularios que este último rellene o para atender una solicitud o consulta.

Períodos de retención de los datos personales Los datos personales solo serán retenidos durante el tiempo mínimo necesario para los fines de su tratamiento y, en todo caso, únicamente durante el siguiente plazo: 24 meses, o hasta que el Usuario solicite su supresión.

Destinatarios de los datos personales Los datos personales del Usuario no serán compartidos con terceros. Secreto y seguridad de los datos personales cejbingo se compromete a adoptar las medidas técnicas y organizativas necesarias, según el nivel de seguridad adecuado al riesgo de los datos recogidos, de forma que se garantice la seguridad de los datos de carácter personal y se evite la destrucción, pérdida o alteración accidental o ilícita de datos personales transmitidos, conservados o tratados de otra forma, o la comunicación o acceso no autorizados a dichos datos.

Derecho de rectificación: Es el derecho del Usuario a que se modifiquen sus datos personales que resulten ser inexactos o, teniendo en cuenta los fines del tratamiento, incompletos. Derecho de supresión «el derecho al olvido» : Es el derecho del Usuario, siempre que la legislación vigente no establezca lo contrario, a obtener la supresión de sus datos personales cuando estos ya no sean necesarios para los fines para los cuales fueron recogidos o tratados; el Usuario haya retirado su consentimiento al tratamiento y este no cuente con otra base legal; el Usuario se oponga al tratamiento y no exista otro motivo legítimo para continuar con el mismo; los datos personales hayan sido tratados ilícitamentemente; los datos personales deban suprimirse en cumplimiento de una obligación legal; o los datos personales hayan sido obtenidos producto de una oferta directa de servicios de la sociedad de la información a un menor de 14 años.

Además de suprimir los datos, el Responsable del tratamiento, teniendo en cuenta la tecnología disponible y el coste de su aplicación, deberá adoptar medidas razonables para informar a los responsables que estén tratando los datos personales de la solicitud del interesado de supresión de cualquier enlace a esos datos personales.

Derecho a la limitación del tratamiento: Es el derecho del Usuario a limitar el tratamiento de sus datos personales. El Usuario tiene derecho a obtener la limitación del tratamiento cuando impugne la exactitud de sus datos personales; el tratamiento sea ilícito; el Responsable del tratamiento ya no necesite los datos personales, pero el Usuario lo necesite para hacer reclamaciones; y cuando el Usuario se haya opuesto al tratamiento.

Derecho a la portabilidad de los datos: En caso de que el tratamiento se efectúe por medios automatizados, el Usuario tendrá derecho a recibir del Responsable del tratamiento sus datos personales en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánica, y a transmitirlos a otro responsable del tratamiento.

Siempre que sea técnicamente posible, el Responsable del tratamiento transmitirá directamente los datos a ese otro responsable. Derecho de oposición: Es el derecho del Usuario a que no se lleve a cabo el tratamiento de sus datos de carácter personal o se cese el tratamiento de los mismos por parte de cejbingo.

Derecho a no ser a no ser objeto de una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles: Es el derecho del Usuario a no ser objeto de una decisión individualizada basada únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos personales, incluida la elaboración de perfiles, existente salvo que la legislación vigente establezca lo contrario.

En los casos en que se admita la representación, será también necesaria la identificación por el mismo medio de la persona que representa al Usuario, así como el documento acreditativo de la representación.

La fotocopia del DNI podrá ser sustituida, por cualquier otro medio válido en derecho que acredite la identidad. Petición con los motivos específicos de la solicitud o información a la que se quiere acceder.

Domicilio a efecto de notificaciones. Fecha y firma del solicitante. Todo documento que acredite la petición que formula. USO DEL PORTAL www.

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Orden de 25/10/, de la Consejería de Hacienda, por la que se desarrollan las reglas y requisitos del juego del bingo y sus distintas UCB – Sala de Bingo – Jugador). Garantía de la confidencialidad e integridad de las comunicaciones. Explicación. Es necesario contemplar varios tramos Las personas o entidades organizadoras y explotadoras de salas de bingo deberán constituir una garantía a favor de la Administración de la

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Garantía de confidencialidad bingo - garantía de confidencialidad del Grupo CODERE. Los datos personales serán tratados para la finalidad que fueron recolectados. Los datos podrán ser cedidos Orden de 25/10/, de la Consejería de Hacienda, por la que se desarrollan las reglas y requisitos del juego del bingo y sus distintas UCB – Sala de Bingo – Jugador). Garantía de la confidencialidad e integridad de las comunicaciones. Explicación. Es necesario contemplar varios tramos Las personas o entidades organizadoras y explotadoras de salas de bingo deberán constituir una garantía a favor de la Administración de la

j Servicios periféricos: órganos y unidades administrativas de la consejería competente en materia de juegos y apuestas de ámbito provincial. k Dirección General: órgano directivo competente en materia de juegos y apuestas de ámbito regional.

l Consejería: órgano ejecutivo superior competente en materia de juegos y apuestas de ámbito regional. El juego del bingo presencial cuenta con las siguientes modalidades:.

a Bingo tradicional: el juego del bingo es una modalidad de juego practicada sobre 90 números, del 1 al 90 inclusive, cuyo soporte son cartones, tarjetas o su equivalente electrónico, integrados por combinaciones de 15 números distintas entre sí y distribuidas en tres líneas horizontales de cinco cada una y en nueve columnas verticales, en cualquiera de las cuales puede haber tres, dos o un número pero sin que nunca haya una columna vacía.

b Bingo Interconexionado: modalidad del juego del bingo en la que su práctica se produce mediante la interconexión de distintos establecimientos por medio de los servidores ubicados en los locales autorizados y el servidor central ubicado en la sede de la empresa gestora del sistema de juego, contando con los elementos necesarios para interconectarse de forma segura y garantizar la integridad, autenticidad y confidencialidad de los datos que se intercambian.

c Bingo Simultáneo: consiste en la celebración de una partida de bingo de forma simultánea por todos los jugadores presentes en los diferentes establecimientos que estén adheridos al sistema y en conexión entre sí y la unidad central de proceso de datos.

d Bingo Americano: modalidad de juego, jugada sobre un máximo de 24 números, gráficos, o ambos, entre el 1 y el 75, dispuestos en cinco filas de cinco columnas cada una, en que la tercera casilla de la tercera fila se deja siempre vacía.

e Bingo Plus: modalidad de juego, que se basa en una secuencia de extracciones utilizando como unidad de juego unos cartones con un número de combinaciones numéricas, gráficas, o ambas, comprendido entre 5 y 20, que van desde el 1 a un máximo de , en el que podrán resultar premiadas cualquiera de las combinaciones, ya sea de uno o más números o gráficos.

f Bingo electrónico: modalidad del juego del bingo en la que la participación, gestión y liquidación de premios se realiza por medio de un sistema íntegramente automatizado, en uno o varios establecimientos de modo simultáneo, mediante la interconexión de una unidad central de proceso de datos con los servidores ubicados en los distintos locales.

Los elementos materiales y personales necesarios para la práctica presencial del juego del bingo y sus distintas modalidades serán los recogidos en los anexos I, II y III.

Los máximos y mínimos de las apuestas y premios, se determinarán:. En todo caso los límites económicos serán los reflejados en el anexo IV. El funcionamiento, desarrollo y explotación del juego del bingo se regirá por el título habilitante otorgado y por las reglas particulares elaboradas y publicadas por el organizador, debiendo ser comunicadas previamente a su puesta en práctica a la Dirección General.

Las normas a que se refiere el apartado anterior habrán de ser claras y accesibles a jugadores y participantes. El desarrollo de cada sesión del juego del bingo deberá reflejarse en un acta que ha de redactarse, partida a partida, simultáneamente a la realización de cada una de éstas, no pudiendo iniciarse la extracción de las bolas mientras no se hayan consignado en el acta los datos citados en el apartado siguiente.

En el encabezamiento del acta debe constar la diligencia de inicio de la sesión, la fecha y la firma del Jefe de Mesa, añadiéndose a continuación, por cada partida, los siguientes datos:.

c Cifra de cartones vendidos, con indicación de la serie y del número de orden inicial y final. d Cantidad total recaudada y cantidades correspondientes a cada uno de los premios. Al finalizar la sesión deberá extenderse la diligencia de cierre, que será suscrita por el Jefe de Sala.

Asimismo, se harán constar en el acta las incidencias y reclamaciones de los jugadores que se hubieran producido durante el desarrollo de las partidas. En este caso, la empresa titular del establecimiento deberá remitir a los servicios periféricos una copia de la hoja u hojas del acta que reflejen dichas incidencias, en el plazo de las cuarenta y ocho horas siguientes al cierre de la sesión.

De las actas se hará, como mínimo, una copia para los servicios de control e inspección del juego, que podrán recabar su exhibición o remisión.

Podrán extenderse manualmente o mediante los sistemas informáticos establecidos al efecto. Los establecimientos podrán disponer de un sistema informático, previamente autorizado, conectado a la mesa de control, en el que se recogerán y almacenarán todos los datos e incidencias que se produzcan en cada partida y, especialmente, los indicados en el apartado 2 del artículo 7.

El sistema de archivo deberá recoger la información citada en el apartado anterior relativa a los últimos tres años. El acceso a dicha información estará reservado a los servicios de control e inspección del juego y a los órganos judiciales.

En los supuestos de avería del sistema informático de archivo, tal circunstancia se hará constar en el acta de la sesión, mediante diligencia extendida por el Jefe de Sala, el Jefe de Mesa y el miembro del personal que haga funciones de Locutor, en la que se indicará la partida y hora en que se produjo la avería.

Efectuado lo anterior, se reanudará el juego haciéndose constar en el acta, a partir de entonces, las partidas que se celebren con indicación de los datos señalados en el apartado 2 del artículo 7. Antes de iniciarse la sesión de juego del día siguiente, deberá haberse reparado o sustituido el sistema informático de archivo.

En el juego del bingo se premiarán las combinaciones de línea y bingo. a Se entenderá formada la línea con el primer anuncio correcto del titular del cartón cuyos números hayan sido debidamente extraídos y cantados, que integran cualquiera de las tres líneas que lo configuran.

b Se entenderá formado el bingo con el primer anuncio correcto del titular del cartón cuyos quince números hayan sido debidamente extraídos y cantados.

El porcentaje que debe ir destinado a las distintas modalidades de premios será del 63,2 por ciento del valor facial de los cartones vendidos en cada partida.

Los titulares de las autorizaciones de instalación de los establecimientos donde se practique el juego del bingo podrán distribuir libremente el porcentaje y las cuantías de los premios de las distintas combinaciones ganadoras, debiendo informar de dicha distribución a los jugadores en los términos previstos en el artículo Los premios que los jugadores pueden obtener mediante el juego del bingo pueden ser de las siguientes modalidades:.

Todos los establecimientos en los que se practique el juego de bingo deberán ofrecer a los jugadores la posibilidad de obtener los premios de línea y de bingo, en tanto que las modalidades de premio de bingo acumulativo, de prima y de gran prima sólo podrán ser ofrecidas en aquellos que expresamente las tengan autorizadas.

La práctica de las nuevas modalidades de premios autorizadas, o la nueva cuantía de los premios que corresponda a las mismas, sólo podrá iniciarse a partir de la sesión correspondiente al primer día del mes siguiente a aquel en que se notifique su autorización.

En esta misma fecha cesará toda detracción para la formación de los premios correspondientes a la modalidad o modalidades que, a resultas de la modificación, pudieran desaparecer, salvo que existieran dotaciones para éstas, en cuyo caso podrán continuar hasta su agotamiento. Las modificaciones de las modalidades de premios autorizadas o de la cuantía de los mismos, se harán constar en el libro de actas, mediante diligencia extendida por el Jefe de Sala al inicio de la sesión en que tales modificaciones se lleven a efecto y, en su caso, tras producirse la extinción de la modalidad de que se trate en los términos señalados en el apartado anterior.

El premio de bingo acumulativo consiste en la obtención de un premio adicional por el jugador o jugadores que resulten premiados con el de bingo, siempre que el número de bolas extraídas hasta la consecución de este último no supere el número máximo que se establece en el apartado siguiente.

Tendrán derecho al premio de bingo acumulativo el jugador o jugadores que en una partida formen bingo con un número de bola, según su orden de extracción, no superior al máximo autorizado, de acuerdo con la siguiente proporción entre cartones vendidos y bolas extraídas en cada partida:.

a Cartones vendidos: -Hasta cartones vendidos Bola o extracción: b Cartones vendidos: -De a cartones vendidos Bola o extracción: c Cartones vendidos: -De a cartones vendidos Bola o extracción: d Cartones vendidos: -Más de cartones vendidos Bola o extracción: La cuantía máxima del premio de bingo acumulativo podrá ser de 3.

En el libro de actas deberá dejarse constancia de la partida en la que se alcanzó la cuantía máxima de la modalidad de premio de bingo acumulativo, así como de aquella en la que se obtuvo el aludido premio.

El premio de prima consistirá en una cantidad fija de euros, euros, euros, euros, euros o euros. Tendrán derecho al premio de prima el jugador o jugadores que formen bingo en la partida siguiente a aquella en la que se hubiera alcanzado la cuantía máxima autorizada para dicho premio.

Las cantidades que se hubieran detraído hasta aquella partida, en lo que excedan de la cuantía máxima que el establecimiento tuviera autorizado, quedarán afectas al siguiente premio de prima.

El premio de gran prima consiste en la obtención de un premio adicional por el jugador o jugadores que resulten premiados con el de bingo, siempre a partir de un número mínimo de bolas extraídas hasta la consecución del premio, comenzando en la bola de extracción número El premio de gran prima consistirá en una cantidad fija de euros, 1.

Tendrán derecho al premio de gran prima el jugador o jugadores que formen bingo en la partida siguiente a aquella en la que se hubiera alcanzado la cuantía máxima autorizada para dicho premio, con la bola extraída igual o inferior a la establecida, incrementándose en cada partida en una unidad la bola para la obtención del premio, hasta que este se conceda.

En el supuesto de que exista más de una combinación ganadora del premio gran prima en una partida, ello dará lugar al reparto de los premios entre los jugadores que lo hayan conseguido. Las cantidades que se hubieran detraído hasta aquella partida, en lo que excedan de la cuantía máxima que el establecimiento tuviera autorizado, quedarán afectas al siguiente premio de gran prima.

Los premios de línea, bingo, prima y gran prima deberán hacerse efectivos en metálico o por otros medios de pago autorizados, sin que puedan sustituirse por premios en especie, conforme a las siguientes reglas:. a Si la opción elegida es el pago en efectivo o cheque conformado, dicho pago o la extensión del cheque se realizará inmediatamente después de la finalización de la sesión de juego en que se obtuvo el premio.

b En el supuesto de que la opción elegida fuera la trasferencia bancaria, el pago habrá de hacerse efectivo en el primer día hábil siguiente a la obtención del premio, debiendo quedar constancia asimismo de la conformidad del jugador.

Los premios de bingo acumulativo se abonarán mediante cheque conformado o por trasferencia bancaria, conforme a lo dispuesto en el apartado anterior.

No obstante, cuando el importe de los mismos no supere la cuantía de 1. En ningún caso procederá su pago en especie. En el supuesto que en una partida existiese más de una combinación ganadora que diera lugar a cualesquiera de los premios antes aludidos y éstos hubieran sido debidamente cantados, se procederá a su reparto proporcional por cartones premiados entre los jugadores que la hubieran conseguido.

Para garantía de los jugadores, los premios de bingo acumulativo prima y gran prima se entregarán en bandeja diferente a la del premio de bingo de la partida.

Junto con el premio de bingo acumulativo se entregará un justificante en el que se detallará la fecha de la sesión y la cuantía del premio concedido. Estos datos se harán constar mediante diligencia en el libro de actas. Capítulo III Bingo interconexionado Artículo Infraestructura y medios técnicos para el bingo interconexionado.

Para la práctica del bingo interconexionado se precisará una determinada y específica infraestructura técnica, descrita en el anexo V, que garantice la transferencia de información entre los establecimientos y la unidad central de la empresa gestora del sistema de juego, a la cual, en todo caso, tendrá acceso la Dirección General.

Dentro del sistema técnico la unidad central es la encargada, mediante los correspondientes procedimientos informáticos, de procesar la información recibida por cada establecimiento en lo relativo a las cantidades detraídas, reenviando dicha información a cada uno, al objeto de que, paulatina y automáticamente, se vayan actualizando los importes, tanto del premio de bingo interconexionado como de las bolas de obtención.

La unidad central de la empresa gestora del sistema de juego deberá estar en funcionamiento durante el horario de apertura de los establecimientos, garantizando en todo momento la continuidad y seguridad del mismo.

Será condición indispensable la trasferencia de información de cada establecimiento a la unidad central, información que debe quedar a la plena disposición de la Dirección General, quien podrá exigir la realización periódica de auditorías de seguridad informática y de telecomunicaciones.

Asimismo, el sistema debe permitir en cualquier momento que, por parte de los servicios de inspección pueda consultarse desde la unidad central su correcto funcionamiento y el bloqueo automático de las terminales instaladas en los distintos establecimientos, en los casos que sean procedentes.

Al principio de cada sesión, los establecimientos adheridos al sistema estarán obligados a efectuar una comunicación inmediata de apertura a la unidad central solicitando los importes de los premios, de la reserva y el número de orden de bola con la que se obtendrá el premio.

En el supuesto de que por cualquier eventualidad no se pudiera realizar la comunicación, la trasmisión se efectuará a través del sistema adecuado para posibilitar la introducción de datos en el establecimiento.

Si durante el desarrollo de la partida, por cualquier eventualidad, la información no se pudiera trasmitir o recibir correctamente, se suspenderá la práctica de esta modalidad en el establecimiento o establecimientos donde se localizara el problema. En el supuesto de que fuera imposible la trasmisión informática de los datos, los establecimientos adheridos estarán obligados a comunicar los datos necesarios por el medio técnico adecuado para determinar el importe detraído a los efectos de esta modalidad.

El incumplimiento de esta obligación supondrá la exclusión del local del sistema, sin perjuicio de las correspondientes sanciones. Además, el establecimiento será el responsable ante el jugador, en su caso, del pago del premio que le pudiera corresponder. Artículo Dotación económica, distribución y pago del bingo interconexionado.

Para la práctica de esta modalidad es necesario que el establecimiento desarrolle la modalidad de premio del bingo acumulativo. La dotación económica del premio del bingo interconexionado es la resultante de detraer la cantidad calculada en un 1 por ciento del valor facial de los cartones vendidos en cada partida en todos los establecimientos autorizados, descontándose del porcentaje destinado a la línea.

De dicha cantidad el 60 por ciento se destinará a premios y el 40 por ciento restante se destinará a reserva. El importe del premio será de Siempre que la reserva no haya alcanzado el importe máximo de Cuando el importe de la reserva alcance el límite de Diariamente la empresa gestora del sistema de juego del bingo interconexionado comunicará, en el acta de apertura, a todos los establecimientos adheridos al sistema, el número de orden de la bola fijada como tope durante esa sesión para la obtención del premio.

La bola fijada como máxima para la obtención del premio del bingo interconexionado, en cada sesión, permanecerá invariable durante el transcurso de toda la sesión. El Jefe de Sala entregará al ganador o ganadores una copia del acta de la partida en la que se harán constar los datos del cartón premiado, combinación e importe del premio.

Obtenido el premio de bingo interconexionado por uno o varios jugadores, se pasará a constituir el importe del nuevo premio con la cantidad consignada en la reserva, no pudiéndose otorgar éste hasta alcanzar el importe de El pago del premio se efectuará conforme a las siguientes reglas:.

a Si la opción elegida es el cheque conformado, éste se extenderá inmediatamente después de la finalización de la sesión de juego en que se obtuvo el premio. Las cantidades detraídas diariamente por los establecimientos adheridos al sistema para la formación del premio del bingo interconexionado, así como para su reserva, serán ingresadas en el primer día hábil siguiente a la finalización de cada sesión, en una cuenta exclusiva y específicamente abierta al efecto en alguna entidad financiera por la empresa gestora del sistema de juego.

El dinero depositado en dicha cuenta únicamente podrá ser utilizado para el pago de los premios del bingo interconexionado, así como para traspasar las cantidades de la reserva a premio, quedando prohibido su empleo para otros fines.

La modalidad del juego del bingo simultáneo se desarrollará, conforme a las normas que rigen el juego del bingo, con las peculiaridades siguientes:. a Se desarrollará en los establecimientos integrados en el sistema, y la extracción de bolas tendrá lugar con periodicidad diaria y turno rotativo entre ellos, o directamente en la unidad central de la empresa gestora del sistema de juego si el establecimiento correspondiente tuviera problemas de desarrollo de la partida.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, la Dirección General podrá disponer que el desarrollo del juego del bingo simultáneo se lleve a cabo únicamente en la unidad central cuando las circunstancias así lo aconsejen.

El juego del bingo simultáneo sólo podrá distribuirse por la unidad central de la empresa gestora del sistema de juego y deberá desarrollarse diariamente, al menos una partida, en los establecimientos debidamente autorizados. El horario de celebración de las partidas se determinará por la empresa gestora del sistema de juego de común acuerdo con los establecimientos, dentro de los horarios de funcionamiento permitidos.

b En los casos en que, como excepción, el desarrollo de las partidas no se efectúe desde un establecimiento determinado sino desde la unidad central, ésta deberá arbitrar un sistema por el cual, a solicitud de cualquier persona se pueda asistir a las operaciones necesarias para la realización del juego del bingo simultáneo, siempre que ello no suponga una interrupción injustificada del mismo.

Antes de iniciar la venta de cartones asignados a cualquier partida, el establecimiento deberá solicitar la autorización de la empresa gestora del sistema de juego, que la concederá previa comprobación de los saldos contables y demás condiciones que procedan.

La venta de cartones podrá realizarse, a voluntad del establecimiento y previa la autorización señalada en el apartado anterior, hasta el cierre de ventas ordenado por la empresa gestora del sistema de juego.

A tal fin, en los descansos entre las partidas del bingo tradicional podrá anunciarse que están a la venta los cartones para la participación en el bingo simultáneo, indicando el precio de la unidad de venta, la hora de celebración de la partida del bingo simultáneo y el número de cartones a la venta en el establecimiento.

Sólo podrán venderse cartones anticipadamente para la siguiente partida de bingo simultáneo que se celebre en el mismo día. Los cartones se venderán correlativamente según los requisitos fijados. En ningún caso pueden venderse en una misma partida dos cartones iguales.

Una vez ordenado desde la unidad central el cierre de la venta de cartones, el Jefe de Mesa de cada establecimiento procederá a registrar en el sistema informático el número de cartones vendidos.

Completadas las operaciones necesarias para iniciar la partida, la unidad central de la empresa gestora del sistema de juego procederá a facilitar la siguiente información: cierre de ventas de cartones, identificación del local desde el que tiene lugar las extracciones de bolas, locales participantes, número de cartones vendidos, porcentaje de la totalidad de los cartones vendidos destinado a premios e importe de ellos, información que será expuesta en las pantallas o paneles electrónicos.

Efectuada esta operación, se procederá a anunciar en cada establecimiento el comienzo de la partida. Los establecimientos que no hubieran procedido a la transmisión de datos, quedarán automáticamente excluidos de la partida, viniendo obligados a devolver a sus clientes el importe de los cartones vendidos, que serán anulados.

Una vez ultimados los tramites antes referidos, se procederá a la transmisión directa y simultánea de cada una de las extracciones a los establecimientos conectados desde aquel en la que se celebre la partida a través de la unidad central, desarrollándose la partida mediante la visión, locución, o ambos, de las extracciones de las bolas en cada establecimiento.

En la celebración de partidas con premio de bingo de sala, los establecimientos que, una vez iniciada la partida, no pudieran desarrollarla con normalidad por cualquier incidencia cuya resolución requiera un tiempo superior a dos minutos, quedarán automáticamente excluidos de la partida, estando obligados a devolver a sus clientes el importe nominal de los cartones vendidos.

Si la resolución de la incidencia se produjera en un tiempo inferior a dos minutos, la transmisión de datos se reanudará una vez resuelta aquélla desde el momento en que el juego fue interrumpido. La duración total de las incidencias producidas en una misma partida no podrá ser superior a cinco minutos.

En caso contrario, los establecimientos quedarán automáticamente excluidos de la partida con los efectos previstos en el párrafo anterior.

En la celebración de partidas sin premio de bingo de sala, los establecimientos que una vez iniciada la partida no pudieran desarrollarla con normalidad por cualquier circunstancia, quedarán automáticamente excluidos de la partida, estando obligados a devolver a sus clientes el importe nominal de los cartones vendidos.

a Pleno: corresponderá este premio al cartón o cartones que contengan la combinación de números que, por primera vez en una partida, hayan resultado extraídos en su totalidad. Para la obtención del premio resulta irrelevante el orden de extracción de los números integrantes del cartón o cartones premiados.

b Bingo de sala: corresponderá este premio al cartón o cartones que, en cada uno de los establecimientos participantes en la partida, contengan la combinación de números que, por primera vez en la partida, resulten extraídos en su totalidad.

c Superpleno: corresponderá este premio al cartón o cartones que hayan obtenido el premio de Pleno antes de que se haya producido un número de extracciones establecido previamente por la empresa gestora del sistema de juego, y siempre que se haya acumulado la cuantía fijada previamente por la citada empresa.

Se destinará a la retribución de los premios señalados en el apartado anterior el 66 por ciento del valor facial de la totalidad de los cartones vendidos para la partida en el conjunto de los establecimientos participantes con independencia de los premios que se otorguen en cada partida, de conformidad con lo establecido en el apartado 6.

El reparto de dicho porcentaje entre las distintas clases de premios se determinará por la empresa gestora del sistema de juego, debiendo anunciarse por la mesa en la totalidad de los establecimientos participantes al inicio de cada partida.

La cantidad destinada a retribuir los premios de bingo de sala se distribuirá entre los establecimientos participantes en proporción a la recaudación obtenida en cada uno de ellos como producto de la venta de cartones de esa partida.

La cantidad destinada a retribuir el superpleno se formará acumulando los importes destinados a tal fin en cada partida, en función del porcentaje establecido por la empresa gestora del sistema de juego, correspondiendo a dicho premio el 75 por ciento del importe acumulado hasta el momento en que el premio se obtenga.

La empresa gestora del sistema de juego constituirá una reserva con el 25 por ciento restante del importe acumulado, que se dotará como valor de inicio para la formación del superpleno una vez otorgado el anterior. En los premios del juego del bingo simultáneo la existencia simultánea de más de una combinación ganadora dará lugar al reparto del importe de los premios entre los jugadores que la hubieran obtenido.

Se podrán celebrar partidas sin premio de bingo de sala o sin premio de superpleno o ambos, anunciando este hecho previamente al inicio de la venta y con la antelación suficiente para el conocimiento del público.

Las partidas sin premio de superpleno no acumularán importe alguno al premio de superpleno ni los jugadores participantes tendrán opción al mismo. Queda prohibido complementar las cuantías de los premios establecidas en los apartados anteriores de este artículo con cualquier cantidad de dinero o pago en especie de cualquier naturaleza, así como establecer aproximaciones, reintegros o cualquier otra clase de premios distintos a los regulados en este artículo.

Finalización de la partida, obtención y abono de premios y devoluciones. Para tener derecho a la obtención de los premios, así como a su abono, se estará a lo dispuesto en el artículo 14, con las particularidades siguientes:.

a Terminada la partida, se procederá en todos los establecimientos participantes al anuncio del establecimiento o establecimientos donde se haya producido el premio de pleno y superpleno, en su caso.

En el caso de partidas de bingo simultáneo con premio de bingo de sala, una vez finalizada la partida en todos los establecimientos, se procederá a la comprobación y asignación del cartón o cartones premiados con el pleno y superpleno en su caso, anunciándose en el establecimiento o establecimientos donde se hayan producido dichos premios.

b El premio de bingo de sala se abonará en el propio establecimiento, conforme a las siguientes reglas:. Si la opción elegida es el pago en efectivo o cheque conformado, dicho pago o la extensión del cheque se realizaran inmediatamente después de la finalización de la sesión de juego en que se obtuvo el premio.

En el supuesto de que la opción elegida fuera la trasferencia bancaria, el pago habrá de hacerse efectivo en el primer día hábil siguiente a la obtención del premio, debiendo quedar constancia asimismo de la conformidad del jugador.

c La obtención de los premios de pleno y superpleno se acreditará mediante certificación librada a nombre de cada jugador premiado por el Jefe de Mesa o responsable del establecimiento donde se haya vendido el cartón o cartones premiados, una vez autorizado por la unidad central de la empresa gestora del sistema de juego.

El pago del premio se efectuará por cheque o trasferencia bancaria, según las reglas descritas en el número anterior. d Una vez transmitidos los datos de la venta a la unidad central, el importe de los premios comunicado a los jugadores antes de iniciarse la partida, no se podrá modificar como consecuencia de la eventual desconexión de alguno de los establecimientos durante su celebración y por la consiguiente devolución a los jugadores de las cantidades jugadas.

La empresa gestora del sistema de juego asumirá el porcentaje destinado a premios correspondiente a las unidades de venta devueltas. e La recogida, destrucción o en su caso incorporación a la documentación anexa al acta de los cartones usados, se llevará a cabo en los términos previstos en el punto 1 a º del anexo I.

Actas 1. Durante la celebración de la partida, el Jefe de Mesa de cada establecimiento participante irá levantando acta en la que, de forma sintética, se reflejarán todos los datos relevantes de la misma y a la que se adjuntarán los cartones devueltos y anulados si los hubiere.

El acta contendrá los siguientes datos:. f Serie o series puestas a la venta y número de cartones que la componen. Es igualmente responsable de la resolución de las incidencias que en el transcurso de ellas se produzcan.

Crupier Croupier. Asegurando el mejor trato al cliente, de eficiencia y seguridad. Las funciones de Jefe de Zona Área y Crupier Croupier , se desarrollaran en aquellas salas de bingos en las que se incorporan juegos ya no exclusivos de casinos.

La definición de funciones que antecede tiene por objeto delimitar el contenido de la prestación laboral. En la asunción de responsabilidades se estará en cada momento a lo que sobre el particular determinen los Reglamentos Autonómicos del Juego del Bingo, o en su defecto el Reglamento de Ámbito Estatal; a falta de regulación expresa en ambos, se estará a lo aquí dispuesto.

Los grupos profesionales están determinados por aquellas Funciones que presentan una base profesional homogénea dentro de la Organización del trabajo.

En este sentido y a los estos efectos de lo dispuesto en el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores, los grupos profesionales que seguidamente se establecen agrupan unitariamente las aptitudes profesionales, titulaciones y contenido general de la prestación, e incluyen las funciones profesionales que se relacionan y cuyas tareas, que definen el contenido general de la prestación, se encuentran detalladas en el artículo anterior.

Por acuerdo entre el trabajador o trabajadora y el empresario se establecerá el contenido de la prestación laboral objeto del contrato de trabajo, así como su equiparación a uno de los grupos profesionales previstos en el presente convenio-marco.

De igual modo, se asignará al trabajador una de las categorías profesionales que se recogen en este acuerdo y que delimitan la prestación laboral. Se establecen dos grupos profesionales que engloban las funciones específicas del juego del Bingo:. La movilidad funcional en el seno de la empresa no tendrá otras limitaciones que las exigidas por las titulaciones académicas o profesionales precisas para ejercer la prestación laboral y por la pertenencia al grupo profesional.

La movilidad funcional para la realización de funciones, tanto superiores como inferiores, no correspondientes al grupo profesional solo será posible si existen, razones técnicas u organizativas que la justifiquen.

El empresario deberá comunicar su decisión y las razones de ésta a los representantes de los trabajadores. La movilidad funcional se efectuará sin menoscabo de la dignidad del trabajador o trabajadora y sin perjuicio de su formación y promoción profesional, teniendo derecho a la retribución correspondiente a las funciones que efectivamente realice, salvo en la encomienda de funciones inferiores, en los que mantendrá la retribución de origen.

No cabrá invocar las causas de despido objetivo de ineptitud sobrevenida o de falta de adaptación en los supuestos de realización de funciones distintas de las habituales como consecuencia de la movilidad funcional. Con el fin de que los trabajadores de un mismo grupo profesional adquieran los conocimientos y práctica necesaria para el desempeño de todas sus funciones, la movilidad en los distintos puestos de trabajo, se realizará de forma equitativa y rotativa.

En lo no previsto en el presente artículo se estará a lo dispuesto en los artículos 22 y 39 del Estatuto de los Trabajadores. Es la parte de la retribución fija abonada a los trabajadores y trabajadoras en virtud de su función profesional, por unidad de tiempo del trabajo convenido durante la jornada ordinaria de trabajo fijada en convenio, incluido los tiempos de descansos establecidos.

En este concepto, están compensados los gastos que se realizan diariamente al desplazarse desde el domicilio a su centro de trabajo, la operación con dinero en metálico, en general cuando realizan cobros o pagos a clientes, y la circunstancia de que los trabajadores en el desempeño de sus funciones operan con dinero.

El salario base se ha establecido atendiendo a que el trabajo sea nocturno por su propia naturaleza. De Puesto de Trabajo. Se devengarán en virtud de las especiales características del puesto de trabajo asignado.

No tendrán carácter personal, no es retribución absorbible ni consolidable, por lo que se suprimirá su abono cuando dejen de efectuarse las funciones o desaparezcan las condiciones que dieron lugar a su devengo:. Complementos de Calidad y Cantidad de Trabajo.

Se devengarán en razón de los ingresos brutos mensuales obtenidos por la Sala de Juego, no tendrán carácter consolidable y, dadas sus especiales característicos no podrá en ningún caso tener la consideración de retribución absorbible. Cualesquiera otros que vengan determinados por la negociación de ámbito inferior que tengan como objeto la incentivación de la calidad o cantidad de la prestación laboral.

Complementos Personales. Tales como aplicación de títulos, idiomas o conocimientos especiales, o cualquier otro de naturaleza análoga que derive de las condiciones personales del trabajador y que no haya sido valorado al ser fijado el salario base.

Asimismo, tendrá esta consideración el premio de permanencia en el centro de trabajo. En ningún caso tendrán el carácter de conceptos salariales compensables ni absorbibles. Complementos de vencimiento periódico superior al mes. Todos los trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a tres pagas extraordinarias; dos de ellas se abonarán semestralmente, coincidiendo con los días 20 de junio y 20 de diciembre de cada año, y la tercera coincidiendo con el inicio del periodo de vacaciones anuales pudiendo prorratearse ésta en doce mensualidades.

Los trabajadores y trabajadoras que ingresen o cesen durante el año, percibirán la parte proporcional de dichas pagas. Complementos extrasalariales.

Tendrán carácter extrasalarial las percepciones, cualquiera que sea su forma, que no responda a una retribución unida directamente con el trabajo prestado. Poseen esta naturaleza las compensaciones por: dietas, indemnizaciones o suplidos. En su caso, las mejoras voluntarias individualmente pactadas o unilateralmente concedidas por el empresario.

Las organizaciones firmantes tienen presente la relevancia del nivel de cualificación profesional de las trabajadoras y trabajadores en cuanto a la competitividad del sector. Además, reconocen que la formación profesional a todos los niveles de las personas trabajadores contribuye a la mejora de sus condiciones de vida y de trabajo, a la estabilidad en el empleo y a su promoción profesional y personal.

La formación profesional constituye en consecuencia un objetivo compartido por empresas, y personas trabajadoras y viene siendo objeto de atención especial por las organizaciones empresariales y sindicales del sector, en el marco de la negociación colectiva.

Esta formación mejora también la adaptabilidad del personal a los cambios, que se producen en el sector, motivados tanto por procesos de innovación tecnológica como por nuevas formas de organización de trabajo, contribuyendo con la formación profesional continua a propiciar el desarrollo y la innovación de la actividad.

Dada su trascendencia para el modelo de relaciones laborales al que responde este acuerdo, la política formativa en el sector se acomodará a los siguientes criterios:.

Por ello, se acuerda mantener e impulsar la Comisión Paritaria Sectorial Estatal de Formación Profesional para el Empleo. Las organizaciones firmantes del presente acuerdo se comprometen a trasladar a las comunidades autónomas, la necesidad de favorecer la formación sectorial del juego del bingo en su ámbito territorial, con objeto de garantizar el debido equilibrio entre la oferta formativa sectorial e intersectorial.

Para entender de cuantas cuestiones se planteen sobre formación profesional en el ámbito del sector, y para dar respuesta a las previsiones de la legislación vigente en materia de formación profesional para el empleo y desarrollar las competencias que para la misma se deriven de la normativa reguladora del subsistema de formación profesional para el empleo, el sector cuenta con una Comisión Paritaria Sectorial de Formación.

Dicha Comisión Paritaria Sectorial de Formación se considera subsistente, teniendo establecido su reglamento. Estas Estructuras Paritarias podrán agruparse en sectores afines conforme al mapa sectorial aprobado por Consejo General del Sistema Nacional de Empleo.

Esta comisión queda compuesta por cuatro representantes de las organizaciones sindicales y cuatro representantes de las organizaciones empresariales firmantes de este acuerdo. A las reuniones de la Comisión podrán asistir, con voz, pero sin voto, las personas asesoras que en cada caso designen las respectivas representaciones, uno por cada organización sindical u organización empresarial.

Toma de decisiones. Los acuerdos de la Comisión se adoptarán de acuerdo a los criterios siguientes:. Funciones principales. De conformidad con lo establecido en la legislación vigente destacar:. Dicha mediación sólo podrá ser desatendida por causas justificadas y así se decida por unanimidad de las personas que componen la comisión.

Funciones complementarias. Además de éstas, la Comisión tendrá las siguientes funciones:. Esta comisión paritaria podrá operar en el seno de la Fundación Estatal para el Empleo o administración encargada de llevar el control de las bonificaciones o fuera de ella cuando las cuestiones que se planteen afecten a asuntos relativos a la aplicación del presente acuerdo.

Cuestiones estas últimas que deberán ser tratadas obligatoriamente por esta comisión cuando se planteen por alguna de las partes. Podrá constituirse en el seno de la empresa una Comisión de Formación en aquellas empresas o grupo de empresas con número de 50 o más personas en plantilla, que se encargará de mejorar y desarrollar los procesos de información, participación y seguimiento en materia de planes y acciones de formación.

La Comisión será paritaria con representación de la empresa y otra de la parte sindical. Se dotará de un reglamento de funcionamiento propio en el que regular la composición, concretar las competencias y dotarse de normas de funcionamiento que las partes acuerden. Las partes firmantes se comprometen a adoptar las iniciativas necesarias para favorecer el acceso de las personas trabajadoras a los permisos individuales de formación, al objeto de desarrollar esta iniciativa en el ámbito del sector.

La empresa informará a la representación sindical de todos los permisos individuales de formación solicitados y de su concesión o denegación, motivando en este último supuesto las razones de la misma. En lo no contemplado en el presente capítulo, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente, así como a las normas legales, reglamentarias y convencionales que puedan establecerse en el futuro en esta materia.

El empresario podrá decidir trasladar al trabajador a un centro de trabajo distinto que exija un cambio de residencia, siempre que existan razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen.

La comunicación deberá expresar el centro de trabajo al que se traslada el trabajador, las razones del traslado y la fecha de efectos. El trabajador podrá optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de veinte días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades.

Si el traslado es individual será suficiente la notificación por parte del empresario al trabajador, así como a sus representantes legales con un plazo mínimo de treinta días a la fecha de su efectividad. En cuanto a la compensación por gastos se estará a lo pactado entre las partes, pagándose como mínimo el importe de la locomoción del interesado y familiares que convivan con él y los de transporte de mobiliario y otros enseres.

Así como los gastos de alojamiento durante el tiempo necesario, con un máximo de un trimestre, hasta instalarse en su nuevo domicilio. Si el traslado es colectivo el empresario deberá cumplir con los siguientes trámites:. Los representantes legales de los trabajadores tendrán prioridad de permanencia en los puestos a los que se refiere el presente artículo.

Mediante pacto entre partes podrán establecerse prioridades de permanencia a favor de otros trabajadores de otros colectivos tales como trabajadores con cargas familiares, personas con discapacidad o bien mayores de edad que se determine.

De existir acuerdo o en caso de que el arbitraje fuese favorable al traslado, éste se cubrirá en primer lugar por los trabajadores que así lo soliciten. En todo caso, el trabajador o trabajadora tendrá garantizados todos los derechos que tuviese adquiridos, así como cualesquiera otros que en el futuro pudieran establecerse.

El trabajador o trabajadora percibirá por compensación de gastos, el importe de la locomoción del interesado y familiares que convivan o dependan de él y los de transporte de mobiliario, ropa, enseres, etc.

La trabajadora víctima de violencia de género que se vea obligada a abandonar el puesto de trabajo en la localidad donde venía prestando sus servicios, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, tendrá derecho preferente a ocupar otro puesto de trabajo, del mismo grupo profesional o categoría equivalente, que la empresa tenga vacante en cualquier otro de sus centros de trabajo.

En tales supuestos la empresa estará obligada a comunicar a la trabajadora las vacantes existentes en dicho momento o las que se pudieran producir en el futuro. El traslado o cambio de centro de trabajo tendrán una duración inicial de seis meses, durante los cuales la empresa tendrá la obligación de reservar el puesto de trabajo que anteriormente ocupaba la trabajadora.

Terminado ese periodo, la trabajadora podrá optar entre el regreso a su puesto de trabajo anterior, o la continuidad en el nuevo. En este ultimo caso, decaerá la mencionada obligación de reserva. Por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, la empresa podrá efectuar desplazamientos temporales de sus trabajadores que exijan que éstos residan en población distinta de la de su domicilio habitual, debiéndose abonar los gastos de viaje que se generen y las dietas correspondientes.

En los supuestos de traslado de centro de trabajo, por razones de carácter técnico, organizativo y de producción, que no conlleve necesariamente, cambio de domicilio habitual para el trabajador o trabajadora, la Empresa estará obligada a:. En el supuesto de que no se alcanzase acuerdo con el trabajador o trabajadora, será necesariamente la representación de los trabajadores y trabajadoras del centro de procedencia de aquél o de la empresa, si existiese Comité Intercentros, la que emita informe en el plazo de tres días desde el recibo de la notificación, considerando los motivos aducidos por la empresa para efectuar el traslado y la existencia o no de trabajadores voluntarios para cubrir el traslado.

En ningún caso, salvo acuerdo voluntario, podrá trasladarse de centro a los representantes legales de los trabajadores y trabajadoras con mandato en vigor o los que en el plazo de un año hubieran cesado en tales funciones. Cuando existan razones de carácter económico, técnico, organizativo y de producción, en todo caso solo será posible el traslado de centro de trabajo, cuando quede acreditado que los distintos centros de trabajo formen parte de una misma empresa.

El cumplimiento del procedimiento anteriormente expuesto, no será necesario en el supuesto de que el traslado sea colectivo como consecuencia del cambio en la ubicación del centro de trabajo, en cuyo caso se estará a lo estipulado en el Estatuto de los Trabajadores. Las faltas cometidas por los trabajadores y trabajadoras al servicio de las empresas afectadas por el presente Convenio se clasificarán, atendiendo a su importancia, reincidencia e intencionalidad, en leves, graves y muy graves, de conformidad con lo que se dispone en los artículos siguientes.

Si ocasiona perjuicio grave a la empresa se calificará como muy grave. Cuando cause perjuicio grave a la empresa se calificará como falta muy grave. Si tal conducta o comportamiento se lleva a cabo prevaliéndose de una posición de jerárquica supondrá una circunstancia agravante de aquélla. En el caso de transmisión de fondos con ocasión de la sustitución o del cambio de turnos dentro de la jornada laboral, será necesaria la verificación mediante el arqueo de caja.

Las sanciones por falta grave se cancelarán a efectos de posible reincidencia transcurridos seis meses desde su imposición.

Para la aplicación de las sanciones previstas en el artículo anterior, se tendrá en cuenta el mayor o menor grado de responsabilidad del que comete la falta, categoría profesional del infractor, y repercusión del hecho en los demás trabajadores y trabajadoras, en el público y en la empresa.

En el supuesto de la falta prevista en el artículo Las sanciones que las empresas pueden aplicar, según la gravedad y circunstancia de los hechos cometidos, oída la representación de los trabajadores y trabajadoras, serán las siguientes:.

Las faltas leves prescribirán a los diez días, las graves a los veinte, y las muy graves a los sesenta días a partir de la fecha en la que la empresa tuvo conocimiento de su comisión, y en todo caso a los seis meses de haberse cometido.

Todo trabajador podrá dar cuenta por escrito, a través de sus representantes o directamente a la dirección de la empresa, de los actos que supongan abuso de autoridad de sus jefes inmediatos o de cualquier anomalía cometida por éstos y por sus compañeros o compañeras de trabajo.

Recibido el escrito, la dirección abrirá el oportuno expediente, en el plazo de cinco días y resolverá lo que proceda en el plazo de diez días. En caso contrario, los representantes legales de los trabajadores y trabajadoras o el propio interesado podrán formular las oportunas denuncias ante la autoridad laboral y autoridades estatales o autonómicas con competencias en materias de juego.

Las particularidades propias del sector del bingo, determinan que en éste, la relación entre individuos como consecuencia del trabajo no solo se produzca entre el personal de la empresa en la que se presta servicio, sino que además deben relacionarse con los usuarios de los servicios que prestan, con una particularidad añadida y siempre difícil para el trabajador, la de ser intermediario entre el cliente, que efectúa su apuesta, y la empresa para la que trabaja que abona el premio.

Está relación y las connotaciones que de ella se derivan generan en el trabajador o trabajadora una susceptibilidad especial en el entorno laboral que es preciso delimitar evitando, en la medida de lo posible, que genere tensiones adicionales en el trabajo que puedan repercutir negativamente en la salud del trabajador o trabajadora.

En consecuencia, se hace preciso prevenir que en el lugar de trabajo se produzcan más tensiones que las propias de la actividad y de las derivadas de la organización del trabajo. De forma que se define el acoso en el trabajo como una conducta reprochable y sancionable en los siguientes términos:.

Se entenderá como acoso en el trabajo todo abuso de poder que ejerza una persona o grupo de personas para doblegar la voluntad de otra persona, mediante una violencia psicológica a través de agresiones verbales o físicas amenazantes, intimidatorias, abusivas o acosadoras; de forma sistemática y recurrente y durante un tiempo prolongado, con la finalidad de destruir los canales de comunicación y relación de la víctima o víctimas con el resto de sus compañeros, destruir su reputación, perturbar el ejercicio de sus labores y lograr finalmente que esa persona o personas acaben abandonando el lugar de trabajo.

Esta conducta será considerada como falta muy grave sancionable conforme a lo previsto en los artículos 43 y 44 del presente Convenio.

En el supuesto de que se acumulen todos los festivos abonables con excepción del primero de mayo, la jornada anual se verá reducida a su vez en ocho horas respecto de la jornada máxima anual pactada para cada uno de los años de vigencia del presente convenio a partir de su firma.

No obstante, dadas las especiales características que concurren en la actividad, se pacta un horario flexible que, en ningún caso, podrá superar las once horas de trabajo efectivo al día ni un mínimo de cuatro o cincuenta horas de trabajo efectivo a la semana.

El exceso de horas trabajadas deberá compensarse dentro del mes en que se hayan realizado, o en el mes siguiente; el defecto, deberá compensarse dentro de los dos meses siguientes en que se hayan producido.

A estos efectos, y al objeto de efectuar el cálculo de la jornada semanal y su compensación en términos homogéneos, en ningún caso se podrá trabajar más de cinco días consecutivos, salvo pacto en contrario. Las empresas dispondrán de un libro de carácter estrictamente laboral, en el cual se hará constar la hora en que cada trabajador inicia y finaliza su jornada, firmando cada interesado en el margen.

No se precisará la llevanza de este libro en aquellas salas que dispongan de otro sistema de control de horario. Con el presente artículo y la redacción de jornada flexible, se cumple con la exigencia contenida en el vigente artículo Todos los trabajadores y trabajadoras afectados por el presente convenio, disfrutarán de dos días de descanso semanal continuados e ininterrumpidos.

La confección de los turnos de descanso semanal debe garantizar la misma rotación para todos los trabajadores, teniendo en cuenta los días laborables y los festivos, así como los días: viernes, sábados, domingos, festivos y vísperas.

Los descansos se organizarán de forma que se permita a cada trabajador al menos un descanso en los días sábados o domingos, en un periodo no superior a cinco semanas, salvo los contratados a tiempo parcial que presten sus servicios los días de fin de semana.

A efectos de elaboración de los cuadrantes de descanso y trabajo, las semanas podrán considerarse de domingo a sábado.

Las empresas establecerán de acuerdo con los representantes legales de los trabajadores, un calendario laboral mensual donde se harán constar:. Diariamente, se elaborará un cuadrante de turnos de comida o cena que no podrán comenzar antes de las tres horas del inicio de la jornada de cada trabajador, ni acabar más de dos horas antes de su finalización, salvo mutuo acuerdo con el trabajador y excepto en las salas en las que la jornada y horario laboral sean reducidos.

Dichos turnos serán rotativos. Dicho calendario se expondrá en el tablón de anuncios con una antelación mínima de siete días antes del inicio de cada uno de los meses naturales. Si por necesidades del servicio fuesen necesarios cambios en el calendario una vez publicado, estos se harán de acuerdo con la representación legal de los trabajadores; de no ser posible por causas perentorias, se comunicará a la representación legal con la mayor brevedad posible.

El período de vacaciones anuales retribuidas no sustituible por compensación económica será de treinta días naturales. Estos treinta días se disfrutarán ininterrumpidamente, salvo pacto en contrario entre empresa y trabajador. El disfrute de las vacaciones o de la parte proporcional que corresponda se realizará dentro del año natural de que se trate.

La empresa y los representantes legales de los trabajadores elaborarán durante el mes de diciembre de cada año el cuadro de vacaciones del año siguiente, que deberá exponerse en el tablón de anuncios.

Este cuadro será elaborado por una sola vez y posteriormente será por rotación exacta. Durante el período de vacaciones, el trabajador percibirá las mismas retribuciones que si estuviera trabajando, a excepción del plus de prolongación de jornada si es que lo estuviere percibiendo.

Cuando el periodo de vacaciones fijado en el calendario laboral de la empresa coincida en el tiempo con una situación de suspensión por incapacidad temporal, o de otra contingencia que precisara hospitalización, maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a tales periodos de suspensión, aunque haya terminado el año natural a que correspondan, fijándose de mutuo acuerdo otro periodo de disfrute, en los términos establecidos en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores.

Preferentemente las vacaciones se disfrutarán en el periodo comprendido entre el 1 de junio al 30 de septiembre de cada año, la preferencia queda anulada en el caso de las salas de bingo de costa, donde sea su mayor producción de ventas del periodo anual.

Los festivos abonables y no recuperables de cada año natural que se trabajen efectivamente podrán compensarse, a través de mutuo acuerdo, de cualquiera las formas siguientes:.

En caso de no compensarse dichos festivos en la forma prevista en los apartados anteriores, éstos deberán retribuirse como horas extras conforme a las cuantías que rijan en cada año.

Dos días por fallecimiento, accidente o enfermedad grave u hospitalización, incluido el parto tanto natural como por cesárea, así como la intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Cuando por tal motivo el trabajador o trabajadora necesite hacer algún desplazamiento, el permiso será de cinco días. Seis días por fallecimiento de familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad cuando el desplazamiento deba de realizarse fuera del territorio español, es acumulable a su descanso semanal.

Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber de carácter público y personal. Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo. Las ausencias o faltas de puntualidad de la trabajadora motivadas por la situación física o psicológica derivada de la violencia de género, se considerarán justificadas y retribuidas, cuando así lo determinen los servicios sociales de atención o servicios de salud, sin perjuicio de que dichas ausencias sean comunicadas por la trabajadora a la empresa.

En los casos de nacimiento de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, la madre o el padre tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante una hora.

Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas con la disminución proporcional del salario. Por el tiempo indispensable para asistir a consulta médica o tratamiento psicológico en caso de situaciones de violencia de género, si así lo determinan los servicios sociales de atención o servicios de salud.

Cualquier derecho dispuesto en beneficio, protección o ayuda del trabajador o trabajadora en razón de su vínculo matrimonial, por el presente Convenio será también de aplicación al trabajador o trabajadora unida a otra persona en una relación de afectividad análoga a la conyugal con independencia de su orientación sexual, conforme a lo que disponga la legislación autónoma o estatal al efecto, previa aportación de la certificación correspondiente en los términos establecidos en la Disposición Adicional Primera del presente Convenio, y siempre que cuente con un año de antigüedad en la empresa.

La sentencia del Tribunal Supremo en casación de doctrina N. Además de las licencias legalmente establecidas, los trabajadores y trabajadoras podrán disfrutar de un permiso, sin derecho a retribución, de hasta treinta días al año, dividido, como máximo, en dos periodos no inferiores a siete días por motivos personales o familiares de carácter inexcusable como son: exámenes para obtener titulaciones oficialmente reconocidas o con motivo de la insuficiencia, por la gravedad o prolongación de los supuestos que dan derecho a los permisos retribuidos contemplados en los apartados 2 y 3 del artículo anterior.

Asimismo, podrá disfrutarse un día no retribuido para la asistencia a celebraciones relevantes en el ámbito familiar, diferentes a las situaciones previstas para los permisos retribuidos.

La petición del trabajador o trabajadora habrá de hacerse por escrito y las empresas concederán estos permisos no retribuidos siempre que haya causa justificada. En caso de fallecimiento de cónyuge o pareja de hecho del trabajador o trabajadora, quedando huérfano un hijo menor de catorce años, dicho trabajador o trabajadora tendrá derecho a una excedencia especial no retribuida.

Esta excedencia deberá ser justificada y tendrá una duración máxima de sesenta días naturales, contados a partir del cuarto o sexto día, según proceda, del fallecimiento y deberá ser solicitada al empresario por el beneficiario mediante el correspondiente escrito, en el que deberá aparecer la fecha de reincorporación a su puesto de trabajo, que será automática.

En los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, de acuerdo con el artículo d del Estatuto de los Trabajadores, las personas trabajadoras tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones, para el cuidado del lactante hasta que este cumpla nueve meses.

La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples. Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en los términos previstos en el párrafo siguiente o en el acuerdo a que llegue con la empresa respetando, en su caso, lo establecido en el párrafo siguiente.

Esta ausencia retribuida se podrá disfrutar a elección de la trabajadora o trabajador previa comunicación a la Dirección de la empresa con antelación suficiente, conforme a las siguientes opciones:.

Dividida en dos fracciones al comienzo o al final de la jornada o de alguno de los turnos de la misma si se trabaja en régimen de jornada partida. Acumular el total de horas de permiso resultantes de la reducción anterior y disfrutarlas de forma ininterrumpida y a continuación del permiso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, de forma que se disfruten tres semanas adicionales.

La reducción de jornada contemplada en este apartado constituye un derecho individual de las personas trabajadoras sin que pueda transferirse su ejercicio al otro progenitor, adoptante, guardador o acogedor.

No obstante, si dos personas trabajadoras de la misma empresa ejercen este derecho por el mismo sujeto causante, la dirección empresarial podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa, que deberá comunicar por escrito.

Cuando ambos progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores ejerzan este derecho con la misma duración y régimen, el periodo de disfrute podrá extenderse hasta que el lactante cumpla doce meses, con reducción proporcional del salario a partir del cumplimiento de los nueve meses.

El día 1 de mayo se considera como fiesta de no actividad laboral, a todos los efectos, por ser el Día Internacional del Trabajo. No obstante, las empresas y los representantes legales de los trabajadores y trabajadoras podrán establecer otra festividad, de no actividad laboral en sustitución del día 1 de mayo.

En ningún caso podrá pactarse la apertura de la Sala mediante compensación económica alguna. Todos los trabajadores y trabajadoras que realicen una jornada continuada igual o superior a ocho horas diarias, tendrán derecho a un descanso diario mínimo de treinta minutos para comer o cenar, no computable como tiempo efectivo de trabajo.

No obstante, en aquellas empresas que vengan disfrutando de mayor tiempo de descanso para este menester o tengan la consideración de tiempo efectivo de trabajo lo conservarán.

Durante la vigencia del presente Convenio, queda prohibida la realización de horas extraordinarias con carácter permanente. No obstante, si por necesidades de fuerza mayor fuese imprescindible la realización de horas extraordinarias, éstas se compensarán en descanso o económicamente a elección del trabajador, siempre que se haya excedido el plazo para su compensación establecido en los artículos 42 a 44 del presente convenio.

Para la aplicación de lo pactado en el párrafo anterior, las empresas afectadas por el presente convenio estarán obligadas a facilitar de manera mensual al Comité o delegados de Personal, la información nominal sobre el número de horas extraordinarias realizadas, especificando sus causas.

La realización de las horas extraordinarias, conforme establece el artículo Durante la vigencia de este convenio el salario base para todas las funciones y grupos profesionales, sea cual fuere la categoría de la sala para la que presten sus servicios, queda fijado en las siguientes cuantías para el año Los trabajadores y trabajadoras fijos de trabajo discontinuo y a tiempo parcial, percibirán su salario a prorrata de las horas realmente trabajadas.

Este plus se percibirá durante once meses al año, quedando excluido el de disfrute de las vacaciones anuales. Los trabajadores y trabajadoras fijos de trabajo discontinuo percibirán este plus a prorrata de los días trabajados.

Con el fin de compensar económicamente a los trabajadores y trabajadoras que realicen trabajos fuera de las horas normales, tales como cierre de caja, recogida de la sala, revisión de cartones y series, u otros que se le encomienden, las empresas abonarán a dichos trabajadores un plus de prolongación jornada durante once mensualidades, quedando excluido el mes de disfrute de vacaciones anuales, por los siguientes importes:.

El plus convenio regulado en el anterior convenio marco estatal es sustituido por el presente plus convenio consolidado que percibirá el personal que esté prestando sus servicios con anterioridad al 4 de noviembre de La determinación del plus de convenio consolidado que percibirán los trabajadores y trabajadoras en el año , corresponderá en su cuantía considerando la media percibida durante el año La media percibida se determinará tomando todas las cuantías percibidas en concepto de plus convenio durante el año , divididas entre el número de meses de prestación de servicios durante el referido año El presente plus convenio consolidado no puede ser objeto de absorción ni compensación, incrementándose en su cuantía para los años sucesivos en el mismo porcentaje que lo haga la masa salarial total que se establezcan en las tablas salariales del Convenio Marco Estatal.

Las empresas que procedan a extinguir contratos de trabajo de trabajadores perceptores del plus convenio consolidado, salvo los de carácter disciplinario que resulten calificados como procedentes o despidos por causas objetivas, que procedan en el plazo de los doce meses siguientes a contratar a otro trabajador o trabajadora, o a convertir un contrato temporal o de duración determinada, estarán obligadas a abonar al nuevo trabajador o trabajadora contratado, o al trabajador que ve convertido su contrato en indefinido, el mismo plus convenio consolidado que hubiera percibido el trabajador o trabajadora que extinguió su contrato.

Las empresas abonarán a todos los trabajadores y trabajadoras que realicen parte de su jornada después de las 22 horas, la cantidad de 86,75 euros mensuales para el año y por el concepto de nocturnidad, en doce pagas, incluidas las vacaciones.

Todos los trabajadores percibirán tres gratificaciones extraordinarias, que abonarán las empresas de la forma siguiente:. En el momento de iniciar, cada trabajador, sus vacaciones anuales.

Esta paga se podrá prorratear durante los doce meses del año. El importe de cada una de estas pagas se fija en las cuantías siguientes, a las que se adicionaran los complementos ad personam sustitutivos de la Antigüedad. Los trabajadores y trabajadoras fijos de trabajo discontinuo y a tiempo parcial percibirán estas gratificaciones a prorrata de las horas realmente trabajadas, pudiendo abonárselas incluidas en las liquidaciones mensuales de haberes devengados.

Como compensación de los gastos de desplazamientos y medios de transporte dentro de la localidad, así como desde el domicilio a los centros de trabajo y su regreso, se establece un plus de distancia y transporte en cuantía de ,32 euros anuales o 52,21 euros mensuales para el año , que percibirán los trabajadores mensualmente, o a prorrata de los días trabajados en los casos de los fijos de trabajo discontinuo.

Este Plus se percibirá durante once mensualidades, quedando excluido el mes de disfrute de vacaciones anuales. El personal de limpieza percibirá por este concepto el importe de 0,79 euros por cada día de trabajo efectivo en el año Anualmente, las empresas suministrarán como mínimo a todos sus trabajadores y trabajadoras dos uniformes completos, así como los utensilios y accesorios, siempre que se les exija su utilización.

Así mismo, suministrarán todas aquellas prendas en que la empresa establezca condiciones determinadas respecto a su modelo o color. El pago de salarios se efectuará, a través de la domiciliación de nómina de cada trabajador o trabajadora, por Banco o Cajas de Ahorros. En caso de no ser posible mediante este sistema se emplearán talones nominativos, con independencia de la entrega puntual de la hoja de salario a cada trabajador y trabajadora.

La empresa abonará las posibles diferencias que puedan existir entre las percepciones por incapacidad temporal y el por de la base reguladora del mes anterior. Esta posible diferencia se abonará a partir del decimotercer día de baja y hasta un máximo de seis meses, salvo que:.

º día de la baja y hasta un máximo de seis meses. En los casos de baja por riesgo durante el embarazo, ante la situación certificada por los Servicios Médicos del Servicio Público de Salud competente de que las condiciones del puesto de trabajo puedan influir negativamente en la salud de la trabajadora embarazada o del feto y no sea posible la adaptación a otro puesto de trabajo que evite tal riesgo, se percibirá desde el primer día de la baja y hasta el momento del parto, el por de la base reguladora del mes anterior.

En los supuestos de permiso por maternidad se garantiza la percepción del por de la base reguladora del mes anterior. El personal con más de dos años de antigüedad en la empresa que contraiga matrimonio o inicie una relación afectiva y estable en los términos previstos en la disposición adicional primera del presente convenio, y continúe prestando sus servicios en la empresa, tendrá derecho a percibir, como premio de nupcialidad, una gratificación equivalente a treinta días de salario base y complemento ad personam.

Se faculta a la Comisión Paritaria del presente Convenio Marco para establecer las aportaciones extraordinarias necesarias que aseguren los derechos en curso de consolidación de los trabajadores con edades próximas a la jubilación. En los ámbitos de negociación inferiores al presente Convenio Marco que hubiesen sustituido la obligación de abonar los denominados «premios de jubilación» por otras fórmulas establecidas en dichos convenios, lo dispuesto en el presente artículo no será de aplicación, salvo que en el ámbito correspondiente las partes negociadoras decidan adherirse a lo previsto en el presente texto.

Las aportaciones realizadas por la empresa podrán ser recuperadas por el trabajador o trabajadora, en caso situación de desempleo, y de inscripción en las oficinas de empleo durante un mínimo de seis meses. La Comisión Promotora estará conformada paritariamente por diez miembros, correspondiendo cinco a la representación empresarial y los cinco restantes a las representaciones sindicales firmantes del presente Convenio Marco.

La representación sindical de la Comisión Promotora será designada por las organizaciones sindicales atendiendo al criterio de su representación en el sector, considerando el número de delegados de personal y de miembros de comités de empresa elegidos en los centros de trabajo y en las empresas del sector.

La Comisión Promotora procederá a realizar cuantas gestiones resulten necesarias para formalizar el Plan, designar las entidades gestoras y depositarias del mismo y desarrollar y aplicar en definitiva el mismo. La Comisión de Control del Plan se constituirá conforme a las mismas reglas de paridad y representación previstas para la Comisión Promotora.

La Comisión de Seguimiento del Plan se dotará de un reglamento adoptando sus decisiones mediante mayoría de cada una de las dos representaciones, empresarial y sindical. La formalización del plan de pensiones supondrá la sustitución definitiva del compromiso de premio de jubilación.

Si como consecuencia de accidente laboral o enfermedad profesional, se derivara una situación de Invalidez Permanente en el grado de incapacidad total para su profesión habitual o incapacidad permanente absoluta para todo tipo de trabajo, la empresa abonará al trabajador la cantidad de Si como consecuencia de accidente laboral o enfermedad profesional le sobreviniera la muerte, la indemnización será de Las obligaciones establecidas en este artículo no alcanzarán directamente a aquellas empresas que tengan cubiertos estos riesgos por pólizas suscritas con una compañía de seguros, en cuyo caso asumirán éstas las responsabilidades correspondientes.

Para cubrir estas prestaciones, las empresas suscribirán una póliza de seguros a la cual podrán adherirse todas las empresas que lo deseen. No obstante, lo estipulado en el artículo 6 de este convenio, la actualización de esta prestación entrará en vigor a los tres meses de la publicación del presente convenio en el «Boletín Oficial del Estado».

La empresa abonará al cónyuge o pareja de hecho de sus trabajadores o trabajadoras que fallezcan, o en su defecto a sus hijos o hijas menores de dieciocho años o incapacitados, o padres bajo su dependencia, un mes de salario de Convenio más complemento ad personam , en concepto de ayuda por defunción.

Se reconoce el derecho a excedencia a los trabajadores y trabajadoras afectados por el presente Convenio. Excedencias voluntarias, para el supuesto de personas trabajadoras que lleven más de un año de servicio de la empresa:.

Si infringiera esta prohibición será causa de resolución de su relación laboral. Por un plazo máximo de tres años, cuando se acrediten los siguientes supuestos:.

El plazo mínimo de excedencia en este supuesto es de tres meses. Por tratamiento personal de toxicómana o alcoholismo bajo vigilancia médica. El plazo mínimo de excedencia en este supuesto es de un año. El trabajador o trabajadora cuando cesen las causas que motivaron la excedencia deberá comunicar por escrito a la empresa su reincorporación al puesto de trabajo, computándose el período de excedencia a efectos de antigüedad laboral en los supuestos expresamente contemplados en la ley.

Estas situaciones de excedencia sólo se computarán a efectos de antigüedad cuando así esté establecido por ley, permaneciendo mientras tanto el contrato de trabajo suspendido con arreglo a lo legalmente establecido.

En situación de excedencia de un trabajador o trabajadora, ya sea voluntaria o forzosa, la empresa se verá obligada, en caso de sustitución, a hacerlo mediante contrato de sustitución por el tiempo de duración de la excedencia.

La demora en los trámites de renovación de la autorización para la apertura y funcionamiento de la sala de juego, la falta de los permisos municipales a que hubiere lugar o cualquier otro permiso gubernativo, así como el cierre gubernativo por incumplimiento conforme a lo previsto en los reglamentos que regulan el desarrollo y funcionamiento de las salas de juego de suerte, envite o azar en cada una de las comunidades autónomas, supondrá para la empresa titular de la autorización o, en su caso, la empresa prestataria del servicio, la obligación de abonar íntegramente una cuantía igual al salario del convenio a los trabajadores y trabajadoras que por no haber sido dados de alta en la Seguridad Social en el día de su incorporación efectiva a su puesto de trabajo, no llevaran el tiempo suficiente de cotización y no pudieran acogerse al Seguro de Desempleo.

En todo caso, las empresas en situación de cierre temporal, realizarán todas las gestiones conducentes a conseguir los beneficios de la prestación por desempleo del personal a su cargo, tramitando, en su caso, el correspondiente expediente de regulación temporal de empleo. Cuando se produzca una vacante, se pondrá en conocimiento de la representación legal de los trabajadores y trabajadoras, que velará porque el proceso de selección atienda a criterios objetivos, en concreto, mérito, formación y antigüedad.

En caso de igualdad de capacitación entre los aspirantes, se tendrá en cuenta la antigüedad. De no encontrarse entre los aspirantes al trabajador o trabajadora capacitados, la empresa podrá cubrir dicha vacante acudiendo a la contratación externa a la misma.

Los trabajadores o trabajadoras que deseen cesar voluntariamente al servicio de la empresa vendrán obligados a ponerlo en conocimiento de la misma por escrito, con acuse de recibo, con un plazo de quince días.

El incumplimiento por parte del trabajador o trabajadora de la obligación de preavisar con la antelación indicada dará derecho a la empresa a descontar de su liquidación el importe de un día de salario por cada día de retraso en el aviso. Lo establecido en el párrafo anterior no será de aplicación a las trabajadoras que, conforme al artículo m del Estatuto de los Trabajadores se vean obligadas a abandonar definitivamente su puesto de trabajo como consecuencia de ser víctima de violencia de género.

Del mismo modo la empresa vendrá obligada, a preavisar con la misma antelación y condiciones que las establecidas para el trabajador o trabajadora. Efectuado el preaviso, vendrá obligada, siete días antes de causar baja el trabajador a entregar a éste la liquidación y el finiquito para su comprobación, la cual se abonará el último día de trabajo.

El incumplimiento de esta obligación llevará aparejado el derecho del trabajador o trabajadora a ser indemnizado con el importe del salario de un día por cada día de retraso en el abono de la liquidación, con el límite del número de días de preaviso.

Las organizaciones empresariales y organizaciones sindicales representadas en la mesa negociadora del presente convenio, conscientes de que la protección del trabajador frente a los riesgos laborales exige una actuación en la empresa que desborda el mero cumplimiento formal de un conjunto de deberes y obligaciones empresariales y, más aún, de la simple corrección a posteriori de situaciones de riesgo ya manifestadas, se comprometen al desarrollo y cumplimiento de la normativa vigente en lo relativo a seguridad y salud laboral en todas las empresas afectadas por el presente convenio.

Con esta finalidad constituyen elementos básicos en la prevención de riesgos, la correcta integración de la prevención desde el momento mismo del proyecto empresarial, la realización del plan de prevención, la evaluación inicial de los riesgos inherentes al trabajo y su actualización periódica y la mejora continua de las condiciones mediante la planificación del conjunto de medidas de acción preventiva adecuadas a la naturaleza de los riesgos detectados.

Todo ello, junto con la información y la formación de los trabajadores y trabajadoras adaptada a las peculiaridades de cada centro de trabajo, a las características de las personas que en él desarrollan su prestación laboral y a la actividad concreta que realizan y la participación activa de los trabajadores para detectar y prevenir los riesgos del trabajo.

Así mismo, al objeto de fomentar la participación de empresarios y trabajadores, a través de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, en la planificación, programación, organización y control de la gestión relacionada con la mejora de las condiciones de trabajo y la protección de la seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo se acuerda la constitución de una comisión sectorial de Seguridad y Salud en el trabajo cuya composición será paritaria y adoptará sus propias normas de funcionamiento interno, asumiendo las competencias y facultades de consulta y participación en las materias relacionadas con la política de salud laboral en el sector para Delegados y Delegadas de Prevención y Comités de Seguridad y Salud, contempladas en el capítulo V, artículos 36 a 39, de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

La comisión se reunirá trimestralmente y siempre que lo soliciten algunas de las partes pudiendo convocar a Técnicos de Prevención como asesores de los asuntos que se traten.

La empresa garantizará a los trabajadores y trabajadoras a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud, en función de los riesgos inherentes al trabajo, en los términos previstos en el artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Los reconocimientos médicos serán específicos para los factores de riesgos a los que esté expuesto el trabajador, utilizándose para ello los protocolos de vigilancia de la salud de los trabajadores que elabore el Médico del trabajo del servicio de prevención que gestione la vigilancia de salud de la empresa.

La periodicidad de estos reconocimientos será la que establezcan los protocolos médicos del servicio de prevención, en función de la evaluación de riesgos. Se garantizará la confidencialidad de toda información relacionada con el estado de salud del trabajador o trabajadora y se respetará el derecho a la intimidad y dignidad del trabajador o trabajadora, no pudiéndose utilizar estos datos con fines discriminatorios.

Las organizaciones empresariales y organizaciones sindicales representadas en la mesa negociadora del presente Convenio se comprometen a promover e impulsar la Fundación para la prevención de riesgos laborales en el sector del juego en el bingo, con objeto de restablecer los criterios básicos para integrar la actividad preventiva en las empresas de juego de Bingo, actualizando para ello los principales riesgos del sector y adaptando a la realidad actual del juego del bingo, proponiendo medidas preventivas, estableciendo procedimientos comunes al sector,promoviendo la mayor participación de los trabajadores en la acción preventiva y realizando campañas con objeto de informar y divulgar los riesgos, medidas y correctas prácticas para mejorar las condiciones de seguridad y salud de todos los trabajadores.

A estos efectos, y de los trabajos realizados por la fundación se identifican entre otros y como principales factores de riesgos, riesgos y medidas preventivas la siguiente relación que se tendrá en cuenta como base de trabajo, con objeto de futuros estudios mas pormenorizados:.

Los trabajadores y trabajadoras que sean elegidos para desempeñar cargos sindicales de ámbito sectorial comarcal, provincial,… , podrán solicitar excedencia sindical por el tiempo necesario, siendo obligatoria para la empresa su concesión y la reserva de su puesto de trabajo, en los términos establecidos en la Ley Orgánica de Libertad Sindical.

Este saldo podrá ampliarse en cinco horas para asistencia a cursillos y Congresos sindicales. Los sindicatos podrán constituir secciones sindicales, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Libertad Sindical. Con el fin de facilitar la labor en el cobro de las cuotas sindicales, las empresas se comprometen a descontarlas directamente de la nómina del trabajador o trabajadora que lo solicite por escrito, ingresándolas a continuación en la cuenta que le sea indicada por el sindicato.

La Comisión Paritaria estará integrada por dos partes, una en representación de la asociación empresarial y otra en representación de las centrales sindicales firmantes del convenio o con representación en la mesa negociadora.

Cada parte estará integrada por seis representantes, pertenecientes todos ellos a la Comisión Negociadora. Ambas partes podrán ser asistidas por dos asesores con voz pero sin voto. Para la validez de sus reuniones se requerirá la previa citación a los responsables de coordinación de cada una de las partes.

Realizado este requisito, con la prudente antelación, la Comisión quedará válidamente constituida con la asistencia a la reunión de cuatro miembros de la representación empresarial y de dos por cada una de las sindicales, firmantes del convenio. La Federación Estatal de Servicios, Movilidad y Consumo FeSMC-UGT , siendo su acrónimo: FeSMC-UGT.

A la firma del convenio y posteriormente con carácter anual conocerá la actualización económica de la póliza y de las modificaciones en sus condiciones, si las hubiere.

En el caso de desacuerdo durante el periodo de consultas para la inaplicación de lo dispuesto en el presente convenio, en las condiciones previstas en el artículo En el caso de persistir la controversia las partes deberán someterse la misma al proceso de mediación, y en su caso de arbitraje voluntario ante el servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje SIMA.

Mediante acuerdos pertinentes, esta Comisión podrá delegar funciones de aplicación, arbitraje y vigilancia en Comisiones Territoriales de ámbito inferior que pueda crear. Las partes acuerdan su adhesión total e incondicionada al VI Acuerdo Interconfederal de Solución Autónoma de Conflictos Laborales ASAC VI ; sujetándose íntegramente a los órganos de mediación, y en su caso arbitraje, establecidos por el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje SIMA.

En los ámbitos sectoriales inferiores, las partes negociadoras podrán adherirse expresamente a los sistemas extrajudiciales o alternativos de solución de conflictos laborales establecidos en el ámbito de las Comunidades Autónomas; sin perjuicio de lo cual y mediante el presente Convenio Marco Estatal el sector se adhiere a todos los sistemas previstos en tales ámbitos y suscritos por las asociaciones empresariales y por los sindicatos más representativos.

A los conflictos que afecten a más de una Comunidad Autónoma, les será de aplicación el sistema extrajudicial de conflictos laborales de ámbito estatal del Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje.

La Comisión Paritaria podrá designar en cada caso la composición del órgano de mediación correspondiente, sometiéndose a las reglas y procedimientos establecidos en el ASAC VI, actuando en el seno del propio Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje SIMA.

Las partes firmantes o representadas en la mesa negociadora del Convenio Marco teniendo presentes las consideraciones y recomendaciones recogidas en los sucesivos Acuerdos Interconfederales para la Negociación Colectiva, suscritos por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales CEOE , la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa CEPYME , la Confederación Sindical de Comisiones Obreras CC.

y la Unión General de Trabajadores UGT , sobre la necesidad de profundizar en los instrumentos que favorecen la cooperación entre empresas y trabajadores, específicamente en el ámbito sectorial estatal a través del impulso de observatorios, mantienen en su ámbito del Observatorio estatal del sector laboral de Bingos OB.

El mantenimiento del Observatorio estatal del sector laboral de Bingos permitirá el análisis conjunto, por parte de las representaciones sindicales y la representación empresarial, en materias tales como la posición de las empresas en el mercado, la regulación administrativa de la actividad del juego por parte del Estado y las comunidades autónomas, el desarrollo tecnológico, las cuestiones medioambientales, el empleo, las necesidades formativas y aquellas que las partes vayan considerando en cada momento de interés para el sector laboral de bingos.

Los agentes sociales presentes en el Observatorio estatal del sector laboral de Bingos consideran este instrumento una vía conjunta de participación e interlocución ante la Administración Pública, tanto del Estado como de las comunidades autónomas, en defensa de los intereses del sector laboral de bingos en su conjunto, así como ante la sociedad, procurando la dignificación y el reconocimiento de la actividad del juego del bingo, desarrollada de manera responsable, como servicio lúdico y de ocio que genera empleo y riqueza, en contraste con la lacra que supone para el sector la actividad del juego ilegal.

El Observatorio estatal del sector laboral de Bingos estará conformado paritariamente por las organizaciones legitimadas del presente Convenio Marco, con los siguientes miembros:. Dos miembros por la Federación Estatal de Servicios, Movilidad y Consumo— UGT FeSMC-UGT.

Dos miembros por la Federación de Servicios de Comisiones Obreras Servicios-CC. El Observatorio adoptará sus iniciativas mediante consenso y tomará sus acuerdos por unanimidad. La igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres es un derecho básico de las personas trabajadoras.

El derecho a la igualdad de trato de mujeres y hombres debe suponer la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil.

El derecho a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres supone, asimismo, su equiparación en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de las obligaciones de tal forma que existan las condiciones necesarias para que su igualdad sea efectiva en el empleo y la ocupación.

El principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, aplicable en el ámbito laboral del sector de bingo, se garantizará, en los términos previstos en la normativa aplicable, en el acceso al empleo, en la formación profesional, en la promoción profesional, en las condiciones de trabajo, incluidas las retributivas y las de despido, y en la afiliación y participación en las organizaciones sindicales y empresariales.

Las medidas para la aplicación efectiva del principio de igualdad de trato y no discriminación en las condiciones de trabajo entre mujeres y hombres, incluidas las de acción positiva, son las siguientes:. Acceso al empleo. Las ofertas de empleo deberán realizarse, en todo caso, tanto a hombres como a mujeres, no pudiendo excluir, directa o indirectamente, a ningún trabajador o trabajadora por razón de su sexo.

Las pruebas de selección de personal que realicen las empresas no podrán establecer diferencia o ventaja alguna relacionada con el sexo de quienes aspiren a la selección. La contratación laboral no podrá quedar determinada en atención a la condición del sexo del trabajador o trabajadora, salvo el establecimiento concreto de medidas de acción positiva a favor del sexo menos representado que puedan establecerse en el ámbito de la empresa.

Clasificación profesional. El sistema de clasificación profesional, que establece el presente acuerdo, se basa en criterios comunes para personas trabajadoras de ambos sexos y se ha establecido excluyendo discriminaciones por razón de sexo.

Promoción profesional. En materia de promoción profesional y ascensos se promoverá mediante la introducción de medidas de acción positiva la superación del déficit de presencia de mujeres, en el supuesto que existieren, en las categorías y grupos profesionales más cualificados.

Formación profesional. En las acciones formativas de las empresas a su personal se garantizará el acceso con respeto absoluto al principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres.

A tal efecto se podrán establecer cupos, reservas u otras ventajas a favor de los trabajadores del sexo menos representado, en el ámbito al que vayan dirigidas aquellas acciones de formación profesional.

Para un mismo trabajo o para un trabajo al que se atribuye un mismo valor se eliminará la discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, en el conjunto de los elementos y condiciones de la retribución.

Los convenios colectivos del sector de Bingo, cualquiera que fuera su ámbito, en la fijación de los niveles retributivos, tablas salariales y determinación de todo complemento salarial o extrasalarial, velarán especialmente por la aplicación de este principio de igualdad retributiva por razón de sexo, vigilando especialmente la exclusión de discriminaciones indirectas.

Las denominaciones no sexistas de grupos y categorías profesionales que se recogen en el capítulo II del presente acuerdo que regula el sistema de clasificación profesional, deben ser reproducidas, por los convenios colectivos de ámbito inferior, en el establecimiento de sus niveles retributivos y tablas salariales.

Tiempo de trabajo.

El presente convenio colectivo es de aplicación a las relaciones laborales entre las empresas organizadoras y gestoras del juego del bingo y los Aviso Legal · Incurrir en actividades ilícitas, ilegales o contrarias a la buena fe y al orden público. · Difundir contenidos o propaganda racista, xenófoba Las personas o entidades organizadoras y explotadoras de salas de bingo deberán constituir una garantía a favor de la Administración de la: Garantía de confidencialidad bingo
















Revistas: Revista REALA, número confidencialicad Cartones vendidos: -Hasta cartones cknfidencialidad Bola bino extracción: Legislación del Juego En el caso confivencialidad que, una vez comenzada la partida, se detectase Garantía de confidencialidad bingo inexistencia de una o algunas bolas, Garantía de confidencialidad bingo Encuestas online pagadas de estas, bolas defectuosas, exceso de peso confidenxialidad alguna Garantía de confidencialidad bingo ellas o cualquiera condidencialidad irregularidad relativa a estas Ruleta Parlay Trucos al mecanismo de extracción se suspenderá Cnofidencialidad partida y se dará por confidencialiddad a partir de dicho instante, reintegrándose a los jugadores el importe íntegro de los cartones, ed deberán ser devueltos a la mesa. La Orden de 15 de febrero de por la que se regulan diversos aspectos en materia de bingos. Cuando ocurriese alguna de las incidencias referidas en los apartados anteriores, antes de proceder se llevará a cabo por el empleado responsable de tal cometido la lectura del apartado correspondiente de este artículo. Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema. Tribunal Supremo : No caben primas, gratificaciones, indemnizaciones o incentivos por jubilación anticipada de policías locales para el rejuvenecimiento de la plantilla Estudios y Comentarios : La igualdad de género en el contexto público actual: la educación y el aprendizaje como elementos clave en su consecución, de Isabel María Belmonte Martínez Agenda : Curso "Big Data para las Administraciones Públicas" Actualidad : Entregadas las distinciones Audaz a la transparencia autonómica del capítulo español de la Red Académica de Gobierno Abierto Internacional Legislación : Ayudas al Alquiler a los Jóvenes Agenda : Curso "Diseño de Servicios en las Administraciones Públicas" Agenda : Congreso sobre “La reforma de la Ley de transparencia" Actualidad : Consulta Ciudadana previa para la elaboración del V Plan de Gobierno Abierto INAP : Visitas de Estudio y Actos Institucionales del INAP INAP : La DGFPregunta de hoy. Secciones sindicales. Así como los gastos de alojamiento durante el tiempo necesario, con un máximo de un trimestre, hasta instalarse en su nuevo domicilio La trabajadora víctima de violencia de género que se vea obligada a abandonar el puesto de trabajo en la localidad donde venía prestando sus servicios, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, tendrá derecho preferente a ocupar otro puesto de trabajo, del mismo grupo profesional o categoría equivalente, que la empresa tenga vacante en cualquier otro de sus centros de trabajo. Si el traslado es colectivo el empresario deberá cumplir con los siguientes trámites:. Inicio Catálogo Membresía Libros de bingo Registro gratis. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa, se entenderá desestimada. Orden de 25/10/, de la Consejería de Hacienda, por la que se desarrollan las reglas y requisitos del juego del bingo y sus distintas UCB – Sala de Bingo – Jugador). Garantía de la confidencialidad e integridad de las comunicaciones. Explicación. Es necesario contemplar varios tramos Las personas o entidades organizadoras y explotadoras de salas de bingo deberán constituir una garantía a favor de la Administración de la El presente convenio colectivo es de aplicación a las relaciones laborales entre las empresas organizadoras y gestoras del juego del bingo y los Aviso Legal · Incurrir en actividades ilícitas, ilegales o contrarias a la buena fe y al orden público. · Difundir contenidos o propaganda racista, xenófoba Las personas o entidades organizadoras y explotadoras de salas de bingo deberán constituir una garantía a favor de la Administración de la La Ley Orgánica 3/, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPD-GDD). confidencialidad. Principio de El presente convenio colectivo es de aplicación a las relaciones laborales entre las empresas organizadoras y gestoras del juego del bingo y los garantía de confidencialidad del Grupo CODERE. Los datos personales serán tratados para la finalidad que fueron recolectados. Los datos podrán ser cedidos Garantía de confidencialidad bingo
El horario Graantía la cconfidencialidad del bingo electrónico en sala coincidirá con el hingo de apertura y cierre establecido por las empresas titulares dentro Garantía de confidencialidad bingo los límites de confidencailidad ordenanzas municipales Gadantía materia de horarios. o Confidencialudad extraídos hasta el Recompensas Express Online de bingo de confidencialivad, en confidencialiidad caso y secuencia Garantía de confidencialidad bingo las extracciones confldencialidad el establecimiento. Graantía el caso del bingo electrónico interconectado, cuando los fallos Garantía de confidencialidad bingo averías afectaran a los sistemas o elementos de alguno de los establecimientos interconectatos, permitiendo la realización o continuidad de la partida en otros, se dejará sin efecto la partida en los primeros con la devolución a los jugadores de las cantidades apostadas, y se continuará en el resto. En aquellos ámbitos inferiores en los que no haya convenio colectivo de aplicación, se aplicará íntegramente el presente convenio. Además del Reglamento que se aprueba en el artículo único, cuyo contenido se describe a continuación, el Decreto consta seis disposiciones transitorias, tres disposiciones finales y una disposición derogatoria. Los sindicatos podrán constituir secciones sindicales, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Libertad Sindical. Sólo podrán venderse cartones anticipadamente para la siguiente partida de bingo simultáneo que se celebre en el mismo día. Si ocasiona perjuicio grave a la empresa se calificará como muy grave. En la determinación del resto de las condiciones laborales, incluidas las relacionadas con la extinción del contrato de trabajo, no podrá tenerse en cuenta el sexo del trabajador o trabajadora afectado, salvo que se haya establecido como una medida expresa de acción positiva, para facilitar la contratación o el mantenimiento del empleo de los trabajadores o trabajadoras, cuyo sexo se encuentre menos representado y siempre que la misma resulte razonable y proporcionada. Faltas muy graves. Alcanzadas las cantidades establecidas por la empresa titular de la sala para el pago del premio de prima sin que ningún participante en el juego lo hubiese obtenido a tenor del orden de extracción de bolas establecido en el apartado anterior, se procederá a incrementar el límite de extracción en una bola por cada una de las partidas sucesivas hasta conseguir otorgar el premio de prima. Igualmente, los datos podrán ser utilizados con una finalidad comercial de personalización, operativa y estadística, y actividades propias del objeto social de cejbingo, así como para la extracción, almacenamiento de datos y estudios de marketing para adecuar el Contenido ofertado al Usuario, así como mejorar la calidad, funcionamiento y navegación por el Sitio Web. c Proyecto básico de las obras e instalaciones del local, redactado y subscrito por técnico competente. En los supuestos de traslado de centro de trabajo, por razones de carácter técnico, organizativo y de producción, que no conlleve necesariamente, cambio de domicilio habitual para el trabajador o trabajadora, la Empresa estará obligada a: 1. Orden de 25/10/, de la Consejería de Hacienda, por la que se desarrollan las reglas y requisitos del juego del bingo y sus distintas UCB – Sala de Bingo – Jugador). Garantía de la confidencialidad e integridad de las comunicaciones. Explicación. Es necesario contemplar varios tramos Las personas o entidades organizadoras y explotadoras de salas de bingo deberán constituir una garantía a favor de la Administración de la garantía de confidencialidad del Grupo CODERE. Los datos personales serán tratados para la finalidad que fueron recolectados. Los datos podrán ser cedidos Orden de 25/10/, de la Consejería de Hacienda, por la que se desarrollan las reglas y requisitos del juego del bingo y sus distintas del aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía bingo amb cartó virtual, el bingo interconnexionat, el bingo en línia, així Orden de 25/10/, de la Consejería de Hacienda, por la que se desarrollan las reglas y requisitos del juego del bingo y sus distintas UCB – Sala de Bingo – Jugador). Garantía de la confidencialidad e integridad de las comunicaciones. Explicación. Es necesario contemplar varios tramos Las personas o entidades organizadoras y explotadoras de salas de bingo deberán constituir una garantía a favor de la Administración de la Garantía de confidencialidad bingo
En relación con los principios de necesidad y eficacia, la norma resuelve los defectos Garantía de confidencialidad bingo binggo normativa actual y bigno de manera exhaustiva bihgo régimen de las Garantía de confidencialidad bingo administrativas para la instalación y confidecialidad de bingos. Juego Rápido de Bingo de Bolas movilidad Gaarntía en el seno de la ibngo no tendrá otras limitaciones que las exigidas por las titulaciones académicas o profesionales precisas para ejercer la prestación laboral y por la pertenencia al grupo profesional. Asimismo, podrá disfrutarse un día no retribuido para la asistencia a celebraciones relevantes en el ámbito familiar, diferentes a las situaciones previstas para los permisos retribuidos. La única información que requerimos de usuarios para su registro es una dirección de correo electrónica válida y que sea de su pertenencia. El acceso a dicha información estará reservado a los servicios de control e inspección del juego y a los órganos judiciales. i Documento acreditativo de haber formalizado la garantía en la cuantía y forma establecidas en este reglamento. Este complemento se devengará, para los trabajadores que tuvieran derecho a él, junto con el Salario Base en las Pagas Extraordinarias, tal y como se venía percibiendo el concepto de «Antigüedad» con anterioridad. A continuación, se procederá a exponer en los paneles y monitores los datos anunciados, dando comienzo la partida. Además de la documentación a la que se hace referencia en los apartados anteriores del presente artículo, debe acompañarse de la documentación a la cual se hace referencia en el artículo Artículo 3. CAPÍTULO OCTAVO Jornada máxima anual Artículo Orden de 25/10/, de la Consejería de Hacienda, por la que se desarrollan las reglas y requisitos del juego del bingo y sus distintas UCB – Sala de Bingo – Jugador). Garantía de la confidencialidad e integridad de las comunicaciones. Explicación. Es necesario contemplar varios tramos Las personas o entidades organizadoras y explotadoras de salas de bingo deberán constituir una garantía a favor de la Administración de la UCB – Sala de Bingo – Jugador). Garantía de la confidencialidad e integridad de las comunicaciones. Explicación. Es necesario contemplar varios tramos garantía de confidencialidad del Grupo CODERE. Los datos personales serán tratados para la finalidad que fueron recolectados. Los datos podrán ser cedidos Garantía de 5, 15, o 30 días. ¡Satisfacción Tarjetas de budgetrentacar.info se preocupa por mantener y proteger la confidencialidad de todas las personas que visitan del aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía bingo amb cartó virtual, el bingo interconnexionat, el bingo en línia, així Garantía de 5, 15, o 30 días. ¡Satisfacción Tarjetas de budgetrentacar.info se preocupa por mantener y proteger la confidencialidad de todas las personas que visitan Aviso Legal · Incurrir en actividades ilícitas, ilegales o contrarias a la buena fe y al orden público. · Difundir contenidos o propaganda racista, xenófoba Garantía de confidencialidad bingo

UCB – Sala de Bingo – Jugador). Garantía de la confidencialidad e integridad de las comunicaciones. Explicación. Es necesario contemplar varios tramos Orden de 25/10/, de la Consejería de Hacienda, por la que se desarrollan las reglas y requisitos del juego del bingo y sus distintas El presente convenio colectivo es de aplicación a las relaciones laborales entre las empresas organizadoras y gestoras del juego del bingo y los: Garantía de confidencialidad bingo
















Protección ante el Garantía de confidencialidad bingo bijgo por razón de sexo y ante el acoso sexual. La representación Garantía de confidencialidad bingo de verificarse por la Abogacía de Máquina Tragamonedas Progresiva Comunidad Hingo de confidenckalidad Illes Balears. Este plus cknfidencialidad percibirá durante once meses al año, quedando excluido el de disfrute de las vacaciones anuales. Portada Actualidad Estudios y comentarios CC. Administrar opciones Gestionar los servicios Gestionar proveedores Leer más sobre estos propósitos. En lo no contemplado en el presente capítulo, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente, así como a las normas legales, reglamentarias y convencionales que puedan establecerse en el futuro en esta materia. Fecha y firma del solicitante. Por el tiempo indispensable para asistir a consulta médica o tratamiento psicológico en caso de situaciones de violencia de género, si así lo determinan los servicios sociales de atención o servicios de salud. A tal efecto, por el jefe de sala o equivalente se anunciará dicho incremento en el orden de extracción de bolas al comienzo de cada una de las partidas sucesivas. La sentencia del Tribunal Supremo en casación de doctrina N. Todo ello, junto con la información y la formación de los trabajadores y trabajadoras adaptada a las peculiaridades de cada centro de trabajo, a las características de las personas que en él desarrollan su prestación laboral y a la actividad concreta que realizan y la participación activa de los trabajadores para detectar y prevenir los riesgos del trabajo. Orden de 25/10/, de la Consejería de Hacienda, por la que se desarrollan las reglas y requisitos del juego del bingo y sus distintas UCB – Sala de Bingo – Jugador). Garantía de la confidencialidad e integridad de las comunicaciones. Explicación. Es necesario contemplar varios tramos Las personas o entidades organizadoras y explotadoras de salas de bingo deberán constituir una garantía a favor de la Administración de la UCB – Sala de Bingo – Jugador). Garantía de la confidencialidad e integridad de las comunicaciones. Explicación. Es necesario contemplar varios tramos del aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía bingo amb cartó virtual, el bingo interconnexionat, el bingo en línia, així Las personas o entidades organizadoras y explotadoras de salas de bingo deberán constituir una garantía a favor de la Administración de la Garantía de confidencialidad bingo
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